Resolución de 25 de agosto de 2025, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones para la recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de octubre de 2024, por el que se declara «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» el territorio afectado como consecuencia de los incendios forestales, inundaciones y otros fenómenos de distinta naturaleza acaecidos entre el 27 de febrero de 2024 y el 14 de septiembre de 2024.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-17841|Boletín Oficial: 216|Fecha Disposición: 2025-08-25|Fecha Publicación: 2025-09-08|Órgano Emisor: Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática

En el «Boletín Oficial del Estado» número 315, de 31 de diciembre de 2024, se publicó el extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de octubre de 2024, por el que se declara «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» el territorio afectado como consecuencia de los incendios forestales, inundaciones y otros fenómenos de distinta naturaleza acaecidos entre el 27 de febrero de 2024 y el 14 de septiembre de 2024.

Dicha convocatoria se rige por la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones que tengan por finalidad la ejecución de obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades, consecuencia de catástrofes naturales, así como redes viarias de las diputaciones provinciales, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas uniprovinciales, publicada en el BOE núm. 37 de 12 de febrero de 2015.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, las subdelegaciones o delegaciones del Gobierno, según corresponda, han desarrollado las comprobaciones establecidas en el artículo 8 de la citada Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, remitiendo a la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local las relaciones cuantificadas de los proyectos susceptibles de recibir subvención, todo ello, según lo previsto en el apartado tercero de dicho artículo y en el apartado quinto de la resolución de convocatoria.

Una vez que la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, mediante la Subdirección General de Cooperación Local, ha determinado los proyectos financiables, verificando el cumplimiento de los requisitos señalados en las bases reguladoras y en la convocatoria, se ha procedido a recabar del Ministerio de Hacienda el informe previsto en la disposición adicional primera de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. Tal informe ha sido emitido en sentido favorable el día 16 de julio de 2025.

Por tanto, culminada la tramitación del procedimiento, resulta procedente adoptar la resolución de asignación de las subvenciones prevista en los artículos 9 y 10 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero y en el apartado sexto de la resolución de convocatoria.

De acuerdo con lo expresado, habiendo considerado lo dispuesto en los artículos 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 62.2.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y actuando en ejercicio de la competencia delegada por el Secretario de Estado de Política Territorial que figura en la letra d) del apartado undécimo.1, de la Orden TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, en relación con el artículo 3.1.f del Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, mediante la presente, resuelvo:

Primero.

Aprobar la asignación de la subvención máxima a percibir por las entidades beneficiarias que de acuerdo con el apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de octubre de 2024, la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, y la resolución de convocatoria, corresponde a cada uno de los proyectos relacionados en el anexo I de esta resolución.

El importe total máximo de las subvenciones asignadas asciende a 7.129.293,23 euros, financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 22.02.942A.767.04 de los Presupuestos Generales del Estado.

Segundo.

En el plazo máximo de los tres meses siguientes a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», las entidades beneficiarias –diputaciones provinciales y administración de las comunidades autónomas uniprovinciales– deberán remitir, a través de la forma establecida en la convocatoria, el certificado de adjudicación de cada uno de los proyectos de obra a los que les ha sido asignada subvención.

A tal efecto, las diputaciones provinciales y la administración de las comunidades autónomas uniprovinciales, en su condición de entidades beneficiarias, podrán aprobar instrucciones en las que se concreten el plazo y forma en los que las entidades ejecutoras de los proyectos les deben comunicar la información que precisen para asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, y de la resolución de convocatoria.

La falta de remisión del certificado de adjudicación en el plazo y forma establecidos dará lugar a la pérdida total del derecho sobre la subvención asignada al proyecto del que se trate.

Tercero.

La subvencionalidad de los proyectos financiados queda condicionada al cumplimiento de su objeto y de las reglas estipuladas en los artículos 4, 10 y demás concordantes de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, y en la resolución de convocatoria.

Cuarto.

Desestimar las solicitudes de subvención presentadas respecto de los proyectos relacionados en el anexo II de esta resolución, por los motivos que allí se indican.

Quinto.

Inadmitir a trámite las solicitudes relacionadas en el anexo III de esta resolución, por los motivos que allí se indican.

Sexto.

Ordenar la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en el portal de internet del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática https://mpt.gob.es/ (vid. Subvenciones a Entidades Locales). Igualmente, las subvenciones concedidas se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa.

Contra ella se podrá formular ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial, potestativamente y con carácter previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo, requerimiento para su anulación o revocación, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Dicho requerimiento se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local no lo contestara.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» o, en caso de haber interpuesto el requerimiento indicado en el párrafo anterior, a aquel en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado.

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

Madrid, 25 de agosto de 2025.–La Secretaria general de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.

ANEXO I

Relación de proyectos financiados (ordenados por entidad beneficiaria)

Núm. proyecto Entidad ejecutora

Presupuesto de la obra proyectada

Euros

Importe de subvención asignada

Euros

Observaciones
Andalucía
Diputación Provincial de Granada
57 Ayuntamiento de Atarfe. 30.708,53 15.354,26  
   Suma Diputación Provincial de Granada. 30.708,53 15.354,26  
     Total Andalucía. 30.708,53 15.354,26  
Aragón
Diputación Provincial de Huesca
1 Ayuntamiento de Fueva, La. 17.184,20 8.592,10  
3 Ayuntamiento de Bailo. 18.150,00 9.075,00  
12 Ayuntamiento de Casbas de Huesca. 71.080,55 35.540,27  
23 Ayuntamiento de Hoz de Jaca. 715,25 357,62 3
24 Ayuntamiento de Hoz de Jaca. 4.684,34 2.342,17 3
29 Ayuntamiento de San Esteban de Litera. 11.996,17 5.998,08  
30 Ayuntamiento de Angüés. 38.374,58 19.187,29  
39 Ayuntamiento de Jasa. 12.000,00 6.000,00  
41 Ayuntamiento de Aragüés del Puerto. 26.701,29 13.350,64  
46 Ayuntamiento de Aragüés del Puerto. 9.700,00 4.850,00  
47 Mancomunidad Forestal de Aragüés del Puerto-Jasa. 9.800,00 4.900,00  
60 Ayuntamiento de Secastilla. 3.142,07 1.571,03  
61 Ayuntamiento de Secastilla. 4.946,98 1.504,23 1
62 Mancomunidad Forestal de Aragüés del Puerto-Jasa. 44.309,63 22.154,81  
66 Ayuntamiento de Sotonera, La. 7.500,29 3.750,14  
67 Ayuntamiento de Yebra De Basa. 26.002,97 13.001,48  
68 Ayuntamiento de Sotonera, La. 2.585,19 1.292,59  
69 Ayuntamiento de Sotonera, La. 4.054,76 2.027,38  
70 Ayuntamiento de Sotonera, La. 7.095,82 3.547,91  
72 Ayuntamiento de Caldearenas. 15.370,92 7.685,46  
88 Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe. 5.186,77 2.593,38  
90 Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe. 6.854,96 3.427,48  
93 Ayuntamiento de Sabiñánigo. 690.896,16 345.448,08  
95 Ayuntamiento de Fonz. 8.300,60 4.150,30  
96 Ayuntamiento de Biescas. 184.942,29 92.471,14  
97 Ayuntamiento de Sabiñánigo. 201.924,49 100.962,24  
98 Ayuntamiento de Sabiñánigo. 165.224,52 82.612,26  
100 Ayuntamiento de Loporzano. 145.032,74 72.516,37  
102 Ayuntamiento de Laspaúles. 233.146,79 74.202,85 1
103 Ayuntamiento de Bárcabo. 269.973,14 134.986,57  
104 Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe. 190.636,59 95.318,29  
105 Ayuntamiento de Bisaurri. 231.912,85 115.956,42  
107 Ayuntamiento de Loporzano. 17.855,27 8.927,63  
109 Diputación Provincial de Huesca. 587.044,80 293.522,40  
110 Ayuntamiento de Arén. 31.426,04 15.713,02  
113 Diputación Provincial de Huesca. 294.173,20 147.086,60  
115 Ayuntamiento de Jaca. 229.651,62 114.825,81  
116 Ayuntamiento de Jaca. 26.885,41 13.442,70  
118 Ayuntamiento de Jaca. 19.912,39 9.956,19  
137 Ayuntamiento de Canfranc. 50.000,00 25.000,00  
138 Ayuntamiento de Canfranc. 100.000,00 50.000,00  
140 Ayuntamiento de Valle de Hecho. 49.307,50 24.653,75  
156 Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe. 24.233,12 12.116,56  
158 Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe. 2.439,57 1.219,78  
166 Ayuntamiento de Siétamo. 13.342,98 6.671,49  
173 Ayuntamiento de Estopiñán del Castillo. 7.775,22 3.887,61  
177 Ayuntamiento de Peralta de Alcofea. 7.865,00 3.932,50  
187 Ayuntamiento de Peralta de Alcofea. 13.057,00 6.528,50  
217 Ayuntamiento de Sabiñánigo. 955.886,01 235.195,75 1
220 Ayuntamiento de Santa María de Dulcis. 7.000,00 3.500,00  
224 Ayuntamiento de Sabiñánigo. 33.560,82 16.780,41 2
229 Ayuntamiento de Aisa. 38.544,55 19.272,27 2
236 Ayuntamiento de Pueyo de Araguás, El. 4.843,48 2.421,74  
239 Ayuntamiento de Jaca. 136.037,25 68.018,62  
   Suma Diputación Provincial de Huesca. 5.320.268,14 2.374.046,91  
Diputación Provincial de Teruel
5 Ayuntamiento de Lanzuela. 12.807,09 6.191,79 1
6 Ayuntamiento de Lagueruela. 77.428,78 37.504,39 1
8 Ayuntamiento de Cretas. 11.052,14 5.526,07  
10 Ayuntamiento de Ferreruela de Huerva. 9.830,06 4.733,53 1
13 Ayuntamiento de Villahermosa del Campo. 33.825,47 16.368,23 1
21 Ayuntamiento de Rubielos de Mora. 49.690,46 24.845,23  
38 Ayuntamiento de Utrillas. 12.438,59 6.219,29  
49 Ayuntamiento de Torrijo del Campo. 25.500,63 9.179,36 1
75 Ayuntamiento de Corbalán. 48.318,29 23.264,36 1
94 Ayuntamiento de Griegos. 10.798,28 5.199,17 1
111 Ayuntamiento de Blancas. 3.164,00 529,18 1
122 Ayuntamiento de Linares de Mora. 20.801,72 10.054,44 1
126 Ayuntamiento de Linares de Mora. 3.605,16 1.668,01 1
133 Ayuntamiento de Linares de Mora. 12.206,68 5.900,06 1
148 Ayuntamiento de Argente. 29.526,69 14.763,34 2
149 Ayuntamiento de Fuentes Claras. 40.923,41 20.461,70  
167 Ayuntamiento de Calamocha. 43.612,11 21.806,05  
171 Ayuntamiento de Ojos Negros. 31.552,44 15.776,22  
201 Ayuntamiento de Báguena. 212.611,03 106.305,51 4
205 Ayuntamiento de Báguena. 10.834,48 5.417,24  
208 Ayuntamiento de Báguena. 8.714,95 4.357,47  
209 Ayuntamiento de Olmos, Los. 174.875,85 85.689,17 1
216 Ayuntamiento de Báguena. 13.582,43 6.791,21  
219 Ayuntamiento de Blancas. 13.859,96 6.929,98  
226 Ayuntamiento de Calamocha. 42.583,72 21.291,86  
227 Ayuntamiento de Villar del Salz. 8.833,00 4.235,00 1
232 Ayuntamiento de Montalbán. 20.868,98 10.434,49  
242 Ayuntamiento de Ariño. 7.356,23 3.678,11  
243 Ayuntamiento de Ariño. 2.516,77 1.258,38 2
244 Ayuntamiento de Ariño. 7.114,80 3.557,40 3
   Suma Diputación Provincial de Teruel. 1.000.834,20 489.936,24  
Diputación Provincial de Zaragoza
4 Ayuntamiento de Abanto. 32.126,36 16.063,18  
7 Ayuntamiento de Perdiguera. 54.752,50 27.376,25  
15 Ayuntamiento de Paniza. 3.097,60 1.548,80  
17 Ayuntamiento de Paniza. 1.488,30 744,15  
18 Ayuntamiento de Vistabella. 40.242,91 20.121,45  
19 Ayuntamiento de Vistabella. 16.782,70 8.391,35  
20 Ayuntamiento de Aniñón. 51.091,65 17.458,99 1
28 Ayuntamiento de Villarreal de Huerva. 78.575,68 39.287,84  
42 Ayuntamiento de Fayón. 245.977,16 113.460,95 1
43 Ayuntamiento de Fayón. 52.820,59 26.199,01 1
45 Ayuntamiento de Fayón. 15.699,92 7.789,46 1
71 Ayuntamiento de Badules. 58.119,91 28.345,36 1
79 Ayuntamiento de Codo. 33.911,30 16.955,65 3
80 Ayuntamiento de Lechón. 82.919,99 40.189,49 1
81 Ayuntamiento de Pina de Ebro. 18.150,00 9.075,00  
82 Ayuntamiento de Pina de Ebro. 9.680,00 4.840,00  
86 Ayuntamiento de Burgo De Ebro, El. 56.665,26 28.332,63  
101 Ayuntamiento de Mezalocha. 26.498,92 11.778,87 1
114 Ayuntamiento de Herrera de los Navarros. 48.334,01 8.803,38 1
120 Ayuntamiento de Moneva. 54.184,42 27.092,21  
135 Ayuntamiento de Villadoz. 30.625,09 15.312,54  
150 Ayuntamiento de Jaraba. 18.780,46 9.390,23 2
151 Ayuntamiento de Torralba de Ribota. 6.340,86 3.170,43  
153 Ayuntamiento de Tarazona. 18.137,04 9.068,52  
155 Ayuntamiento de Herrera de los Navarros. 10.550,34 5.275,17  
159 Ayuntamiento de Herrera de los Navarros. 44.183,88 22.091,94  
161 Ayuntamiento de Herrera de los Navarros. 157.633,72 78.816,86 3
165 Ayuntamiento de Tarazona. 698,61 349,30  
168 Ayuntamiento de Tarazona. 3.339,60 1.669,80  
188 Ayuntamiento de Velilla de Ebro. 142.641,55 71.320,77  
204 Ayuntamiento de Nonaspe. 10.538,37 5.208,68 1
211 Ayuntamiento de Nonaspe. 176.303,93 86.398,50 1
237 Ayuntamiento de Navardún. 7.303,97 3.651,98 3
   Suma Diputación Provincial de Zaragoza. 1.608.196,60 765.578,74  
     Total Aragón. 7.929.298,94 3.629.561,89  
Balears, Illes
Consejo Insular de Menorca
50 Ayuntamiento de Mercadal, Es. 646.310,05 323.155,02  
51 Ayuntamiento de Mercadal, Es. 115.978,26 57.989,13  
52 Ayuntamiento de Mercadal, Es. 13.240,59 6.620,29  
53 Ayuntamiento de Mercadal, Es. 272.785,00 136.392,50  
54 Ayuntamiento de Mercadal, Es. 251.236,00 125.618,00  
55 Ayuntamiento de Mercadal, Es. 264.907,94 132.453,97  
56 Ayuntamiento de Mercadal, Es. 309.414,42 154.707,21  
59 Ayuntamiento de Mercadal, Es. 329.054,84 164.527,42 3
112 Consejo Insular de Menorca. 825.040,14 412.520,07  
117 Consejo Insular de Menorca. 288.906,58 144.453,29  
225 Ayuntamiento de Alaior. 305.100,36 152.550,18  
245 Ayuntamiento de Alaior. 68.850,00 34.425,00  
246 Ayuntamiento de Alaior. 10.650,26 5.325,13  
247 Ayuntamiento de Alaior. 47.300,00 23.650,00 2
249 Ayuntamiento de Alaior. 20.051,94 10.025,97  
250 Ayuntamiento de Alaior. 75.574,34 37.787,17  
251 Ayuntamiento de Alaior. 23.697,00 11.848,50 3
252 Ayuntamiento de Alaior. 4.421,93 2.210,96  
253 Ayuntamiento de Alaior. 17.137,50 8.568,75  
   Suma Consejo Insular de Menorca. 3.889.657,15 1.944.828,56  
     Total Balears, Illes. 3.889.657,15 1.944.828,56  
Castilla-La Mancha
Diputación Provincial de Ciudad Real
25 Ayuntamiento de Argamasilla de Calatrava. 33.895,25 14.096,62 1
   Suma Diputación Provincial de Ciudad Real. 33.895,25 14.096,62  
Diputación Provincial de Cuenca
22 Ayuntamiento de Barchín del Hoyo. 12.959,10 6.479,55 3
27 Diputación Provincial de Cuenca. 384.928,47 192.464,23  
32 Ayuntamiento de Barchín del Hoyo. 3.599,75 1.799,87  
33 Ayuntamiento de Barchín del Hoyo. 21.598,50 10.799,25  
35 Ayuntamiento de Barchín del Hoyo. 10.799,25 5.399,62  
36 Ayuntamiento de Barchín del Hoyo. 17.998,75 8.999,37  
139 Ayuntamiento de Valverdejo. 121.617,20 60.808,60  
196 Ayuntamiento de Barchín del Hoyo. 5.399,62 2.699,81  
202 Ayuntamiento de Barchín del Hoyo. 5.399,62 2.699,81  
207 Ayuntamiento de Barchín del Hoyo. 2.519,82 1.259,91 2
215 Ayuntamiento de Barchín del Hoyo. 7.199,50 3.599,75  
   Suma Diputación Provincial de Cuenca. 594.019,58 297.009,77  
Diputación Provincial de Toledo
31 Ayuntamiento de Herencias, Las. 20.741,76 10.370,88  
   Suma Diputación Provincial de Toledo. 20.741,76 10.370,88  
     Total Castilla-La Mancha. 648.656,59 321.477,27  
Castilla y León
Diputación Provincial de Ávila
37 Ayuntamiento de Candeleda. 117.882,98 58.941,49  
147 Ayuntamiento de Candeleda. 202.117,02 101.058,51  
   Suma Diputación Provincial de Ávila. 320.000,00 160.000,00  
Diputación Provincial de Burgos
48 Ayuntamiento de Villaverde del Monte. 10.135,02 5.067,51  
65 Ayuntamiento de Villangómez. 17.033,59 8.516,79  
77 Ayuntamiento de Castrillo de la Vega. 63.872,50 31.936,25  
192 Ayuntamiento de Quintana del Pidio. 28.800,42 14.400,21  
198 Ayuntamiento de Monterrubio de la Demanda. 40.044,38 20.022,19  
   Suma Diputación Provincial de Burgos. 159.885,91 79.942,95  
Diputación Provincial de Segovia
40 Ayuntamiento de Espinar, El. 223.565,64 111.782,82  
   Suma Diputación Provincial de Segovia. 223.565,64 111.782,82  
Diputación Provincial de Soria
58 Ayuntamiento de Almazán. 6.049,65 3.024,82  
   Suma Diputación Provincial de Soria. 6.049,65 3.024,82  
Diputación Provincial de Zamora
144 Ayuntamiento de Alcañices. 5.000,00 2.500,00  
145 Ayuntamiento de Alcañices. 5.000,00 2.500,00  
   Suma Diputación Provincial de Zamora. 10.000,00 5.000,00  
     Total Castilla y León. 719.501,20 359.750,59  
Cataluña
Diputación Provincial de Barcelona
184 Ayuntamiento de Sant Pere de Torelló. 45.782,19 22.891,09  
189 Ayuntamiento de Sant Pere de Torelló. 107.506,41 53.753,20  
191 Ayuntamiento de Sant Pere de Torelló. 17.254,88 8.627,44  
195 Ayuntamiento de Sant Pere de Torelló. 29.367,22 14.683,61  
197 Ayuntamiento de Sant Pere de Torelló. 72.890,07 36.445,03  
   Suma Diputación Provincial de Barcelona. 272.800,77 136.400,37  
Diputación Provincial de Girona
221 Ayuntamiento de Vidrà. 653,40 326,70  
   Suma Diputación Provincial de Girona. 653,40 326,70  
     Total Cataluña. 273.454,17 136.727,07  
Extremadura
Diputación Provincial de Cáceres
181 Ayuntamiento de Alía. 16.273,21 8.136,60  
186 Ayuntamiento de Alía. 16.034,16 8.017,08  
214 Ayuntamiento de Alía. 2.758,81 1.379,40  
   Suma Diputación Provincial de Cáceres. 35.066,18 17.533,08  
     Total Extremadura. 35.066,18 17.533,08  
Galicia
Diputación Provincial de Pontevedra
73 Ayuntamiento de Crecente. 266.235,07 133.117,53  
   Suma Diputación Provincial de Pontevedra. 266.235,07 133.117,53  
     Total Galicia. 266.235,07 133.117,53  
Murcia, Región de
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
74 Ayuntamiento de Alcázares, Los. 63.852,37 31.926,18  
99 Ayuntamiento de Alcázares, Los. 48.292,81 24.146,40  
106 Ayuntamiento de Alcázares, Los. 25.018,26 12.509,13  
119 Ayuntamiento de Molina de Segura. 38.583,52 19.291,76  
128 Ayuntamiento de Molina de Segura. 20.757,47 10.378,73  
129 Ayuntamiento de Molina de Segura. 53.277,17 26.638,58  
131 Ayuntamiento de Molina de Segura. 23.309,46 11.654,73  
134 Ayuntamiento de Alcázares, Los. 19.009,67 9.504,83  
141 Ayuntamiento de Molina de Segura. 68.499,99 34.249,99  
152 Ayuntamiento de Alcázares, Los. 27.667,68 13.833,84 2
162 Ayuntamiento de Alcázares, Los. 27.836,13 13.918,06  
163 Ayuntamiento de Campos del Río. 179.447,54 77.844,59 1
170 Ayuntamiento de Alcázares, Los. 91.260,86 45.630,43  
172 Ayuntamiento de Torres de Cotillas, Las. 43.087,50 21.543,75  
176 Ayuntamiento de Torres de Cotillas, Las. 77.223,20 13.481,36 1
178 Ayuntamiento de Torres de Cotillas, Las. 7.659,20 3.275,39 1
179 Ayuntamiento de Alcázares, Los. 81.998,27 40.999,13  
180 Ayuntamiento de Torres de Cotillas, Las. 2.975,00 1.487,50  
190 Ayuntamiento de Torres de Cotillas, Las. 22.096,48 11.048,24  
218 Ayuntamiento de Calasparra. 26.484,48 13.242,24 2
222 Ayuntamiento de Alcázares, Los. 4.434,89 2.217,44  
228 Ayuntamiento de Calasparra. 101.958,90 50.979,45  
230 Ayuntamiento de Cieza. 7.487,48 3.743,74  
231 Ayuntamiento de Cieza. 25.486,23 12.743,11  
233 Ayuntamiento de Cieza. 14.118,22 7.059,11  
234 Ayuntamiento de Cieza. 12.498,32 6.249,16  
235 Ayuntamiento de Alguazas. 39.318,94 9.211,59 1
238 Ayuntamiento de Alguazas. 42.398,40 21.199,20  
   Suma Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 1.196.038,44 550.007,66  
     Total Murcia, Región de. 1.196.038,44 550.007,66  
La Rioja
Gobierno de La Rioja
63 Ayuntamiento de Lagunilla del Jubera. 21.840,50 10.920,25  
84 Ayuntamiento de Treviana. 196.856,22 2.420,00 1
132 Ayuntamiento de Ábalos. 11.825,64 5.912,82  
199 Ayuntamiento de Ábalos. 3.364,51 1.682,25  
   Suma Gobierno de La Rioja. 233.886,87 20.935,32  
     Total La Rioja. 233.886,87 20.935,32  
       Total convocatoria. 15.222.503,14 7.129.293,23  

Detalle de las observaciones:

1. Descontados del importe financiable los gastos que no son subvencionables de acuerdo con lo previsto en los artículos 4 y 6 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37 de 12 de febrero de 2015) y en el apartado segundo de la resolución de convocatoria.

2. Corregido el presupuesto de la obra proyectada, por contener errores materiales, de hecho o aritméticos.

3. El importe del presupuesto de la obra proyectada que se indica, incorpora las modificaciones y/o rectificaciones de errores materiales, de hecho o aritméticos, practicadas en el periodo de subsanación.

4. Reducido el importe financiable, en aplicación de los límites de financiación establecidos en el artículo 10 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37 de 12 de febrero de 2015), en relación con el aparatado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 1 de octubre de 2024, por el que se declara la «zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» y el apartado sexto.2 de la resolución de convocatoria.

ANEXO II

Relación de solicitudes desestimadas

Núm. proyecto Entidad Motivo desestimación
Aragón
Diputación Provincial de Huesca
16 Ayuntamiento de Angüés. 2, 3 y 8
64 Mancomunidad Forestal de Aragüés del Puerto-Jasa. 1 y 9
146 Comarca de Hoya de Huesca/Plana de Uesca. 1 y 2
154 Ayuntamiento de Biescas. 1 y 8
157 Ayuntamiento de Biescas. 1 y 8
175 Ayuntamiento de Estopiñán del Castillo. 1 y 7
182 Ayuntamiento de Peralta de Alcofea. 1 y 7
213 Ayuntamiento de Argavieso. 1, 2 y 9
Diputación Provincial de Teruel
2 Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo. 1 y 6
210 Ayuntamiento de Báguena. 1
223 Ayuntamiento de Báguena. 8
Diputación Provincial de Zaragoza
9 Ayuntamiento de Muel. 1 y 2
14 Ayuntamiento de Paniza. 1
26 Ayuntamiento de Torrellas. 1 y 2
44 Ayuntamiento de Fayón. 1 y 2
83 Ayuntamiento de Pina de Ebro. 1 y 7
85 Ayuntamiento de Maella. 2 y 5
87 Ayuntamiento de Maella. 2 y 5
89 Ayuntamiento de Maella. 2 y 5
91 Ayuntamiento de Maella. 2 y 5
92 Ayuntamiento de Maella. 2 y 5
108 Ayuntamiento de Herrera de los Navarros. 1 y 2
121 Ayuntamiento de Moneva. 2 y 3
123 Ayuntamiento de Moneva. 2 y 3
124 Ayuntamiento de Moneva. 2 y 3
125 Ayuntamiento de Moneva. 2 y 3
136 Ayuntamiento de Mozota. 1 y 7
142 Ayuntamiento de Mozota. 2 y 3
160 Ayuntamiento de Herrera de los Navarros. 1, 2 y 6
203 Ayuntamiento de Maella. 2 y 5
Castilla-La Mancha
Diputación Provincial de Cuenca
34 Ayuntamiento de Barchín del Hoyo. 2, 3 y 8
Castilla y León
Diputación Provincial de Soria
240 Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz. 2 y 5
Diputación Provincial de Zamora
143 Ayuntamiento de Alcañices. 1
Cataluña
Diputación Provincial de Barcelona
200 Ayuntamiento de Sant Pere de Torelló. 1, 2 y 7
Extremadura
Diputación Provincial de Cáceres
130 Ayuntamiento de Alía. 2 y 3
Galicia
Diputación Provincial de Pontevedra
76 Ayuntamiento de Crecente. 1 y 2
Murcia, Región de
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
164 Ayuntamiento de Torres de Cotillas, Las. 1 y 2
169 Ayuntamiento de Torres de Cotillas, Las. 1 y 2
183 Ayuntamiento de Torres de Cotillas, Las. 1 y 2
193 Ayuntamiento de Torres de Cotillas, Las. 1 y 2
194 Ayuntamiento de Torres de Cotillas, Las. 1 y 2
206 Ayuntamiento de Cartagena. 1 y 2
212 Ayuntamiento de Calasparra. 1
241 Ayuntamiento de Alguazas. 1 y 2

Detalle de los motivos de desestimación:

1. Las actuaciones proyectadas y/o gastos que se proponen no tienen la consideración de subvencionables, de acuerdo con lo previsto en los artículos 4 y 6 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37 de 12 de febrero de 2015) y en el apartado segundo de la resolución de convocatoria.

2. El proyecto fue considerado no financiable en el marco de las actuaciones de comprobación de solicitudes y documentación previstas en el artículo 8 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37 de 12 de febrero de 2015).

3. Solicitud duplicada para el objeto del proyecto.

4. Todo el importe de ayuda solicitado excede de los límites establecidos en el artículo 10 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37 de 12 de febrero de 2015), en relación con el apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 1 de octubre de 2024, por el que se declara «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» el territorio afectado como consecuencia de los incendios forestales, inundaciones y otros fenómenos de distinta naturaleza acaecidos entre el 27 de febrero de 2024 y el 14 de septiembre de 2024 y el apartado sexto.2 de la resolución de convocatoria.

5. El ámbito temporal o el episodio catastrófico señalado en la solicitud no está comprendido en el apartado primero del Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de octubre de 2024, por el que se declara la «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil».

6. No se ha aportado junto con la solicitud, ni durante el periodo de subsanación concedido, la documentación prevista en el artículo 6.4 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37 de 12 de febrero de 2015), por lo que conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le tiene por desistido de su petición.

7. Las infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios objeto de solicitud no están específicamente adscritos al ejercicio de una competencia vinculada al artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, tal y como exigen el apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 1 de octubre de 2024, y el apartado segundo.1 de la resolución de convocatoria.

8. Se acepta de plano el desistimiento de la solicitud, de conformidad con el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

9. La entidad solicitante no es la titular del bien sobre el que se ejecutará la obra.

10. La infraestructura, equipamiento o instalación objeto de las obras proyectadas está adscrita a un servicio gestionado indirectamente. La entidad solicitante no ha acreditado tener el deber jurídico de soportar la ejecución de las obras para las que solicita la subvención.

ANEXO III

Relación de solicitudes inadmitidas a trámite

Provincia Entidad solicitante Denominación del proyecto Motivo de inadmisión
Cuenca. Ayuntamiento de Barchín del Hoyo. Actuaciones vinculadas a diversos caminos (18 caminos). Presentación extemporánea, incumpliendo lo señalado en el apartado cuarto.1 de la Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Política Territorial (convocatoria).
Teruel. Ayuntamiento de Cuevas de Almudén. «Trabajos de reparación y acondicionamiento de caminos municipales en el T.M. de Cuevas de Almudén. (Teruel)». Presentación extemporánea, incumpliendo lo señalado en el apartado cuarto.1 de la Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Política Territorial (convocatoria).