Resolución de 26 de enero de 2026, del Banco de España, por la que se publica la sanción impuesta, por infracción muy grave, a Entumood, SL.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-2719|Boletín Oficial: 32|Fecha Disposición: 2026-01-26|Fecha Publicación: 2026-02-05|Órgano Emisor: Banco de España

Con fecha 19 de diciembre de 2025, el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó la resolución sancionadora por la que finalizó el expediente de referencia IE/NEP-2/2025, incoado el 2 de junio de 2025, entre otros, a Entumood, SL.

El artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, establece que las sanciones por infracciones muy graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que sean firmes en vía administrativa.

Toda vez que la citada resolución ha adquirido firmeza en vía administrativa procede, al amparo de lo establecido en el mencionado artículo 115.5, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» a la siguiente sanción impuesta a Entumood, SL:

Sanción de multa por importe de veinticuatro mil euros (24.000,00 €), prevista en el artículo 97.1.a).2.º, párrafo 2.º de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, tras la aplicación de la reducción del 20% por pago voluntario contemplada en el artículo 85 de la Ley 39/2015.

Dicha sanción ha sido impuesta por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el apartado segundo de la disposición adicional cuarta de dicha Ley 10/2014, por no facilitar ni en plazo ni toda la información y documentación requerida por el Banco de España en el marco de una inspección llevada a cabo por éste, lo que ha impedido al Banco de España poder comprobar si dicha sociedad realiza actividades reservadas a los proveedores de servicios de pago.

Madrid, 26 de enero de 2026.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.