Con fecha 25 de marzo de 2026 se ha firmado, Convenio entre el Ministerio de Cultura y Hazlo Accesible para la adhesión de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes al programa Acerca Cultura, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 27 de marzo de 2026.–La Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, María Ángeles Albert de León.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Cultura y Hazlo Accesible para la adhesión de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes al programa Acerca Cultura
En Madrid, a 25 de marzo de 2026.
REUNIDOS
De una parte, el Ministerio de Cultura, representado por doña María Ángeles Albert de León, Directora General de Patrimonio Cultura y Bellas Artes, designada mediante Real Decreto 1150/2024, de 11 de noviembre y actuando en virtud de las competencias que le vienen conferidas en el capítulo II, apartado cuarto, 2. e) de la Orden CLT/1527/2025, de 23 de diciembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
De otra, Asociación Hazlo Accesible representada por don Javier Jiménez Dorado, en su calidad de presidente, designado por acuerdo de la Asamblea General del 14 de enero de 2022 y resolución de inscripción de titulares de la Junta Directiva u órgano de representación en el Registro Nacional de Asociaciones de 1 de junio de 2022, en virtud de las competencias que se establecen el artículo 11, capítulo II, de los Estatutos de la Asociación Hazlo Accesible, asociación con domicilio avenida Gregorio Peces Barba, núm. 1, 28919 Leganés (Madrid), España, y con NIF G8783191, inscrita en el registro nacional de asociaciones, sección uno núm. 612.858.
Los firmantes se reconocen la capacidad jurídica y competencia suficientes para formalizar el presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que, de acuerdo con el artículo 15, apartado 1, del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de Cultura la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de la cultura en español, el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.
II. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5, apartado 1, letra s), del Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, le corresponde a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes la gestión y promoción de los museos de titularidad estatal adscritos a la misma, facilitando que todos estos museos cumplan las funciones de adquisición, conservación, investigación, comunicación y exhibición de bienes culturales. Asimismo, conforme al artículo 5.1.u) le corresponde a la citada Dirección General la cooperación con otras Administraciones y entidades públicas y privadas en materia de museos.
III. Que la Asociación Hazlo Accesible, entidad sin ánimo de lucro, se creó a finales de 2011 en el ámbito de la Comunidad de Madrid y en abril de 2017 se dio de alta en el Registro Nacional de Asociaciones y tiene como finalidad promover la atención integral a las necesidades sociales de accesibilidad de las personas con trastornos mentales, personas con discapacidad, personas mayores y en riesgo de exclusión social, y contribuir a la eliminación de las barreras que impiden que todas las personas puedan ejercer su legítimo derecho a acceder, en igualdad de condiciones, a la educación, la cultura, el ocio, la formación, el mundo laboral, el entretenimiento, las comunicaciones, internet y en general todas las áreas de su vida cotidiana.
IV. Que la Asociación Hazlo Accesible ha sido la responsable de implementar en la Comunidad de Madrid el programa Acerca Cultura, adaptación del proyecto Apropa Cultura que se desarrolla desde el 2006 en Cataluña. La misión del programa es favorecer el acceso y la participación de la cultura y su poder transformador a las personas en riesgo de exclusión social a través de una red de programadores culturales, instituciones y mecenas, entidades y centros sociales para lograr una plena inclusión.
V. Que el programa Acerca Cultura se dirige a entidades y centros sociales que trabajan con personas en riesgo de exclusión social o de vulnerabilidad de los siguientes ámbitos: personas con discapacidad intelectual; personas con problemática social derivada de enfermedad mental; personas con discapacidad física en situación de exclusión social; personas mayores (residencias, centros de día, programas de inclusión social); personas en situación de privación de libertad; personas migrantes (programas de acogida y de inclusión social); Infancia y adolescencia (CRAES y centros abiertos); personas con drogodependencia y/o otras adicciones; mujeres (violencia de género y riesgo de exclusión).
Acerca Cultura también se dirige a otras entidades sociales y del ámbito de la salud como aquellas que tratan con personas con discapacidad sensorial, asociaciones de pacientes con enfermedades crónicas, asociaciones de familias ligadas a síndromes o centros especiales de trabajo. Dados los condicionantes relativos al horario y personal de apoyo de estas entidades, Acerca Cultura procura favorecer la compatibilidad de su oferta con la disponibilidad de los centros sociales.
A través del programa Acerca Cultura se gestiona la base de datos de las entidades sociales registradas en el programa, se valida el registro de cada nuevo centro social y, si es necesario, éste es verificado por el departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento del municipio correspondiente.
VI. El Ministerio de Cultura (en adelante el MC) a través de la Subdirección General de Museos Estatales (en adelante la SGME) tiene entre sus principales líneas estratégicas convertir sus museos de gestión directa en espacios accesibles, eliminando las barreras físicas, sensoriales e intelectuales para garantizar una óptima accesibilidad, aspirando a la plena accesibilidad universal tanto en espacios, acciones y servicios culturales. En este marco reside su interés por participar en el programa Acerca Cultura.
VII. Que Hazlo Accesible y el MC consideran de interés que los museos estatales gestionados por la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes se incorporen al programa Acerca Cultura con la finalidad de contribuir a la accesibilidad de personas en riesgo de exclusión social o de vulnerabilidad.
Y, en virtud de cuanto antecede, es voluntad de las partes suscribir el presente convenio de cuyos términos y condiciones se regirán con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es establecer los términos para la adhesión del MC al programa Acerca Cultura a través de Hazlo Accesible con el objetivo de facilitar el acceso a la programación cultural de los museos estatales situados en Madrid a las personas que pertenecen a colectivos en riesgo de exclusión social, en situación de vulnerabilidad o con discapacidad.
Segunda. Ámbito de desarrollo.
La oferta de actividades se desarrollará en los museos de titularidad estatal gestionados por la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes ubicados en Madrid cuya relación se detalla en el anexo I del presente convenio.
Tercera. Compromisos y obligaciones entre las partes.
3.1 LA Asociación Hazlo Accesible, a través de Acerca Cultura, asume los siguientes compromisos:
3.1.1 Realizar el diseño, impresión y difusión del folleto del programa que se distribuirá entre las entidades sociales de la Comunidad de Madrid, y en el que figurarán los logotipos de los museos adheridos al programa y el de la SGME.
3.1.2 Facilitar a la SGME el logotipo de Acerca Cultura y autorizar su uso para la difusión del proyecto dentro de las comunicaciones propias de la SGME, como participante de la red de equipamientos culturales en el presente programa social, reconocido por las Instituciones Culturales y Sociales de la Comunidad de Madrid.
3.1.3 Permitir la participación gratuita en las actividades y campañas de comunicación mediante la presencia en ruedas de prensa, actos y acciones organizadas específicamente con el objetivo de dar a conocer el programa.
3.1.4 Ofrecer al personal de la SGME la posibilidad de asistir a las «Jornadas Acerca Cultura de formación en accesibilidad e inclusión» que se realizarán periódicamente.
3.1.5 Ofrecer como un servicio complementario una formación específica y asesoramiento personal en materia de accesibilidad e inclusión para aportar conocimientos, metodología y confianza para atender a los diferentes grupos sociales y diseñar, en su caso, las adaptaciones necesarias de las actividades. Desde la temporada 2026/2027 se iniciará el curso «Educa con el Arte»: formaciones artísticas dirigidas a profesionales de la acción social y educativa. El curso se organizará en colaboración con los servicios educativos de los equipamientos culturales que forman parte de la red.
3.1.6 En relación con el portal web www.acercacultura.org se compromete a:
a) Incorporar en su web el logotipo tanto de la red Museos Estatales, como los de los 8 museos que figuran en el anexo I.
b) Publicar y gestionar la oferta de plazas en las actividades, visitas y formaciones que ofrezcan los museos participantes dependientes de la SGME, así como la responsabilidad sobre su admisión, verificación de los datos y mantenimiento.
c) Proporcionar a la SGME un gestor de contenidos propio desde donde cada museo publicará su propia programación. Además, podrá gestionar las reservas y extraer los datos que considere relevantes.
d) Proporcionar a la SGME, a través del gestor de contenidos, los resultados de las evaluaciones de las experiencias de los usuarios para realizar un seguimiento del servicio, que se publicarán en la web Acerca Cultura. Asimismo, contará con un sistema de seguimiento de incidencias y observaciones.
e) Dar derecho de acceso de consulta a los registros de esta base de datos a efectos de información a la SGME, que, no obstante, no podrá realizar ninguna explotación ni comunicación directa, puesto que corresponde a Hazlo Accesible la propiedad y gestión de la base de datos de las entidades y centros sociales inscritos al programa Acerca Cultura, así como la responsabilidad sobre su admisión, verificación de datos y mantenimiento.
3.1.7 Elaborar y presentar a la Comisión de Seguimiento la documentación pertinente para la justificación del cumplimiento de las acciones financiadas por el MC y que consistirá en:
a) una descripción de las acciones realizadas.
b) las correspondientes justificaciones sistematizadas del gasto y pago, indicando la parte aportada por el MC y el porcentaje de cofinanciación, si la hubiera, por parte de otros organismos.
c) cualquier otra información que pueda contribuir a valorar la eficacia de las acciones emprendidas.
3.2 El MC, a través de la SGME, asume los siguientes compromisos:
3.2.1 Informar a través del portal web de Acerca Cultura de sus tarifas de entrada a los museos conforme a la Orden ECD/868/2015, de 5 de mayo, por la que se regula la visita pública a los museos de titularidad estatal adscritos y gestionados por el Ministerio de Cultura y Deporte y por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. Dichas tarifas oscilan entre 0 y 3 euros por persona. Por tanto, se adecúan al máximo de 3 euros establecido por el programa Acerca Cultura para los visitantes y miembros de entidades adheridos al programa (Tarifa Acerca).
3.2.2 Potenciar la figura de los profesionales de la acción social acreditados por Acerca Cultura como intermediarios importantes para que la cultura y las artes alcancen a los usuarios más vulnerables. A tal efecto, en el desarrollo de campañas concretas de promoción cultural y/o social se podrá establecer la reducción o gratuidad en el precio de entrada conforme a la Orden ECD/868/2015.
3.2.3 Facilitar la participación de los grupos destinatarios del programa Acerca Cultura en la programación desarrollada en los museos adheridos. Para ello, cada museo definirá su oferta específica y/o asumirá un porcentaje de reserva de plazas en sus visitas y actividades acorde a sus posibilidades y medios. Tanto el contenido de la oferta como el procedimiento para la inscripción y la participación se comunicarán a los responsables de Acerca Cultura y se difundirán en el portal web www.acercacultura.org.
3.2.4 Posibilitar, siempre y cuando las instalaciones museísticas lo permitan, tanto el acceso a usuarios con sillas de ruedas como el uso de plazas de aparcamiento para las personas con movilidad reducida, en los ocho museos de Madrid adheridos al programa.
3.2.5 Designar dos coordinadores Acerca Cultura, responsables de llevar a cabo la atención al usuario y las comunicaciones en referencia al programa Acerca Cultura, entre otras funciones que se detallan en el anexo II.
3.2.6 Participar y/o organizar las sesiones de presentación de la programación dirigidas al sector social. Se realizarán dos sesiones cada año, para presentar la programación trimestral en las propias instalaciones de los museos o de otras entidades participantes adscritas al programa Acerca Cultura.
3.2.7 Aportar a Hazlo Accesible la cantidad máxima anual de 4.840,00 euros, IVA incluido (cuatro mil ochocientos cuarenta euros), en el periodo de actuaciones de 2026, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.05.333A.226.02 una vez ejecutadas y justificadas las acciones programadas de promoción de las actividades de los museos estatales entre las entidades del tercer sector y los usuarios con necesidades especiales a través del programa Acerca Cultura.
3.2.8 Realizar acciones en los siguientes ámbitos:
a. Comunicación:
− Comunicar su adhesión al programa a través de sus canales comunicativos habituales.
− Poner a disposición del público del museo flyers y posters de Acerca Cultura.
− Incluir el logotipo de Acerca Cultura en su web, así como el enlace a la web del programa.
b. Programación:
− Informar y coordinar con los museos adheridos las actividades ofertadas en Acerca Cultura.
3.2.9 No hacer uso de la base de datos de centros sociales inscritos en Acerca Cultura con finalidades diferentes a las propias de organización y gestión de las actividades que se enmarcan en el programa objeto del presente convenio.
Cuarta. Compromisos económicos.
4.1 El Ministerio de Cultura, para la realización de las actuaciones previstas en el presente convenio aportará la cantidad máxima anual de 4.840,00 euros, IVA incluido (cuatro mil ochocientos cuarenta euros), en el periodo de actuaciones de 2026, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.05.333A.226.02 una vez ejecutadas y justificadas las acciones programadas de promoción de las actividades de los museos estatales entre las entidades del tercer sector y los usuarios con necesidades especiales a través del programa Acerca Cultura.
El MCD realizará el pago de la cantidad estipulada a Hazlo Accesible una vez realizadas las actividades, previa Certificación de la Comisión de Seguimiento acreditativa del cumplimiento del convenio, de acuerdo con lo especificado en esta cláusula.
4.2 Hazlo Accesible asume el coste de mantenimiento y continuidad en el programa Acerca Cultura de los museos incluidos en el anexo I del presente convenio, lo que supone una aportación equivalente a 14.400,00 euros que se corresponde con la suma de ocho cuotas de 1.800,00 euros establecidas para equipamientos museísticos.
La Asociación Hazlo Accesible adelantará los fondos correspondientes a las actividades a realizar previstas bajo el presente convenio.
4.3 Si se produjera algún retraso en las actividades previstas en el calendario, se analizará la situación en la Comisión de seguimiento para acomodar el calendario de pagos previstos dentro del plazo de duración del convenio.
En el caso de que se produzcan estos retrasos, y, en consecuencia, alguno de los pagos previstos tuviera que realizarse más allá del periodo de duración fijado en el presente convenio, las partes, de común acuerdo, suscribirán la correspondiente adenda prevista en la cláusula quinta del convenio antes de la fecha de finalización de este.
Quinta. Período de vigencia.
El presente convenio se perfecciona por la firma de las partes y será eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El convenio tiene un plazo de vigencia de 1 año desde que adquiere eficacia, pudiendo prorrogarse por anualidades. El convenio se podrá prorrogar con un máximo de 3 años adicionales, por acuerdo expreso y escrito de ambas partes, comunicándose con un mes de antelación a la fecha de su finalización, y realizándose mediante la tramitación de la correspondiente adenda, previa sustanciación de los trámites previstos normativamente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h).2 de la Ley 40/2015. Dicha adenda de prórroga surtirá efectos con su inscripción en REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Sexta. Comisión de seguimiento.
Se constituirá una Comisión mixta de vigilancia y seguimiento a la que corresponderá velar por el correcto desarrollo, ejecución y evaluación de lo dispuesto en el presente convenio y su desarrollo, así como impulsar la adopción de las medidas y acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos por las partes.
Asimismo, será función de esta Comisión certificar a efectos del pago el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente convenio.
La Comisión estará integrada por dos representantes de Hazlo Accesible y otros dos representantes del Ministerio de Cultura, designados a tal efecto por cada institución. Los representantes del Ministerio serán designados por la persona titular de la Subdirección General de Museos Estatales.
– Por parte de la Subdirección General de Museos Estatales:
Persona titular de la Subdirección General de Museos Estatales.
Persona titular de la Jefatura del Área de Difusión de la Subdirección General de Museos Estatales.
– Por parte de Hazlo Accesible:
Presidente de la Asociación Hazlo Accesible.
Coordinadora del Programa Acerca Cultura Madrid.
Esta Comisión se reunirá al menos una vez al año durante la vigencia del presente convenio y celebrará las reuniones extraordinarias que se consideren convenientes a solicitud de cualquiera de las partes. Ambas partes, de mutuo acuerdo, pueden invitar a otras personas representativas a participar de la Comisión de Seguimiento.
Siempre que se considere necesario, y a petición de cualquiera de las partes, el personal técnico de ambas entidades podrá realizar reuniones de cariz técnico para el seguimiento operativo de los proyectos y con la finalidad principal de aportar elementos a incluir en las reuniones de la Comisión de Seguimiento o desarrollar las conclusiones de ésta.
En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos tanto de forma presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos válidos, además, de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y las videoconferencias.
Séptima. Causas de extinción y resolución.
a. El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
b. Serán causas de resolución anticipada del presente convenio, conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, las siguientes:
– El transcurso de su plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.
– El acuerdo unánime de los firmantes, siendo manifestado por escrito.
– El incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en virtud del presente convenio. Lo que permitirá a la parte perjudicada optar por exigir su cumplimiento o resolución.
– Por la renuncia de una de las partes realizada por escrito.
– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
– Por cualquier otra causa prevista en la legislación vigente.
c. Consecuencias aplicables en caso de resolución por incumplimiento.
En este caso, se podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla con las obligaciones y compromisos que se consideran incumplidos. Si persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la parte incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
Octava. Protección de datos de carácter personal.
a. En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, las partes implicadas en el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente convenio atenderán a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en relación con los datos personales de los interlocutores o representantes con los que se relacionarán.
b. Los datos de carácter personal de los firmantes del presente convenio y de las personas que se faciliten de la otra parte, serán tratados con la finalidad de gestionar la relación contractual que se formalice entre las partes, siendo la base legitimadora del tratamiento la ejecución del presente convenio y las actuaciones que se deriven. En cumplimiento del artículo 4.7 del Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016). En este sentido, las partes se comprometen a que los datos facilitados no se cederán a terceros, salvo obligación legal.
c. Se podrán publicar datos de las partes de acuerdo con la normativa de transparencia y contratos del sector público. Para el ejercicio de los derechos reconocidos en el Reglamento General de Protección de Datos (acceso a los datos, rectificación, supresión, solicitar la limitación del tratamiento y oposición) la persona interesada podrá dirigirse en cualquier momento a la otra parte en la dirección que figura en el encabezamiento de este convenio.
d. Ambas partes respetarán el carácter confidencial de aquella información perteneciente a cualquiera de las partes que por su propia naturaleza deba tener carácter reservado, información a la que tengan acceso en la ejecución del convenio. Las partes se obligan a mantener en secreto dicha información, tanto durante el plazo de vigencia de este convenio como después de su expiración, salvo en aquellos aspectos que hubiera pasado al dominio público o fuere notoria por medios ajenos a las partes.
Novena. Modificaciones.
El presente convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación de los términos del mismo deberá ser hecha por escrito y firmada por ambas partes, y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La modificación deberá formalizase mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Décima. Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.
1. El presente convenio no supone asociación ni sociedad alguna entre las partes y la relación que se desprenda, únicamente, se circunscribe al ámbito del presente convenio.
2. El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo sexto del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Las controversias que puedan surgir de la interpretación, modificación, efectos o resolución que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. Si esta discrepancia no se resolviera en el plazo de treinta días, las partes con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera ser de aplicación, en su defecto, las cuestiones litigiosas se sustanciarán conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
4. La responsabilidad que pueda generarse ante terceros, a consecuencia de las actuaciones derivadas del desarrollo de este convenio corresponde a la entidad ejecutora material de las actuaciones.
Así lo acuerdan y convienen, a cuyo fin y para su debida constancia, ambas partes firman el presente documento electrónicamente.–Por el Ministerio de Cultura, la Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, María Ángeles Albert de León.–Por Hazlo Accesible, el Presidente Asociación Hazlo Accesible, Javier Jiménez Dorado.
ANEXO I
Relación de museos participantes gestionados por la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural
1. Museo Arqueológico Nacional:
C/ Serrano, 13.
28001 Madrid.
Tfno.: 915777912.
2. Museo Cerralbo:
C/ Ventura Rodríguez, 17.
28008 Madrid.
Tfno.: 915473646.
3. Museo de América:
Avda. Reyes Católicos, 6.
28040 Madrid.
Tfno.: 915439437.
4. Museo del Traje. Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico:
Avda. Juan de Herrera, 2.
28040 Madrid.
Tfno.: 915504700.
5. Museo Nacional de Antropología:
C/ Alfonso XII, 68.
28014 Madrid.
Tfno.: 915395995.
6. Museo Nacional de Artes Decorativas:
C/ Montalbán, 12.
28014 Madrid.
Tfno.: 915326499.
7. Museo Nacional del Romanticismo:
C/ San Mateo, 13.
28004 Madrid.
Tfno.: 914480163.
8. Museo Sorolla:
P.º General Martínez Campos, 37.
28010 Madrid.
Tfno.: 913101584.
ANEXO II
Funciones de los coordinadores Acerca Cultura de cada equipamiento
1. Atención al usuario y dinamización de la asistencia de las entidades sociales registradas:
a. Asesoramiento sobre actividades y condiciones específicas del museo.
2. Coordinación con el personal de sala/recepción del museo:
a. Comunicación de los grupos con reservas.
b. Gestión de incidencias.
3. Coordinación con comunicación y gerencia de Acerca Cultura:
a. Informar sobre las actividades más adecuadas para ofrecer al programa.
b. Facilitar informes de asistencia y uso del programa.
4. Coordinación con Acerca Cultura y gestión del administrador de contenidos.
a. Introducción de la programación en el administrador.
b. Gestionar las reservas.
c. Canalizar el pago por el procedimiento establecido por el Ministerio de Cultura.
d. Gestionar incidencias.
5. Participación en las sesiones de presentación de la programación a las entidades sociales.