Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo de aprobación de las tablas salariales provisionales para el año 2026 del Convenio colectivo de granjas avícolas y otros animales.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-7798|Boletín Oficial: 84|Fecha Disposición: 2026-03-23|Fecha Publicación: 2026-04-06|Órgano Emisor: Ministerio de Trabajo y Economía Social

Visto el texto del Acta de la Comisión negociadora del Convenio colectivo de granjas avícolas y otros animales, que fue publicado en el BOE de 23 de febrero de 2026 (código de convenio núm. 99002415011982), en la que se recoge el acuerdo de aprobación de las tablas salariales provisionales para el año 2026 del mencionado convenio colectivo, Acta que ha sido suscrita el día 3 de marzo de 2026, de una parte, por las organizaciones empresariales FEDEROVO, ASEPRHU, APAVES y AEPRP, en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales UGT y CC. OO., en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta y de las tablas salariales provisionales para el año 2026 del mencionado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de marzo de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS GRANJAS AVÍCOLAS Y OTROS ANIMALES

«Código de convenio 99002415011982»

En Madrid, siendo las 17:00 horas del día 3 de marzo de 2026, se reúnen en Madrid, los miembros de las Organizaciones Sindicales más representativas y representativas con presencia en la Comisión negociadora del Convenio colectivo estatal para las granjas avícolas y otros animales que a continuación se indican:

– Por UGT miembro de la Comisión negociadora del Convenio colectivo estatal para las granjas avícolas y otros animales: Sebastián Serena Expósito.

– Por CC. OO. miembro de la Comisión negociadora del Convenio colectivo estatal para las granjas avícolas y otros animales: Marco A. Pérez Martínez.

– Por CIG miembro de la Comisión negociadora del Convenio colectivo estatal para las granjas avícolas y otros animales: No asisten.

– Por FEDEROVO: M.ª Luz de Santos Martín y María Isabel Rúa Peón (Asesora).

– Por APAVES y AEPRP: Jordi Monfort Ibieta y Rubén Rivero Cano (Asesor).

– Por ASEPRHU: María del Mar Fernández Poza y Rubén Rivero Cano (Asesor).

Abierta la sesión, los comparecientes por unanimidad de las organizaciones empresariales y mayoría por las Centrales Sindicales comparecientes alcanzan los siguientes, acuerdos:

1. Se firma la tabla salarial provisional del año 2026 relativa al Convenio colectivo sectorial de granjas avícolas y otros animales por todos los comparecientes y se unen a la presente acta como anexo núm. 1. A tal efecto se aclara que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del convenio colectivo se ha aplicado un 2,5 % sobre las tablas definitivas del año 2025.

2. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 del Convenio colectivo sectorial de granjas avícolas y otros animales, las tablas provisionales del año 2025 pasan a ser tablas definitivas del año 2025 al no haber superado el IPC interanual de diciembre de 2025 el 3 %.

3. En cuanto al pago de los atrasos pendientes que, en su caso, pudieran corresponder relativos al año 2026, si la publicación en el BOE se produjera antes del día 15 del mes de su publicación, se deberá abonar en el mes de su publicación. Si la publicación en el BOE se produjera el día 15, o en fechas posteriores, las citadas cantidades resultantes se abonarán durante el mes siguiente al de su publicación.

4. Se faculta a don Rubén Rivero Cano en su condición de asesor de APAVES, AEPRP y ASEPRHU para que proceda a los actos de inscripción, registro y publicación de todo ello en el BOE, incluida la vía telemática de conformidad con la legislación vigente.

Para la firma del presente acuerdo se designa a una persona en representación de cada una de las Organizaciones Sindicales y Empresariales comparecientes.

En prueba de conformidad, las partes comparecientes firman la presente Acta, en la ciudad y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO NÚM. 1

Tablas provisionales convenio granjas 2026

  Salario base mes/día Salario base anual
Técnicos    
Titulado Superior. 2.113,59 31.703,85
Titulados Medios. 1.893,31 28.399,65
No titulados y diplomados. 1.575,17 23.627,55
Administrativos    
Jefe de Primera. 1.575,17 23.627,55
Jefe de Segunda. 1.479,37 22.190,55
Oficial de Primera. 1.389,18 20.837,70
Oficial de Segunda. 1.310,74 19.661,10
Auxiliar Administrativo. 1.250,65 18.759,75
Subalternos    
Almacenista. 1.250,65 18.759,75
Vigilante. 1.250,65 18.759,75
Portero. 1.250,65 18.759,75
Conserje. 1.250,65 18.759,75
Personal de Limpieza (mes). 1.246,13 18.691,95
Personal de Limpieza (hora). 11,53  
Comercial    
Vendedor. 45,86 20.866,30
Ayudante. 43,73 19.897,15
Repartidor. 41,67 18.959,85
Obreros    
Encargado. 50,40 22.932,00
Oficial Avícola. 45,15 20.543,25
Especialista. 43,08 19.601,40
Ayudante Avícola. 41,83 19.032,65
Varios    
Oficial de Primera. 45,86 20.866,30
Oficial de Segunda. 44,19 20.106,45
Conductor. 45,86 20.866,30
Dietas    
Desayuno. 5,09  
Comida. 17,16  
Cena. 17,16  
Dormir. 37,76  
Quebranto de moneda    
Cajero. 34,21  
Aux. Caja. 24,45  
Garantía mínima Plus Domingos y Festivos. 18,73