Resolución de 3 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la segunda Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la realización de nuevas actividades de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en el periodo 2023-2025, Spain Food Nation V.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-14163|Boletín Oficial: 164|Fecha Disposición: 2025-07-03|Fecha Publicación: 2025-07-09|Órgano Emisor: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

La Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria y la Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., han suscrito, con fecha de 18 de junio de 2025, una adenda al convenio sobre la realización de nuevas actividades de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en el periodo 2023-2025, Spain Food Nation V, que fue firmado el 8 de noviembre de 2023.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 3 de julio de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO

Segunda adenda de modificación y prórroga del convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. para la realización de nuevas actividades de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en el periodo 2023-2025 (Spain Food Nation V)

REUNIDOS

De una parte, doña Ana Rodríguez Castaño, Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, en virtud del Real Decreto 748/2024, de 23 de julio, por el que se dispone su nombramiento (BOE núm. 178, de 24 de julio de 2024) en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y actuando por delegación de competencias de su titular de acuerdo con el apartado segundo del capítulo II de la Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias (BOE núm. 2, de 2 de enero de 2024).

Y, de otra parte, doña Elisa Carbonell Martín, consejera delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E, (ICEX), en virtud de su nombramiento efectuado por el Real Decreto 129/2024, de 30 de enero (BOE núm. 27, de 31 de enero de 2024), en nombre y representación de ICEX, entidad con sede en Madrid, Paseo de la Castellana, número 278 y NIF Q2891001F, y actuando por delegación de competencias del Consejo Rector mediante la Resolución de 5 de marzo de 2025 (BOE núm. 67, de 19 de marzo de 2025).

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de modificación y prórroga, a tal efecto

EXPONEN

Primero.

El MAPA e ICEX firmaron un convenio con fecha de 8 de noviembre de 2023 con el objeto de colaborar en el diseño e implementación de nuevas actividades de comunicación internacional, «Spain Food Nation V», a favor del sector agroalimentario español, en el periodo 2023-2025. Dicho convenio adquirió eficacia tras la inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) el 10 de noviembre de 2023 y fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 7 de diciembre de 2023.

Dicho convenio fue modificado por una adenda suscrita el 10 de abril de 2024 y adquirió eficacia tras la inscripción en el REOICO el 10 de abril de 2024 y publicada en el BOE el 10 de mayo de 2024.

Segundo.

En su cláusula novena, se estipula que cualquiera de las partes podrá proponer la modificación de este convenio, en cualquier momento antes de su finalización. De producirse la modificación del convenio, los correspondientes cambios requerirán acuerdo unánime de los firmantes y habrán de incorporarse al mismo mediante la correspondiente adenda.

Tercero.

En la reunión mantenida por la Comisión de Seguimiento del convenio, celebrada el 9 de mayo de 2025, se informó por parte de ICEX de la necesidad de disponer de un plazo mayor para recepcionar la documentación requerida para la quinta aportación del MAPA y la cuarta aportación de ICEX. Con este fin, se acordó la modificación de la cláusula quinta del convenio y prorrogar la duración del convenio hasta el 31 de octubre de 2025.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación y prorroga que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de la presente adenda de modificación y prórroga es la ampliación de los plazos de justificación de actividades, en lo relativo a la quinta aportación del MAPA y la cuarta aportación del ICEX, así como de la vigencia del convenio.

Segunda. Modificación de la cláusula quinta «Financiación y forma de pago».

1. La cláusula quinta del convenio firmado el 8 de noviembre de 2023 entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. para la realización de nuevas actividades de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en el periodo 2023-2025 (Spain Food Nation V), y modificada según adenda suscrita el 10 de abril de 2024, se modifica en la parte correspondiente a la quinta aportación del MAPA sustituyéndose el texto por el siguiente:

«Quinta aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente convenio ejecutadas desde el 1 de enero de 2025 hasta el 30 de junio de 2025 y cuyo pago sea justificado hasta el 30 de septiembre de 2025.»

2. Igualmente, se modifica la cláusula quinta del convenio en lo que respecta a la cuarta aportación de ICEX, sustituyéndose el texto correspondiente por el siguiente:

«Cuarta aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente convenio ejecutadas desde el 1 de enero de 2025 hasta el 30 de junio de 2025, y cuyo pago sea justificado hasta el 30 de septiembre de 2025, previa justificación por parte de ICEX de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente convenio, así como sus correspondientes documentos justificativos.»

Tercera. Acuerdo de prórroga.

Las partes acuerdan prorrogar la vigencia del convenio hasta el día 31 de octubre de 2025.

Cuarta. Eficacia de la adenda.

La presente adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita en Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público (REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado», según dispone el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

En prueba de conformidad, y para la debida constancia, ambas partes suscriben por medios electrónicos la presente adenda, tomándose como fecha de formalización la del último firmante.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D. (Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre), la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, Ana Rodríguez Castaño.–La Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., Elisa Carbonell Martín.