Resolución de 26 de diciembre de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con el Institut de Física d'Altes Energies, el Institut d'Estudis Espacials de Catalunya, la Universitat de Barcelona y la Universitat Politècnica de Catalunya, para la colaboración en la realización del subproyecto de I+D+i «Tecnologías avanzadas para la exploración del universo», en el marco de los Planes Complementarios en el área de Astrofísica y Física de Altas Energías, que forman parte del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cofinanciado con fondos del presupuesto del Departament de Recerca i Universitats de la Generalitat de Catalunya.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-546|Boletín Oficial: 8|Fecha Disposición: 2025-12-26|Fecha Publicación: 2026-01-09|Órgano Emisor: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades

Suscrita la adenda el 23 de diciembre de 2025, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Para que conste a los efectos oportunos se firma:

Madrid, 26 de diciembre de 2025.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Eloísa del Pino Matute.

ANEXO

Adenda de modificación y prórroga al Convenio entre el Institut de Física d’Altes Energies (IFAE), la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), el Institut d’Estudis Espacials de Catalunya (IEEC), la Universitat de Barcelona (UB) y la Universitat Politècnica de Catalunya (UPC), para la colaboración en la realización del subproyecto de I+D+i «Tecnologías avanzadas para la exploración del universo», en el marco de los Planes Complementarios en el área de Astrofísica y Física de Altas Energías, que forman parte del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cofinanciado con fondos del presupuesto del Departament de Recerca i Universitats de la Generalitat de Catalunya, suscrito el 19 de diciembre de 2022

INTERVIENEN

El Consorcio Institut de Física d’Altes Energies (en adelante, «IFAE»), con NIF número Q5856257J y domicilio fiscal en el Edifici C del campus de la Universitat Autònoma de Barcelona, 08193 Cerdanyola del Vallès, representado por don Eugenio Coccia, en calidad de director y representante legal del consorcio, de acuerdo con los poderes elevados a público por el notario de Barcelona Pedro Ángel Casado Martín, en fecha 2 de noviembre de 2022 y número de protocolo 2.167.

La Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (en adelante, «CSIC»), representada por don Carlos Closa Montero, en su calidad de vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales, nombrado por Acuerdo del Consejo Rector del CSIC en su reunión de 30 de noviembre de 2022 (BOE 23 de diciembre de 2022. Res. Presidencia CSIC de 14 de diciembre de 2022, por la que se resuelve convocatoria de libre designación), y en virtud de las competencias que tiene delegadas por resolución de 5 de diciembre de 2023 de la Presidencia del CSIC (BOE de 18 de diciembre siguiente). Organismo con sede central en Madrid (CP 28006), domicilio institucional en calle de Serrano, 117, y con NIF número Q2818002D.

El Institut d’Estudis Espacials de Catalunya (en adelante, «IEEC»), NIF número G61051710 y domicilio en calle Esteve Terradas, 1, pl. 2, desp. 212, 08860 Castelldefels, representado por don Xavier Luri Carrascoso y doña Pilar Montes Marbà, en calidad de director y directora del área de gestión/gerente, respectivamente, y representantes legales de la fundación, de acuerdo con la escritura de nombramiento de director, poder y revocación de poder de 18 de septiembre de 2025 otorgada ante el Notario de Barcelona, don Jaime Agustín Justibó, con número de protocolo 1.775.

La Universitat de Barcelona (en adelante, «UB»), representada por don Joan Guàrdia Olmos, rector en virtud del nombramiento por Decreto 154/2020, de 29 de diciembre de 2020 (DOGC número 8307, de 31 de diciembre de 2020), como representante legal de esta institución, con NIF Q0818001J y domicilio en Gran Via de les Corts Catalanes, 585, 08007 Barcelona, en virtud de las competencias que están previstas en el Estatuto de la Universidad de Barcelona aprobado per Decreto 246/2003, de 8 de octubre (DOGC número 3993, de 22 de octubre).

Y la Universitat Politècnica de Catalunya (en adelante, «UPC»), representada por don Francesc Torres Torres, rector de la Universitat Politècnica de Catalunya (en adelante, UPC), nombrado por Decreto 106/2025, de 27 de mayo (DOGC número 9423, de 29 de mayo de 2025), con sede social en la calle Jordi Girona, 31, 08034 Barcelona, y con NIF Q-0818003F, en representación de dicha institución, de conformidad con lo establecido el artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en adelante LOSU); el artículo 79.1 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña (en adelante LUC); y en los artículos 67, 68 y 169. de los Estatutos de la Universitat Politècnica de Catalunya, aprobados por el Acuerdo GOV/43/2012, de 29 de mayo (DOGC número 6140, de 1 de junio de 2012).

Cada una de las partes será denominada de aquí en adelante como «la Parte» y conjuntamente como «las Partes».

Las Partes se reconocen mutuamente la capacidad legal suficiente en la representación con la que actúan para formalizar esta adenda y, en este sentido,

EXPONEN

I. Que, en fecha 19 de diciembre de 2022 las Partes firmaron un convenio para establecer la colaboración en la ejecución del subproyecto «Tecnologías avanzadas para la exploración del universo», en adelante «el convenio», correspondiente a la comunidad autónoma de Catalunya, dentro del programa «Tecnologías avanzadas para la exploración del universo y sus componentes» en el marco de la implementación de los Planes Complementarios de I+D+i, que forman parte de la inversión I1, del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

II. Que previamente, el 21 de septiembre de 2022, la administración de la Generalitat de Catalunya a través del Departament de Recerca i Universitats y el IFAE firmaron un convenio en relación con la financiación para la realización del Subproyecto de I+D+i en Cataluña, Área de Astrofísica y Física de Altas Energías, que forma parte de dichos Planes Complementarios (en adelante el «Convenio entre la Generalitat y el IFAE»). El convenio prevé la financiación del mencionado Subproyecto con 7.474.700,00 euros del MRR y 7.474.599,00 euros mediante los presupuestos de la Generalitat de Catalunya, definiéndose en su cláusula séptima las partidas presupuestarias con cargo a las que se financiará la actuación; en concreto, UR03 D/442845000/5710/0042 Fondos FMRRC17I01 y R03 D/872845000/5710/0042 Fondos FMRRC17I01.

III. Que el IFAE, según la memoria del proyecto, designa el contacto administrativo para la gestión del Subproyecto en el marco del programa, siendo la entidad que gestiona y coordina los aspectos administrativos dentro del programa.

IV. Que, iniciadas las actuaciones derivadas del convenio suscrito, e iniciada la ejecución del Subproyecto, se ha constatado la necesidad de realizar cambios en las partidas de algunas Líneas de actuación (LIA) así como entre inversiones (equipamiento) y gastos de funcionamiento (personal, otros gastos, y costes indirectos), sin modificar la aportación de cada una de las Partes.

V. Que, el 1 de octubre de 2024 el IFAE como entidad que gestiona el Subproyecto, en el marco de la investigación aplicada en tecnologías avanzadas para el estudio del universo, firmó un convenio con el Centre de Cultura Contemporània de Barcelona (en adelante denominado «CCCB»), junto con otras entidades que gestionan otros subproyectos, ICFO, CELLS e IBEC, estableciendo la condiciones para la preparación y organización del programa «2050: la ciència que canviarà el món».

VI. Que, según la cláusula 2.3 del convenio y de acuerdo con la cláusula 5 del convenio entre la Generalitat y el IFAE, el periodo de ejecución del Programa de Astrofísica y Física de Altas Energías finalizará antes del 30 de septiembre de 2025.

VII. Que según lo dispuesto en la cláusula 2.3 del convenio, en caso de extensión del plazo de ejecución del conjunto del Programa, se requerirá la suscripción de una adenda de prórroga al efecto entre las Partes con el fin de cubrir el nuevo periodo de ejecución que se establezca para el Subproyecto, en los términos señalados en la cláusula decimosexta.

VIII. Que según el Real Decreto 1181/2024, de 28 de noviembre, por el cual se modifica el Real Decreto 633/2022, de 26 de julio, se ha modificado el plazo de ejecución de todos los programas, y con el objeto de facilitar la correcta ejecución de los mismos se establece que cada programa deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2025.

IX. Que la cláusula decimosexta del convenio establece que cualquier modificación de las condiciones de colaboración recogidas en el convenio sólo será válida si se realiza por escrito mediante adenda y se firma por las personas autorizadas por cada una de las Partes.

X. Que el 23 de julio del 2025 la administración de la Generalitat de Catalunya a través del Departament de Recerca i Universitats y el IFAE han firmado la adenda de modificación al convenio entre la Generalitat y el IFAE, modificando su cláusula quinta y octava, estableciendo un nuevo periodo de ejecución hasta el día 22 de diciembre de 2025 y un nuevo periodo para presentar las justificaciones, el 28 de febrero de 2026.

XI. Que el 13 de noviembre de 2025 la entidad instrumental IFAE solicitó a la Direcció General de Recerca de la Generalitat de Catalunya la modificación del presupuesto del Subproyecto, y en fecha de 17 de noviembre de 2025 esta última solicitó su aprobación al Comité de Coordinación Estatal. Dicha modificación es de un 16,42% respecto al presupuesto inicial aprobado, sin que suponga un cambio en los objetivos a realizar, y son los cambios entre inversiones (equipamiento) y gastos de funcionamiento (personal, otros gastos, y costes indirectos) que conducen al presupuesto reflejado en la cláusula cuarta (Modificaciones del anexo 2 del convenio) de la presente adenda.

Por todo lo anteriormente expuesto, las Partes acuerdan la suscripción de la presente adenda, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del periodo de ejecución.

Se modifica el primer párrafo de la cláusula 2.3 del convenio respecto al periodo de ejecución como consecuencia de lo establecido en Real Decreto 1181/2024, de 28 de noviembre, y en la adenda de modificación al convenio entre la Generalitat y el IFAE, mencionados en los expositivos VIII y X, respectivamente, determinándose que el periodo de ejecución del Subproyecto objeto del convenio finalizará el 22 de diciembre de 2025.

Segunda. Modificación del periodo de justificación.

Se modifica el segundo párrafo de la cláusula decimosexta del convenio en lo concerniente al periodo de justificación como consecuencia de lo establecido en la adenda de modificación al convenio entre la Generalitat y el IFAE, mencionada en el expositivo X, estableciéndose como fecha final para presentar las justificaciones del Subproyecto objeto del Convenio el 28 de febrero de 2026.

Tercera. Prórroga de la vigencia del convenio.

Se amplía la vigencia del convenio durante la ejecución del Subproyecto y el consecuente periodo de justificación y control final, y hasta la fecha de 28 de febrero de 2026, sin perjuicio que se establezca una nueva extensión de la ejecución de los programas, en cuyo caso el convenio se prorrogará de manera expresa y escrita mediante la formalización de la correspondiente adenda entre las Partes hasta la fecha de finalización de la ejecución y justificación de los mismos.

Cuarta. Modificación del anexo 2 del convenio.

Se modifica el importe de las Líneas de actuación (LIA) establecidas en el anexo 2 del convenio, «Presupuesto del Subproyecto asignado a las Partes», aumentando o disminuyendo su importe de acuerdo con los cuadros que se indican a continuación.

Institución: Institut de Física d’Altes Energies (IFAE)

  Origen

Personal

Euros

Equipamiento

Euros

Otros

Euros

Indirectos

Euros

Total gastos

Euros

LIA1. Gencat. 185.500,43 160.870,00 116.052,77 69.363,48 531.786,68
NGEU. 494.098,80 0,00 0,00 74.114,82 568.213,62
Total. 679.599,23 160.870,00 116.052,77 143.478,30 1.100.000,30
LIA2. Gencat. 262.033,40 93.705,00 92.217,00 67.193,31 515.148,71
NGEU. 429.425,94 5.295,00 39.061,84 71.067,42 544.850,20
Total. 691.459,16 99.000,00 131.278,84 138.260,70 1.059.998,70
LIA3. Gencat. 326.680,46 51.739,00 158.279,77 80.504,88 617.204,11
NGEU. 350.814,49 0,00 25.529,45 56.451,59 432.795,53
Total. 677.494,78 51.739,00 183.809,22 136.956,45 1.049.999,45
LIA6. Gencat. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
NGEU. 130.435,00 0,00 0,00 19.565,25 150.000,25
Total. 130.435,00 0,00 0,00 19.565,25 150.000,25
LIA8. Gencat. 93.000,00 320.674,72 34.899,63 67.286,15 515.860,50
NGEU. 394.991,65 18.500,00 7.500,00 63.148,75 484.140,40
Total. 487.991,65 339.174,72 42.399,63 130.434,90 1.000.000,90
Total IFAE. Gencat. 867.214,29 626.988,72 401.449,17 284.347,82 2.180.000,00
NGEU. 1.799.765,88 23.795,00 72.091,29 284.347,83 2.180.000,00
Total. 2.666.980,17 650.783,72 473.540,46 568.695,65 4.360.000,00

Institución: Institut de Ciència de Materials de Barcelona (CSIC-ICMAB)

  Origen

Personal

Euros

Equipamiento

Euros

Otros

Euros

Indirectos

Euros

Total gastos

Euros

LIA5. Gencat. 77.000,00 30.000,00 93.000,00 30.000,00 230.000,00
NGEU. 167.000,00 0,00 33.000,00 30.000,00 230.000,00
Total. 244.000,00 30.000,00 126.000,00 60.000,00 460.000,00
Total CSIC-ICMAB. Gencat. 77.000,00 30.000,00 93.000,00 30.000,00 230.000,00
NGEU. 167.000,00 0,00 33.000,00 30.000,00 230.000,00
Total. 244.000,00 30.000,00 126.000,00 60.000,00 460.000,00

Institución: Institut de Ciències Espacials (CSIC-ICE)

  Origen

Personal

Euros

Equipamiento

Euros

Otros

Euros

Indirectos

Euros

Total gastos

Euros

LIA2. Gencat. 55.629,54 0,00 184.318,93 35.992,27 275.940,74
NGEU. 144.000,00 0,00 0,00 21.600,00 165.600,00
Total. 199.629,54 0,00 184.318,93 57.592,27 441.540,74
LIA3. Gencat. 0,00 175.885,36 95.454,64 40.701,00 312.041,00
NGEU. 65.000,00 0,00 0,00 9.750,00 74.750,00
Total. 65.000,00 175.885,36 95.454,64 50.451,00 386.791,00
LIA4. Gencat. 120.867,92 0,00 8.246,40 19.367,15 148.481,47
NGEU. 404.000,00 0,00 0,00 60.600,00 464.600,00
Total. 524.867,92 0,00 8.246,40 79.967,15 613.081,47
LIA8. Gencat. 123.502,54 22.300,00 9.794,67 23.339,58 178.936,79
NGEU. 183.000,00 0,00 0,00 27.450,00 210.450,00
Total. 306.502,54 22.300,00 9.794,67 50.789,58 389.386,79
Total CSIC-ICE. Gencat. 300.000,00 198.185,36 297.814,64 119.400,00 915.400,00
NGEU. 796.000,00 0,00 0,0 119.400,00 915.400,00
Total. 1.096.000,00 198.185,36 297.814,64 238.800,00 1.830.800,00

Institución: Institut d’Estudis Espacials de Catalunya (IEEC)

  Origen

Personal

Euros

Equipamiento

Euros

Otros

Euros

Indirectos

Euros

Total gastos

Euros

LIA7. Gencat. 0,00 425.217,00 1.140.000,39 234.782,61 1.800.000,00
NGEU. 835.217,40 0,00 730.000,00 234.782,60 1.800.000,00
Total. 835.217,40 425.217,00 1.870.000,39 469.565,21 3.599.999,00
Total IEEC. Gencat. 0,00 425.217,00 1.140.000,39 234.782,61 1.800.000,00
NGEU. 835.217,40 0,00 730.000,00 234.782,60 1.800.000,00
Total. 835.217,40 425.217,00 1.870.000,39 469.565,21 3.599.999,00

Institución: Institut de Tècniques Energètiques (INTE-UPC)

  Origen

Personal

Euros

Equipamiento

Euros

Otros

Euros

Indirectos

Euros

Total gastos

Euros

LIA1. Gencat 0,00 217.391,00 43.478,00 39.130,00 299.999,00
NGEU 231.869,57 0,00 29.000,00 39.130,43 300.001,00
Total 231.869,57 217.391,00 72.478,00 78.260,43 600.000,00
Total INTE-UPC. Gencat 0,00 217.391,00 43.478,00 39.130,00 299.999,00
NGEU 231.869,57 0,00 29.000,00 39.130,43 300.001,00
Total 231.869,57 217.391,00 72.478,00 78.260,43 600.000,00

Institución: Institut de Ciències del Cosmos (ICC-UB)

  Origen

Personal

Euros

Equipamiento

Euros

Otros

Euros

Indirectos

Euros

Total gastos

Euros

LIA1. Gencat. 393.791,04 123.171,00 217.722,00 110.202,61 844.886,65
NGEU. 345.192,00 144.603,00 58.836,00 82.294,65 630.925,65
Total. 738.983,00 267.774,00 276.558,00 192.497,25 1.475.812,25
LIA2. Gencat. 392.741,00 260.955,00 45.705,00 104.910,15 804.311,15
NGEU. 225.423,00 6.184,00 44.070,00 41.351,55 317.028,55
Total. 618.164,00 267.139,00 89.775,00 146.261,70 1.121.339,70
LIA3. Gencat. 86.027,00 0,00 15.607,00 15.245,10 116.879,10
NGEU. 301.099,00 0,00 99.321,00 60.063,00 460.483,00
Total. 387.126,00 0,00 114.928,00 75.308,10 577.362,10
LIA4. Gencat. 66.130,00 0,00 695,00 10.023,75 76.848,75
NGEU. 369.690,00 0,00 11.447,00 57.170,55 438.307,55
Total. 435.820,00 0,00 12.142,00 67.194,30 515.156,30
LIA5. Gencat. 149.831,00 0,00 0,00 22.474,65 172.305,65
NGEU. 0,00 3.093,00 9.213,00 1.845,90 14.151,90
Total. 149.831,00 3.093,00 9.213,00 24.320,55 186.457,55
LIA8. Gencat. 20.262,00 9.276,00 0,00 4.430,70 33.968,70
NGEU. 125.835,00 34.003,00 3.991,00 24.574,35 188.403,35
Total. 146.097,00 43.279,00 3.991,00 29.005,05 222.372,05
Total ICC-UB. Gencat. 1.108.782,04 393.402,00 279.729,00 267.286,96 2.049.200,00
NGEU. 1.367.239,00 187.883,00 226.878,00 267.300,00 2.049.300,00
Total. 2.476.021,04 581.285,00 506.607,00 534.586,96 4.098.500,00

Quinta. Modificación del presupuesto de las LIA.

Las tablas A y B del apartado 2.2.1 «Presupuesto global de gastos y financiación» de la cláusula segunda del convenio, en las que se detalla la financiación por cada línea de actuación (LIA), quedan modificadas de acuerdo con la nueva financiación aprobada, detallada en la cláusula cuarta de la presente adenda y sustituidas íntegramente por las siguientes:

A) Financiación solicitada al Ministerio de Ciencia e Innovación (NGEU)

 

Personal

Euros

Equipament

Euros

Altres despeses

Euros

Despeses indirectes

Euros

Suma

Euros

LIA1. 1.071.160,37 144.603,00 87.836,00 195.539,90 1.499.139,27
LIA2. 798.848,94 11.479,00 83.131,84 134.018,97 1.027.478,75
LIA3. 716.913,49 0,00 124.850,45 126.264,59 968.028,53
LIA4. 773.690,00 0,00 11.447,00 117.770,55 902.907,55
LIA5. 167.000,00 3.093,00 42.213,00 31.845,90 244.151,90
LIA6. 130.435,00 0,00 0,00 19.565,25 150.000,25
LIA7. 835.217,40 0,00 730.000,00 234.782,61 1.800.000,01
LIA8. 703.826,65 52.503,00 11.491,00 115.173,10 882.993,75
Total. 5.197.091,85 211.678,00 1.090.969,29 974.960,86 7.474.700,00

B) Cofinanciación del programa por parte de la comunidad autónoma (GENCAT)

 

Personal

Euros

Equipament

Euros

Altres despeses

Euros

Despeses indirectes

Euros

Suma

Euros

LIA1. 579.291,47 501.432,00 377.252,77 218.696,09 1.676.672,33
LIA2. 710.403,94 354.660,00 322.240,93 208.095,73 1.595.400,60
LIA3. 412.707,46 227.624,36 269.341,41 136.450,98 1.046.124,21
LIA4. 186.997,92 0,00 8.941,40 29.390,90 225.330,22
LIA5. 226.831,00 30.000,00 93.000,00 52.474,65 402.305,65
LIA6. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
LIA7. 0,00 425.217,00 1.140.000,39 234.782,61 1.800.000,00
LIA8. 236.764,54 352.250,72 44.694,30 95.056,43 728.765,99
Total. 2.352.996,33 1.891.184,08 2.255.471,20 974.947,39 7.474.599,00

Sexta. Divulgación científica.

En el marco de la investigación aplicada en tecnologías avanzadas para el estudio del universo, todas las Partes, a excepción de la UPC, con el fin de la realización del programa de divulgación científica «2050: la ciència que canviarà el món», mencionado en el expositivo V, acuerdan aportar entre todas 60.000 euros; la aportación a esta actividad por cada una de ellas (IEEC, UB, CSIC e IFAE) será de 15.000,00 euros. El IFAE, como gestor del Subproyecto, ya ha realizado el pago del importe total mencionado, previa emisión del documento justificativo correspondiente por parte del CCCB, y es por ello por lo que IEEC, UB y CSIC se comprometen a realizar el pago de 15.000,00 euros al IFAE. El IFAE emitirá, respectivamente al IEEC, a la UB y al CSIC, el documento acreditativo correspondiente por el concepto de «otros gastos», por un importe de 15.000 euros (BI).

Séptima. Resto de condiciones.

Todo aquello del convenio que no haya sido expresamente modificado en virtud de la presente adenda permanecerá en vigor según lo pactado.

Y para que así conste, las Partes firman esta adenda a un único efecto, el 23 de diciembre de 2025.–El Director del Consorcio Institut de Física d’Altes Energies, Eugenio Coccia.–El Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Carlos Closa Montero.–El Director y la Directora del Institut d’Estudis Espacials de Catalunya, Xavier Luri Carrascoso y Pilar Montes Marbà.–El Rector de la Universitat de Barcelona, Joan Guàrdia Olmos.–El Rector de la Universitat Politècnica de Catalunya, Francesc Torres Torres.