Con fecha de 23 de septiembre de 2026 se ha suscrito el Adenda de modificación y prórroga al Convenio entre el Ministerio de Justicia (actualmente Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el uso de la aplicación informática JARA.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anejo a esta resolución.
Madrid, 29 de septiembre de 2026.–El Secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.
ANEJO
Adenda de modificación y prórroga al convenio entre el Ministerio de Justicia (actualmente Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el uso de la aplicación informática JARA
En Madrid, a fecha de última firma electrónica.
REUNIDOS
De una parte, el Secretario de Estado de Justicia, don Manuel Olmedo Palacios, nombrado por Real Decreto 949/2023, de 28 de noviembre, en representación del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y en el ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, la Consejera de Salud y Atención a la Dependencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura, doña Sara García Espada, nombrada por Decreto de la Presidenta 17/2026, de 29 de abril, actuando en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de la delegación otorgada por Decreto de la Presidenta 22/2026, de 8 de mayo, por el que se delega en las personas titulares de las Vicepresidencias y Consejerías la firma de los convenios que suscriba la Comunidad Autónoma de Extremadura con el Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias y autorizada para la firma de la presente adenda por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 9 de septiembre de 2026.
Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda de modificación y prórroga y, a tal fin,
EXPONEN
I. Con fecha 1 de septiembre de 2022, se suscribió el convenio entre el Ministerio de Justicia (actualmente Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el uso de la aplicación informática JARA.
II. La cláusula sexta del convenio establece que tendrá una duración de cuatro años y producirá efectos con fecha 5 de octubre de 2022, siendo prorrogable a su término mediante acuerdo expreso por igual periodo, que deberá formalizarse con anterioridad a la expiración del convenio.
III. Tanto el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Comunidad Autónoma de Extremadura coinciden en la necesidad de mantener la colaboración prevista en el citado convenio, actualizar la denominación de los órganos firmantes, y modificar los profesionales con acceso a la aplicación, manifestando su voluntad de firmar la presente adenda, por lo que ambas partes
ACUERDAN
Primero. Prórroga y modificación.
Prorrogar por cuatro años, desde la finalización de la vigencia inicial prevista en el convenio, previa inscripción (antes de la fecha de extinción del convenio), el convenio suscrito entre el Ministerio de Justicia (actualmente Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el uso de la aplicación informática JARA. Asimismo, se modifica dicho convenio entrando en vigor las modificaciones a partir de la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Segundo. Modificación de la antigua denominación del Ministerio de Justicia (actualmente Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) en el convenio suscrito con fecha 1 de septiembre de 2022 entre el Ministerio de Justicia y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el uso de la aplicación informática JARA.
Se modifica la mención al Ministerio de Justicia en todo el texto del convenio por la nueva denominación del Ministerio:
«Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.»
Tercero. Modificación de la antigua denominación de la Consejería de Salud y Servicios Sociales.
Se modifica la mención a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales en todo el texto del convenio por la nueva denominación de la Consejería:
«Consejería de Salud y Atención a la Dependencia.»
Cuarto. Modificación de la cláusula segunda del convenio. Compromisos de las partes.
Se modifica el segundo párrafo de la cláusula segunda del convenio.
Donde dice:
«El acceso al Sistema JARA se limitará a la Dirección del IMLCF o a la persona o personas en las que delegue.»
Debe decir:
«El acceso a la herramienta de historia clínica disponible en cada momento, se limitará a la Dirección del IMLCF o a la persona o personas en las que delegue de entre los médicos forenses y psicólogos del Instituto.»
Quinto. Efectos.
La presente adenda de modificación y prórroga resultará eficaz una vez sea inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y será objeto de publicación, en el plazo de diez días hábiles desde su inscripción, en el «Boletín Oficial del Estado».
La prórroga de cuatro años comenzará a contar automáticamente desde la finalización de la vigencia inicial prevista en el convenio, previa inscripción (antes de la fecha de extinción del convenio).
Sexto. Mantenimiento de las cláusulas del convenio.
En todo lo no previsto, ni expresamente modificado en la presente adenda, seguirá en vigor y será de aplicación el convenio suscrito por las partes con fecha 1 de septiembre de 2022.
Y, de conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben electrónicamente la presente adenda.–El Secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.–La Consejera de Salud y Atención a la Dependencia, Sara García Espada.