El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y el Director Gerente de la Agencia Digital de Andalucía, han suscrito, con fecha 30 de octubre de 2025, Adenda al Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y la Agencia Digital de Andalucía para la mejora de la capacidad y redundancia de la Red Informática Científica de Andalucía en su conexión a RedIRIS.
Para generar conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del citado convenio.
Madrid, 3 de noviembre de 2025.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., Jesús Herrero Poza.
ADENDA AL CONVENIO ENTRE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES, M.P., Y LA AGENCIA DIGITAL DE ANDALUCÍA PARA LA MEJORA DE LA CAPACIDAD Y REDUNDANCIA DE LA RED INFORMÁTICA CIENTÍFICA DE ANDALUCÍA EN SU CONEXIÓN A REDIRIS
C001/20-RI AD2
REUNIDOS
De una parte, Jesús Herrero Poza, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. (en adelante, «Red.es»), con domicilio en Madrid, plaza de Manuel Gómez Moreno s/n, código postal 28020 y NIF Q2891006-E, nombrado por el Consejo de Administración en su sesión de 28 de noviembre de 2023, y habilitado para este acto en virtud de las competencias delegadas sobre la RedIRIS por el Ministro de Ciencia, Innovación y Universidades en el Director General en virtud de lo establecido en la Orden CNU/145/2019, de 8 de febrero, por la que se delegan competencias.
De otra parte, don Raúl Jiménez Jiménez, en calidad de Director Gerente de la Agencia Digital de Andalucía, con domicilio en calle Gonzalo Jiménez de Quesada, 2, Edificio Torre Sevilla, 3.ª planta, 41092 Sevilla, en uso de los poderes concedidos por el Decreto 140/2021, de 13 de abril, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, por el que se dispone su nombramiento y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 14.3.f del Decreto 128/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia y en uso de las competencias de representación que le atribuye el artículo 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente adenda y en su virtud
MANIFIESTAN
Primero.
Que el 2 de noviembre de 2021 quedó inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es y la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades para de la Junta de Andalucía para la mejora de la capacidad y redundancia de la Red Informática Científica de Andalucía (RICA) en su conexión a RedIRIS (en adelante, el «Convenio») (C-001/20-RI). Adicionalmente fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado», núm. 273, el 15 de noviembre de 2021.
Segundo.
Que el 23 de abril de 2024 quedó inscrita en REOICO la adenda al convenio para la modificación de las cláusulas segunda, cuarta y séptima, relativas respectivamente a las obligaciones y compromisos de Red.es, a la financiación del proyecto, y al Mecanismo de Resiliencia y Recuperación. En particular, se amplían los compromisos de conectividad para incluir a la Agencia Espacial Española (AEE). Adicionalmente, fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 121, de 18 de mayo de 2024.
Tercero.
Que el objeto del convenio es mejorar la capacidad y redundancia de la Red Informática Científica de Andalucía (RICA), gestionada por el Centro Informático Científico de Andalucía (CICA) en su conexión a RedIRIS y a través de esta con el resto de las instituciones científicas y académicas a nivel nacional e internacional.
La infraestructura de comunicaciones de la red RICA requiere de una actualización de su equipamiento de red, así como de dos extensiones de conectividad de fibra óptica entre sus puntos para cumplir los requisitos de alta capacidad, fiabilidad, seguridad, flexibilidad y control comunes a todos los centros de su categoría, que sirva para favorecer la colaboración entre todos los miembros de la comunidad científica y académica nacional e internacional a través de RedIRIS.
Cuarto.
Que la cláusula octava del convenio establece que el mismo permanecerá en vigor desde el día de su inscripción en el REOICO y durante cuatro años, pudiendo acordarse unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales en cualquier momento antes de su finalización.
Quinto.
Que debido a que aún no se han completado las actuaciones previstas en el objeto del convenio, las partes están interesadas en extender la vigencia del mismo hasta el 30 de junio de 2026.
Sexto.
Que, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, las partes
ACUERDAN
Único.
Prorrogar el convenio hasta el 30 de junio de 2026, con las mismas condiciones que figuran en dicho convenio.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto y tenor.–Madrid, 30 de octubre de 2025.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., Jesús Herrero Poza.-El Director Gerente de la Agencia Digital de Andalucía, Raúl Jiménez Jiménez.