Resolución de 3 de agosto de 2026, del Banco de España, por la que se publican los índices y tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios, así como para el cálculo del diferencial que se ha de aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-17569|Boletín Oficial: 196|Fecha Disposición: 2026-08-03|Fecha Publicación: 2026-08-11|Órgano Emisor: Banco de España

Julio de 2026

Tipos de referencia1

A) Tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipos de interés de los préstamos hipotecarios.

Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS).

Plazos Porcentaje
Dos años. 2.909
Tres años. 2.921
Cuatro años. 2.936
Cinco años. 2.957
Siete años. 3.017
Diez años. 3.124
Quince años. 3.267
Veinte años. 3.315
Treinta años. 3.248

B) Tipo necesario para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.

  Porcentaje
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS) al plazo de un año. 2.718

Madrid, 3 de agosto de 2026.–El Director General de Operaciones, Mercados y Sistemas de Pago, Juan Ayuso Huertas.

1 La definición y la forma de cálculo de estos índices se recogen en la Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de junio.