Habiendo sido suscrita el 25 de febrero de 2026, la adenda n.º 2 del Convenio suscrito el 22 de marzo de 2022 entre la Xunta de Galicia, el Ayuntamiento de A Coruña y la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), para la ejecución de la terminal de autobuses, el aparcamiento de turismos y los elementos comunes de la remodelación de la estación ferroviaria en su integración en un área de intermodalidad de transporte de viajeros en A Coruña-San Cristóbal. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU, procede, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 3 de marzo de 2026.–El Presidente de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Luis Pedro Marco de la Peña.
ANEXO
Adenda n.º 2 del Convenio suscrito el 22 de marzo de 2022 entre la Xunta de Galicia, el Ayuntamiento de A Coruña y la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), para la ejecución de la terminal de autobuses, el aparcamiento de turismos y los elementos comunes de la remodelación de la estación ferroviaria en su integración en un área de intermodalidad de transporte de viajeros en A Coruña-San Cristóbal. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU
25 de febrero de 2026.
REUNIDOS
Don Diego Calvo Pouso, Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, en virtud del Decreto 44/2024 de 14 de abril, por el que se nombran los titulares de las consellerías de la Xunta de Galicia («Diario Oficial de Galicia» núm. 73, de 14 de abril de 2024), y en uso de las atribuciones que le corresponden de acuerdo con el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, regulador de la Xunta y de su Presidencia y con el Acuerdo del Consello de la Xunta de 27 de marzo de 1991, publicado por Resolución de la Consellería de Economía y Hacienda del 8 de abril de 1991 (DOG núm. 82, de 30 de abril de 1991); en nombre y representación de la Xunta de Galicia.
Doña Inés Rey García, Alcaldesa del Ayuntamiento de A Coruña, según designación efectuada en la sesión constitutiva del pleno de la corporación del Ayuntamiento de A Coruña celebrada el día 17 de junio de 2023, y en virtud de la representación legal atribuida por el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Don L. Pedro Marco de la Peña, Presidente de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en virtud del Real Decreto 936/2024, de 17 de septiembre, actuando en nombre y representación de dicha entidad, en el ejercicio de las facultades que tiene conferidas por el artículo 23.2.a) de su Estatuto, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la E.P.E. ADIF.
Los reunidos se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para formalizar la presente adenda al convenio en nombre de sus respectivas Administraciones.
La Comunidad Autónoma de Galicia, en función de lo previsto en el artículo 148.5 de la Constitución Española y en el artículo 27.8 del Estatuto de Autonomía de Galicia, ostenta competencias exclusivas en materia de ferrocarriles y carreteras, no incorporadas a la red del Estado, cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la comunidad autónoma y, en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable.
La Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, de conformidad con lo previsto en el Decreto 42/2024, de 14 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de la Xunta de Galicia y en el Decreto 136/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, tiene entre sus competencias y funciones la de impulso, gestión y coordinación de las políticas en los ámbitos de la planificación, financiación y ordenación del transporte. En concreto, le corresponde, a través de la Dirección General de Movilidad, el estudio, análisis e implantación de planes y proyectos de fomento del transporte público y la movilidad sostenible, así como la planificación, coordinación y ejecución de la oferta intermodal de transporte en la comunidad autónoma y de las infraestructuras del transporte de viajeros/as.
El Ayuntamiento de A Coruña es titular de competencias en materia de urbanismo, planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística; medio ambiente urbano; infraestructura viaria; tráfico, estacionamiento de vehículos, movilidad y transporte colectivo urbano, (artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local).
La E.P.E. ADIF es un organismo público adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y goza de personalidad jurídica propia, así como plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y patrimonio propio, y se rige por lo establecido en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y sus normas de desarrollo, en su Estatuto, y en la legislación presupuestaria y otras normas de aplicación.
En el ejercicio de sus funciones, ADIF actúa con autonomía de gestión, teniendo en cuenta, en todo caso, la garantía del interés público, la satisfacción de las necesidades sociales con la máxima calidad, la seguridad de los usuarios y la eficacia global del sistema ferroviario.
Convenida la necesidad y la oportunidad de suscribir la presente modificación del convenio, las partes firmantes,
EXPONEN
Primero.
Que, el 22 de marzo de 2022 se firmó el Convenio entre la Xunta de Galicia, el Ayuntamiento de A Coruña y ADIF, para la ejecución de la terminal de autobuses, el aparcamiento de turismos y los elementos comunes de la remodelación de la estación ferroviaria en su integración en un área de intermodalidad de transporte de viajeros en A Coruña-San Cristóbal. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU.
El citado convenio tiene por objeto establecer y concretar el régimen de colaboración entre la Xunta de Galicia, el Ayuntamiento de A Coruña y ADIF, para llevar a cabo las siguientes actuaciones:
− Construcción del proyecto denominado «Elementos comunes de la remodelación de la Estación A Coruña-San Cristóbal y la Terminal de Autobuses».
− Construcción y explotación de la obra de la Terminal de Autobuses Integrada en el Área Intermodal de A Coruña-San Cristóbal.
Establece que el importe total de las actuaciones asciende a cuarenta y tres millones doscientos cuatro mil ochocientos cuatro euros con ochenta y ocho céntimos (43.204.804,88 euros) (IVA Incluido).
Establece un periodo de vigencia máxima de seis años, hasta el 31 de marzo de 2028, en virtud de su inscripción en el REOICO.
Este coste estimado engloba el coste de las obras de los dos proyectos objeto de este convenio incrementado en un 6 % en concepto de asistencias técnicas a la ejecución de la obra. El coste desglosado por proyectos, incluyendo las asistencias técnicas a la ejecución de la obra es el siguiente:
| Proyecto |
Coste estimado – Euros |
|---|---|
| «Elementos comunes de la remodelación de la Estación A Coruña-San Cristóbal y la Terminal de Autobuses». | 10.758.503,60 |
| «Terminal de Autobuses Integrada en el Área Intermodal de A Coruña-San Cristóbal». | 32.446.301,28 |
A su vez, el coste total estimado del proyecto de «Elementos comunes de la remodelación de la Estación de A Coruña-San Cristóbal y la terminal de autobuses» (10.758.503,60 euros), se distribuye de la siguiente manera:
|
Financiación – Procentaje |
|
|---|---|
| ADIF. | 80 |
| Ayuntamiento de A Coruña. | 10 |
| Xunta de Galicia. | 10 |
ADIF financia su participación con cargo a sus presupuestos y a las ayudas procedentes del «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU».
Segundo.
Que, al amparo del convenio citado anteriormente, la Xunta de Galicia licitó los siguientes contratos:
− El contrato de asistencia técnica, servicio de control y vigilancia de las obras se licitó el 8 de abril de 2022, y se firmó el 28 de julio de 2022; con la adjudicataria UTE Antea-GOC (UTE Terminal de autobuses San Cristovo).
− El contrato de asistencia técnica, coordinación de seguridad y salud de las obras se licitó el 18 de abril de 2022 y se firmó el 5 de agosto de 2022; con la empresa adjudicataria APPLUS Norcontrol SLU.
– El contrato de obra se licitó el 1 de abril de 2022, y se firmó el 26 de julio de 2022; con la empresa adjudicataria UTE Intermodal A Coruña.
El acta de replanteo de las obras se firmó el 27 de septiembre de 2022, iniciándose los trabajos al día siguiente.
Tercero.
Con fecha 6 de marzo de 2024, se suscribió una adenda modificativa n.º 1 al convenio descrito en el Exponendo Primero, con el objetivo principal de plasmar el acuerdo que posibilita el aumento en el número de plazas de aparcamiento de turismos.
En dicha adenda se establece el coste total estimado de las actuaciones objeto del convenio en la cantidad de cuarenta y cinco millones sesenta y dos mil ciento noventa euros con ochenta y un céntimos (45.062.190,81 euros) (IVA incluido), repartidos conforme a lo recogido en la siguiente tabla:
| Proyecto |
Coste estimado – Euros |
|---|---|
| «Elementos comunes de la remodelación de la Estación A Coruña-San Cristóbal y la Terminal de Autobuses». | 10.758.503,60 |
| «Terminal de Autobuses Integrada en el Área Intermodal de A Coruña-San Cristóbal». | 34.303.687,21 |
Asimismo, se modifica la distribución de financiación entre las partes para el Proyecto de Elementos Comunes:
|
Financiación – Procentaje |
Coste estimado – Euros |
|
|---|---|---|
| ADIF. | 97,0 | 10.435.748,50 |
| Ayuntamiento de A Coruña. | 1,5 | 161.377,55 |
| Xunta de Galicia. | 1,5 | 161.377,55 |
La anualidad efectivamente ejecutada en el año 2022 ha sido de 280.092,36 euros (IVA incluido).
La anualidad efectivamente ejecutada en el año 2023 ha sido de 7.100.000,01 euros (IVA incluido).
La anualidad efectivamente ejecutada el año 2024 ha sido de 2.459.798,96 euros (IVA incluido).
Cuarto.
Que, en cumplimiento de los compromisos adquiridos en virtud del convenio suscrito, el Ayuntamiento de A Coruña ha librado a favor de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad (actualmente Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes), hasta la fecha, las siguientes cantidades:
− 161.377,55 euros (IVA incluido) en 2022 para el proyecto «Elementos comunes de la remodelación de la Estación A Coruña-San Cristóbal y la Terminal de Autobuses».
− 519.140,82 euros (IVA incluido) en 2022 y 6.976.355,30 euros en 2024 para el proyecto «Terminal de Autobuses Integrada en el Área Intermodal de A Coruña-San Cristóbal».
Quinto.
Iniciadas las obras objeto de este convenio, la Comisión de Seguimiento acordó, tras la propuesta de ADIF, incrementar el número de plazas del aparcamiento de turismos recogidas en el proyecto de la estación de autobuses, lo que implicó la necesidad de llevar a cabo una modificación del proyecto de la Terminal de autobuses y de los Elementos Comunes con la remodelación de la estación ferroviaria integrados en el área intermodal de A Coruña-San Cristóbal.
Como consecuencia, se redactó y aprobó técnicamente el proyecto modificado de las obras el 11 de agosto de 2025, y se formalizó la modificación contractual el 18 de septiembre de 2025.
Sexto.
Las obras objeto del convenio tienen prevista su finalización el 9 de diciembre de 2025, siendo actualmente factible precisar con mayor exactitud el alcance económico de las aportaciones correspondientes a cada una de las partes de cara a la liquidación definitiva de las obras.
En consecuencia, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado e) de la cláusula sexta del convenio, se considera necesaria la tramitación de una adenda modificativa n.º 2, mediante la cual se establezca expresamente el nuevo régimen de aportaciones económicas respecto del proyecto de «Elementos comunes de la remodelación de la Estación de A Coruña-San Cristóbal y la terminal de autobuses», que consiste en la regularización del reparto realizado hasta la fecha en lo que respecta a las aportaciones efectuadas por cada parte con motivo de las certificaciones de obra y de las asistencias técnicas asociadas.
En este contexto, las Partes acuerdan suscribir la presente adenda n.º 2 la cual se implementará respetando íntegramente las disposiciones no alteradas del convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda modificativa n.º 2.
Esta adenda tiene por objeto la modificación de las cláusulas «Segunda. Coste estimado» y «Tercera. Proyecto de Elementos Comunes de la Remodelación de la Estación de A Coruña-San Cristóbal y la terminal de autobuses. Incluido en Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU», así como los anexos I y III del Convenio entre la Xunta de Galicia, el Ayuntamiento de A Coruña y la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), para la ejecución de la terminal de autobuses, el aparcamiento de turismos y los elementos comunes de la remodelación de la estación ferroviaria en su integración en un área de intermodalidad de transporte de viajeros en A Coruña-San Cristóbal. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU».
Segunda. Modificación de la cláusula segunda. «Coste estimado».
La cláusula segunda del convenio se sustituye por la siguiente redacción:
«Son objeto de la financiación los contratos de obra y los contratos de asistencia técnica para las obras.
El coste total estimado de las actuaciones objeto de este convenio es de cuarenta y cinco millones setecientos ochenta y cuatro mil ochocientos ochenta y cinco euros con treinta y dos céntimos (45.784.885,32 euros) (IVA Incluido).
Este coste estimado engloba el coste de las obras de los dos proyectos objeto de este convenio, así como el de las asistencias técnicas a la ejecución de la obra.
El coste desglosado por proyectos, incluyendo las asistencias técnicas a la ejecución de la obra, según se detalla en las tablas del anexo I es el siguiente:
Proyecto Coste estimado
–
Euros
“Elementos comunes de la remodelación de la Estación A Coruña-San Cristóbal y la Terminal de Autobuses”. 11.481.198,11 “Terminal de Autobuses Integrada en el Área Intermodal de A Coruña-San Cristóbal”. 34.303.687,21»
Tercera. Modificación de la cláusula tercera. «Proyecto de Elementos Comunes de la Remodelación de la Estación de A Coruña-San Cristóbal y la terminal de autobuses. Incluido en Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU».
La cláusula tercera del convenio se sustituye por la siguiente redacción:
«A) Régimen económico.
El coste total estimado de esta actuación, según se detalla en la tabla del anexo I, elaborada a partir del “Proyecto de Elementos comunes de la remodelación de la Estación A Coruña-San Cristóbal y la Terminal de Autobuses” es de once millones cuatrocientos ochenta y un mil ciento noventa y ocho euros con once céntimos (11.481.198,11 euros) (IVA incluido).
Se acuerda la siguiente distribución de financiación entre las partes:
Financiación
–
Porcentaje
Coste estimado
–
Euros
ADIF. 97 11.136.762,17 Ayuntamiento de A Coruña. 1,5 172.217,97 Xunta de Galicia. 1,5 172.217,97 Dichos porcentajes de financiación serán invariables para la financiación de las obras y se aplican también a las bajas de adjudicación, a los modificados, liquidaciones, revisiones de precios, en su caso, y demás incidencias con contenido económico que surjan durante la ejecución de las obras y los servicios, siempre que estén debidamente justificados.
Se propone la distribución de presupuestaria detallada en los anexos I y III, teniendo en cuenta que las anualidades efectivamente ejecutadas entre los años 2022 y 2024 ascienden a un total de 9.839.891,33 euros (IVA incluido).
La anualidad prevista para el año 2025 es de 1.641.306,78 euros (IVA incluido), este importe incluye el modificado de obra y la previsión de liquidación.
ADIF financiará su participación con cargo a sus presupuestos, a las ayudas procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU.
La aportación del Ayuntamiento de A Coruña se realiza con cargo a su presupuesto y a cualquier otra fuente de financiación, tales como los previstos para el Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR).
La Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes financiará su participación en el convenio con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la aplicación presupuestaria 08 02 512A 600.0 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU, con encaje en la línea inversión C1.I1-CCAA “Proyectos de inversión de ejecución directa por parte de las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla o por convenio con otras administraciones o entidades, que contribuyan al objeto de creación o funcionamiento de zonas de bajas emisiones en los entornos metropolitanos o a la transformación digital o sostenible del transporte (submedida 1 de la inversión 1 del PRTR)”.
Las partes se comprometen a priorizar dentro de cada entidad las actuaciones necesarias para que todos los contratos asociados al desarrollo de la actuación objeto del convenio cumplan los requisitos establecidos en la normativa que resulte de aplicación en el marco de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU para poder recibir la ayuda prevista.
En el supuesto que no sea posible la financiación prevista procedente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU, derivada de la imposibilidad de alcanzar los hitos económicos y físicos necesarios para justificar su financiación, y que no sea posible obtener financiación de otras ayudas europeas serán financiados directamente por las partes en los porcentajes señalados en la presente cláusula.
Con carácter general las Partes se obligan a cumplir cuantas disposiciones comunitarias y nacionales le resulten aplicables y que se deriven del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU, así como a permitir y facilitar que se puedan realizar las auditorías y comprobaciones necesarias para verificar el cumplimiento de la normativa aplicable.
En especial, estarán obligados a respetar el principio de “no causar daño significativo” (principio do no significant harm-DNSH) al medio ambiente previsto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y demás normativa europea de aplicación. Asimismo, deberán cumplirse las condiciones del etiquetado climático, medioambiental y digital asignado a cada medida y submedida en el PRTR, de acuerdo con anexo VI y VII del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
B) Compromisos de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.
En virtud de la cláusula séptima, apartado 5 del convenio firmado el 25 de mayo de 2021, la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, a través de la Dirección General de Movilidad actuará como promotora de las obras de construcción.
Para lo cual, se obliga a:
1. Licitar, adjudicar, ejecutar y dirigir las obras del “Proyecto de Elementos comunes de la remodelación de la Estación A Coruña-San Cristóbal y la Terminal de Autobuses”.
2. Licitar, adjudicar y dirigir los contratos de servicios necesarios como asistencias técnicas para, entre otros, el control, vigilancia y coordinación de seguridad y salud de las obras.
3. Coordinar y gestionar la tramitación de las facturas mensuales emitidas por las empresas contratistas. En el ejercicio de esta función será de aplicación la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia.
4. Recepcionar conjuntamente con ADIF los activos de titularidad de esta entidad las obras relativas a los Elementos comunes de la remodelación de la Estación A Coruña-San Cristóbal y la Terminal de Autobuses, de conformidad con el artículo 243 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre y el artículo 6.4 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario.
Este acto de recepción podrá comprender también recepciones parciales de aquellas partes de obra que corresponda ser recibidas por ADIF para su puesta a disposición al uso público, cuando su ejecución se hubiera realizado por fases.
Una vez producido el acto formal de recepción, total o parcial, de las obras se pondrá en conocimiento del Ayuntamiento de A Coruña y se formalizará la entrega de las mismas, mediante la correspondiente acta a firmar entre la Consellería y ADIF, determinando el nacimiento de las obligaciones asumidas por cada una de las partes, sin perjuicio de las responsabilidades que correspondan al contratista derivadas del contrato de obras.
5. Financiar el uno y medio por ciento (1,5 %) correspondiente a la cantidad máxima de 172.217,97 euros (IVA incluido) de las obras y de los contratos de asistencia técnica necesarios para su ejecución, que incluye el modificado n.º 1 de la obra la previsión de liquidación, revisiones de precios, en su caso, y demás incidencias con contenido económico que surjan durante la ejecución de las obras y los servicios, siempre que estén debidamente justificados.
6. Conservar la documentación justificativa de la aplicación de los fondos recibidos, de conformidad con el artículo 22.2.f) del Reglamento (UE) 2021/241, durante un período de cinco años a partir del pago del saldo, o a falta de este pago, de la operación.
C) Compromisos de ADIF.
La entidad pública empresarial ADIF, directamente, o en base a la resolución de 9 de julio de 2019, de la Presidencia de la Entidad Empresarial ADIF, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión a la entidad Pública empresarial ADIF-Alta Velocidad, para la ejecución de actividades de carácter material o técnico, se obliga a:
1. Supervisar, aprobar y replantear, el “Proyecto de Elementos comunes de la remodelación de la Estación A Coruña-San Cristóbal y la Terminal de Autobuses”.
2. Entregar dicho proyecto a la Consellería de Infraestructuras y Movilidad para que proceda a la licitación de las obras.
3. Financiar el noventa y siete por ciento (97 %) correspondiente a la cantidad máxima de 11.136.762,17 euros (IVA incluido) de las obras y de los contratos de asistencia técnica necesarios para su ejecución, que incluye el modificado n.º 1 de la obra la previsión de liquidación, revisiones de precios, en su caso, y demás incidencias con contenido económico que surjan durante la ejecución de las obras y los servicios, siempre que estén debidamente justificados.
4. Poner a disposición, libres de cargas o gravámenes, los suelos necesarios para la ejecución de las obras. La puesta a disposición anticipada de los suelos para la ejecución de la actuación se hará efectiva, con la formalización del acta de puesta a disposición entre ADIF y el Ayuntamiento de A Coruña, en el plazo máximo de diez días hábiles desde que ADIF haya otorgado la autorización de actuaciones de terceros en las Zonas de Afección ferroviaria según procedimiento de ADIF vigente y entre en vigor el presente convenio.
5. Recibir conjuntamente las obras de titularidad de ADIF objeto de esta actuación con la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes asumiendo la gestión, conservación y mantenimiento de la parte que le corresponda, sin perjuicio de la constitución de un complejo inmobiliario en los términos recogidos en el convenio firmado el 25 de mayo de 2021.
D) Compromisos del Ayuntamiento de A Coruña.
El Ayuntamiento de A Coruña se compromete a:
1. Financiar el uno y medio por ciento (1,5 %) correspondiente a la cantidad máxima de 172.217,97 euros (IVA incluido) de las obras y de los contratos de asistencia técnica necesarios para su ejecución, que incluye el modificado n.º 1 de la obra la previsión de liquidación, revisiones de precios, en su caso, y demás incidencias con contenido económico que surjan durante la ejecución de las obras y los servicios, siempre que estén debidamente justificados.
2. Poner a disposición de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes libres de cargas y gravámenes los terrenos necesarios para la ejecución de las obras objeto de esta actuación en el plazo máximo de diez días, desde la fecha de puesta a disposición por parte de ADIF.
3. Formalizar el acta de entrega de las obras objeto de esta actuación con la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes que asumirá la titularidad de la parte que le corresponda, sin perjuicio de la constitución de un complejo inmobiliario en los términos recogidos en el convenio firmado el 25 de mayo de 2021.
E) Justificación y pago.
Relación de la Xunta de Galicia con ADIF:
La Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes de la Xunta de Galicia hará constar en los pliegos reguladores de la licitación, que, por cada certificación o documento acreditativo de la ejecución de los servicios, la empresa adjudicataria emitirá las facturas a nombre de ADIF y de la Conselleria de Infraestructuras y Movilidad de la Xunta de Galicia, por la parte proporcional correspondiente a la participación de cada una de ellas establecidas en la actuación objeto de este proyecto.
Cada entidad será responsable de abonar el importe correspondiente a estas facturas, una vez validados y aceptados por la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, en plazo y forma de tal manera que no se produzca impacto en la ejecución de los trabajos.
En atención a lo recogido en la cláusula tercera, apartado B3, la tasa por dirección de obra y dirección de proyectos en materia de infraestructuras regulada en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, será liquidada íntegramente, por parte de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, con cargo a la factura emitida a su nombre en cada certificación.
Relación de la Xunta de Galicia con el Ayuntamiento de A Coruña:
El Ayuntamiento de A Coruña hizo un libramiento económico de 161.377,55 euros (IVA incluido) para el cumplimiento de la obligación asumida por esta administración en el apartado D) de la cláusula tercera del convenio de colaboración firmado el 22 de marzo de 2022, correspondiente a las anualidades de 2022 a 2024.
A fecha de hoy, debido a la aprobación del proyecto modificado de las obras y la necesidad de prever el abono de la liquidación una vez terminadas estas, el Ayuntamiento hará un nuevo libramiento económico en 2025 de 10.840,42 euros, que es la diferencia entre los 161.377,55 euros previstos inicialmente en la adenda n.º 1 y los 172.217,97 euros necesarios a día de hoy y reflejados en esta adenda n.º 2. Las partes entienden cumplida su obligación de financiación y pago, sin perjuicio de la aplicación del resto de obligaciones relativas a la justificación previstas en esta cláusula.
Estos libramientos tienen la consideración de entregas a cuenta. Por lo que, finalizada la ejecución de las obras, se procederá a practicar la liquidación definitiva total, reintegrándose, en su caso, las cantidades excedentes que resulten por todos los conceptos.
La aportación realizada por el Ayuntamiento de A Coruña, así como la liquidación definitiva se justificarán mediante la presentación de las certificaciones de obras expedidas por la dirección de obra y aprobadas por el órgano competente de la Xunta.
En todo caso, la aportación total del Ayuntamiento de A Coruña para el ejercicio 2025 para ambas obras (elementos comunes y terminal de autobuses) se mantiene con respecto a lo indicado en la adenda n.º 1, dado que el incremento de 10.840,42 euros se compensa con las bajas de adjudicación y la liquidación del proyecto de la terminal de autobuses.»
Cuarta. Efectos de la adenda.
La presente adenda se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo la misma plena validez y eficacia desde el momento de su inscripción, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, la adenda deberá ser publicada, en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Galicia», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico de él Sector Público.
Y, en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente documento.–Por la Xunta de Galicia, el Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, Diego Calvo Pouso.–Por el Ayuntamiento de A Coruña, la Alcaldesa, Inés Rey García.–Por la E.P.E. ADIF, el Presidente, L. Pedro Marco de la Peña.
ANEXOS
El contenido de los anexos puede consultarse a través del Portal de Transparencia del Gobierno de España. http.//transparencia.gob.es.