La Directora del Instituto Social de la Marina y el director general del Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., han suscrito, con fecha de 18 de diciembre de 2025, una adenda al Convenio para establecer el intercambio de información a efectos del reintegro en vía ejecutiva de las prestaciones por desempleo indebidamente percibidas o por responsabilidad empresarial, que fue firmado el 17 de febrero de 2022.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.
Madrid, 26 de diciembre de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEXO
Adenda de prórroga al Convenio entre el Instituto Social de la Marina y el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., para establecer el intercambio de información a efectos del reintegro en vía ejecutiva de las prestaciones por desempleo indebidamente percibidas o por responsabilidad empresarial
REUNIDOS
De una parte, doña Elena Martínez Carqués, Directora del Instituto Social de la Marina, cargo para el que fue nombrada por Orden ISM/986/2021, de 7 de septiembre (BOE núm. 227, de 22 de septiembre de 2021), actuando en nombre y representación del Instituto, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 7.2 del Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina, y de acuerdo, asimismo, con las atribuciones conferidas por el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra, don Gerardo Gutiérrez Ardoy, Director General del Organismo Autónomo Servicio Público de Empleo Estatal, nombrado por Real Decreto 846/2018, de 6 de julio, competente para la firma del presente convenio según lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 6 del Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal.
Reconociéndose ambas partes la capacidad legal necesaria para formalizar la presente adenda,
EXPONEN
Primero.
La Directora del Instituto Social de la Marina y el Director General del Organismo Autónomo Servicio Público de Empleo Estatal firmaron 17 de febrero de 2022 un convenio por el que se establece el margo general de colaboración en cuanto a las condiciones por la que se debe regir el intercambio de información necesaria para la recaudación en vía ejecutiva de las prestaciones por desempleo de nivel contributivo, asistencia, renta activa de inserción y cualesquiera otras prestaciones programas financiados dentro de la acción protectora por desempleo con cargo al presupuesto del SEPE, que resulten indebidamente percibidas y que corresponda al ISM como entidad gestora competente declarar y exigir su devolución, y de cuyo pago sea responsable su beneficiario, o el empresario declarado directamente responsable, una vez agotado el periodo voluntario de recaudación sin que se haya producido el reintegro.
Segundo.
Que, en su cláusula novena se establece una vigencia de cuatro años y se indica que en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.
Tercero.
Que próxima a concluir la vigencia del convenio ambas partes desean dar continuidad a las prestaciones objeto del mismo, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el art 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público suscriben la presente adenda de prórroga del convenio.
Cuarto.
Que se cumplen los trámites preceptivos establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normativa aplicable.
Por todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda al convenio referido que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
El objeto de la presente adenda es establecer la prórroga por cuatro años del convenio suscrito entre el Instituto Social de la Marina (en adelante, ISM) y el Organismo Autónomo Servicio Público de Empleo Estatal (en adelante, SEPE) por el que se establece el margo general de colaboración en cuanto a las condiciones por la que se debe regir el intercambio de información necesaria para la recaudación en vía ejecutiva de las prestaciones por desempleo de nivel contributivo, asistencia, renta activa de inserción y cualesquiera otras prestaciones programas financiados dentro de la acción protectora por desempleo con cargo al presupuesto del SEPE, que resulten indebidamente percibidas y que corresponda al ISM como entidad gestora competente declarar y exigir su devolución, y de cuyo pago sea responsable su beneficiario, o el empresario declarado directamente responsable, una vez agotado el periodo voluntario de recaudación sin que se haya producido el reintegro.
Segunda. Eficacia y validez de la presente adenda al convenio.
De acuerdo con lo establecido en artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de prórroga del convenio surtirá efectos desde el día 18 de febrero de 2026, previa inscripción de la misma en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la misma ley. Asimismo, esta adenda se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
En todo lo no señalado en esta adenda, seguirán siendo eficaces el resto de las estipulaciones pactadas y contenidas en el Convenio suscrito el 17 de febrero de 2022.
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presenta adenda de prórroga, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–La Directora del Instituto Social de la Marina, Elena Martínez Carqués.–El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., Gerardo Gutiérrez Ardoy.