Resolución de 29 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de revisión salarial para el año 2025 del IX Convenio colectivo de colegios mayores universitarios.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-16678|Boletín Oficial: 192|Fecha Disposición: 2025-07-29|Fecha Publicación: 2025-08-11|Órgano Emisor: Ministerio de Trabajo y Economía Social

Visto el texto del acta en la que se recoge el acuerdo de revisión salarial para el año 2025 del IX Convenio colectivo de Colegios Mayores Universitarios –código de convenio n.º 99009355011995–, que fue publicado en el BOE de 8 de noviembre de 2023, acta que ha sido suscrita con fecha 14 de julio de 2025, de una parte, por las asociaciones empresariales CECE, EyG y ACADE, en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales USO, FSIE, CCOO y UGT-Servicios públicos, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de revisión salarial para el año 2025 del mencionado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de julio de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

IX CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE COLEGIOS MAYORES UNIVERSITARIOS: ACTA DE FIRMA DE LAS TABLAS SALARIALES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2025

Asistentes:

CECE:

Don Santiago García.

Doña Basilia Cuellar.

EyG: Doña Carmen Estévez.

ACADE: Don Luis Torres.

USO: Don Carlos Quirós.

FSIE:

Doña Yolanda Benito.

Doña Ana Grijalbo.

UGT-Servicios Públicos:

Don Jesús Gualix.

Doña Ana Castaño.

CC.OO.: Doña Paloma Perona.

Madrid, siendo las 10 horas del día 14 de julio de 2025, se reúnen los reseñados al margen en la sede de la organización patronal CECE, en representación de sus respectivas organizaciones.

Después de dos reuniones de negociación en las que se ha tratado la revisión salarial para el año 2025, se llega a un acuerdo para la firma de las tablas salariales del citado año que implica un incremento económico del 4,5 %, que se aplicará, con carácter retroactivo desde el 1 de enero, sobre todos los conceptos.

Las diferencias salariales que las empresas adeuden a sus trabajadores, como consecuencia de la aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2025 de las tablas salariales, deberán quedar totalmente saldadas en el plazo de 3 meses a partir del día siguiente de la publicación de estas tablas en el BOE.

Dichas tablas salariales pasarán a formar parte del contenido del IX Convenio Colectivo de Colegios Mayores Universitarios.

Este acuerdo ha sido suscrito por las organizaciones patronales CECE, EyG y ACADE, que representan la totalidad de las organizaciones empresariales del sector, y por las organizaciones sindicales USO, FSIE, CC.OO. y UGT-Servicios Públicos, que representan la totalidad de las organizaciones sindicales estatales más representativas del sector, quienes manifiestan su satisfacción por haber llegado a un acuerdo en los términos previstos en el presente acuerdo.

Se hace entrega al secretario de actas del presente convenio, que recae sobre el sindicato USO, del acta de firma y de las copias de la misma para que proceda a su registro en la Dirección General de Trabajo.

CECE EyG ACADE

USO FSIE CC.OO. UGT-Servicios Públicos

ANEXO II

IX Convenio Colectivo Colegios Mayores Universitarios

TABLAS SALARIALES AÑO 2025

Grupo I. Área de Servicios Educativos

Personal Directivo

 

Salarios

Euros

Trienios

Euros

Director/a. 2.913,52 67,58
Subdirector/a. 2.573,59 67,58
Jefe/a de Estudios o Tutor. 2.316,70 62,09

Grupo II. Área de Servicios Educativos

Personal de intervención formativa

 

Salarios

Euros

Trienios

Euros

Educador/a. 1.968,66 42,68
Médico. 1.968,66 42,68
Psicólogo/a. 1.968,66 42,68
Responsable de Pastoral. 1.968,66 42,68

Grupo III. Área de Administración y Servicios

Mandos

 

Salarios

Euros

Trienios

Euros

Jefe/a de Administración o Secretaría. 1.575,06 37,71
Intendente. 1.384,07 34,58
Gobernante/a. 1.367,66 32,86
Jefe/a de Negociado. 1.367,92 33,25
Jefe/a de Cocina. 1.305,04 32,86

Grupo IV. Área de Administración y Servicios

Técnicos

 

Salarios

Euros

Trienios

Euros

Técnico/a de Gestión e Informática. 1.305,04 32,86
Cocinero/a. 1.243,92 32,86
Socorrista. 1.193,08 32,86

Grupo V. Área de Administración y Servicios

Personal de Administración y Servicios

 

Salarios

Euros

Trienios

Euros

Conserje (a extinguir). 1.367,65 32,86
Oficial de Mantenimiento. 1.193,08 32,86
Personal de Recepción. 1.193,08 32,86
Ayudante de cocina. 1.193,08 32,86
Auxiliar Administrativo. 1.184,00 32,86
Auxiliar de servicios generales. 1.184,00 32,86
Personal de servicios domésticos. 1.184,00 32,86
Auxiliar de Oficios. SMI 2025  

Las diferencias que las empresas adeuden a sus trabajadores, como consecuencia de la aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2025 de las tablas salariales, deberán quedar totalmente saldadas en el plazo de tres meses desde la publicación de estas tablas en el BOE.