Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se corrigen errores en la de 9 de septiembre de 2022, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de diciembre de 2021, en el que se declara a varias comunidades autónomas "Zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil".

Nº de Disposición: BOE-A-2022-15868|Boletín Oficial: 234|Fecha Disposición: 2022-09-23|Fecha Publicación: 2022-09-29|Órgano Emisor: Ministerio de Política Territorial

Se ha advertido un error material en la Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de diciembre de 2021, en el que se declara a varias comunidades autónomas «Zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil», publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 221, de 14 de septiembre de 2022.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, por lo que se procede a efectuar la siguiente rectificación:

En el anexo I, relación de proyectos financiados (ordenados por entidad beneficiaria),

Donde dice:

«Núm. proyecto Entidad ejecutora

Importe del proyecto solicitado

Euros

Importe subvención asignada

Euros

Observaciones
DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA
(…)        
704 Ayuntamiento de Ubide. 20.884,94 10.442,47 3 y 4
 Total DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA. 5.771.563,66 2.794.597,29»  

Debe decir:

«Núm. proyecto Entidad ejecutora

Importe del proyecto solicitado

Euros

Importe subvención asignada

– 

Euros

Observaciones
DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA
(…)        
704 Ayuntamiento de Zeanuri. 20.884,94 10.442,47 3 y 4
 Total DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA. 5.771.563,66 2.794.597,29»  

Para el proyecto afectado, el plazo al que se refiere el artículo 12 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, se computará a partir de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Esta resolución pone fin a la vía administrativa.

Contra ella se podrá formular, ante la titular del Ministerio de Política Territorial, potestativamente y con carácter previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo, requerimiento para su anulación o revocación, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dicho requerimiento se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, la Secretaría General Técnica del Departamento no lo contestara.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» o, en caso de haber interpuesto el requerimiento indicado en el párrafo anterior, a aquel en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado.

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

Madrid, 23 de septiembre de 2022.–El Secretario de Estado de Política Territorial, Alfredo González Gómez.