Resolución de 24 de junio de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre las medidas de ahorro y eficiencia energética en el ámbito local.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-16947|Boletín Oficial: 197|Fecha Disposición: 2025-06-24|Fecha Publicación: 2025-08-16|Órgano Emisor: Cortes Generales

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 24 de junio de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización sobre las medidas de ahorro y eficiencia energética en el ámbito local, acuerda:

1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de fiscalización sobre las medidas de ahorro y eficiencia energética en el ámbito local.

2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización sobre las medidas de ahorro y eficiencia energética en el ámbito local, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan e su representatividad.

3. Instar al Gobierno a:

– Elaborar un protocolo de redacción de planes de eficiencia energética, adaptado a las distintas realidades municipales, que sirva corno base para que el diseño de dichos planes se adapte a la realidad de cada municipio.

– Considerar las distintas realidades municipales en la futura redacción y aprobación de leyes sobre el clima y la energía, consiguiendo una legislación más adaptada a la realidad del territorio, que facilite la adopción de medidas desde el ámbito local.

– Facilitar, a aquellas entidades que no cuenten con planes de acción del clima y la energía, la financiación o recursos necesarios para el diseño de dichos planes que permitan alcanzar el cumplimiento de los objetivos 2030/2050 de la política energética y climática de la Unión Europea.

– Compensar, mediante la participación en los tributos del Estado, a aquellas entidades locales que promuevan beneficios fiscales para impulsar medidas que contribuyan a la lucha contra el cambio climático.

– Promover unidades de apoyo a las entidades locales de menor tamaño para atender las funciones y responsabilidades en materia de ahorro y eficiencia energética.

– Establecer un protocolo común para que se examine el grado de cumplimiento de los objetivos fijados en la planificación sobre eficiencia energética y se analicen y resuelvan las desviaciones padecidas.

– Estudiar la modificación puntual de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local a fin de reconocer explícitamente a las entidades de ámbito territorial inferior al municipio (EATIM) en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y revisar el marco económico-financiero aplicable a las mismas, garantizando una supervisión adecuada, pero no restrictiva ni limitante, que permita a dichas entidades el cumplimiento de sus funciones básicas en favor de sus vecinos, especialmente en lo relativo a servicios públicos esenciales.

– Que esta revisión respete los principios de subsidiariedad y unidad política, evitando cualquier intento de creación de estructuras paralelas o atomización administrativa, y valorando la singularidad histórica de algunas entidades de ámbito territorial inferior al municipio con fuerte arraigo local y tradición de autogobierno.

4. Instar a las entidades locales a:

– Iniciar las actuaciones oportunas, en aquellas que no cuenten con planes de acción del clima y la energía, para asumir los compromisos de cumplimiento de los objetivos 2030/2050 de la política energética y climática de la Unión Europea y elaborar una planificación que concrete las acciones y medidas a adoptar dirigidas a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), el consumo energético, aumentar la producción de energía a partir de fuentes renovables y mejorar le eficiencia energética.

– Promover, si todavía no lo han hecho, el establecimiento de beneficios fiscales para impulsar medidas que contribuyan a la lucha contra el cambio climático y a mejorar la eficiencia energética en sus territorios.

– Promover, si todavía no lo han hecho, el establecimiento de beneficios fiscales en sus tributos para impulsar medidas que contribuyan a la lucha contra el cambio climático, el ahorro y la eficiencia energética.

– Asignar en su estructura administrativa a una unidad específica las funciones y responsabilidades en materia de ahorro y eficiencia energética, con recursos suficientes para centralizar y coordinar las actuaciones de la entidad local derivadas de las políticas de acción del clima y la energía.

– Establecer procedimientos para garantizar el examen permanente del grado de cumplimiento de los objetivos fijados y que permitan analizar las desviaciones padecidas y proponer actuaciones correctivas.

Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2025.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.