Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Desmantelamiento parcial de la "CT Los Barrios", en la provincia de Cádiz».

Nº de Disposición: BOE-A-2025-22319|Boletín Oficial: 265|Fecha Disposición: 2025-10-27|Fecha Publicación: 2025-11-04|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Antecedentes de hecho

Con fecha 27 de septiembre de 2024, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de inicio de la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental simplificada del proyecto «Desmantelamiento parcial de la “CT Los Barrios”, en la provincia de Cádiz», remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) como órgano sustantivo, respecto del que Generaciones Eléctricas Andalucía, SL, es promotor.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

El objetivo del proyecto es el cierre y desmantelamiento selectivo de la central térmica Los Barrios, situada en el término municipal de Los Barrios, provincia de Cádiz, comunidad autónoma de Andalucía. Para ello, se acometerá un desmantelamiento parcial con la previsión de que el emplazamiento y parte de los equipos puedan ser reutilizados en una futura actividad.

Para el procedimiento de cierre y desmantelamiento parcial de la central constan los siguientes antecedentes:

– Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Desmantelamiento parcial de la central térmica de Los Barrios (Los Barrios, Cádiz)».

– Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Viesgo Producción, SL, el cierre de la central térmica de Los Barrios, en el término municipal de Los Barrios (Cádiz).

El documento ambiental recoge que, debido a los elevados precios de la energía provocados por la guerra de Ucrania y el aumento de la demanda eléctrica, en 2022, no se obtuvo el acta de cierre parcial, ya que fue necesaria la reactivación transitoria de la central térmica Los Barrios. Tras esta situación puntual, se planifica cerrar con carácter definitivo la central térmica Los Barrios y proceder a su desmantelamiento parcial que abarcará el conjunto de las instalaciones que no se consideran susceptibles de reutilización en proyectos alternativos ligados a la transición energética, encontrándose el proyecto en coherencia con los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) y la «Estrategia a Largo Plazo para una Economía Española Moderna, Competitiva y Climáticamente Neutra en 2050» (ELP 2050).

Con fecha 6 de noviembre de 2024, se realiza el trámite de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas en relación con el proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

La tabla adjunta recoge los organismos y entidades consultados durante esta fase, y si han remitido su informe en relación con el documento ambiental:

Relación de consultados Respuestas recibidas
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina. Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). No
Dirección General de la Costa y el Mar. MITECO.
Oficina Española del Cambio Climático. MITECO.
Subdirección General de Aire Limpio y Sostenibilidad Industrial. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. MITECO. No
Subdirección General de Economía Circular. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. MITECO. No
Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial. Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. No

Dirección General de Protección Civil y Emergencias.

Ministerio del Interior.

Dirección General de Salud Pública. Ministerio de Sanidad.
Subdelegación del Gobierno en Cádiz. No

Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.

Junta de Andalucía.

Dirección General de Espacios Naturales Protegidos. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. Junta de Andalucía.
Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica. Consejería de Salud y Consumo. Junta de Andalucía.
Dirección General de Emergencias y Protección Civil. Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. Junta de Andalucía.
Dirección General de Recursos Hídricos. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Junta de Andalucía.
Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. Junta de Andalucía.
Dirección General de Patrimonio Histórico. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. Junta de Andalucía.
Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. Junta de Andalucía. No
Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio de Cádiz. Consejería de Cultura y Deporte. Junta de Andalucía.
Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural en Cádiz. Junta de Andalucía. No
Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz. Junta de Andalucía.
Diputación Provincial de Cádiz. No
Ayuntamiento de Los Barrios. No
WWF España. No
SEO/BirdLife. No
Ecologistas en Acción Andalucía.
Ecologistas en Acción Cádiz. No

Con fecha 3 de abril de 2025, se requieren, a través de sus órganos jerárquicamente superiores, los informes de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad y el Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz, pertenecientes a la Junta de Andalucía. En igual fecha, se reitera solicitud de informe a la Dirección General de la Costa y el Mar del MITECO. Los informes solicitados tienen entrada, con fechas 7 y 29 de abril, 5 de mayo y 19 de junio de 2025.

Como consecuencia del resultado de las consultas y del análisis técnico realizado, con fecha 16 de julio de 2025, se traslada al promotor que los impactos significativos detectados pueden ser evitados mediante la incorporación al proyecto de una serie de condiciones planteadas en los informes recibidos.

Con fecha de 28 de julio de 2025, el promotor acepta expresa e íntegramente las condiciones propuestas, las cuales pasan a integrar la versión final del proyecto sobre la que versa el presente procedimiento.

Analizada la documentación obrante en el expediente y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II, del título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

a. Características del proyecto:

El proyecto de desmantelamiento selectivo de la central térmica Los Barrios responde a la necesidad de permanencia de la actividad industrial relacionada con la generación de energía eléctrica en el emplazamiento de esta central, a fin de disponer mayor espacio utilizable para el desarrollo de proyectos alternativos futuros ligados a la estrategia de transición energética y transición justa, así como, el uso de infraestructuras e instalaciones de la central térmica Los Barrios que podrán mantener su operatividad.

Además de la alternativa cero o de no realización, el documento ambiental analiza dos alternativas para llevar a cabo el desmantelamiento. La alternativa cero se descarta, ya que, por la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico y la autorización ambiental integrada (AAI) de la central térmica Los Barrios, se obliga a los titulares a, una vez realizado el cierre de la instalación, elaborar y presentar un proyecto de clausura y proceder a su desmantelamiento. Asimismo, el titular es responsable del mantenimiento de las instalaciones para controlar y evitar potenciales riesgos sobre el medio ambiente y la seguridad de las personas.

La alternativa 1 consiste en el desmantelamiento y demolición total de las instalaciones de la central térmica Los Barrios. La alternativa 2 pretende ejecutar el desmantelamiento parcial de las instalaciones manteniendo aquellas que puedan ser reutilizadas para el establecimiento de futuros proyectos alternativos ligados a la transición energética.

Estudiadas las ventajas e inconvenientes de estas alternativas, se selecciona la alternativa 2 por permitir el cumplimiento de la normativa establecida para este tipo de actuaciones, específicamente, favorecer la implantación de futuros proyectos de generación de energía asociados al reaprovechamiento de instalaciones existentes, otorgándole al emplazamiento un valor añadido al reducir su coste en comparación con un emplazamiento carente de infraestructuras.

El proyecto contempla la permanencia in situ los siguientes equipos, edificios e instalaciones que se encuentran en buen estado: vallado y cierre de la parcela, caseta de vigilancia y control de accesos, viales y aceras, edificio de turbinas, generador, barras de salida y sistemas asociados, transformadores principales y auxiliares, líneas eléctricas de conexión y aparatos asociados, edificio auxiliar, estructura y cubierta del parque de carbones, almacenes, tanque de agua bruta (antiguo tanque de fuel), oficinas, aparcamientos, casetas, balsas, cántara, tuberías y todos los elementos que constituyen el sistema de captación y evacuación de agua de mar de refrigeración, sistema de aire comprimido, sistema contraincendios, alumbrado y sistema eléctrico, puerto de Endesa, subestaciones de REE y Endesa distribución, parcela de Endesa en lateral de vial de acceso de la central, y terrenos de concesiones de la autoridad portuaria de la Bahía de Algeciras.

Los equipos que se prevé desmantelar dentro del alcance del proyecto son:

– Zona 1. Desulfuradora FGD (Desulfuración de Gases de Combustión): desde ventiladores de tiro inducido hasta la planta de tratamiento de efluentes y silo de yeso.

– Zona 2. Edificaciones de hormigón: chimenea, edificio de subestación y torre de control de parque de carbón, dos silos de ceniza, dos silos Endesa de escoria y plataforma bajo silos de escoria.

– Zona 3. Caldera y sus sistemas de alimentación: sistema de desnitrificación SCR (Reducción Catalítica Selectiva) y dos precipitadores electrostáticos.

– Zona 4. Instalaciones bajo la cubierta del parque de carbones: rotopalas (AR1 y AR2) y vías de rodadura incluyendo taludes.

– Zona 5. Cintas de carbón, nave de descarga de camiones, seis torres de transferencia, tolvas, alimentadores, molinos y toda la estructura que lo soporta.

– Zona 6. Nave de turbina y edificio auxiliar.

– Zona 7. Caseta de bombas de balsas de escorias y cenizas.

– Zona 8. Tanques de almacenamiento de combustibles: tres tanques metálicos enterrados de gasoil, tanque aéreo de fuel (actualmente de gasóleo C) y tanque aéreo de gasoil en el parque de carbones.

– Zona 9. Vestuarios y talleres del parque de carbones.

– Zona 10. Tres balsas del parque de carbones, balsa de 1.ª lluvia, balsa de neutralización y dos balsas de cenizas y escorias.

– Zona 11. Básculas del parque de carbones.

La duración de los trabajos se estima en cuatro años.

Se llevarán a cabo labores de limpieza y desgasificación de elementos que han contenido combustibles e hidrocarburos, depósitos de productos químicos, calderas, etc.; vaciado manual del interior de los edificios de enseres y productos que no vayan a ser reutilizados; desmontaje de equipos e instalaciones y almacenamiento posterior hasta su reutilización o retirada; achatarramiento (manual, con maquinaria y mediante grúa); demolición (con herramientas manuales, mediante empuje o tracción y por voladura) y acondicionamiento de suelos, fachadas y edificios una vez acabados los trabajos de desmantelamiento. El consumo total aproximado de energía necesario para llevar a cabo todas las actuaciones se estima en 18.140 kWh.

Cabe destacar que, durante el desmantelamiento, se prevé una presencia mínima y localizada de materiales con contenido en amianto, por lo que se dispondrá de personal especialista para su manipulación y retirada siguiendo un plan de trabajos específico, así como una previsión de contingencia en caso de detectarse algún resto de equipos previos o no detectados con anterioridad.

En el interior de la parcela de la central térmica Los Barrios, se ubicarán las instalaciones auxiliares indispensables para ejecutar las obras, concretamente: punto limpio, parque de maquinaria, depósitos de combustible de obra, zonas de acopio temporal de los residuos y materiales susceptibles de aprovechamiento posterior, etc.

El proyecto supone un incremento significativo en la producción de residuos. La documentación remitida por el promotor contiene un inventario de los residuos que se prevé generar, así como sus cantidades y posibles destinos. Está prevista la recogida separada de los diferentes residuos mediante contenedores específicos. Para todos los residuos se propone su recogida periódica y tratamiento a través de gestores autorizados; excepto para el hormigón, mezclas de hormigón, ladrillos tejas y algunos materiales cerámicos que serán llevados a una planta de tratamiento de residuos de construcción y demolición (en adelante RCD); sin especificar la operación de tratamiento.

El Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía realiza una serie de consideraciones en relación con los residuos de demolición, no peligrosos y/o municipales, y peligrosos; por lo que el proyecto deberá incluir aquellas que no hayan sido contempladas previamente en el documento ambiental.

Por su parte, la Oficina Española de Cambio Climático del MITECO recomienda elaborar un plan de reciclaje que garantice la recuperación de materiales reutilizables, con el fin de reducir la extracción de nuevos recursos y evitar las emisiones asociadas a la producción de nuevas unidades.

En su contestación, el promotor indica que se atendrá a lo establecido en la reglamentación local, autonómica y nacional, cumpliendo lo indicado en el estudio de gestión de residuos incluido en el proyecto, y priorizando la reutilización de equipos y el reciclaje de materiales, promoviendo el compromiso de economía circular adoptado, en consonancia con la Ley 3/2023 de Economía Circular de Andalucía.

Los riesgos de accidentes intrínsecos se identifican en el documento ambiental mediante el plan de autoprotección y el análisis de riesgos medioambientales de la central térmica Los Barrios. Concretamente se citan los siguientes: incendio, explosión (física o química), fugas o emisiones a la atmósfera y derrames de productos químicos y/o residuos; todos ellos asociados a las actividades, instalaciones y productos empleados en el funcionamiento de la planta y calificados en el plan de autoprotección como bajos y aceptables en el análisis de riesgos medioambientales. Se considera que con la ejecución del proyecto se verán reducidos, puesto que el desmantelamiento ocasionará el cese de la actividad, y la limpieza y retirada de sustancias que puedan actuar como sucesos iniciadores de estos riesgos.

Asimismo, el plan de autoprotección estima como bajos los siguientes riesgos externos asociados al emplazamiento: accesos no permitidos, amenaza de bomba, vientos, seísmos, inundaciones, caída de rayos y otras instalaciones industriales cercanas. No se prevé que el proyecto incremente ninguno de ellos.

La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía considera que se han tenido en cuenta en el documento ambiental, de manera coherente, los efectos derivados de los posibles riesgos de accidentes graves o catástrofes.

El promotor expone que, según el Plan de Gestión de Riesgos de Inundación (PGRI) de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, aprobado por Acuerdo de 25 de abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban inicialmente el Plan Hidrológico y el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas para el periodo 2022-2027, la parcela de la central térmica Los Barrios se localiza dentro de una zona definida como zona inundable asociada al río Guadarranque, para un periodo de retorno de T = 500 años.

A este respecto, el Servicio de Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía informa que el ámbito de actuación se encuentra en Zona de Flujo Preferente de la ARPSI (Área de Riesgo Potencial Significativo de Inundación) ES060_ARPS_0002 «Río Guadarranque». Por este motivo, durante el desmantelamiento, se deberán considerar las localizaciones y los volúmenes a almacenar/acopiar de residuos, en particular los peligrosos, así como la frecuencia de retirada de los mismos, para evitar su arrastre en situación de avenida. Además, debe tenerse en cuenta esta situación de vulnerabilidad por inundaciones, en cuanto a las limitaciones de usos en Zonas Inundables y Zonas de Flujo Preferente, para la implantación de futuros proyectos en la parcela de referencia. En cualquier caso, para todas las actuaciones planificadas deben respetarse las limitaciones de usos para las Zonas Inundables y para la Zona de Flujo Preferente, así como el Dominio Público Hidráulico, sus zonas de servidumbre asociadas (Zona de Servidumbre y Zona de Policía) y las limitaciones de usos de las mismas, conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, en la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, y en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

El promotor acepta las prescripciones remitidas por el organismo, en particular todas las precauciones establecidas en lo referente a acopios temporales de residuos y actuaciones en terrenos de Dominio Público Hidráulico, Zona de Servidumbre o Zona de Policía, minimizando su volumen mediante la frecuencia de retirada de residuos, y estableciendo los condicionantes adecuados de suspensión de los trabajos en caso de episodios de lluvias torrenciales. Asimismo, indica que, en caso de necesidad de cualquier tipo de actuación no prevista en las zonas de Dominio Público Hidráulico, y sus servidumbres asociadas, se pondrá en conocimiento previo del organismo competente de la Junta de Andalucía. Por último, matiza que el objeto del proyecto no es la construcción de nuevas instalaciones y/o edificaciones, sino el desmantelamiento de las existentes, con lo que, en su caso, las limitaciones en los usos del suelo se aplican de forma temporal durante la ejecución del proyecto, adoptándose todas las medidas legales para evitar riesgos de inundación aguas abajo y evitar que se degrade el dominio público hidráulico.

b. Ubicación del proyecto:

La central térmica Los Barrios se ubica, en el polígono industrial Palmones, en la autovía A-7, en el municipio Los Barrios (Cádiz), en Andalucía. La central está construida en el margen derecho de la desembocadura del río Guadarranque, en la bahía de Algeciras, a una altura de 5 m sobre el nivel del mar. La parcela presenta una extensión, aproximada, de 25,6 ha.

La geomorfología del ámbito de estudio está definida por las formas suaves. En él confluyen unidades de diversos sistemas geomorfológicos, el sistema litoral, el sistema estuarino, el sistema eólico, el sistema fluvio-coluvial y el sistema estructural-denudativo.

Los usos del suelo predominantes en el entorno del ámbito de estudio se corresponden, fundamentalmente, con zonas industriales y zonas urbanas. Situándose la zona residencial más cercana a menos de 1 km, con una población estimada de 65 habitantes.

La actuación se encuadra en la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, cercana a los ríos Guadacorte, Madre Vieja, Bajo Palmones y Bajo Guadarranque. Respecto a las aguas subterráneas, el proyecto se sitúa sobre la masa de agua subterránea Guadarranque-Palmones (30490).

El Servicio de Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía informa que las instalaciones de la central térmica Los Barrios limitan en su fachada este por el río Guadarranque y por el norte, con un cauce tributario del río Guadarranque, denominado Guadacorte o innominado, que cuenta con delimitación cartográfica del Dominio Público Hidráulico, además, en el extremo más al noreste de la parcela de ubicación de la central térmica los Barrios, se produce una ocupación de una Zona de Servidumbre en un pequeño tramo de dicha parcela, así como de una Zona de Policía del cauce Guadacorte.

La vegetación natural se restringe a los cursos de agua y humedales colindantes con la parcela; dentro de esta, existen pies de pino aislados paralelos al río Guadarranque y una pequeña formación mixta de árboles y matorral degradado en los terrenos no ocupados por instalaciones.

Respecto a los hábitats de interés comunitario (en adelante HIC), de acuerdo con la información cartográfica aportada por la REDIAM, la parcela colinda con el HIC 5330 «Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos» y con los HIC 1130 «Estuarios» y 1140 «Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja», coincidentes con el río Guadarranque. Otros HIC situados en parcelas adyacentes son 1410 «Pastizales salinos mediterráneos (Juncetalia maritimi)», 1420 «Matorrales halófilos mediterráneos y termo-atlánticos (Sarcocornetea fructicosae)» y 92D0_0 «Adelfares y tarajales (Nerio-Tamaricetea)».

Dado que el proyecto se desarrolla en terrenos actualmente ocupados por la central térmica Los Barrios, carentes de vegetación natural y sin hábitats favorables de ser colonizados por especies, el documento ambiental no prevé la localización de especies de flora y fauna protegidas.

La zona de estudio se incluye dentro del ámbito de aplicación del Plan de Recuperación y Conservación de Aves Necrófagas en Andalucía. Al sureste de la zona de proyecto, se ubican las marismas del Palmones, las cuales se incluyen dentro del ámbito de aplicación del Plan de Conservación de Aves de Humedales. Además, en las proximidades se encuentra la Zona de Producción de Moluscos AND 202. Palmones.

En la parcela sobre la que se ubica el proyecto no se localizan espacios naturales protegidos pertenecientes a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía, ni espacios pertenecientes a la Red Natura 2000 u otros espacios protegidos por normativa autonómica, nacional o internacional. Los espacios más cercanos son:

– Zona Especial de Conservación (ZEC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) (ES6120006), Paraje Natural y Humedal (IHA612021) Marismas del Río Palmones, situado, aproximadamente, a 1,4 km al suroeste de la parcela de la Central.

– ZEC Fondos Marinos Marismas del Río Palmones (ES6120033), situado también a unos 1,4 km al suroeste de la zona de proyecto.

Al sur de la zona del proyecto, a unos 290 m se encuentra el Área Importante para la Conservación de las Aves y la Biodiversidad (IBA) Estrecho de Gibraltar (404).

En cuanto al paisaje, la zona de implantación del proyecto se localiza en la unidad paisajística «Asentamientos urbanos e industriales», según el Mapa de Paisajes de Andalucía.

En el documento ambiental no se han identificado elementos del patrimonio cultural en el ámbito de actuación. No obstante, se indica que en la orilla del río Guadarranque opuesta a la central, junto a su desembocadura, se sitúa el Bien de Interés Cultural (BIC) «Conjunto Histórico de Carteia», a unos 500 m al este. En la dirección contraria al BIC anterior, se localiza a 1,5 km la «Torre de Entrerríos». Asimismo, en el ámbito de estudio se encuentra la Zona de Servidumbre Arqueológica «Espacio subacuático Bahía de Algeciras», en la que se presume la existencia de restos arqueológicos de interés.

Respecto a otros bienes materiales, no se identifican vías pecuarias ni montes públicos, aunque próximas a la central destacan un elevado número de infraestructuras: Parque Empresarial y Tecnológico Las Marismas de Palmones, Terminal Portuario de Los Barrios, instalaciones de ACERINOX, refinería de Gibraltar-San Roque y la A-7.

c. Características del potencial impacto:

El promotor ha analizado las principales afecciones relativas al proyecto durante las labores de desmantelamiento y, por tanto, de carácter temporal. Respecto de las afecciones identificadas, el promotor plantea una serie de medidas preventivas y correctoras, así como un seguimiento ambiental.

c.1 Aire y cambio climático.

Durante la ejecución de las labores de desmantelamiento, se precisará un consumo medio de 4.000 litros/mes de gasoil que generarán gases de efecto invernadero (CO2, NOx, etc.) asociados a la combustión procedente del funcionamiento/actividad de la maquinaria y vehículos. Además, se espera la emisión de 252 kg de partículas (PM10) procedentes del almacenamiento, manejo y transporte de residuos generados en el desmantelamiento. Sin embargo, el promotor no espera el empeoramiento de la calidad del aire de la zona, actualmente valorada como buena, por el incremento de contaminantes y partículas.

Los trabajos de achatarramiento, demolición y voladuras que provocan emisiones sonoras elevadas se llevarán a cabo únicamente durante horario diurno, además, la zona actualmente cuenta con altos niveles de ruido de fondo.

Una vez terminado el desmantelamiento, se prevé una mejora de la calidad del aire y un efecto positivo sobre el cambio climático al eliminar una actividad potencialmente contaminante y favorecer otras actividades de generación de energía eléctrica más respetuosas con el medio ambiente. Asimismo, se verán mejorados los niveles acústicos por eliminar focos de emisión como molinos de carbón, cintas transportadoras, turbina, silos, sistema desulfuración de gases de combustión, etc.

Para evitar la aparición de polvo se limpiarán de cenizas, refractario o materiales que favorezcan la formación de polvo los equipos antes de su desmantelamiento, la carga de material pulverulento se realizará evitando caídas libres superiores a 1 m, se cubrirán con lonas las superficies de carga, se limitará la velocidad máxima a 30 km/h para los camiones y las máquinas, fijar el polvo mediante riegos antes de cargar el material, no se cargará o se interrumpirá la carga en caso de viento fuerte, se limitará el número de manipulaciones innecesarias de los materiales generados, no almacenar residuos de demolición en zonas de corrientes de aire, uso de las vías señalizadas para tal efecto y evitar las zonas residenciales y retirada de residuos a la mayor brevedad posible. Además, para el polvo procedente del achatarramiento, demoliciones y voladuras se procederá a la colocación de riegos por aspersión u otros dispositivos que minimicen su formación.

Para minimizar las afecciones por la generación de gases de combustión y el ruido, el documento ambiental plantea una correcta selección y mantenimiento de la maquinaria a emplear, el cumplimiento de limitaciones de generación de emisiones, ruidos y vibraciones establecidos por la legislación vigente o en recomendaciones aceptadas a escala internacional. Además, se plantean otras medidas preventivas para paliar las afecciones por ruidos como son, uso de maquinaria y herramientas eléctricas; realización de operaciones de corte, procesamiento y carga de camiones de chatarra en las áreas de la parcela más alejadas y aisladas de las zonas de uso de suelo residencial; uso de demoledores primarios y secundarios, evitando el uso de los martillos picadores, y evitar el solapamiento de actuaciones generadoras de ruido.

Asimismo, el promotor señala que, en caso de incidencias o quejas, se procederá a la realización de mediciones de partículas sedimentables con captadores pasivos y/o la realización de mediciones acústicas, al objeto de evaluar la necesidad de poner en marcha actuaciones complementarias.

El Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía indica que los trabajos se deben llevar a cabo en jornadas laborales, pudiendo ejecutarse entre las 7:00 y las 23:00 horas. En condiciones de viento desfavorables, no se podrán realizar trabajos de valorización de residuos en el emplazamiento y se adoptarán medidas inmediatas que eviten la dispersión de polvo proveniente de acopios de materiales o viales interiores de la obra. Por último, en caso de quejas o ante la sospecha de superación de los límites de exposición de los trabajadores, tanto de la propia obra como de las instalaciones industriales cercanas y/o los valores límite señalados en el Decreto 50/2025, de 24 de febrero, que establece el nuevo Reglamento para la Preservación de la Calidad Acústica en Andalucía, se procederá a la paralización de los trabajos y a la realización de las pruebas indicadas por el citado Servicio, para en caso de no cumplir en cualquier punto con los valores límite señalados en el Decreto 50/2025, de 24 de febrero, se implementen medidas correctoras, que deben comunicarse al citado Servicio.

En promotor acepta las prescripciones realizadas por el Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Cádiz. Asimismo, indica que, en los trabajos de desarrollo del proyecto, se aplicarán las medidas y mecanismos de gestión necesarios en consonancia con lo establecido en el Decreto 231/2013, de 3 de diciembre, por el que se aprueban planes de mejora de la calidad del aire en determinadas zonas de Andalucía y en concreto conforme lo previsto en el Plan de Mejora de la Calidad del Aire de la Zona Industrial Bahía de Algeciras, y teniendo en consideración la información integrada en la Red de Información Ambiental de Andalucía.

Por otra parte, el promotor debe velar por el cumplimiento de las condiciones en materia de ruido, indicadas por el Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Cádiz, así como con los límites de ruido recogidos en el Decreto 50/2025, de 24 de febrero, que establece el nuevo Reglamento para la Preservación de la Calidad Acústica en Andalucía.

La Oficina Española de Cambio Climático del MITECO recomienda, siempre que sea posible, optar por servicios que utilicen fuentes de energía renovable y modos de transporte con menor huella de carbono. Asimismo, se deberá reducir al máximo el consumo de agua durante el desmantelamiento, así como garantizar un uso eficiente, aspectos asumidos por el promotor.

Por su parte, la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía indica que la parada definitiva de la central supone una mejora en términos ambientales, ya que la central dejará de emitir contaminantes.

c.2 Agua y suelo.

El documento ambiental no prevé que se puedan producir afecciones sobre el drenaje o la dinámica del río Guadarranque, ni sobre la dinámica litoral de la Bahía de Algeciras. De igual modo, no existirán efectos sobre la hidromorfología de las masas de agua localizadas en el ámbito del proyecto que impidan alcanzar el buen estado o potencial, o que pueda suponer un deterioro de su estado o potencial, dado que los consumos y vertidos generados durante el desmantelamiento se encuentran dentro de los volúmenes de vertido recogidos en la actual autorización ambiental integrada de la instalación. Concretamente, para el desmantelamiento se estima un consumo de agua de 3.000 m3 en total, muy inferior al consumo necesario durante la actividad de la central.

Los efluentes sanitarios serán incorporados a la red de recogida y tratamiento de aguas sanitarias de la central térmica Los Barrios y, en el supuesto de no utilizarse los servicios higiénicos y sanitarios existentes en el emplazamiento, se dispondrá de los servicios que cuenten con una fosa séptica estanca de recogida de aguas sanitarias. Por el contrario, las aguas pluviales se recogerán por la red de drenaje de la parcela y se descargarán a través de puntos de vertido existentes al río Guadarranque, por lo que pueden influir en la calidad de las aguas. Por ello, las aguas pluviales, se tratarán como aguas pluviales potencialmente contaminadas. En ningún caso, las aguas residuales serán vertidas al río Guadarranque o cualquier otra masa de agua.

El promotor identifica que el acopio de materiales y residuos, entre otras actividades a llevar a cabo por el proyecto, pueden provocar compactación, así como otras afecciones directas sobre la estructura y la calidad de los suelos.

Finalizado el desmantelamiento y cierre de la central, cesarán los vertidos de sustancias asociadas al proceso de generación de energía propias de la Central que, en contacto con el suelo, puedan contaminarlo y en consecuencia las aguas del medio receptor. Otro impacto positivo será la restitución de las funciones naturales del suelo en la parcela al demoler algunas instalaciones industriales.

Los puntos de almacenamiento de residuos, y zonas de maquinaria y acopio de materiales serán definidos antes del inicio de las obras y se situarán, preferentemente, sobre terrenos previamente ocupados por instalaciones industriales y alejadas de zonas sensibles, como el río Guadarranque. Para minimizar la ocupación de suelo se realizará el balizamiento o señalización de las zonas ocupadas por instalaciones temporales de obra, vías de acceso y circulación de maquinaria y, zonas a proteger de desmantelamiento (instalaciones que no serán objeto de desmantelamiento).

Las medidas preventivas planteadas en el documento ambiental respecto a los residuos que pueden producir impactos sobre la calidad de suelos y aguas subterráneas son: separación, almacenaje y gestión de los Residuos de Construcción y Demolición, según lo previsto en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, y del estudio de gestión de residuos incluido en el proyecto, instalación de contenedores para el almacenamiento separado de cada tipo de residuo no peligroso, así como el almacenamiento de residuos peligrosos en contenedores que cuentan con sistemas de contención y se localizan separados, en un punto limpio situado lejos del río Guadarranque.

Durante las actuaciones, pueden producirse vertidos accidentales debido a derrames de aceites, grasas e hidrocarburos u otras sustancias contaminantes que pueden afectar a las aguas subterráneas y el suelo. En consecuencia, estos efluentes químicos serán tratados como residuos peligrosos y, por ello, como medidas preventivas se plantea realizar las tareas de mantenimiento de la maquinaria en instalaciones autorizadas, limitando las actividades más peligrosas, como cambios de aceite y repostaje, a zonas impermeabilizadas. Asimismo, se establecerá un protocolo de intervención para situaciones de emergencia con riesgo ambiental asociado que será comunicado a los trabajadores participantes en el desmantelamiento.

En cumplimiento de la autorización ambiental integrada se presentará, junto con el proyecto de clausura y desmantelamiento, una «Propuesta de Plan de caracterización de suelos y aguas superficiales y subterráneas», elaborado por una entidad de inspección y control acreditada por ENAC, en el que se tendrá en cuenta el histórico de control de calidad de suelos, aguas superficiales y aguas subterráneas emitidos en el marco de la autorización ambiental integrada y se emitirá un «Informe de investigación del subsuelo», que se ajustará a lo dispuesto en el Decreto 18/2015, de 27 de enero, por el que se aprueba el reglamento que regula el régimen aplicable a los suelos contaminados, en el que se establecerán los puntos de muestreo y periodicidades de control en los suelos y aguas subterráneas a realizar durante la ejecución del desmantelamiento de la central térmica Los Barrios y, una vez finalizado el mismo, si procede. Así, en caso de detectarse contaminación, se podrán diseñar y poner en marcha medidas correctoras para revertirla.

A este respecto, el Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía requiere garantizar que no se sella ninguna zona potencialmente contaminada sin un «Informe final de investigación del subsuelo y de las aguas subterráneas» elaborado por la Entidad Colaboradora de la Consejería competente en medio ambiente. Este proceso se regulará mediante un plan de caracterización de suelos y aguas subterráneas, el cual, debe seguir el procedimiento indicado por ese Servicio. En caso de detectarse contaminación, las medidas correctoras serán acordadas con la Administración autonómica competente.

Respecto a las masas de agua subterránea, el Servicio de Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía informa que, tanto durante las actuaciones de desmantelamiento ahora consideradas, como en los proyectos alternativos que se pudieran ubicar en dicha zona, se deberán tomar todas las medidas adicionales y complementarias que se consideren necesarias con el objetivo de no empeorar el estado, ya de por sí deficiente, de la masa de agua «Guadarranque-Palmones» (ES060MSBT060.049), sobre la que se sitúa la zona de actuación.

Además, informa que las actuaciones previstas que se desarrollen en zona de Dominio Público Hidráulico, en Zona de Servidumbre o Zona de Policía deberán contar con la autorización del organismo competente de la Junta de Andalucía y cumplir las condiciones que se indican en el Condicionado General remitido por el citado Servicio de Gestión del Dominio Público Hidráulico, y/o las que en su caso establezca la Delegación Territorial competente, así como incluir el «Plan de Medidas de Protección del Paisaje Fluvial» y las indicaciones realizadas sobre abastecimiento, saneamiento y depuración.

El promotor asume las prescripciones indicadas por ambos organismos.

c.3 Medio marino.

La Dirección General de la Costa y el Mar del MITECO indica que las actuaciones se localizan, parcialmente, en dominio público portuario estatal del puerto Bahía de Algeciras de conformidad con el Plan de Utilización de los Espacios Portuarios aprobado por Orden del Ministerio de Fomento de 12 de febrero de 1998, modificado por Orden FOM/428/2007, de 13 de febrero.

Asimismo, señala que, si bien las actuaciones no se desarrollan directamente en el medio marino, algunas de ellas pueden afectar al medio marino colindante. Por ello, se tomarán todas las medidas necesarias para que no se produzcan repercusiones negativas en el medio marino. Esto incluirá una adecuada gestión de los trabajos, maquinaria y residuos para garantizar que no se va a producir ningún tipo de contaminación, vertido o colocación de materiales y sustancias fuera de los lugares definidos como necesarios para la obra, así como evitar la llegada de basuras al medio marino. Además, todos los residuos derivados de la actuación han de ser adecuadamente caracterizados y gestionados por gestor autorizado, de acuerdo con la legislación aplicable. Asimismo, advierte que queda prohibido el vertido de residuos sólidos, escombros y aguas residuales sin depuración en dominio público marítimo-terrestre y servidumbre de protección. De igual manera, para aquellas actuaciones realizadas en las proximidades del medio marino y que, potencialmente, puedan generar turbidez en las aguas marinas, se adoptarán las medidas necesarias para evitarlo. A tal efecto se deberá valorar el posible empleo de barreras antiturbidez. Por último, recuerda que, si en un futuro fuera necesaria la ejecución de obras en el medio marino colindante, será necesario solicitar a la Dirección General el correspondiente informe de compatibilidad con la Estrategia Marina de la Demarcación del Estrecho y Alborán.

En contestación el promotor indica que solicitará los informes correspondientes en caso de que fuese necesaria cualquier tipo de actividad en el medio marino, además de tomar las medidas oportunas para que los trabajos actualmente definidos no afecten a este medio.

La asociación Verdemar-Ecologistas en Acción Estrecho de Gibraltar y Mar de Alborán considera que la central térmica ocupa 45 ha de lo que anteriormente fueron las marismas de los ríos Guadarranque-Palmones, en la Bahía de Algeciras, sugiriendo la reversión al dominio público marítimo-terrestre de la concesión que tiene Endesa en la zona de servicios del Puerto de Algeciras al mantener el concesionario sin actividad parte de la superficie en su momento otorgada para el uso privativo por interés general en un espacio con singulares características ambientales, señalando que los futuros proyectos perpetuarán la pérdida de litoral en la playa del Rinconcillo, y considerando necesario recuperar en el proyecto planteado el frente litoral y las playas adyacentes.

El promotor indica que los terrenos de dominio público marítimo portuario mencionados, objeto de la concesión actual, son considerados como estratégicos para el desarrollo de proyectos de origen renovable que se encuentran actualmente en tramitación con las administraciones competentes tanto del Estado como de la Junta de Andalucía.

En este sentido, el alcance de la presente evaluación de impacto ambiental se limita al actual proyecto de desmantelamiento parcial de la central térmica Los Barrios, excluyendo expresamente el pronunciamiento sobre los nuevos usos o instalaciones que, en el futuro, se puedan plantear para el ámbito de la central desmantelada.

c.4 Flora, fauna y hábitats de interés comunitario.

El promotor prevé, durante las obras, afecciones a la vegetación circundante de la central por la deposición de polvo generado, así como molestias a la fauna por ruido derivado del tránsito de la maquinaria, retirada de residuos y ejecución de demoliciones, que ahuyenten a especies, particularmente aves, que emplean la zona como área de campeo y/o alimentación. Igualmente, el aumento del tráfico durante las obras puede provocar el atropello de ciertas especies. Por otro lado, las aguas pluviales recogidas por la red de drenaje de la parcela, y descargadas a través de puntos de vertido existentes al río Guadarranque, pueden producir un impacto indirecto sobre la flora y hábitats del medio marino. No obstante, el documento ambiental no prevé afectar a especies de interés especial ni hábitats de interés comunitario, tras descartar su presencia en el ámbito del proyecto.

El documento ambiental señala que, una vez eliminadas las instalaciones de la central térmica Los Barrios, podrá producirse la colonización del espacio en el interior de la parcela por especies vegetales que generen nuevos hábitats para la fauna. Del mismo modo, al cesar la actividad dejarán de producirse las presiones sobre el medio de este tipo de instalaciones, principalmente, el vertido asociado a la refrigeración de la instalación y, por tanto, se eliminarán sus efectos directos e indirectos sobre la fauna, la flora y los hábitats marinos de la zona, calificados algunos como prioritarios.

Para reducir los niveles de ruido y evitar el levantamiento de polvo, que pueden afectar a la vegetación adyacente y a la fauna de la zona, procedentes de la maquinaria y tareas necesarias durante las obras serán de aplicación las medidas protectoras previstas por el promotor en el apartado de aire. Del mismo modo, serán de aplicación las medidas planteadas en relación con los efluentes expuestas en el apartado de agua para reducir los impactos sobre la biodiversidad.

El Servicio de Geodiversidad y Biodiversidad de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de la Junta de Andalucía no prevé afecciones significativas a las especies incluidas en el ámbito del Plan de Recuperación y Conservación de Aves Necrófagas de Andalucía, ni a otros elementos de biodiversidad de interés para la conservación, por ejecutarse todas las actuaciones, íntegramente, en suelos industriales.

c.5 Espacios Protegidos y Red Natura 2000.

Los espacios más próximos corresponden con el Paraje Natural, ZEC y ZEPA (ES6120006) y Humedal (1075003) «Marismas del Río Palmones» y la ZEC Fondos Marinos Marismas del Río Palmones (ES6120033). Estos espacios se localizan a más de 1 km de la parcela donde se ejecutará el proyecto, por lo que el promotor no espera impactos ambientales sobre estos espacios.

El Servicio de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Andalucía informa que las actuaciones del proyecto se ejecutan en su integridad en suelos industriales muy alterados, ubicados fuera de espacios incluidos en la Red Natura 2000 y alejados de humedales incluidos en el Inventario Andaluz, por lo que no se esperan afecciones negativas sobre hábitats de interés comunitario ni sobre la coherencia de la Red Natura 2000.

c.6 Población y salud humana.

Los trabajos de implantación de la obra, tránsito de maquinaria y vehículos, limpieza y retirada de residuos, vaciado de edificios, etc., darán lugar a la generación de gases de combustión y partículas, ruido y vibraciones, efluentes (pluviales y sanitarios), residuos e incremento del tráfico, que pueden provocar molestias sobre la población. El documento ambiental destaca que estos efectos son puntuales y se producirán sobre un entorno industrial y marcadamente antrópico. A largo plazo, y en líneas generales, se producirá una mejora de la calidad del aire y de la calidad de vida de las aglomeraciones urbanas del entorno, al dejar de generar energía eléctrica a partir de la combustión de combustibles fósiles.

Serán de aplicación las medidas protectoras previstas en el apartado de aire para minimizar los ruidos, el levantamiento de polvo y la emisión de gases, y las medidas planteadas en relación con los efluentes expuestas en el apartado de agua.

La Subdirección General de Sanidad Ambiental y Salud Laboral del Ministerio de Sanidad y la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía indican que en el proyecto se han identificado y valorado los potenciales impactos sobre la salud humana y, de la misma manera, se contempla la aplicación de medidas preventivas, correctoras y de gestión para minimizarlos, así como un programa de vigilancia ambiental durante las fases operativas. Además, se espera que, una vez concluido el proyecto, las poblaciones vecinas se beneficien de la mejora producida.

c.7 Paisaje.

El desarrollo de los trabajos puede dar lugar a un efecto desfavorable temporal sobre la calidad del paisaje por la actividad del personal y presencia de maquinaria. Tras el desmantelamiento, se espera un efecto positivo sobre este factor derivado de la eliminación de las instalaciones de mayor impacto visual como chimeneas, silos, sistema FGD, sistema SCR, cintras transportadoras, etc., ya que dejarán de ser visibles por los potenciales observadores.

La Asociación Verdemar-Ecologistas en Acción Estrecho de Gibraltar y Mar de Alborán expone que, para mejorar el impacto visual deberían valorarse el desmantelamiento y descontaminación de la zona del parque de carbones y los sistemas auxiliares.

El promotor indica que dichas actuaciones no son objeto del presente proyecto y no tienen por tanto cabida en el actual trámite de permisos.

c.8 Patrimonio cultural y bienes materiales.

En el documento ambiental, no se prevén afecciones sobre el patrimonio cultural, ya que los Bienes de Interés Cultural (BIC) «Conjunto Histórico de Carteia» y «Torre de Entrerríos» no están interceptados por los terrenos donde se localiza la central. Del mismo modo, no se prevén afecciones sobre yacimientos arqueológicos, montes públicos y vías pecuarias inventariadas.

El Servicio de Bienes Culturales de la Delegación Territorial en Cádiz de la Junta de Andalucía informa que la zona de actuación se ubica dentro de la Zona de Servidumbre Arqueológica «Bahía de Algeciras» (Orden de 20 de abril de 2009, BOJA 101 de 28 de mayo de 2009), lugar estratégico de ocupación, tránsito, fondeo e intercambio de productos, a lo largo de todas las épocas, por lo que se presume la existencia de restos arqueológicos de interés. Además, en el entorno se sitúa el Bien de Interés Cultural de la ciudad romana de Carteia. Expone que las obras no afectan al patrimonio subacuático y patrimonio subyacente terrestre, por lo que no se disponen medidas cautelares de protección arqueológica. No obstante, recuerda la obligación de comunicar cualquier hallazgo arqueológico casual, bien a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico o al Ayuntamiento correspondiente y, en función de la entidad de estos hallazgos, la Delegación Territorial competente podrá establecer las medidas cautelares oportunas. En ningún caso se procederá a la remoción de los restos o bienes hallados, que deberán conservarse en el lugar del hallazgo, facilitando su puesta a disposición de la Administración, tal y como se recoge en el artículo 50.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre del Patrimonio Histórico de Andalucía. En caso de destrucción de Patrimonio Histórico se atenderá a lo dispuesto en el Régimen Sancionador de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía.

El promotor, en respuesta, afirma que, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 14/2007, comunicará a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico cualquier hallazgo casual de objetos y restos materiales que posean los valores propios del Patrimonio Histórico Andaluz, que pudieran aparecer durante el desarrollo de los trabajos.

c.9 Programa de vigilancia ambiental.

El documento ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental (en adelante PVA) que establece un sistema de seguimiento para garantizar el cumplimiento de las indicaciones y medidas preventivas y correctoras que contiene y, señala que, además, incluirá las que se deriven de la evaluación del proyecto. Las tareas a desarrollar son: verificar la ubicación y adecuación de las instalaciones temporales y las obras minimizando la ocupación del suelo, mantener el aire libre de partículas y minimizar la presencia de polvo en el entorno de la zona de obra, verificar que los equipos y maquinaria a utilizar cumplen las limitaciones vigentes y han pasado las inspecciones técnicas reglamentarias sobre emisión de ruido y contaminantes, control de la generación de aguas residuales, evitar vertidos a cauces y/o suelos, ubicar los depósitos de tierras, escombros y residuos fuera de los lugares específicamente destinados a ello, gestión de residuos y determinar la existencia de contaminación en suelos y/o aguas subterráneas y su zonificación.

Derivado de la aplicación del PVA se emitirán los siguientes informes: informe inicial de lanzamiento, informe de seguimiento (anual) durante el desarrollo de las obras de desmantelamiento de la central térmica Los Barrios, informe final de seguimiento (fin de obra) e informes extraordinarios ante situaciones accidentales o inesperadas que requieran corrección y/o control ambiental.

Fundamentos de Derecho

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece, en el apartado segundo del artículo 7, los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada, de conformidad con el procedimiento previsto en la sección 2.ª del capítulo II del título II de la ley.

El procedimiento se regula en los artículos 45 y siguientes de la Ley de evaluación ambiental, y así, el artículo 47 dispone que, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas, el órgano ambiental determinará, mediante la emisión del informe de impacto ambiental, si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, o si por el contrario no es necesario dicho procedimiento en base a la ausencia de esos efectos, de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo III de la citada norma.

El proyecto «Desmantelamiento parcial de la “CT Los Barrios”, en la provincia de Cádiz» se encuadra en el apartado 2.c) 3.º del artículo 7 de la Ley 21/2013, de evaluación ambiental.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental,

Esta Dirección General resuelve, de acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de Derecho alegados y como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que no es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria del proyecto «Desmantelamiento parcial de la “CT Los Barrios”, en la provincia de Cádiz», ya que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la presente resolución.

Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es).

De conformidad con el apartado 5, del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 27 de octubre de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.