Resolución de 29 de diciembre de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la segunda Adenda modificativa y prórroga del Convenio con el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Torrelavega, para la integración del ferrocarril en Torrelavega (Cantabria).

Nº de Disposición: BOE-A-2026-3354|Boletín Oficial: 39|Fecha Disposición: 2025-12-29|Fecha Publicación: 2026-02-13|Órgano Emisor: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Habiendo sido suscrita, el 22 de diciembre de 2025, la segunda adenda modificativa y de prórroga del Convenio suscrito entre el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Torrelavega para la integración del ferrocarril en Torrelavega (Cantabria), procede, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 29 de diciembre de 2025.–El Presidente de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Luis Pedro Marco de la Peña.

ANEXO

Segunda adenda modificativa y de prórroga del Convenio suscrito entre el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Torrelavega para la integración del ferrocarril en Torrelavega (Cantabria)

22 de diciembre de 2025.

REUNIDOS

Don José Antonio Santano Clavero, Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en virtud del Real Decreto 967/2023, de 28 de noviembre, actuando en nombre y representación del Gobierno de España, en el ejercicio de las competencias delegadas por el apartado quinto de la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias, en virtud del cual está facultado para la celebración del presente convenio conforme a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Don Roberto Media Sainz, Consejero de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, nombrado en virtud del Decreto 7/2023, de 7 de julio, por el que se nombra a los miembros del Consejo de Gobierno, facultado para este acto por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 10 de julio de 2025, y que actúa en representación del Gobierno de Cantabria.

Don Javier López Estrada, en su condición de Alcalde del Ayuntamiento de Torrelavega, que actúa en virtud de las competencias en materia de planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística, de conformidad con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y especialmente facultado para este acto en virtud del Acuerdo del Pleno de la Corporación municipal de fecha 29 de agosto de 2025, que aprobó el contenido del presente documento.

Don L. Pedro Marco de la Peña, Presidente de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en virtud del Real Decreto 936/2024, de 17 de septiembre (publicado en BOE núm. 226, de 18 de septiembre de 2024), actuando en nombre y representación de ADIF en el ejercicio de las facultades que tiene conferidas por el artículo 23.2.a) de su Estatuto, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre.

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente capacidad suficiente para el otorgamiento de la presente adenda, y en virtud de ello,

EXPONEN

I. Que, con fecha 27 de abril de 2018, se suscribió, en desarrollo del Protocolo de colaboración de 5 de mayo de 2011, entre el Ministerio de Fomento, el Gobierno de Cantabria, el Ayuntamiento de Torrelavega y Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) para la integración ferroviaria en el entorno de la estación, así como para la transformación urbanística derivada de las correspondientes obras en Torrelavega, un convenio entre el entonces Ministerio de Fomento (hoy Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible), la entidad pública empresarial ADIF, el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Torrelavega para la integración del ferrocarril en Torrelavega (Cantabria).

Este convenio tiene por objeto desarrollar la integración ferroviaria en el entorno de la estación de Torrelavega, así como la transformación urbanística derivada de las correspondientes obras.

Las actuaciones incluidas inicialmente en el convenio eran las siguientes:

1. El soterramiento del trazado ferroviario de la línea de ancho métrico en una longitud de 1.800 m a su paso por la localidad entre los pasos a nivel del Paseo Niño y de la calle Pablo Garnica.

2. Construcción de una nueva estación soterrada, cuya situación está determinada por el trazado de las vías soterradas y la ubicación de los andenes, y que estará cercana a la actual.

3. Adecuación del Edificio de Viajeros actual al futuro planeamiento a desarrollar y a aprobar por el Ayuntamiento.

4. Urbanización de los aledaños del nuevo edificio, de manera que se relacione con el edificio actual mediante una nueva plaza trasera, así como de los correspondientes accesos y reordenación de viales necesarios.

5. La transformación urbanística del espacio liberado en todo el ámbito de actuación del Proyecto de Integración.

Asimismo, el coste global inicialmente estimado de estas actuaciones a financiar entre ADIF, el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Torrelavega ascendía a 79,13 millones de euros, excluido el coste de redacción del proyecto ferroviario, el cual se estimaba en 4 millones de euros adicionales que serían financiados íntegramente por ADIF.

II. Que, mediante resolución de la Subdirección General de Planificación Ferroviaria del Ministerio del entonces Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de fecha 22 de junio de 2022, se aprobó el expediente de información pública y audiencia y la aprobación definitiva del «Estudio Informativo del Soterramiento del Ferrocarril en Torrelavega (Cantabria)».

Con anterioridad a dicha aprobación, y durante el proceso de Información Pública y Audiencia a las Administraciones del citado Estudio informativo, se advirtió que el Estudio Informativo no contemplaba la actuación sobre el aparcamiento de la estación existente, por lo que debería tenerse en cuenta el aparcamiento al ser un elemento necesario en todas las estaciones para uso de los usuarios.

Ello dio lugar a la realización de un nuevo estudio complementario al «Estudio Informativo para el Soterramiento del Ferrocarril en Torrelavega», para desarrollar todo lo necesario para diseñar un aparcamiento subterráneo junto a la nueva estación que incluye el soterramiento de la línea RAM a su paso por Torrelavega, y que se denominó «Estudio Complementario al«Estudio Informativo para el soterramiento del ferrocarril en Torrelavega» del aparcamiento subterráneo junto a la nueva estación en Torrelavega», cuyo trámite de información pública se inició el 23 de marzo de 2022.

III. Que, en atención al citado Estudio Complementario en tramitación, el 23 de diciembre de 2022, se suscribió entre las partes una adenda modificativa del convenio en la que se recogía la ejecución del nuevo aparcamiento subterráneo junto a la nueva estación en Torrelavega, incluyendo su financiación, la cual ascendía a 4 millones de euros (IVA no incluido) adicionales a los 79,130 millones de euros (IVA no incluido) inicialmente previstos, así como el incremento del coste de la redacción de la modificación del proyecto ferroviario, que se ha incrementó de los 4 millones de euros (IVA no incluido) hasta los 4,5 millones de euros (IVA no incluido).

Asimismo, a través de esta adenda modificativa, se acordó la prórroga del convenio por la cual se amplió el plazo de vigencia del convenio por tres años adicionales, así como la reprogramación de las aportaciones anuales de las administraciones intervinientes.

IV. Finalmente, el 19 de enero de 2024, tuvo lugar la aprobación del expediente de información pública y audiencia y la aprobación definitiva del «Estudio Complementario al «Estudio Informativo del Soterramiento del Ferrocarril en Torrelavega (Cantabria)» del aparcamiento subterráneo junto a la nueva estación en Torrelavega».

V. Que, en la Comisión de Seguimiento del Convenio de 16 de abril de 2024, y habiéndose iniciado la redacción de la mayor parte de los Proyectos que forman parte de la actuación, se informó de un primer incremento de los presupuestos de las obras, considerándose en aquel momento la necesidad de modificar el convenio, a través de una nueva adenda, así como ampliar su vigencia, en orden a poder ejecutar todos los proyectos contemplados en el mismo.

VI. Que, en la Comisión de seguimiento del Convenio de 18 de septiembre de 2024, se puso igualmente de manifiesto un nuevo incremento de los costes de las actuaciones hasta los 142,605 M€ sin IVA (sin incluir el coste de 4,5 millones de euros para la redacción de los proyectos ferroviarios), respecto de los informados en la reunión de la Comisión de abril de 2024 debido a que:

– La estimación inicial mediante Proyecto Básico redactado en 2011, dispone actualmente de versiones de Proyectos Constructivos de las actuaciones principales.

– Desde el año 2011 han trascurrido 13 años, siendo necesaria una importante actualización de los precios de las unidades de obra.

– La estimación coste aparcamiento subterráneo se realizó sin proyecto previo, empleando ratios en obras similares.

– Finalmente, las características hidrogeológicas del terreno han motivado que dichas ratios no fueran adecuadas.

VII. Que, a fecha de la suscripción de la presente adenda, la situación de los proyectos necesarios para la ejecución de las obras es la siguiente, teniendo en cuenta que los dos grandes bloques de actuaciones definidos en el convenio suscrito en 2018 se han desarrollado en los siguientes proyectos:

Actuaciones globales definidas en el convenio y adendas Proyectos de construcción desarrollados Estado
Soterramiento del trazado ferroviario; construcción de una nueva estación soterrada; adecuación del edificio de viajeros actual. Proyecto de construcción de soterramiento de la línea de ancho métrico en Torrelavega (Cantabria). Desvío provisional. Aprobados.
Proyecto de construcción del soterramiento de la Línea de ancho métrico en Torrelavega (Cantabria).
Proyecto de construcción del aparcamiento subterráneo y del colector de drenaje asociados al soterramiento de la línea de ancho métrico en Torrelavega (Cantabria).
Proyecto de construcción del soterramiento de la Línea de ancho métrico en Torrelavega (Cantabria). IISS y Comunicaciones ferroviarias. Redacción.
Nuevo edificio de viajeros. Proyecto de Construcción de la Nueva Estación de Torrelavega en la red de ancho métrico (Cantabria). Supervisión.
Urbanización y transformación urbanística. Proyectos de Urbanización. Planificación.

VIII. Del avance de los proyectos arriba mencionados han resultado los siguientes costes de ejecución de las obras. Esos costes no incluyen el coste de redacción de los proyectos ferroviarios de 4,5 millones de euros:

Presupuesto estimado de las actuaciones

Actuación

Presupuesto conveniado (sin IVA)

Euros

Desvío provisional ferroviario. 5.946.293,07

Soterramiento (obra civil, vía, electrificación e instalaciones de protección civl).

Incluye la puesta en servicio del desvío provisional y la restauración posterior del entorno a su estado original.

103.770.517,46

Instalaciones de seguridad y comunicaciones ferroviarias.

Incluye el tramo soterrado y las actuaciones colaterales.

4.928.980,00

Actuaciones complementarias al soterramiento.

Incluye la Obra Civil del Aparcamiento Subterráneo y el Colector conjunto de drenaje.

13.370.393,48
Arquitectura e instalaciones del aparcamiento subterráneo. 3.242.750,00
Nuevo edificio de viajeros. 8.042.020,00
Urbanización del entorno del nuevo edificio, accesos y reordenación de viales necesarios (45.000 m2). 5.507.000,00
 Importe total (sin IVA). 144.807.954,01

Así mismo, la totalidad de estas obras estarían finalizadas en 2033.

IX. Que, con fecha 20 de marzo de 2025, en la Comisión de Seguimiento del convenio, ante la situación de que el plazo de vigencia actual del convenio, y de la prórroga del mismo acordada mediante la adenda suscrita el 23 de diciembre de 2022, resultaba insuficiente para la ejecución de todas las actuaciones correspondientes al desarrollo de la integración ferroviaria en el entorno de la estación de Torrelavega, y la transformación urbanística derivada de las correspondientes obras, se propuso terminar de ejecutar las obras del desvío provisional, cuya finalización está prevista para el otoño de 2025, así como la totalidad de la redacción de los proyectos ferroviarios, dentro del marco del convenio de 2018. Para ello, resulta necesario incrementar su vigencia en un año, hasta diciembre de 2026, y trabajar paralelamente en:

− Aprobar una segunda adenda modificativa del convenio donde se excluya la redacción del Proyecto de urbanización del entorno del nuevo edificio, accesos y reordenación de viales necesarios (45.000 m2) y la ejecución de las obras correspondientes al soterramiento, nuevo edificio de viajeros, aparcamiento de la estación y obras de urbanización, cuyos proyectos, que se encuentran en fase de redacción, serán aprobados dentro del marco del actual convenio, y se actualicen los importes correspondientes al desvío provisional cuyas obras se encuentran actualmente en ejecución, y que, igualmente, se finalizarán dentro del marco del actual convenio.

− Aprobar la suscripción entre ADIF, el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Torrelavega, de un nuevo convenio que recoja la redacción del Proyecto de urbanización del entorno del nuevo edificio, accesos y reordenación de viales necesarios (45.000 m2) y la ejecución de las obras excluidas con la segunda adenda modificativa. Es decir, soterramiento, nuevo edificio de viajeros, aparcamiento de la estación y obras de urbanización, así los importes económicos actualizados correspondientes a cada una de las citadas actuaciones.

Por todo ello, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, el Gobierno de Cantabria, el Ayuntamiento de Torrelavega y la entidad pública empresarial ADIF acuerdan, mediante la presente adenda, la segunda modificación del Convenio para la integración del ferrocarril en Torrelavega (Cantabria), con arreglo a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera. Objeto y alcance de la segunda modificación.

Mediante este documento se procede a modificar el Convenio de 27 de abril de 2018 para la integración del ferrocarril en Torrelavega (Cantabria), y la primera adenda modificativa del Convenio de 23 de diciembre de 2022, para eliminar los trabajos de ejecución de las obras correspondientes al soterramiento, nuevo edificio de viajeros, aparcamiento de la estación y la redacción del proyecto así como ejecución de las obras de urbanización, que no podrán ser finalizadas dentro del plazo inicialmente previsto, así como actualizar el presupuesto estimado de las actuaciones que quedan contenidas en el convenio, esto es, la redacción de todos los proyectos ferroviarios, y las obras correspondientes al desvío provisional, y acordar la prórroga del convenio para ampliar el plazo de vigencia del convenio en un año adicional, hasta el 31 de diciembre de 2026, para poder terminar las citadas actuaciones.

Todas las cláusulas previstas en el Convenio suscrito con fecha 27 de abril de 2018 y en la adenda modificativa de 23 de diciembre de 2022, siguen vigentes, a excepción de aquellas que resulten contrarias a las estipulaciones fijadas en la presente segunda modificación.

Segunda. Soterramiento, nuevo edificio de viajeros, aparcamiento de la estación y redacción de proyecto y obras de urbanización.

Mediante esta segunda modificación se excluye la redacción del Proyecto de urbanización del entorno del nuevo edificio, accesos y reordenación de viales necesarios (45.000 m2) así como la ejecución de las siguientes obras, las cuales serán objeto de desarrollo en un convenio posterior:

− Soterramiento (obra civil, vía, electrificación e instalaciones de protección civil). Incluye la puesta en servicio del desvío provisional y la restauración posterior del entorno a su estado original.

− Instalaciones de seguridad y comunicaciones ferroviarias. Incluye el tramo soterrado y las actuaciones colaterales.

− Actuaciones complementarias al soterramiento. Incluye la Obra Civil del Aparcamiento Subterráneo y el Colector conjunto de drenaje.

− Arquitectura e instalaciones del aparcamiento subterráneo.

− Nuevo edificio de viajeros.

− Urbanización del entorno del nuevo edificio, accesos y reordenación de viales necesarios (45.000 m2).

El Gobierno de Cantabria, el Ayuntamiento de Torrelavega y la entidad pública empresarial ADIF, se comprometen a suscribir un nuevo convenio relativo a la redacción del Proyecto de urbanización del entorno del nuevo edificio, accesos y reordenación de viales necesarios (45.000 m2) y a la ejecución de la totalidad de las obras anteriormente citadas, con una distribución de la totalidad de los costes para su ejecución de acuerdo a los siguientes porcentajes: ADIF 50%, Gobierno de Cantabria 30% y Ayuntamiento de Torrelavega 20%.

Asimismo, las partes se comprometen a trasladar al nuevo convenio los compromisos anteriormente adquiridos en relación al proceso de desafectación, tanto de los suelos como de los aprovechamientos urbanísticos que resulten patrimoniales de ADIF, para su incorporación al proceso urbanístico que se desarrolle tras la ejecución de las obras de integración del ferrocarril en Torrelavega, dado que dichos compromisos no han podido llegar a materializarse.

La suscripción del nuevo convenio, previo cumplimiento de los trámites legales establecidos, quedará supeditada a la disponibilidad presupuestaria de las administraciones intervinientes en el ejercicio correspondiente.

Tercera. Modificación de la cláusula primera. Objeto del convenio.

Se modifica la cláusula primera. Objeto. Quedando redactada en su totalidad del siguiente modo:

«El presente convenio tiene por objeto desarrollar la redacción de los siguientes proyectos para el soterramiento de la línea de ancho métrico en Torrelavega (Cantabria):

− Proyecto de construcción del soterramiento de la línea de ancho métrico en Torrelavega (Cantabria). Desvío provisional.

− Proyecto de construcción del soterramiento de la línea de ancho métrico en Torrelavega (Cantabria) (Incluye la obra civil, vía, electrificación e instalaciones de protección civil).

− Proyecto de instalaciones de seguridad y comunicaciones ferroviarias.

− Proyecto de actuaciones complementarias al soterramiento. (Incluye la obra civil del aparcamiento subterráneo y el colector conjunto de drenaje).

− Proyecto de arquitectura e instalaciones del aparcamiento subterráneo.

− Proyecto de nuevo edificio de viajeros.

Asimismo, es objeto del presente convenio la ejecución de las Obras correspondientes al Desvío Provisional que se recogerán en el Proyecto del soterramiento de la línea de ancho métrico en Torrelavega (Cantabria). Desvío Provisional.

La redacción de los proyectos ferroviarios anteriormente mencionados se llevará a cabo por ADIF.

El coste global estimado para la redacción de los proyectos ferroviarios asciende a 4.500.000,00 euros. Por su parte, el coste estimado para la ejecución de las Obras correspondientes al Desvío Provisional que se recogerán en el Proyecto del soterramiento de la línea de ancho métrico en Torrelavega (Cantabria). Desvío Provisional asciende a 5.946.293,07 euros (incluyendo el coste de dirección de obra y asistencias técnicas).

Por otro lado, el coste estimado de las actuaciones incluidas en este convenio no incluye IVA. No obstante, lo anterior, ADIF repercutirá al Gobierno de Cantabria o al Ayuntamiento de Torrelavega, en caso de que así proceda, la cuota de IVA que corresponda de acuerdo con la legislación en vigor, y que resultará un mayor coste de la actuación al Ayuntamiento Torrelavega y al Gobierno de Cantabria, en función de los activos que resulten de su titularidad.»

Cuarta. Modificación de la cláusula segunda. Obligaciones de las partes del convenio.

Se modifica la cláusula segunda. Obligaciones de las partes. Quedando redactada en su totalidad del siguiente modo:

«El coste de la redacción de los proyectos ferroviarios mencionados en la cláusula primera será asumido íntegramente por ADIF, y el coste de la ejecución de las Obras correspondientes Desvío Provisional que se recogerán en el Proyecto del soterramiento de la línea de ancho métrico en Torrelavega (Cantabria). Desvío Provisional, estimado en 5.946.293,07 euros, será financiado de acuerdo con los porcentajes establecidos en la siguiente distribución: ADIF 50%, Gobierno de Cantabria 30% y Ayuntamiento de Torrelavega 20%.

– Obligaciones por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:

El Ministerio de Fomento, redactará y tramitará los documentos necesarios para el desarrollo de la Integración del Ferrocarril en la ciudad de Torrelavega, como fase previa a la aprobación de los Proyectos Constructivos.

 – Obligaciones por parte de ADIF:

ADIF asumirá el coste de la redacción del proyecto ferroviario estimado en 4.500.000,00 euros sin IVA. ADIF será el encargado de gestionar el aparcamiento subterráneo.

Abonará el 50% del coste de las actuaciones correspondientes a las obras del Desvío Provisional, estimado en 2.973.146,54 euros, conforme a las previsiones anuales recogidas en la cláusula tercera, adoptando para ello los acuerdos y procedimientos que se estimen adecuados y conforme a la legislación aplicable en el ámbito de sus respectivas competencias al objeto de que pudiera incluirse dotación suficiente para cubrir el importe que le corresponda.

– Obligaciones por parte del Gobierno de Cantabria:

El Gobierno de Cantabria abonará el 30% del coste de las actuaciones, estimado en 1.783.887,92 euros, conforme a las previsiones anuales recogidas en la cláusula tercera, adoptando para ello los acuerdos y procedimientos que se estimen adecuados y conforme a la legislación aplicable en el ámbito de sus respectivas competencias al objeto de que pudiera incluirse dotación suficiente para cubrir el importe que le corresponda. Esta cifra se podría ver incrementada en función de la repercusión del IVA de las actuaciones que legalmente sea de aplicación en función de los activos que finalmente queden de su titularidad, si los hubiere.

– Obligaciones por parte del Ayuntamiento de Torrelavega:

El Ayuntamiento de Torrelavega abonará el 20% del coste de las actuaciones, estimado en 1.189.258,61 euros, conforme a las previsiones anuales recogidas en la cláusula tercera, adoptando para ello los acuerdos y procedimientos que se estimen adecuados y conforme a la legislación aplicable en el ámbito de sus respectivas competencias al objeto de que pudiera incluirse dotación suficiente para cubrir el importe que le corresponda. Esta cifra se podría ver incrementada en función de la repercusión del IVA de las actuaciones que legalmente sea de aplicación en función de los activos que finalmente queden de su titularidad.»

Quinta. Modificación de la cláusula tercera. Financiación de las actuaciones del convenio.

Se modifica la cláusula tercera. Financiación de las actuaciones. Quedando redactada en su totalidad del siguiente modo:

«Actuaciones cofinanciadas: De la distribución de porcentajes de financiación establecidos en la cláusula segunda, resulta el calendario de aportaciones de cada una de las partes, que se resume en el siguiente cuadro:

  Porcentaje reparto 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total
ADIF. 50 0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 767.791,62 1.979.354,92 226.000,00 2.973.146,54
Gobierno de Cantabria. 30 0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 460.674,99 1.187.212,93 136.000,00 1.783.887,92
Ayuntamiento de Torrelavega. 20 0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 307.116,66 791.141,95 91.000,00 1.189.258,61
 Total. 100 0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 1.535.583,27 3.957.709,80 453.000,00 5.946.293,07

Cifras en euros (IVA no Incl.)

ADIF repercutirá, en su caso, la cuota de IVA que corresponda a la administración que resulte titular de la totalidad o parte de los bienes resultantes, de acuerdo con la legislación en vigor.

Actuaciones asumidas íntegramente por ADIF: Adicionalmente a estas cantidades, ADIF asume el coste de la redacción de los Proyectos ferroviarios que asciende a 4.500.000,00 euros.»

Sexta. Modificación de la cláusula quinta. Ejecución de las actuaciones incluidas en convenio.

Se modifica la cláusula quinta, quedando redactada en su totalidad del siguiente modo:

«La ejecución de los trabajos ferroviarios contemplados en este convenio serán llevados a cabo por ADIF, bien utilizando sus propios medios materiales y humanos, bien mediante la contratación de terceros por parte de esta entidad pública empresarial.

ADIF tramitará los expedientes de contratación necesarios para ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 116.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y será competente para la selección de los adjudicatarios a los que se encomiende la ejecución de los contratos, ajustando su contratación a lo dispuesto en el artículo 13 de su Estatuto.

En todo caso, ADIF deberá informar puntualmente al Gobierno de Cantabria y al Ayuntamiento de Torrelavega de la identidad del adjudicatario, así como del contenido del Contrato que vaya a celebrar con éste y de sus incidencias si las hubiere, información que también será trasladada a la Comisión de Seguimiento del Convenio.»

Séptima. Dejar sin efecto las cláusulas sexta y séptima del convenio.

Quedan sin efecto las cláusulas sexta y séptima del convenio de 27 de abril de 2018.

Octava. Modificación de la cláusula octava. Obras ferroviarias y obras de urbanización.

Se modifica la cláusula octava, quedando redactada en su totalidad del siguiente modo:

«Octava. Titularidad de las obras.

El titular final de las obras ferroviarias a ejecutar contempladas en este convenio será ADIF.»

Novena. Modificación de la cláusula novena. Desequilibrio económico de la operación.

Se modifica la cláusula novena, quedando redactada en su totalidad del siguiente modo:

«El desequilibrio económico de la operación que pudiera producirse por mayores costes en la ejecución de las obras ferroviarias, será sufragado por ADIF, el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Torrelavega en función de los porcentajes establecidos en este documento.

Cualquier incremento económico que se produzca en el desarrollo de la operación que supere los importes recogidos en la cláusula tercera, deberá ser aprobado en la Comisión de Seguimiento, y por los Órganos de Gobierno de las Administraciones intervinientes, que practicarán las correspondientes retenciones de crédito al efecto, siendo necesaria la suscripción de una adenda al presente convenio.»

Décima. Prórroga del convenio.

Las Partes acuerdan que, dentro del límite máximo de cuatro años para prorrogar la vigencia inicial de un convenio, establecido por el artículo 49.g).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, prorrogar el «Convenio entre el Ministerio de Fomento, ADIF, el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Torrelavega para la integración del ferrocarril en Torrelavega (Cantabria)», por un (1) año adicional, hasta el 31 de diciembre de 2026.

Undécima. Sustitución de las referencias hechas al Ministerio de Fomento o al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en el Convenio de 27 de abril de 2018 para la integración del ferrocarril en Torrelavega (Cantabria), y en la primera adenda modificativa del Convenio de 23 de diciembre de 2022.

Todas las referencias hechas al Ministerio de Fomento o al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en el Convenio de 27 de abril de 2018 para la integración del ferrocarril en Torrelavega (Cantabria), y en la primera adenda modificativa del Convenio de 23 de diciembre de 2022, deberán entenderse hechas al actual Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

Duodécima. Entrada en vigor de la adenda.

La presente adenda se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo la misma plena validez y eficacia desde el momento de su inscripción, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, debiendo asimismo ser publicada, en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la comunidad autónoma; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, a fecha de la última firma electrónica.–Por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, José Antonio Santano Clavero.–Por el Gobierno de Cantabria, Roberto Media Sainz.–Por el Ayuntamiento de Torrelavega, Javier López Estrada.–Por la E.P.E. ADIF, L. Pedro Marco de la Peña.