En cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de la Sala Contencioso-Administrativo de Granada, en el procedimiento ordinario núm. 294/2026, Negociado: 2L, que tiene su origen en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la COMUNIDAD DE REGANTES DE MOTRIL Y CARCHUNA Y COTA 200 Y OTROS, contra la Resolución de 22 de diciembre de 2025, de la Secretaría General del Agua, por la que se aprueban los cánones de regulación y tarifas de utilización del agua de las Demarcaciones Hidrográficas de las cuencas mediterráneas andaluzas, del Guadalete-Barbate y del Tinto-Odiel-Piedras para el ejercicio 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
RESUELVO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo que ha dado origen al procedimiento ordinario número 294/2026, y anunciar la orden de remisión de la copia del correspondiente expediente administrativo al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de la Sala Contencioso-Administrativo de Granada.
Segundo. Emplazar a aquellas personas interesadas cuyos derechos o intereses legítimos pudieran quedar afectados por la estimación de las pretensiones de la persona demandante, con el fin de que, si lo estimasen conveniente a sus intereses, puedan comparecer y personarse en legal forma, en el plazo de los nueve días siguientes a la publicación de esta resolución, ante dicho Tribunal.
Asimismo, y ante la posible existencia de personas interesadas en el procedimiento que sean desconocidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado, con el fin de que, si lo estimasen conveniente a sus intereses, puedan comparecer y personarse en legal forma, en el plazo de los nueve días siguientes a la publicación de esta resolución ante el Juzgado señalado anteriormente.
De conformidad con lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, a las personas emplazadas, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Sevilla, 28 de abril de 2026.- El Secretario General del Agua, Ramiro Jesús Angulo Sánchez.