Resolución de 25 de junio de 2026, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el tercer trimestre natural del año 2026, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-14001|Boletín Oficial: 156|Fecha Disposición: 2026-06-25|Fecha Publicación: 2026-06-27|Órgano Emisor: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa

A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el artículo 63 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, y en el artículo 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, modificado por la disposición final tercera, del Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre,

Esta Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional hace público:

1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del segundo trimestre del año 2026 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:

Emisión Fecha Subasta Tipo de interés efectivo equivalente al precio medio ponderado redondeado (%)
Bonos del Estado a 3 años al 2,35%, vto. 31 de marzo de 2029. 4 de junio de 2026 2,772
Bonos del Estado a 5 años al 2,60%, vto. 31 de mayo de 2031. 4 de junio de 2026 2,947
Obligaciones del Estado a 10 años al 3,40%, vto. 31 de octubre de 2036. 18 de junio de 2026 3,383
Obligaciones del Estado a 15 años al 3,50%, vto. 31 de enero de 2041. 4 de junio de 2026 3,813
Obligaciones del Estado al 1,00%, vto. 31 de octubre de 2050*. 21 de mayo de 2026 4,115
(*) Emisión asimilable en función de su plazo de vida residual a Obligaciones del Estado a 30 años.

2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en los artículos 63 y 91 de los Reglamentos del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, respectivamente, los tipos de referencia que resultan para el tercer trimestre natural de 2026 son el 2,218 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 2,358 por 100 para aquéllos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 2,706 por 100 para el plazo de diez años, el 3,050 por 100 para el plazo de quince años y el 3,292 por 100 para el plazo de treinta años, con aplicación en el resto de los casos del tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.

3. No obstante lo anterior, si se trata de deuda pública con rendimiento mixto, cuyos cupones e importe de amortización se calculan con referencia a un índice de precios, los tipos de referencia que resultan para el tercer trimestre natural de 2026 son el 1,109 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 1,179 por 100 para aquéllos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 1,353 por 100 para el plazo de diez años, el 1,525 por 100 para el plazo de quince años y el 1,646 por 100 para el plazo de treinta años, con aplicación en el resto de los casos del tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.

Madrid, 25 de junio de 2026.–La Secretaria General del Tesoro y Financiación Internacional, Paula Conthe Calvo.