Resolución de 26 de marzo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de la Comisión paritaria en la que se recoge, entre otros, el acuerdo de aprobación de las tablas salariales para el año 2026 del I Convenio colectivo de Triangle Outsourcing, SL.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-8006|Boletín Oficial: 87|Fecha Disposición: 2026-03-26|Fecha Publicación: 2026-04-09|Órgano Emisor: Ministerio de Trabajo y Economía Social

Visto el texto del Acta de la Comisión paritaria del I Convenio colectivo de Triangle Outsourcing, SL, que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 27 de septiembre de 2023 (código de convenio n.º 90104362012023), en la que se recoge, entre otros, el acuerdo de aprobación de las tablas salariales para el año 2026 del mencionado convenio colectivo, acta que ha sido suscrita el día 12 de marzo de 2026, de una parte, por los designados por la dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por la sección sindical de USO, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y ha sido finalmente subsanada mediante comunicación de 25 de marzo de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta y de las tablas salariales para el año 2026 del mencionado convenio colectivo en el correspondiente registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la comisión paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de marzo de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL I CONVENIO NACIONAL DE LA EMPRESA TRIANGLE OUTSOURCING, SL, CELEBRADA EL 12 DE MARZO 2026

Asistentes:

Por la representación Sindical, Sección Sindical Estatal de USO:

Don Guillermo de la Fuente Morán.

Don Borja de la Cruz Díaz.

Doña Fernanda Correia Da Silva (asesora).

Por la dirección de Triangle Outsourcing, SL:

Doña Miriam Aparicio Loeches.

Doña Rocío Fernández Cebrián.

Don Agustín Benavent González (asesor).

A las 09:30 horas del día 12 de marzo de 2026, se reúne de forma semipresencial, la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de la empresa Triangle Outsourcing, SL, conformada por la representación referenciada en el encabezado.

Y suscriben el presente:

ACUERDO

Primero. Tablas definitivas año 2025.

Dado que el IPC interanual resultante en 2025 ha sido el 2,7 % no resulta de aplicación lo previsto en materia de revisión salarial y las tablas aprobadas y publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» para 2025 quedan como definitivas a los efectos de aplicar sobre las mismas el incremento salarial pactado para el siguiente ejercicio.

Segundo. Tablas año 2026.

Que conforme a lo previsto en el artículo 50.4 del I Convenio colectivo de Triangle Outsourcing, SL (código de convenio n.º 90104362012023), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 231, de 27 de septiembre de 2023, las tablas salariales del año 2026, con efectos desde el 1 de enero de 2026, serán el resultado de incrementar las tablas salariales del año 2025, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 11 de abril de 2025, en el porcentaje del 2,5%, salvo en el nivel salarial 14, para el que se mantendrá el diferencial existente con el nivel 15 de la tabla salarial del año 2025 y como consecuencia de la publicación del SMI en el «Boletín Oficial del Estado» (Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, BOE 44 de 19 de febrero de 2025) los niveles 6, 7, 8, 11 y 15 tendrán el importe de la cuantía del SMI al ser este superior al incremento pactado.

Tercero.

Que el valor de la hora extraordinaria, durante el año 2026, será el reflejado en el anexo I de este acuerdo.

Cuarto.

Que, la empresa dispondrá de un plazo máximo de dos meses a contar desde la firma del presente acuerdo, para la regularización y abono de las diferencias a que hubiere lugar por aplicación de los salarios establecidos en el punto anterior.

Quinto. Adaptación de la referencia realizada en el artículo 62. Igualdad de trato y oportunidades.

Las partes aclaran que la referencia realizada al acuerdo existente en materia de Igualdad dentro de la empresa se entenderá realizada al nuevo Plan de Igualdad pactado a nivel de Grupo en fecha tres de octubre de 2025, con vigencia hasta el dos de octubre de 2029 y cuya inscripción se realizó por Dirección General de Trabajo en fecha cuatro de noviembre de dos mil veinticinco.

Sexto. Delegación para registro.

Designar a don Agustín Benavent González del despacho profesional CECA MAGAN ABOGADOS, para que realice la correspondiente presentación a efectos de registro y consiguiente depósito y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de los acuerdos adoptados ante la autoridad laboral competente a través de los medios electrónicos habilitados al efecto.

Y no habiendo otros asuntos que tratar, previa redacción, lectura y aprobación por todos los firmantes de la presente acta, suscriben la misma los reunidos en prueba de conformidad, en la representación que respectivamente ostentan, en la fecha al principio citada, siendo las 10:00 horas.–Miriam Aparicio Loeches.–Borja de la Cruz Díaz.–Rocío Fernández Cebrián.–Guillermo de la Fuente Morán.

ANEXO I

Triangle Outsourcing

Tabla salarial año 2026 (desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2026)

Grupo profesional Nivel salarial Categorías

Salario base 2026

Euros

Salario bruto anual

Euros

Valor hora extra

Euros

1. Dirección. N.1 Director/a General. 1.631,13 22.835,87 12,66
N.2 Director/a Departamento. 1.514,62 21.204,70 11,75
Titulado/a Grado.
2. Mandos intermedios. N.3 Responsable Departamento. 1.475,79 20.661,07 11,45
Responsable de Servicio.
N.4 Coordinador/a. 1.312,68 18.377,48 10,19
N.4 bis Jefe/a de Equipo. 1.289,37 18.051,21 10,01
3. Personal administrativo. N.5 Oficial de 1.ª administrativo. 1.289,37 18.051,21 10,01
N.6 Oficial de 2.ª administrativo. 1.221,00 17.094,00 9,48
N.7 Grabador/a de datos. 1.221,00 17.094,00 9,48
N.8 Auxiliar Administrativo. 1.221,00 17.094,00 9,48
4. Personal comercial. N.9 Jefe/a de Ventas. 1.343,74 18.812,41 10,43
N.10 Consultor/a Comercial. 1.234,22 17.279,14 9,58
N.11 Promotor/a de ventas. 1.221,00 17.094,00 9,48
5. Personal operativo. N.12 Oficial 1.ª de servicios. 1.320,44 18.486,18 10,25
N.13 Oficial 2.ª de servicios. 1.281,61 17.942,47 9,95
N.14 Auxiliar de servicios especializado. 1.248,14 17.474,00 9,69
N.15 Auxiliar de servicios. 1.221,00 17.094,00 9,48