Por Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, se crea el distintivo de calidad de centros docentes Sello Vida Saludable (BOE del 24).
La Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, establece que «periódicamente, y al menos cada dos años, podrán realizarse revisiones por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con el fin de comprobar si se continúan cumpliendo los requisitos que justificaron la concesión».
Mediante Resolución de 8 de junio de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, se resuelve la concesión del distintivo de calidad «Sello Vida Saludable» para el 2017 (BOE del 23).
Mediante Resolución de 26 de junio de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, se resuelve la concesión del distintivo de calidad «Sello Vida Saludable» para el 2019 (BOE de 2 de julio).
Mediante Resolución de 24 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, se resuelve la concesión del distintivo de calidad «Sello Vida Saludable» 2021 (BOE de 2 de julio).
Mediante Resolución de 26 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, se resuelve la concesión del distintivo de calidad «Sello Vida Saludable» 2023 (BOE del 29).
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 7.2 de la Orden ECD/2475/2015, una vez revisados todos los centros adjudicatarios de 2017, 2019, 2021 y 2023, y de acuerdo con la propuesta formulada por la comisión evaluadora, he resuelto:
Primero.
Cancelar el derecho al uso del distintivo «Sello Vida Saludable» como consecuencia del incumplimiento de las condiciones que fundamentaron su otorgamiento al centro:
Año de concesión 2017:
N.º solicitud | Nombre del centro | Código del centro |
---|---|---|
DCSVS17/00285 | IES Blasco Ibañez. | 46003408 |
Año de concesión 2019:
N.º solicitud | Nombre del centro | Código del centro |
---|---|---|
DCSVS19/00049 | CEIP Adolfo de Castro. | 11001713 |
DCSVS19/00086 | CEIP Luis Calandre. | 30002362 |
Año de concesión 2023:
N.º solicitud | Nombre del centro | Código del centro |
---|---|---|
DCSVS20/00186 | CEIP Reina Sofía. | 29011886 |
Segundo.
La presente resolución se dicta en virtud a lo establecido en la Orden EFD/335/2025 sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (BOE de 3 de abril).
Tercero.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 24 de junio de 2025.–El Secretario de Estado de Educación, P. D. (EFD/335/2025 de 3 de abril), la Directora General de Planificación y Gestión Educativa, Susana Tejadillos Perona.