Resolución de 27 de agosto de 2025, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Comunitat Valenciana, para la cesión de uso de la aplicación informática para la valoración de la discapacidad.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-17701|Boletín Oficial: 214|Fecha Disposición: 2025-08-27|Fecha Publicación: 2025-09-05|Órgano Emisor: Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030

Con fecha 26 de agosto de 2025 se ha suscrito la Adenda de modificación del Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunitat Valenciana para la cesión de uso de la aplicación informática para la valoración de la discapacidad.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de conformidad con las competencias conferidas por el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, resuelvo:

Proceder a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada adenda, que se incorpora como anexo a esta resolución.

Madrid, 27 de agosto de 2025.–La Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, María Teresa Sancho Castiello.

ANEXO

Adenda de modificación del Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunitat Valenciana para la cesión de uso de la aplicación informática para la valoración de la discapacidad

REUNIDOS

De una parte, doña María Teresa Sancho Castiello, Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (en adelante Imserso), entidad gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, cargo para el que fue nombrada en virtud del Real Decreto 1217/2023, de 27 de diciembre, (BOE número 310, de 28 de diciembre), y facultada para su representación conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 5 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre.

Y, de otra parte, doña Susana Camarero Benítez, Vicepresidenta Primera y Consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda en nombre de la Generalitat, nombrada por el Decreto 33/2024, de 21 de noviembre, de la Presidencia de la Generalitat, competente para la suscripción del presente convenio conforme al artículo 17.f) de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, autorizada por Acuerdo del Consell de 3 de junio de 2025.

Las partes, intervienen en nombre y representación de sus respectivas Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda en los términos que en ella se contienen, y al efecto,

EXPONEN

I. Que el Imserso y la Comunitat Valenciana firmaron el 11 de julio de 2023, el convenio para la cesión de uso de la aplicación informática para la valoración de la discapacidad.

El convenio tiene por objeto la cesión de uso de forma no exclusiva por parte del Imserso a la citada Comunitat Valenciana, de la aplicación informática de su propiedad que ha desarrollado para la valoración del grado de discapacidad, denominada Baremo Integrado de Discapacidad (Baredi), como instrumento para la evaluación de las situaciones de discapacidad y la calificación de su grado, relativa a las personas que solicitan dicha valoración en su ámbito territorial.

II. Que los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) son órganos técnicos públicos adscritos al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, o a aquellas comunidades autónomas con competencia en la materia, como es en el caso de la Comunitat Valenciana, cuya misión principal es auxiliar a la Administración de Justicia en el ámbito de su disciplina científica y técnica.

Les corresponde, entre otras actuaciones periciales médico-legales, el control de los lesionados, la valoración de los daños corporales y de las enfermedades mentales que sean objeto de actuaciones procesales, incluidas las causas de la jurisdicción social.

La Comunitat Valenciana está interesada en ceder la herramienta Baredi al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunitat Valenciana, dependiente de la Conselleria de Justicia y Administración Pública. Analizada la cuestión, las partes del convenio han acordado la modificación del mismo para establecer la posibilidad de que por parte de la Comunitat Valenciana se ceda la herramienta al IMLCF, de conformidad con la cláusula décima del convenio, que permite la modificación del mismo.

El uso compartido de la aplicación informática que ha desarrollado el Imserso, para la valoración de grado de discapacidad, supone una oportunidad para normalizar las herramientas de valoración de un parámetro complejo como es el cálculo del grado de discapacidad. Esta cesión supone sin duda un beneficio para las personas sobre las que se elaboran los informes pertinentes, al aumentar la seguridad jurídica y, contribuir a la finalidad última establecida en el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, de que la evaluación del grado de discapacidad que afecte a la persona sea uniforme en todo el territorio del Estado, garantizando con ello la igualdad de condiciones para el acceso de la ciudadanía a los derechos previstos en la legislación.

III. Que de acuerdo con la cláusula décima del convenio, que permite la modificación del mismo, las partes consideran adecuado modificar el objeto y los compromisos de la Comunitat Valenciana, recogidos en las cláusulas primera y cuarta respectivamente.

Por todo lo anteriormente expuesto, los comparecientes en representación de sus respectivas administraciones públicas acuerdan suscribir la presente adenda de modificación del convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

La presente adenda tiene como objeto modificar el objeto y las obligaciones que asumen las partes en relación con el convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunitat Valenciana para la cesión de uso de la aplicación informática para la valoración de la discapacidad.

Segunda. Modificación.

Se modifica el contenido de cláusula primera, que queda redactada de la siguiente forma:

«Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto la cesión de uso de forma no exclusiva por parte del Imserso a la Comunitat Valenciana, de la aplicación informática de su propiedad que ha desarrollado para la valoración del grado de discapacidad, denominada Baremo Integrado de Discapacidad (Baredi), como instrumento para la evaluación de las situaciones de discapacidad y la calificación de su grado, relativa a las personas que solicitan dicha valoración, en el ámbito territorial de la citada Comunitat Valenciana.

También tiene por objeto permitir el auxilio a los Tribunales, Juzgados y Fiscales por parte del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) en los procedimientos judiciales iniciados a instancia de parte en materia de reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.»

Se modifica el contenido de la cláusula cuarta que queda redactada de la siguiente manera:

«Cuarta. Compromisos de la Comunitat Valenciana.

La Comunitat Valenciana, se compromete a realizar las siguientes actuaciones:

– Usar la aplicación para la finalidad prevista en la cláusula primera.

– Cumplir los requisitos técnicos establecidos en cada momento por el Imserso.

– No ceder sus credenciales de acceso a organismos, instituciones o particulares. No obstante, se autoriza su cesión al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Valencia, de Castellón de la Plana y de Alicante. La Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda deberá comprobar que la designación de los empleados públicos encargados de su uso corresponde a personas que deben de intervenir en el ámbito de un procedimiento judicial iniciado a instancia de parte. Esta cesión no permitirá el acceso por dicho Instituto, a los datos personales que consten en los expedientes de la citada Comunidad Autónoma/Diputación Foral, sino solo a la aplicación informática a los efectos de poder realizar simulaciones. Los compromisos del Imserso recogidos en la cláusula tercera se entenderán atribuidos a la Vicepresidenta Primera y Consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda respecto al IMLCF.

– Custodiar y mantener las credenciales de acceso con la debida diligencia para asegurar su seguridad, confidencialidad y uso personal e intransferible.

– Gestionar y mantener actualizados los datos referentes a su unidad, responsables funcionales y del conjunto usuarios de su ámbito, así como su configuración. A tal efecto nombrará responsable o responsables encargados de la asignación, gestión y mantenimiento de los perfiles de usuarios.

– Nombrar un equipo que canalice y filtre las peticiones de asistencia al Imserso, de los usuarios de su ámbito.

– Mantener actualizados y válidos los accesos securizados a través de la red SARA.»

Tercera. Eficacia de la adenda.

La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, siempre que se produzca antes de la extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Cuarta. Subsistencia del resto del convenio.

Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio en lo no estipulado por esta adenda.

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman la presente adenda de modificación digitalmente, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante (Madrid, 26 de agosto de 2025).–La Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, María Teresa Sancho Castiello.–La Vicepresidenta Primera y Consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, de la Generalitat Valenciana, Susana Camarero Benítez.