Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica parque eólico Elawan Belinchón I Híbrido, de 21,6 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico existente PSFV Elawan Belinchón I, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cuenca».

Nº de Disposición: BOE-A-2025-10971|Boletín Oficial: 132|Fecha Disposición: 2025-05-26|Fecha Publicación: 2025-06-02|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Antecedentes de hecho

Con fecha 12 de febrero de 2025, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Parque Eólico Elawan Belinchón I Híbrido de 21,6 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico existente PSFV Elawan Belinchón I, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cuenca», ubicado en los términos municipales de Belinchón y Zarza de Tajo, en la provincia de Cuenca, promovido por Elawan Fotovoltaica Belinchón 1, SL, al amparo del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

Tras la subsanación de la documentación por el promotor, se verifica que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022.

El proyecto contempla la construcción y puesta en funcionamiento de un parque eólico (PE) «Elawan Belinchón I Híbrido» que se hibridará con una planta solar fotovoltaica en funcionamiento «FV Elawan Belinchón I», de 48,272 MW, con el que compartirá acceso a la red. El parque eólico cuenta con 3 aerogeneradores, con una potencia unitaria de 7,2 MW, sumando una potencia total de 21,6 MW. El modelo seleccionado cuenta una altura de buje de 125 m, un diámetro de rotor de 172 m y una altura en punta de pala de 211 m. La potencia conjunta de la instalación híbrida será de 69,872 MW. La línea de evacuación subterránea de 30 kV parte desde los centros de transformación de la planta hasta la subestación existente «SET Colectora Belinchón 30/132/400 kV» con una longitud total de 8,32 km.

El resto de la infraestructura de evacuación de la planta, desde la subestación «SET Colectora Belinchón 30/132/400 kV» hasta su conexión a la red de transporte «SE Belinchón 400 kV» propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, se encuentra en explotación y es compartida con la planta solar fotovoltaica «FV Elawan Belinchón I».

Las obras tendrán una duración aproximada de diez meses para el parque eólico y siete meses para la línea de evacuación.

Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, basado en los criterios recogidos en el artículo 6.3.b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario.

La implantación de la planta fotovoltaica y su línea de evacuación subterránea se encuentran fuera de los espacios protegidos de Castilla–La Mancha según consta en su estudio de impacto ambiental.

El elemento más cercano a la zona de estudio perteneciente a la Red Natura 2000 es la Zona Especial de Conservación «Yesares del valle del Tajo» (ES4250009) que se ubica a 945 m en su punto más cercano al aerogenerador B-05 y a 1,93 km del aerogenerador más alejado (B-07). La Zona de Especial Protección para las Aves «Área esteparia de la Mancha Norte» (ES0000170) se encuentran ubicados de 4,3 a 5,6 km de los distintos aerogeneradores.

El proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún Monte de Utilidad Pública (MUP) en el entorno inmediato del conjunto de instalaciones, encontrándose el más cercano a una distancia mínima de 4 km.

Respecto a los Hábitats de Interés Comunitario (HIC), se ven afectados por la posición de los aerogeneradores y el trazado de viales y la línea de evacuación, principalmente al HIC no prioritario 9340 «Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia» y los HIC prioritarios 1520* «Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia).» y 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas anuales del Thero-Brachypodietea». Atendiendo a la información bibliográfica contrastada en estudios de campo, se contabiliza la superficie de HICs afectados, tomando como referencia una envolvente de 200 m a las plataformas y de 100 m respectos a los elementos lineales. Así, un 33 % de la superficie considerada afecta de forma conjunta a los 3 HICs, un 16,70 % para el HIC 6220* de forma exclusiva y un 7,62 % del área de estudio para una mezcla de los HICs prioritarios 1520* y 6220*.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas.

Para la caracterización vegetal del entorno de las instalaciones proyecto, se tenido en cuenta el Mapa Forestal de España 1:50.000 (MFE50) y Sistema de información sobre las plantas de España (Anthos). Atendiendo al Mapa Forestal de España, de manera genérica, la vegetación del área de estudio se compone fundamentalmente de cultivos, matorrales y pequeñas agrupaciones boscosas de encinas. De acuerdo Sistema de información sobre las plantas de España (Anthos) existen al menos 161 especies en las cuadrículas 10x10 km 30SVK91 y 30SVK92, en las que se ubica el proyecto.

Consta una prospección in situ de la vegetación real presente en la zona. Para ello se ha delimitado una superficie que ocupa una envolvente de 500 m de los elementos superficiales y 100 de los elementos lineales. De los resultados de la prospección botánica, destaca la presencia de acebuchales (Olea europea var. Sylvestris), arbolado disperso, zona de tierras arables, zonas agrícolas con plantación de árboles frutales, frutos secos y olivares, viñedos, matorrales, bosque de pino carrasco (Pinus halapensis) y terrenos improductivos no cultivables.

En relación especies de flora amenazada, en las cuadrículas 10x10 km analizadas, se encuentran clasificadas como «Vulnerables», Gypsophila bermejo y Lythrum baeticum, en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha (CREA).

Según el servicio INESint de información geográfica sobre Espacios Sensibles en poder de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, no se ha detectado ninguna zona de protección de flora próxima a las instalaciones del proyecto.

Durante las prospecciones de campo, se detecta la presencia de Ephedra fragilis, Helianthenum marifolium y Juniperus thurifera catalogadas como especies «De interés especial» según el CREA. Además, también se ha observado durante estas visitas la presencia de especies gipsícolas, características de la ZEC cercana «Estepas yesosas de la Alcarria conquense», reduciéndose a un pequeño tramo de 125,83 m de vial de acceso.

En el entorno del proyecto, se citan en bibliografía 68 especies de aves según los registros pertenecientes a las cuadrículas UTM de 10x10 km donde se ubican las instalaciones proyectadas y que figuran en el Inventario Español de Especies Terrestres (IEET). En relación al CREA, hay 7 especies como «Vulnerables», 45 especies como «De Interés Especial», y el resto no están catalogadas. En relación al Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), encontramos una especie «En Peligro de Extinción» y otras 3 especie «Vulnerable». Además, aparecen 41 especies incluidas en el Listado Español de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) y el resto no tendría ninguna figura de protección.

Se han realizado un censo de aves entre los meses de noviembre de 2023 y noviembre de 2024. Se han registrado 59 especies de aves planeadoras de las cuales 20 no estaban incluidas en la revisión bibliográfica, sumando un total de 3.494 observaciones, que han utilizado las ubicaciones de los aerogeneradores proyectados o su entorno. La especie más abundante ha sido el pardillo común (Linaria cannabina), con 585 observaciones (16,74 % del total), debido a una concentración de individuos en migración observada en todas las inmediaciones.

Destacan por su categoría de amenaza o protección el azor común (Accipiter gentilis) con una observación, el águila real (Aquila chrysaetos) con 4, la culebrera europea (Circaetus gallicus) con un registro, el halcón peregrino (Falco peregrinus) con uno, la grulla común (Grus grus) con 509 observaciones, el milano real (Milvus milvus) con 18, la avutarda (Otis tarda) con un registro y el sisón (Tetrax tetrax) con 2, que figuran como «Vulnerable» en el CREA. Para el CEEA, el milano real y el sisón figuran como «En Peligro» mientras que el resto de especies se incluyen en el LESRPE.

En cuanto a las alturas de vuelo, el 26 % fueron observaciones dentro del intervalo de altura de vuelo con riesgo de colisión alto, mientras que el 66 % fueron observaciones con riesgo de colisión bajo volando por debajo de la altura de rotación de las palas de los aerogeneradores. El 9 % de las observaciones restantes, se produjo a una altura de vuelo superior a la zona de riesgo de colisión. Destaca que todas las observaciones de milano real se incluyen en una categoría de riesgo de colisión alto, mientras que, para las grullas, solo un 41 % de las mismas se dan en esta categoría, el resto serían a una altura de vuelo superior a la rotación de las palas. El resto de especies «Vulnerables» para el CREA, también se encuentran en riesgo de colisión alto a excepción del sisón común que su altura de vuelo es inferior.

Durante las labores de campo, se identificaron dos nidos en el entorno del proyecto. El más cercano, localizado en la envolvente de 5 km, muestra signos de ocupación de águila real, no descartándose la cría.

El PE «Elawan Belinchón I Híbrido» se encuentra aproximadamente a 7 km desde el aerogenerador más cercano del área critica del águila perdicera (Aquila fasciata), especie «En peligro de extinción» para el CREA y «vulnerable» para el CEEA, aunque no se ha tenido ninguna observación en los censos realizados.

Las instalaciones objeto de estudio se sitúan a 1,25 km al sur del área de importancia para las aves IBA N.º193 «Tarancón-Ocaña-Corral de Almaguer» y a 3,50 km al norte de la IBA N.º394 «Baja Alcarria».

Los trabajos de campo de quirópteros se realizaron a través de una estación de medida en altura como con una estación a ras de suelo, para el PE «Elawan Belinchón I Híbrido» y otros dos proyectos eólicos con el que comparte trazado y evacuación. La estación para la grabación en altura se colocó sobre una torre meteorológica en Belinchón situada a 50 m sobre el nivel del suelo. Se acumuló un total de 126.336 minutos de muestreo y 852 grabaciones, durante un total de 154 noches, desde el 13 de septiembre de 2023 hasta el 14 de febrero de 2024, identificándose 592 archivos a nivel de especie. Como resultado del muestreo en altura, se obtuvieron ocho especies, siendo la más abundante el murciélago rabudo (Tadarida teniotis) con 380 vuelos (64,19 % del total), especie «De interés especial» para el CREA e incluida en el LESRPE, seguido por el murciélago de borde claro (Pipistrellus kuhlii) con 116 contactos (19,59 %), «De interés especial» para el CREA y en el LESRPE, y el murciélago de Cabrera (Pipistrellus pygmaeus) con 49 (8,28 %), recogida en el LESRPE. Una de las especies detectadas durante el muestreo, el murciélago montañero (Hypsugo savii), figura como «Vulnerable» en el CREA e incluido en el LESRPE, solo se registró en un único vuelo.

Para el muestreo acústico estacionario a nivel del suelo, se centró en una estación de grabación activa durante un total de 30 noches, desde el 13 de septiembre de 2023 hasta el 13 de octubre de 2023, acumulando un total de 2.141 grabaciones totales, identificándose 1.336 archivos a nivel de especie. Se detectaron 9 especies de quirópteros. La especie más abundante fue el murciélago de borde claro con 815 vuelos (61,00 % del total), seguido por el murciélago enano (Pipistrellus pipistrellus), «De interés especial» en el CREA e incluido en el LESRPE, con 281 vuelos (21,03 %) y el murciélago rabudo con 169 (12,65 %). Se detectaron dos especies «Vulnerables» para el CREA y para el CEEA, el murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii) y el murciélago ratonero grande/mediano (Myotis myotis/blythii), con 11 observaciones y un vuelo respectivamente y otra especie «Vulnerable» y recogida en el LESRPE, el murciélago montañero, con 3 registros de vuelo.

En 2024, se repite el muestreo en altura con un cambio de ubicación más próximo al aerogenerador B-07. Se acumuló un total de 28.609 minutos de muestreo y 2.182 grabaciones, durante un total de 154 noches, desde el 4 de septiembre de 2023 hasta el 10 de octubre de 2024, identificándose 401 archivos a nivel de especie. Como resultado del muestreo, se obtuvieron cuatro especies, siendo la más abundante el murciélago rabudo (57,82 % de los vuelos), el murciélago enano (16,87 %), el murciélago de borde claro (16,38 %), y el murciélago de Cabrera (8,93 %).

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral.

El ámbito de estudio del módulo solar fotovoltaico se sitúa en la demarcación hidrográfica del Tajo. En las proximidades de los terrenos afectados por la instalación de los aerogeneradores, no se ve afectado por ninguna masa de agua, localizándose la más cercana, arroyo de Vallehermoso, a 900 m del aerogenerador B-06. Por su parte, la línea de evacuación no cruzaría ningún cauce, ubicándose del más próximo a 400 m, el arroyo del Prado.

En lo que concierne a las Zonas de Policía de cauces, se ha comprobado que ninguna se encuentra dentro del territorio de afección del conjunto de infraestructuras del proyecto.

En cuanto a las masas de agua subterránea, el ámbito de estudio se encuentra a dentro de la masa de agua subterránea (MSBT) «Ocaña». En relación a la permeabilidad de los materiales sobre los que se asientan el proyecto, mayoritariamente sobre materiales dendríticos de «baja» permeabilidad, con zonas puntuales de rocas carbonatadas de «media» permeabilidad en el entorno de la plataforma de vuelo del aerogenerador B-07.

Las zonas con riesgo de inundación según el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI), se sitúan fuera del entorno de proyecto y alejados de éste. En cuanto a las Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI), las más cercanas se ubican a 12,30 km al noroeste de la implantación, en las proximidades del río Tajo, a su paso por la población de Fuentidueña de Tajo (Madrid).

Durante la fase de construcción, se llevan a cabo actuaciones ase que implican movimiento de tierras (apertura de viales, zonas de acopio, plataformas, zanjas y cimentaciones) que tienen asociado un riesgo para la calidad del agua, bien sea por incremento de partículas en suspensión o por contaminación con aceites y carburantes. Del mismo modo, se pueden producir vertidos derivados del mantenimiento de las instalaciones, que podrían llevar asociadas ligeras afecciones sobre la hidrología superficial a consecuencia del uso de maquinaria.

La actividad no genera aguas residuales y no se precisa ningún sistema de depuración. Se recogerán durante las obras las aguas residuales en un tanque estanco de capacidad suficiente. El contenido se retirará de forma periódica para su posterior vertido a un sistema general de saneamiento, previa autorización por el órgano competente.

4. Afección por generación de residuos.

El anexo VIII «Estudio de Gestión de Residuos» del proyecto estima los residuos generados en la obra, a partir de las dimensiones del proyecto, en función de las características de los componentes de la instalación y de la obra, determinando el peso de los restos de los materiales sobrantes y del embalaje de los productos suministrados.

En relación con los residuos peligrosos, se estima un total 84,22 t de peso construcción y 69,67 m3 durante la fase de construcción, correspondiéndose principalmente a tierras y piedras con sustancias peligrosas (LER 17 05 03). En cuanto a los residuos no peligrosos, se han calculado un total de 15.822,48 t de peso y un volumen de 11.759, 92 m3, en el que destaca tierras y piedras distintas no peligrosas (LER 17 05 04).

Además, de los materiales catalogados como residuos, es necesario señalar que durante los trabajos de instalación del parque se utilizarán otros materiales que no pueden considerarse como residuos ya que serán reutilizados y devueltos al fabricante. Este es el caso de las bobinas en las que se transportan los conductores y los retales de los propios conductores.

Los materiales provenientes de la construcción serán almacenados de manera temporal en una zona delimitada para ello, la cual contará con una superficie compactada, delimitada mediante cercado y debidamente señalizada. En relación a los Residuos Sólidos Urbanos (RSU) o asimilables a urbanos, serán almacenados en bolsas de basura o recipientes cerrados para ser transportados a contenedores señalizados y en apropiado estado. Los materiales industriales no peligrosos procedentes de las obras de las instalaciones serán almacenados en zonas provisionales y previamente delimitadas, clasificándose por tipo de residuo, para ser tratados y, posteriormente, transportados a un vertedero autorizado. Finalmente, los residuos peligrosos deberán ser tratados por un gestor autorizado, debiéndose controlar la generación de los mismos y las consecuencias de su producción, a través de la implantación de correctas medidas preventivas y correctoras.

Una parte de las tierras procedentes de la excavación será reutilizada en la propia obra, para relleno y explanación, así como en la cimentación de los aerogeneradores y el relleno de las zanjas. Para la cimentación de cada aerogenerador serán necesario.

Al cese total de la actividad se procederá al desmantelamiento y/o demolición de la de las instalaciones, conforme al presente Plan de Desmantelamiento. El objetivo del proceso es la retirada de las instalaciones del parque eólico proyectado, la recuperación y revegetación de los terrenos afectados durante la construcción y explotación del parque, así como el reciclado de materiales y la gestión de residuos.

5. Afección por utilización de recursos naturales.

La instalación del parque eólico tendría repercusión sobre el suelo en forma de alteración de la calidad del mismo con la correspondiente pérdida de capacidad edáfica, así como su posible contaminación. El desbroce y el tránsito de maquinaria generarían también desestructuración del suelo, y las cimentaciones provocarían compactación en zonas puntuales. La tierra removida será reservada para las tareas de restauración una vez finalizada la fase de construcción. Así, la ocupación del suelo forma permanente se ha estimado 11,12 ha para plataformas y zanjas.

El balance de tierras para la cimentación y la plataforma de los aerogeneradores, incluidos los viales, es de 44.936,38 m3 en desmonte y 33.813.10 m3 en terraplén, siendo necesario desbrozar una superficie de 11.584 m3.

El parque eólico no requiere de acometida de abastecimiento de agua para consumo humano durante su construcción o su explotación por medio de captación de aguas subterráneas. Para actividades de compactación de viales y riego para mitigar el polvo, el agua será aportado desde el exterior de la obra.

6. Afección al patrimonio cultural.

En marzo de 2025 se presenta ante el Servicio de Cultura de Cuenca de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, la «Memoria Final de Prospección Arqueológica» del proyecto Parque Eólico «Elawan Belinchón I Híbrido» (N.º de Expte.: 241986-P).

En cuanto a la presencia/ausencia de restos materiales o estructuras de naturaleza arqueológica o etnográficas en las inmediaciones de los aerogeneradores, se ha documentado la existencia de tres estructuras de carácter etnográfico, ya catalogadas tras la consulta a bienes arqueológicos de los términos municipales de Belinchón y Zarza del Tajo. Por un lado, junto al aerogenerador B05 se conserva parcialmente el llamado «Chozo Redondo», un conjunto formado por un chozo circular y tres tenadas rectangulares anexas entre sí. Por otro, en las inmediaciones del aerogenerador B06 se encuentran dos chozos abovedados denominados «Chozo de las Pulguillas» y «Chozo de los Cotos».

Respecto a los viales de acceso, siguiendo el vial principal hacia el sur, se documentó un chozo contemporáneo no inventariado con anterioridad, de morfología cuadrangular y cubierto con una techumbre de metal. Más adelante, al llegar al desvío del ramal que conduce a los tres aerogeneradores, se encuentra la «Cueva El Canónigo», un refugio en una colina con dos cámaras interiores separadas por un muro central. Al este de esta bifurcación, al otro lado del olivar, había documentado anteriormente un cortijo denominado «Corral de la Dehesilla de Herrera», que entre 2012-2015 fue demolido sus edificios, pasando la zona a emplearse como zona de cultivo.

En un ramal secundario al sur, se localizan los restos del «Chozo La Camacha», un conjunto etnográfico que estaba compuesto por un chozo circular y dos corrales cuadrados. En las cercanías del vial secundario se documentó un arco de piedra y mortero, único vestigio del conjunto de estructuras que se levantaba antiguamente en el lugar, que puede identificarse como «Chozo de los Navajuelos», al compararse con la cartografía existente.

El vial que comunica los aerogeneradores B06 y B07 se localiza un bien patrimonial catalogado, «Pozo de la Sima». Junto al acceso al aerogenerador B06, se ubica el «Chozo de las Pulguillas», una estructura abovedada semiexcavada en la colina, con dos cámaras interiores.

En el entorno de afección del proyecto, se localiza un tramo de la colada de la «Dehesilla o el Gramón», sobre el que produce un cruzamiento el vial del PE «Elawan Belinchón I Híbrido».

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio.

Las instalaciones proyectadas afectan al término municipal de Belinchón, provincia de Cuenca. Respecto a la dinámica demográfica del municipio de Belinchón, se puede observar un importante aumento desde inicios del siglo XX hasta los años 50, donde comienza a descender la población, permaneciendo de forma estable, con un ligero repunte en los últimos años. En cuanto, a la estructura, se caracteriza por una población envejecida, con un porcentaje de ancianos relativamente grande, con predominio de edades intermedias.

El municipio basa su economía principalmente en se corresponde con el sector servicios, seguido por la industria y por la agricultura y, por último, la construcción. Con respecto al número de empresas y su evolución en los últimos años la tendencia es en general negativa.

En fase de construcción, pueden producir molestias a las personas del entorno próximo o que se desplazan por la zona debido al aumento del tránsito de vehículos, maquinaria, movimientos de tierra, etc., principalmente temporales al poder sufrir cortes de determinadas vías y accesos para la ejecución de las obras. Por otro lado, el municipio se vería favorecidos por la revitalización de la zona al precisar de nuevas contrataciones, tanto para la construcción y operación de la planta, como para labores de mantenimiento, así como en la cadena de suministro, al estimar que un 17 % provengan de proveedores locales. Se espera una mejora de la red viaria que proporcionaría efectos socioeconómicos positivos, fundamentados en el desarrollo urbanístico de la zona, el acondicionamiento y mejora de las conexiones y el incremento de la seguridad vial.

En cuanto a los usos del suelo de la zona de estudio, según el Sistema de Información sobre Ocupación del Suelo de España (SIOSE), la implantación del proyecto se desarrolla sobre encinares, superficie agrícola, viales y superficie y corrientes de agua.

Teniendo en cuenta la Ley 5/2020, de Proyectos prioritarios de Castilla-La Mancha, en relación al recurso eólico, las posiciones de los aerogeneradores se sitúan en zona apta para el desarrollo de este tipo de proyectos, mientras que los viales también en zonas aptas pero la zona de conexión con la «SET Colectora Belinchón 30/132/400 kV» se encuentran en una zona «potencialmente apta con limitaciones ambientales», por su posible afección a elementos geomorfológicos de protección especial y hábitats de protección especial.

De acuerdo con las Normas Subsidiarias aprobadas por la Comisión Provincial de Urbanismo (CPU), el PE «Elawan Belinchón I Híbrido» se ubica sobre suelo rústico de reserva y suelo rústico no urbanizable de especial protección, necesitando autorizaciones administrativas previas a la licencia municipal de instalación y obras.

En nivel de emisión sonora de los aerogeneradores, los valores de inmisión se sitúan por debajo de los valores límite establecidos por la legislación entre - 55 y 45 dB(A) para periodo diurno y nocturno, respectivamente. El resultado del estudio de ruido concluye que apenas habrá variación en los valores de inmisión finales, aumentando de forma significativa únicamente en el Finca «El Carrizar», pero que quedaría dentro de los umbrales de objetivos de calidad acústica marcados por la legislación vigente para suelos de uso residencial, con un valor de 38,3 dB(A).

La generación de sombras como consecuencia del movimiento de las palas de los aerogeneradores durante el día, no se ha estudiado de manera conveniente. Según el estudio de impacto ambiental, la distancia existente entre los aerogeneradores y los núcleos poblados más cercanos implica que este será un impacto poco significativo, aunque no se han tenido en cuenta el efecto sobre las explotaciones ganaderas cercanas.

En relación al estudio de campos magnéticos, tras realizar los análisis pertinentes en cuanto a la actividad del centro de seccionamiento del P.E. «Elawan Belinchón I Híbrido» en las condiciones nominales de funcionamiento, se espera como máximo un valor de campo magnético de 34,7 μT a 30 centímetros de altura sobre la superficie de la bandeja que aloja los conductores de potencia a la salida de la celda de línea, siendo este valor inferior al límite de exposición establecido, encontrándose dentro de valores permitidos.

La PE «Elawan Belinchón I Híbrido» queda enmarcada en una zona de frecuencia media de incendios, para las plataformas de los aerogeneradores B-06 y B-07, y nulo para el resto del proyecto, según mapa de riesgo del Plan Director de Defensa contra Incendios Forestales de Castilla-La Mancha. Para el Plan Regional de Incendios Forestales (INFOCAM), el municipio de Belinchón aparece excluido de cualquiera Zona de Alto Riesgo de Incendio (ZAR).

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.

En la actualidad, se encuentran en funcionamiento varias instalaciones de energía renovable en un radio de 25 Km, con respecto a la ubicación del emplazamiento. En concreto, además del P.E. «Elawan Belinchón I Híbrido», se localizan un total de 2 parques eólicos en funcionamiento, haciendo un total de 33 aerogeneradores y una potencia total de 28,05 MW. Respecto a los proyectos fotovoltaicos, en una envolvente de 15 km, existe 17 plantas ya construidas con una potencia de más de 280,74 MW y una superficie de 530,10 ha. En fase de obra se hallan 9 plantas fotovoltaicas con una superficie de 646,05 ha y una potencia de 589,75 MW. En tramitación, se encuentras 2 instalaciones solares que suman un total de 256,05 ha y una potencia de 99,98 MW.

El P.E. «Elawan Belinchón I Híbrido» cuenta con un total de 3 aerogeneradores con una potencia de 21,6 MW, según consta en el resumen ejecutivo. Además, en tramitación, existen otros dos proyectos de parques eólicos con el que comparte el trazado de evacuación que hibridan con dos plantas solares en funcionamiento, los proyectos P.E. «Elawan Belinchón II Híbrido» y P.E. «Elawan Belinchón III Híbrido», que suman un total de 7 aerogeneradores y una potencia acumulada de 50,4 MW.

En cuanto al análisis de cuencas visuales, en una envolvente de 15 km sobre el parque eólico proyectado y los proyectos de energía renovables en funcionamiento, en obra y en tramitación, la superficie desde la que existe visibilidad de los aerogeneradores aumenta un 30,96 %, pasando de un 48,56 % de ver un aerogenerador existente en el territorio afectado, a un porcentaje de 79,52 % cuando incorporamos todos los proyectos, aumentando de manera considerable las superficies desde donde se verá el parques eólico. Es importante destacar que el efecto acumulativo del balizamiento nocturno de los parques existentes junto con el parque proyectado supondría un considerable impacto de contaminación lumínica nocturna, por ser su efecto más evidente y molesto que durante el día.

En cuanto a la conectividad ecológica, la construcción de este parque eólico disminuiría la conectividad entre un 0,07 a 0,21 % para las unidades de «cultivo» y «matorral», manteniéndose el acceso a las láminas de agua. Además, las nuevas instalaciones, y particularmente los viales, constituirán una cierta barrera para los anfibios (animales de escasa movilidad), siendo este hecho especialmente relevante en aquellos puntos en los que los viales discurran por las proximidades de arroyos o charcas.

Respecto a la fragmentación de hábitat, se estima que podría producirse un efecto sinérgico sobre estos, ya que las manchas de los HIC no forman un continuo, sino que van formando islas, que, al disminuir su superficie, se aumenta su aislamiento, pudiendo determinar en pérdida de diversidad biológica y en su funcionalidad.

El principal efecto sinérgico sobre la fauna es la mortalidad por colisión con los aerogeneradores.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de que el proyecto se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, fue remitida a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, a la Dirección General de Calidad Ambiental y a la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030, todas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el 8 de abril de 2025, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental. No consta a fecha de esta resolución, la remisión de observaciones, por lo que se ratifica el sentido de la propuesta.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1.b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Módulo de generación eólica Parque Eólico Elawan Belinchón I Híbrido de 21,6 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico existente PSFV Elawan Belinchón I, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cuenca», se someta a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 22, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 26 de mayo de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.