Con fecha 22 de julio de 2025, se ha suscrito la Adenda al Convenio entre la Secretaría General de Agenda 2030 y la Federación Española de Municipios y Provincias como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las adendas a convenios serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Madrid, 28 de julio de 2025.–El Director General de Agenda 2030, David Perejil Bricio.
ANEXO
Adenda al Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Española de Municipios y Provincias como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales
A fecha de firma electrónica.
REUNIDOS
De una parte, don David Perejil Bricio, Director General de Agenda 2030, nombrado mediante Real Decreto 259/2025, de 1 de abril, publicado en el BOE núm. 80, de 2 de abril de 2025, actuando en virtud de las competencias enunciadas en el artículo 11 del Real Decreto 209/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, y en el ejercicio de la competencia delegada establecida en el apartado séptimo.1, letra d) de la Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias.
De otra parte, don Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda, con DNI 0*4**8*8X, en nombre y representación de la Federación Española de Municipios y Provincias (en adelante, FEMP), con domicilio social en la calle Nuncio, 8. 28005 Madrid y NIF G**87839**, en calidad de Secretario General en virtud del nombramiento acordado por la Junta de Gobierno de la FEMP en sesión celebrada el día 23 de septiembre de 2023, actuando en nombre y representación de dicha Federación, en uso de las funciones que le atribuye el artículo 39.2 de los Estatutos de la FEMP y de las facultades conferidas en escritura pública otorgada ante el Notario de Jerez de la Frontera don Javier Manrique Plaza, de fecha 2 de octubre de 2023, con número de protocolo 3770.
Ambas partes, actuando con la representación que ostentan, se reconocen mutuamente la competencia para la adopción de esta adenda de convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que con fechas 23 y 24 de agosto de 2022 se suscribió el Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la FEMP como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.
Segundo.
Que el convenio tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la FEMP, como entidad colaboradora, para la gestión de las subvenciones reguladas por la Orden DSA/632/2022, de 23 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales, y en cuyo artículo 3 se dispone que la FEMP actuará como entidad colaboradora, de acuerdo con los establecido en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Tercero.
Que en la cláusula octava del citado convenio relativa a la «Eficacia y vigencia del convenio», se recoge que el plazo de vigencia podrá ser prorrogado antes que finalice su vigencia, es decir el 24 de agosto de 2026, hasta un total de seis años.
Cuarto.
Que en la cláusula sexta del citado convenio relativa a la «Compensación económica a la entidad colaboradora», se recoge que los gastos de gestión se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 29.07.921Y.226.10 de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, disponiendo que la compensación económica será fijada para cada anualidad en la adenda a suscribir en las sucesivas convocatorias.
Quinto.
Mediante la Resolución de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Agenda 2030, se publicó la Adenda al Convenio con la FEMP, como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales para la Convocatoria de 2024, publicada en BOE núm. 183, de 30 de julio de 2024. En esta adenda se incluyó una compensación económica a la FEMP de 637.954,41 euros, importe insuficiente para cubrir también la compensación económica a la entidad colaboradora correspondiente a las actuaciones relacionadas con la convocatoria de 2025 durante el mismo periodo. En consecuencia, procede fijar la compensación económica a la entidad colaboradora correspondiente a la convocatoria de 2024 y a la convocatoria 2025 con un refuerzo para la convocatoria de 2025 de 20.000,00 euros.
Sexto.
Por lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
El objeto de esta adenda es prorrogar el convenio suscrito, con fechas 23 y 24 de agosto de 2022, entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la FEMP como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.
Asimismo, de acuerdo con la cláusula sexta del citado convenio se fija la compensación económica a la entidad colaboradora correspondiente a la convocatoria de 2024 y convocatoria 2025.
Segunda. Prórroga del convenio.
La vigencia del convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la FEMP como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales queda prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2027.
Tercera. Compensación económica a la entidad colaboradora de la convocatoria 2024 y convocatoria 2025.
Se fija como máximo una compensación económica a la FEMP de 657.954,41 euros para la gestión de la convocatoria correspondiente a 2024 y 2025, con cargo a la partida presupuestaria 29.07.921Y.226.10 del presupuesto de gastos de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 en 2023, prorrogado en 2024 y 2025, para la Dirección General de Agenda 2030, con el desglose que figura en el anexo I. Se trata, por tanto, de un refuerzo por un importe total de 20.000,00 euros para la convocatoria de 2025 adicional a la compensación correspondiente a la convocatoria de 2024 recogida en la adenda al convenio publicada en la Resolución de 18 de julio de 2024.
Cuarta. Clausulado del convenio.
Las cláusulas del convenio original no sufren modificación alguna, y el ámbito y alcance de la colaboración se mantiene en los mismos términos y condiciones en lo no estipulado por esta adenda.
Quinta. Régimen jurídico y publicación.
La presente adenda se rige por lo dispuesto por los artículos 12 a 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben la presente adenda de convenio, Madrid, 22 de julio de 2025.–Por la Dirección General de Agenda 2030, el Director General [P. D. apartado séptimo.1.d) de la Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo], David Perejil Bricio.–Por la Federación Española de Municipios y Provincias, el Secretario General, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO I
Presupuesto de gastos de gestión FEMP para Convocatoria 2024 y Convocatoria 2025
Concepto de gasto | Gestión de solicitudes | Valoración de proyectos | Seguimiento proyectos y revisión de justificaciones |
Costes – Euros |
---|---|---|---|---|
Recursos Humanos. | 3 técnicos de gestión a tiempo completo. | 3 técnicos de gestión a tiempo completo. | 3 técnicos de gestión a tiempo completo. | |
Recursos Humanos. | Previsión de refuerzo puntual de personal 2025. | 20.000,00 | ||
Total (incluye previsión de posibles incrementos en costes salariales). | 657.954,41 |