Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad asociativa «Sociedad Española de Bioquímica y Biología Molecular (FSEBBM)» según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Elche, Francisco José Tornel López, el 10 de diciembre de 2024, con el número 5.320 de protocolo, rectificada por otras otorgadas ante el mismo notario, el 4 de julio de 2025, protocolo 2.021, y el 18 de febrero de 2026, protocolos 282 y 283.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Ramiro de Maeztu, núm. 9, CP 28040 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000,00 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada completamente como se acredita con la correspondiente certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
La Fundación ostenta como finalidad esencial la promoción, estudio y divulgación de la Bioquímica y de la Biología Molecular, así como de disciplinas afines, con especial atención a:
– Favorecer el contacto entre los bioquímicos y biólogos moleculares españoles y no españoles que trabajen en España, así como entre estos y científicos de otras disciplinas y promover el contacto y el intercambio de científicos con otros países.
– Potenciar la investigación y mejorar la docencia y la cultura científica en el campo de la Bioquímica y la Biología Molecular y en general en todas las Biociencias.
– Impulsar la divulgación más amplia y profunda sobre aquellos aspectos sociales y científicos de la Bioquímica y la Biología Molecular que sean de interés público para el conjunto de la sociedad española en aras a llegar a cualquier persona con interés en estas disciplinas, tenga o no formación científica.
– Potenciar la investigación y mejorar la docencia y la cultura científica en el campo de la Bioquímica y la Biología Molecular y en general en todas las Biociencias.
Quinto. Patronos.
Don Antonio Vicente Ferrer Montiel, doña Isabel Varela Nieto, don Lluís Montoliu José y don Miguel Ángel de la Rosa Acosta.
Cargos:
Presidente: Don Antonio Vicente Ferrer Montiel.
Vicepresidenta: Doña Isabel Varela Nieto.
Secretario: Don Lluís Montoliu José.
Tesorero: Don Miguel Ángel de la Rosa Acosta.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Primero.
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Segundo.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 9 de octubre de 2025.
Tercero.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación de la Sociedad Española de Bioquímica y Biología Molecular (FSEBBM), Patronato y cargos dentro del mismo.
Madrid, 28 de mayo de 2026.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.