Visto el texto del Acta de la Comisión paritaria del Convenio Colectivo de CTC Externalizacion, SLU (código de Convenio n.º 90011622011998), que fue publicado en el BOE de 18 de marzo de 2020, Acta por la que se aprueban los incrementos salariales y las tablas definitivas para el año 2026, en virtud de lo contemplado en el artículo segundo del Acuerdo de prórroga y modificación parcial del mencionado Convenio colectivo de CTC Externalización, SLU (BOE de 18 de diciembre de 2024), que ha sido suscrita con fecha 14 de abril de 2026, de una parte, por la persona designada por la dirección de la empresa, en representación de la misma y, de otra, por la sección sindical de USO, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y que ha sido finalmente subsanada en fecha 18 de mayo de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada Acta y las tablas salariales de 2026 del mencionado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de mayo de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.
ACTA NÚM. 1/2026 DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA CTC EXTERNALIZACIÓN, SLU
Asistentes:
Por la representación sindical:
Moisés Vizcarro Caparrós. Secretario general sección sindical estatal USO.
Por la representación empresarial:
M.ª Teresa López Luis.
En Barcelona, a 14 de abril de 2026, siendo las 10.30 horas, se reúnen formalmente mediante videoconferencia por medios telemáticos idóneos los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio arriba indicados en la representación señalada.
Abierta la sesión, se declara que la reunión tiene por objeto aprobar las tablas salariales definitivas para el año 2026, contemplados en el artículo segundo del Acuerdo de prórroga y modificación parcial del Convenio colectivo de CTC Externalización, SLU, de 18 de diciembre 2024 (código de convenio núm. código de convenio n.º 90011622011998).
En primer lugar, habiendo constatado la Comisión Paritaria, que el IPC general final de 2025 fue del 2,9 %, según publica el Instituto Nacional de Estadística, y de acuerdo con el escalado que estipula el artículo segundo del Acuerdo de prórroga, procede la aplicación del límite máximo de subida del 2% sobre las tablas salariales 2025.
En segundo lugar, dado que existe un aumento del SMI que implica aumentar las tablas por encima de la subida pactada, se procederá de la siguiente manera:
– Primero actualizaran las tablas de acuerdo con los importes indicados en el anexo 1 del presente acuerdo.
– Una vez efectuada la actualización, se aplicaran posteriormente las adecuaciones salariales en tablas correspondientes a los grupos profesionales afectados por el aumento del SMI, con la garantía de que exista, al menos, un 1% de diferencial entre el salario de tablas de cada grupo profesional, pasando en ese momento a absorberse y compensarse otras partidas que pudiera tener la persona trabajadora, fijas o variables, incluida la garantía ad personam derivada de adaptaciones de estructuras salariales de personal subrogados de otros convenios.
Teniendo en cuenta todo lo anterior, las tablas salariales de 2026 son las que se detallan a continuación:
Tablas salariales 2026
| Grupo | S. base | PPE | Salario mes | Salario año |
|---|---|---|---|---|
| 0 | 1221,00 | 203,50 | 1424,50 | 17094,00 |
| 1 | 1233,21 | 205,54 | 1438,75 | 17264,94 |
| 2 | 1245,54 | 207,59 | 1453,13 | 17437,59 |
| 3 | 1258,00 | 209,67 | 1467,66 | 17611,97 |
| 4 | 1270,58 | 211,76 | 1482,34 | 17788,08 |
| 5 | 1283,28 | 213,88 | 1497,16 | 17965,97 |
| 6 | 1296,12 | 216,02 | 1512,14 | 18145,63 |
| 7 | 1325,48 | 220,91 | 1546,39 | 18556,68 |
| 8 | 1338,74 | 223,12 | 1561,86 | 18742,32 |
Por unanimidad de las representaciones de las organizaciones intervinientes, se acuerda la aprobación, registro y publicación en el BOE de todos los acuerdos adoptados en la presente acta y sus anexos.
Igualmente, y por unanimidad de las representaciones de las organizaciones intervinientes, se acuerda delegar en doña María de la O Sánchez Gutiérrez, don Óscar Alcuña García y doña Cristina Villaroya Font, la realización de todas las gestiones oportunas a fin de procurar la inscripción telemática de la presente acta en el Registro correspondiente (REGCON) y su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Y no habiendo otros asuntos que tratar en esta reunión, en representación de cada una de las organizaciones intervinientes, suscriben digitalmente la presente acta los firmantes en el lugar y fecha indicados.