Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de la Comisión paritaria del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-9619|Boletín Oficial: 117|Fecha Disposición: 2025-04-30|Fecha Publicación: 2025-05-15|Órgano Emisor: Ministerio de Trabajo y Economía Social

Visto el texto del acta de 20 de marzo de 2025 de la Comisión paritaria del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (código de Convenio 99008725011994), que ha sido suscrita, de una parte, por las asociaciones empresariales EyG, CECE, FED-ACES y ASPEC, en representación de las empresas del sector y, de otra, por las organizaciones sindicales FSIE, USO, UGT Servicios Públicos y FE-CC.OO., en representación de los trabajadores afectados, acta a la que se acompaña el Acta de 5 de diciembre de 2024 suscrita, de una parte, por las organizaciones empresariales EiG-ECIB, ACENEB-CECEIB y FEDACES y, de otra, por las organizaciones sindicales USO Illes Balears, STEI, FSIE Illes Balears, UGT Illes Balears y FE-CCOO Illes Balears, en representación de los trabajadores afectados, y que incorpora un acuerdo de incrementos sobre el Complemento Retributivo de las Islas Baleares del personal de administración y servicios, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de abril de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL VII CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS

Asistentes: EyG, FSIE, CECE, USO, FED-ACES, UGT Servicios Públicos, APSEC (delega en EyG) y FECCOO.

En Madrid, siendo las 10h del día 20 de marzo de 2025, se reúnen de forma presencial en la sede de Educación y Gestión (EyG), calle Hacienda de Pavones, núm. 5, 1.ª planta.

Comienza la reunión y tras las deliberaciones pertinentes se decide:

Acuerdo

En virtud de la posibilidad de alcanzar acuerdos por mayoría de la representatividad de las organizaciones empresariales y sindicales del ámbito de las Comunidades y Ciudades Autónomas, establecida en la disposición adicional Octava del VII Convenio colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, esta Comisión Paritaria de cara a su efectividad, acuerda la incorporación al VII Convenio de los siguientes acuerdos:

Acuerdo de un complemento salarial para el Personal de Administración y Servicios para el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, entre las organizaciones patronales y sindicales más representativas del sector de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos, durante el período comprendido entre el año 2023 y el año 2027, que permite unas mejoras en la cantidad mensual del «Complemento Retributivo Islas Baleares» con los incrementos de un 10,5 % en 2023, siendo de 137,02 euros, de un 5 % desde 2024, siendo de 143,87 euros, y del 5 % hasta 2027 incluido. A partir de 2027 se revisará anualmente con el incremento del módulo.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión.

En Madrid, a 20 de marzo de 2025.

Reunidas a la sede de CECEIB, calle Foners, número 1, 1.º D, 07006 Palma, las personas mencionadas a continuación, en nombre de las organizaciones más representativas del sector de enseñanza privada concertada incluido dentro del ámbito funcional del VII Convenio colectivo de empresas sostenidas total o parcialmente con fondos públicos:

Por las entidades patronales de la enseñanza privada concertada:

Llucia Salleras Julià, presidenta de la Asociación Autonómica Educación y Gestión-Escuela Católica de las Illes Balears (EiG-ECIB).

Ventura Blach Amengual, presidente de la Asociación de Centros de Enseñanza de las Illes Balears y Confederación Española de Centros de Enseñanza de las Illes Balears (ACENEB-CECEIB).

Joan Manel Mulet, presidente de la Unión de Cooperativas de Trabajo Asociado de las Islas Baleares (UCTAIB), en representación de FEDACES.

Por las organizaciones sindicales:

Juan Carlos Lorenzo González, secretario de organización de la Federación de Enseñanza USO Illes Balears (USO Illes Balears).

Ramón Mondéjar Coll, secretario de Enseñanza Privada del Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores INTERSINDICAL de las Illes Balears (STEI).

Antoni Sacarés Mas, secretario general de la Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza (FSIE Illes Balears).

Constantino Davia Ladrón, secretario del sector d'Enseñanza de UGT Servicios Públicos Illes Balears (UGT Illes Balears).

Mario Miguel Devis Lujan, secretario general de la Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras (FE-CCOO Illes Balears).

Previa convocatoria de las organizaciones sindicales del sector, con el objeto de fijar complementos salariales al ámbito de la comunidad autónoma de las islas Baleares y en la aplicación el acuerdo de la mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de Reactivación del Acuerdo de 2016 y Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de mejora para la Enseñanza Privada Concertada en lo referente al punto sexto. Revisión del módulo de gastos de funcionamiento a su punto 6.3. Repercusión en el personal de administración y servicios.

Manifiestan:

Que el consejero de Educación y Formación Profesional de las Islas Baleares firmó con las entidades del sector un acuerdo tripartito donde manifestó el compromiso de la Administración Autónoma de regularizar incrementando progresivamente la financiación de la partida de gastos de funcionamiento de los centros concertados que, a la vez, permitiera el abono por parte de los centros de unas mejoras en las cantidad mensual que se viene abonando por el concepto de «complemento retributivo Islas Baleares» al personal de administración y servicios de estos centros.

A tenor de este acuerdo, los centros concertados tienen que repercutir, anualmente y en la misma proporción, los incrementos previstos en los puntos 6.1 y 6.2 en el complemento retributivo de las Islas Baleares del personal de administración y servicios.

El incremento del complemento retributivo de las islas Baleares para el personal de administración y servicios queda establecido según la mesa adjuntada en el acuerdo.

Año Porcentaje de incremento
2023 10,5 %.
2024 5 % + incremento efectivamente abonado por la CAIB derivado de los PGE.
2025 5 % + incremento efectivamente abonado por la CAIB de los PGE.
2026 5 % + incremento efectivamente abonado por la CAIB de los PGE.
2027 5 % + incremento efectivamente abonado por la CAIB de los PGE.

Para el año 2023, y en la aplicación del incremento 10,5 %, el complemento retributivo del personal de administración y servicios ha estado de 137,02 euros.

Para el año 2024 la cantidad a abonar por parte de las empresas a las personas trabajadoras del centro que estén a jornada completa será de 143,87 euros.

Con efectos a 1 de enero de 2024 y pendiente del incremento derivado de los PGE. El importe tiene que ser proporcional en el caso de personal contratado a tiempo parcial.El complemento es el mismo para todas las categorías.

A partir de 2027, la cuantía del CRIB del personal de administración y servicios estará sometida a una revisión anual en relación con el incremento del módulo económico de gastos de funcionamiento, siempre que los incrementos del módulo no se refieran total o parcialmente a partidas finalistas derivadas de situaciones puntuales sobrevenidas.

Se manifiesta expresamente que la totalidad del convenio de este punto, relativo a repercusiones en el personal de administración y servicios, recoge un acuerdo al cual han llegado exclusivamente los sindicatos y las patronales y que, por lo tanto, no vincula la Administración, porque no es parte negociadora, sin perjuicio de trasladar una copia del presente acuerdo para su conocimiento.

Las eventuales repercusiones de los incrementos sobre el Complemento Retributivo de las Islas Baleares del personal de administración y servicios, en ningún caso supondrá un incremento mayor de los gastos de funcionamiento financiadas por la Administración, establecidas en los puntos 6.1 y 6.2 de la aplicación el Acuerdo de la Mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de reactivación del Acuerdo de 2016 y Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de mejora para la Enseñanza Privada Concertada.

Este Acuerdo será remitido a la comisión paritaria del VII Convenio colectivo de Empresas de Enseñanza sostenidas total o parcial mente con fondos públicos, para que se proceda a depositarlo ante el organismo competente, facultándose al secretario de la mesa negociadora don Juan Carlos Lorenzo González, para que lleve a cabo el envío.

Y sin nada más que tratar firman el presente acuerdo a las 10:30 horas de la fecha y el lugar del encabezamiento en ocho ejemplares.−Por EIG Escuela Católica de las Islas Baleares.−Por ACENEB-CECEIB.−Por UCTAIB.−Por USO Islas Baleares.−Por la STEI.−Por FSIE.−Por UGT Islas Baleares, por orden de Jaime Coll Roca.−Por FE-CCOO Islas Baleares, por orden de Josefina Ramis Rigo.

Palma, 5 de diciembre de 2024.