Resolución de 29 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre el Consejo Superior de Deportes, O.A., y la Dirección General de Ordenación del Juego, en materia de adhesión al Sistema de alertas sobre apuestas deportivas.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-16575|Boletín Oficial: 191|Fecha Disposición: 2025-07-29|Fecha Publicación: 2025-08-09|Órgano Emisor: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

El Director General de Deportes y el Director General de Ordenación del Juego, han suscrito, con fecha de 3 de julio de 2025, una Adenda al Convenio sobre la ordenación del juego en materia de adhesión al Sistema de alertas sobre apuestas deportiva, que fue firmado el 27 de julio de 2021.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 29 de julio de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO

Adenda de prórroga al Convenio entre el Consejo Superior de Deportes y la Dirección General de Ordenación del Juego en materia de adhesión al Sistema de alertas sobre apuestas deportivas

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Molinero Revert, Director General de Deportes, nombrado por Real Decreto 8/2023, de 10 de enero, en nombre y representación del Consejo Superior de Deportes, con CIF Q2828001D y domicilio en c/ Martín Fierro, 5, 28040 Madrid, en virtud de lo establecido en el apartado primero de la Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se delegan competencias.

Y de otra, don Mikel Arana Echezarreta, Director General de Ordenación del Juego, nombrado para este cargo por el Real Decreto 513/2020 de 5 de mayo, actuando en nombre y representación de la Dirección General de Ordenación del Juego, del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en virtud de las competencias delegadas en él por el artículo séptimo.1 letra c), de la Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias.

Ambas partes intervinientes en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, al efecto

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 27 de julio de 2021 la Dirección General de Ordenación del Juego (actualmente, Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030) y el Consejo Superior de Deportes formalizaron el convenio indicado en el encabezamiento, de naturaleza interadministrativa, en virtud de lo expuesto en el capítulo IV del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El indicado convenio tiene por objeto la adhesión del Consejo Superior de Deportes al sistema de alertas sobre apuestas deportivas, gestionado por la Dirección General de Ordenación del Juego, dirigido a la prevención y lucha contra el fraude en el mercado de las apuestas deportivas, mediante la detección, con base en la información suministrada, de prácticas que puedan alterar los resultados de un evento deportivo de manera fraudulenta.

Segundo.

Que en la cláusula octava del mencionado convenio, referida a la vigencia del mismo y de conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se preveía que el convenio entrase en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), con una duración de cuatro años, pudiendo los firmantes del convenio acordar unánimemente su prorroga, en cualquier momento antes de que finalice ese plazo, por un periodo de hasta cuatro años adicionales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 h) 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Este convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el pasado 30 de agosto de 2021.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

La presente adenda tiene por objeto prorrogar el contenido del convenio entre el Consejo Superior de Deportes y la Dirección General de Ordenación del Juego en materia de adhesión al sistema de alertas sobre apuestas deportivas.

Segunda. Vigencia y efectos.

La presente adenda de convenio se perfeccionará en el momento de su suscripción. Una vez firmada deberá ser inscrita en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Así, las partes firmantes de la presente adenda acuerdan por unanimidad su prórroga por un periodo de cuatro años adicionales.

Tercera. Publicidad.

Esta adenda será objeto de publicación de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarta. Subsistencia del resto del convenio.

Se mantienen plenamente eficaces todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio en lo no estipulado por esta adenda.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman la presente adenda de prórroga electrónicamente, tomándose como fecha de formalización del mismo la del último firmante.–El Director General de Deportes, P. S., el Subdirector General de Alta Competición (Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes), Aitor Canibe Sánchez.–El Director General de Ordenación del Juego, Mikel Arana Echezarreta.