Resolución de 24 de septiembre de 2026, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Ponferrada, sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de restauración del entorno de la margen derecha del río Boeza desde el puente Boeza hasta su desembocadura en Ponferrada (León).

Nº de Disposición: BOE-A-2026-20720|Boletín Oficial: 247|Fecha Disposición: 2026-09-24|Fecha Publicación: 2026-10-05|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la adenda de modificación del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Ponferrada sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de restauración del entorno de la margen derecha del río Boeza desde el puente Boeza hasta su desembocadura en el Sil, T.M. de Ponferrada (León), PDM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0XCET29WP2537, otorgada el 23 de septiembre de 2026, que se anexa a esta resolución.

Ourense, 24 de septiembre de 2026.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO

Adenda de modificación del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Ponferrada sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de restauración del entorno de la margen derecha del río Boeza desde el puente Boeza hasta su desembocadura en el Sil. T.M. de Ponferrada (León). PDM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0XCET29WP2537

En el lugar y fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

Por una parte, José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Por otra parte, Marco Antonio Morala López, alcalde del Ayuntamiento de Ponferrada, nombrado por el Pleno de la Corporación en fecha 17 de junio de 2023, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 26 de noviembre de 2024 (BOE núm. 297, de 10 de diciembre) se otorgó el convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Ponferrada sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de restauración del entorno de la margen derecha del río Boeza desde el puente Boeza hasta su desembocadura en el Sil. T.M. de Ponferrada (León). PDM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0XCET29WP2537, con un importe previsto de 1.086.000,00 euros y una previsión de ejecución de la actuación objeto del convenio en las anualidades 2024, 2025, 2026 y 2027.

II. Que según lo estipulado en las cláusulas quinta y undécima, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento de 4 de diciembre de 2024 y 17 de noviembre de 2025 se reajustaron las anualidades inicialmente establecidas.

III. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del convenio inicial.

IV. Que tras la redacción del proyecto, la obra se estima en un importe superior al previsto inicialmente por lo que es necesario tramitar una adenda para la modificación del convenio.

V. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos las demás obligaciones recogidas en el convenio suscrito, así como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es incrementar el importe previsto de la actuación y en consecuencia, reajustar las anualidades del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Ponferrada sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de restauración del entorno de la margen derecha del río Boeza desde el puente Boeza hasta su desembocadura en el Sil. T.M. de Ponferrada (León). PDM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0XCET29WP2537.

Segunda. Modificación de la cláusula cuarta «Coste de las actuaciones y financiación de las mismas».

Se modifica la cláusula cuarta, que queda redactada del siguiente modo:

«1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 1.377.958,41 euros, Impuesto del Valor Añadido incluido.

2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del organismo de cuenca para los años 2025, 2026 y 2027 con cargo a la aplicación presupuestaria 23.108.452A.600, superproyecto 2013.23.233.9001 y código de proyecto 2013.23.233.0012.

3. De acuerdo con lo anterior, la cofinanciación de la obra se realizará de conformidad con la siguiente fórmula:

– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., aportará 688.979,21 euros del coste inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 50 % de la inversión.

– El Ayuntamiento de Ponferrada aportará 688.979,20 euros del coste inicialmente previsto, con cargo a su aplicación presupuestaria 452.721.09, lo que supone un porcentaje del 50 % de la inversión.»

Tercera. Modificación de la cláusula quinta «Anualidades y aportaciones».

Se modifica el primer párrafo de la cláusula quinta, que queda redactado del siguiente modo:

«1. La financiación de las actuaciones objeto de cofinanciación descritas en la cláusula tercera se distribuye según lo previsto en el cuadro que figura como anexo al presente documento».

Cuarta. Modificación del anexo «Anualidades previstas».

Se modifica el anexo de anualidades del siguiente modo:

«Administración

2025

–

Euros

2026

–

Euros

2027

–

Euros

Total

–

Euros

CHMS, O.A. 31.460,00 100.000,00 557.519,21 688.979,21
Ayuntamiento de Ponferrada. 31.460,00 100.000,00 557.519,20 688.979,20
 Total. 62.920,00 200.000,00 1.115.038,41 1.377.958,41»

Quinta. Eficacia.

La presente adenda de modificación surtirá efectos tras la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y del apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada ley. Adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Ponferrada, Marco Antonio Morala López.