Resolución de 24 de marzo de 2026, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con el Ayuntamiento de Monforte de Lemos, para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y depuración del polígono industrial de Reboredo, en Monforte de Lemos (Lugo).

Nº de Disposición: BOE-A-2026-7627|Boletín Oficial: 82|Fecha Disposición: 2026-03-24|Fecha Publicación: 2026-04-03|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la segunda adenda de modificación y prórroga del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Monforte de Lemos para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y depuración del polígono industrial de Reboredo, TM de Monforte de Lemos (Lugo), PdMS Miño-Sil ALCH0SBET29UR2024, otorgada el 24 de marzo de 2026, que se anexa a esta resolución.

Ourense, 24 de marzo de 2026.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO

Segunda adenda de modificación y prórroga del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Monforte de Lemos para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y depuración del polígono industrial de Reboredo, TM de Monforte de Lemos (Lugo), PdMS Miño-Sil ALCH0SBET29UR2024

En el lugar y fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

Por una parte, José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Por otra parte, José Tomé Roca, Alcalde del Ayuntamiento de Monforte de Lemos, nombrado en el Pleno extraordinario de 17 de junio de 2023, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 20 de marzo de 2023 (BOE núm. 77 de 31 de marzo) se otorgó el convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Monforte de Lemos sobre la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y depuración del polígono industrial de Reboredo, TM de Monforte de Lemos (Lugo), PdMS Miño-Sil ALCH0SBET29UR2024, con un importe previsto de 4.600.000,00 euros y una previsión de ejecución en las anualidades 2023, 2024 y 2025.

II. Que, en virtud de lo establecido en sus cláusulas quinta y duodécima, por acuerdos de la Comisión de Seguimiento, reunida en fecha 28 de junio de 2023, 15 de diciembre de 2023, 16 de octubre de 2024 y 17 de noviembre de 2025 se aprobaron reajustes de las anualidades inicialmente establecidas.

III. Que en fecha 18 de julio de 2024 (BOE núm. 186, de 2 de agosto de 2024) se otorgó una adenda al convenio por la que se incrementaba el importe de la actuación al haber superado el coste de adjudicación de la actuación la previsión inicial.

IV. Que es necesario ejecutar una obra complementaria consistente en la construcción y mejora de la red separativa de aguas pluviales/residuales en el polígono de Reboredo así como su desconexión de la EDAR, por lo que se debe incrementar de nuevo el importe del convenio.

V. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del convenio, las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

VI. Que conforme a lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, los convenios deberán tener una duración determinada, que no podrá ser superior a cuatro años y, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

VII. Que en aplicación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público así como de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de ejecución las actuaciones objeto del convenio, ha de tramitarse una adenda modificativa para prorrogar la duración del convenio, variar su importe y, en consecuencia, reajustar las anualidades.

VIII. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos las obligaciones recogidas en el convenio suscrito.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación y prórroga al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es prorrogar la duración del convenio, modificar la actuación objeto del convenio con la realización de una obra complementaria, incrementar el importe económico de la actuación, modificar los porcentajes de financiación y, en consecuencia, reajustar las anualidades establecidas en el convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Monforte de Lemos sobre la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y depuración del polígono industrial de Reboredo, TM de Monforte de Lemos (Lugo), PdMS Miño-Sil ALCH0SBET29UR2024.

Segunda. Prórroga del convenio.

Se prorroga la duración del convenio hasta el 31 de diciembre de 2028, previa inscripción en REOICO de esta adenda de modificación y prórroga antes de la fecha de extinción del convenio.

Tercera. Modificación de la cláusula tercera «Descripción de los trabajos a realizar».

Se modifica la cláusula tercera que queda redactada del siguiente modo:

«Los trabajos a realizar serán los definidos en el proyecto a redactar dentro del contrato de servicios de asistencia técnica para la redacción del estudio y proyecto de mejora del saneamiento y depuración del polígono industrial de Reboredo, TM de Monforte de Lemos (Lugo), PdMs Miño-Sil ALAL0SBET29UR2019 Y ALCH0SBET29UR2024; actualmente en ejecución por parte de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil, O.A. Consistirán básicamente en la construcción de una nueva EDAR y de un nuevo emisario al río Cabe.

Se ejecutará también una obra complementaria que consiste en la construcción y mejora de la red separativa de aguas pluviales/residuales en el polígono de Reboredo así como su desconexión de la EDAR.»

Cuarta. Modificación de la cláusula cuarta «Coste de las actuaciones y financiación de las mismas».

Se modifica la cláusula cuarta, que queda redactada del siguiente modo:

«1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 5.638.154,36 euros, Impuesto del Valor Añadido incluido.

2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del organismo de cuenca para los años 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027 con cargo a la aplicación presupuestaria 23.108.456A.611, superproyecto 2009.23.231.8211 y código de proyecto 2018.23.108.0001.

3. De acuerdo con lo anterior, la cofinanciación de la obra se realizará de conformidad con la siguiente fórmula:

– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. aportará el 86,65 % del coste hasta un máximo de 4.885.431,21 euros; con cargo a fondos propios del organismo.

– El Ayuntamiento de Monforte de Lemos aportará el 13,35 % del coste hasta un máximo de 752.723,15 euros, con cargo a su aplicación presupuestaria 160.721.09.

4. Con cargo al importe previsto en el apartado primero de la presente cláusula, ambas partes afrontarán el coste de redacción de los documentos técnicos necesarios para la definición de las obras, así como la ejecución de las propias obras, y los gastos de dirección y vigilancia de las mismas, además de los correspondientes a las medidas de seguridad y salud.»

Quinta. Modificación del anexo I «Anualidades».

Se modifica el anexo I, que queda establecido con los siguientes importes:

«Administración 2023 2024 2025 2026 2027 Total
CHMS, O.A. 73.985,15 106.250,00 2.051.576,05 2.470.120,01 183.500,00 4.885.431,21
Ayuntamiento de Monforte de Lemos. 13.056,20 18.750,00 362.042,83 312.374,12 46.500,00 752.723,15
 Total. 87.041,35 125.000,00 2.413.618,88 2.782.494,13 230.000,00 5.638.154,36»

Sexta. Eficacia.

La presente adenda modificativa y de prórroga surtirá efectos tras la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y del apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada ley. Adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Monforte de Lemos, José Tomé Roca.