La Secretaria General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y el Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid, han suscrito, con fecha 17 de julio de 2026, la adenda de prórroga del convenio de cooperación educativa de prácticas académicas externas.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del referido convenio, como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 28 de julio de 2026.–La Presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. P. D. (Resolución de 29 de abril de 2021), la Secretaria General, Teresa Hernández Guerra.
ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio de cooperación educativa entre la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la Universidad Carlos III de Madrid para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de doctorado de la Universidad
INTERVIENEN
De una parte, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (en adelante, la CNMC), con NIF Q2802141H y domicilio en Madrid, calle Alcalá, 47 y, en su nombre y representación, doña Teresa Hernández Guerra, actuando en virtud de las competencias delegadas por la Resolución de 29 de abril de 2021, de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, (BOE num. 115, de 14 de mayo de 2021).
Y de otra parte, la Universidad Carlos III de Madrid (en adelante, la Universidad), con NIF 2818028G y domicilio en 28903 Getafe (Madrid), calle Madrid, 126, y, en su nombre y representación, don Ángel Arias Hernández, en su calidad de Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid nombrado por Decreto 40/2023, de 19 de abril (BOCM núm. 94, de 21 de abril de 2023), del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y el artículo 47 de los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.
La CNMC y la Universidad serán denominados conjuntamente como las «Partes» e individualmente cada una de ellas como la «Parte». Ambas Partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y competencia suficiente para otorgar el presente documento y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que con fecha 29 de julio de 2025 la CNMC y la UC3M de Madrid suscribieron un Convenio de Cooperación Educativa de Prácticas Académicas Externas de estudiantes de doctorado.
Dicho convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) en fecha 29 de julio de 2025 y publicado en el BOE núm. 191, del 9 de agosto de 2025.
II. Que la cláusula undécima del citado convenio establece que el mismo finalizará su vigencia el 31 de agosto de 2026 y que podrá prorrogarse por sucesivos periodos anuales, antes de su vencimiento, hasta un máximo de tres (3) años adicionales.
De conformidad con lo expuesto y reconociéndose la capacidad legal necesaria en la representación en la que actúan, ambas partes acuerdan suscribir una primera prórroga del Convenio de cooperación educativa de prácticas académicas externas para estudiantes de doctorado de la Universidad con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Prórroga del convenio.
De acuerdo con lo señalado en la cláusula undécima del convenio inicial, y expresada la conformidad por ambas partes se prorroga el actual convenio, por un periodo adicional de un año, en sus mismos términos y condiciones.
El resto del clausulado del convenio original permanecerá vigente en sus mismos términos y condiciones.
Segunda. Vigencia del convenio.
El plazo de vigencia del convenio se extenderá desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de agosto de 2027.
Tercera. Inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y publicidad.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, tras la firma de la presente adenda de prórroga, la CNMC procederá a comunicar la suscripción de la misma, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, al Registro Electrónico estatal de Órganos e lnstrumentos de Cooperación, asimismo será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado». De igual modo, la prórroga será publicitada a través del portal de transparencia de la CNMC y la web de la Universidad.
Y, siendo de conformidad, las partes firman el presente convenio, en la fecha de firma electrónica.