Con fecha 25 de junio de 2025, la Comenius University in Bratislava y el Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC) han suscrito una adenda de prórroga para la operación del Automatic Meteor Orbit System en los Observatorios de Canarias.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con fecha 25 de junio de 2025 se ha inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
San Cristóbal de La Laguna, 28 de junio de 2025.–El Director del Instituto de Astrofísica de Canarias, Valentín Martínez Pillet.
ANEXO
Adenda de modificación y prórroga de Convenio entre Comenius University Bratislava y el Instituto de Astrofísica de Canarias para la operación del Automatic Meteor Orbit System en los Observatorios de Canarias
En San Cristóbal de La Laguna y Bratislava, a 25 de junio de 2025.
De una parte, el Prof. Valentín Martínez Pillet, en su calidad de Director del Consorcio Instituto de Astrofísica de Canarias (en adelante, IAC), con domicilio en calle Vía Láctea, s/n, 38205 San Cristóbal de La Laguna, y CIF Q3811001A, actuando en representación suya en virtud del nombramiento efectuado por el Consejo Rector del IAC de 17 de enero de 2024, y con las atribuciones que se le confieren al amparo de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y en los Estatutos del IAC (BOE de 21 de diciembre de 2018).
De otra parte, el Prof. Marek Števček, en su capacidad de Rector de la Comenius University Bratislava (en adelante CU), que actúa en base de su nombramiento por el Presidente de la Republica de Eslovaquia desde el 1 de febrero, 2023, con los poderes que le confiere la Ley 131/2002 de la Republica de Eslovaquia, en materia de organización de la educación universitaria. La representación de CU la ostenta el Decano de la Facultad de Matemáticas, Física e Informática, Profesor Daniel Ševčovič.
IAC y CU se denominarán conjuntamente como las «Partes» e individualmente como la «Parte». Las Partes se reconocen la capacidad legal necesaria para firmar la presente adenda en representación de sus respectivas instituciones, y
MANIFIESTAN
I. Que las partes firmaron un convenio para la instalación y operación del Automatic Meteor Orbit System (en adelante, AMOS) en los Observatorios de Canarias (en adelante, OCAN), con fecha de 14 de junio de 2021, y que ha sido inscrito en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal español el 28 de junio de 2021. Así mismo, fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 5 de julio de 2021, momento este desde el que resultó eficaz.
II. Que la cláusula cuarta del convenio establece que el convenio podrá prorrogarse, antes de su finalización, y por acuerdo mutuo de las partes, por un periodo adicional de otros cuatro (4) años.
III. Que la cláusula quinta del convenio establece que el convenio podrá ser modificado por escrito y por acuerdo unánime de las Partes dentro de su periodo de validez inicial o de su extensión.
IV. Que con fecha 10 de abril de 2025 se ha reunido la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control, constituida por un miembro en representación de cada una de las Partes, en la que se acuerda modificar el apéndice B para actualizar el emplazamiento en el Observatorio del Roque de Los Muchachos y proponer la prórroga del mismo con el fin de proseguir la colaboración establecida dada la importancia de la operación del AMOS en los OCAN.
Por lo aquí manifestado, y conforme la representación que ostentan, las partes acuerdan la adenda de modificación y prórroga del convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de la presente adenda la prórroga y modificación del convenio suscrito por las partes.
Todo ello de acuerdo con las cláusula cuarta y quinta del mismo y de conformidad con las provisiones del artículo 49 apartados g) y h).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
A excepción de lo que se acuerda en la cláusula segunda de esta adenda, el resto de cláusulas que rigen la colaboración entre las partes se mantendrán bajo las mismas condiciones estipuladas en el convenio.
Segunda. Modificación del convenio y apéndices.
Se modifica el primer párrafo del apéndice B Emplazamiento, que queda redactado del siguiente modo:
«Las cámaras AMOS están ubicadas en el Edificio “Cielo Nocturno” del Observatorio del Teide en Tenerife (Fig. 4) y sobre el tejado del Edificio de Servicios Generales en el Observatorio del Roque de los Muchachos en La Palma (Fig. 5).
Se sustituye la figura 5 apéndice B.
Los apéndices a que los que se refiere la adenda son objeto de publicación en la sección de transparencia y en la web del IAC y en el Portal de Transparencia de la Administración General del Estado.»
Tercera. Duración de la adenda.
La presente adenda de prórroga y modificación tendrá una vigencia de cuatro (4) años y resultará eficaz desde el 5 de julio de 2025 siempre que se halle inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Además, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Y para dejar constancia de lo convenido, las Partes firman el presente documento en cuatro copias, dos en español y dos en inglés, todas ellas con la misma validez, tomándose como fecha de formalización la del último firmante, el 25 de junio de 2025.–Por el Instituto de Astrofísica de Canarias, el Director Prof. Valentín Martínez Pillet.–Por la Comenius University Bratislava, el Rector Prof. Marek Števček.