Resolución de 30 de abril de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Fundación España Salud, sobre la prestación de la asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Venezuela que carezcan de recursos suficientes.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-9188|Boletín Oficial: 113|Fecha Disposición: 2025-04-30|Fecha Publicación: 2025-05-10|Órgano Emisor: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Con fecha 29 de abril de 2025 se ha suscrito la Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Reino de España (Secretaría de Estado de Migraciones) y la Fundación España Salud, sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Venezuela que carezcan de recursos suficientes, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 30 de abril de 2025.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez García.

ANEXO

Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Reino de España (Secretaría de Estado de Migraciones) y la Fundación España Salud, sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Venezuela que carezcan de recursos suficientes

De una parte, doña Pilar Cancela Rodríguez, Secretaria de Estado de Migraciones, nombrada por Real Decreto 1077/2023, de 5 de diciembre (BOE de 6 de diciembre de 2023), ejerciendo la competencia reconocida en el artículo 5 Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y actuando conforme al artículo 2, letra a), de la Orden ISM 1245/2024, de 7 de noviembre, por la que se fijan los límites para administrar los créditos y gastos y se delegan y aprueban en las delegaciones del ejercicio de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (BOE de 8 de noviembre de 2024).

De otra parte, don Álvaro Gómez Rodríguez, Director del Comité de Dirección de la Fundación España Salud, elegido para el cargo en la reunión del Consejo de Administración de 26 de julio de 2021 y ratificado el 22 de junio de 2022.

Ambas partes, en las representaciones que ostentan, se reconocen legitimidad suficiente para suscribir la presente adenda de prórroga y modificación y, a tal fin,

EXPONEN

Primero.

Que el 30 de abril de 2024 fue suscrito el convenio entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (Secretaría de Estado de Migraciones) y la Fundación España Salud sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Venezuela que carezcan de recursos suficientes.

Segundo.

Que el párrafo primero de la cláusula décima del convenio referido establece que este resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal al que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Tercero.

Que el convenio referido fue inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal el 30 de abril de 2024, iniciando su vigencia de un año el mismo día, siendo publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 13 de mayo de 2024.

Cuarto.

Que en la cláusula quinta del convenio se establecen las cuantías y forma de pago de del convenio, fijando una cuantía de 1200,36 euros anuales por beneficiario, siendo el número de 3.690 beneficiarios previstos durante la vigencia de esta prórroga.

La distribución de esta cuantía en euros durante los ejercicios presupuestarios será la siguiente:

  2024 2025 (del 1 de enero al 30 de abril) Total
Meses 8 4 12
Importe 3.274.582,08 € 1.637.291,04 € 4.911.873,12 €
  Del 1 de mayo de 2025 al 31 de diciembre de 2025 Del 1 de enero al 30 de abril de 2026 Total
Meses 8 meses 4 meses 12 meses
Cuantía 2.952.885,60 € 1.476.442,80 € 4.429.328,40 €

Esta prestación se encuentra contemplada en los presupuestos Generales del Estado, en el Programa 231.B, «Acciones a favor de los emigrantes» del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la partida presupuestaria 32.03.231B.492.03».

Quinto.

Que resulta voluntad de las partes la continuidad de la colaboración regulada en el convenio por lo que,

ACUERDAN

Primera. Objeto.

Prorrogar por un año la vigencia del convenio entre la Fundación España Salud y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Venezuela que carezcan de recursos suficientes.

Segunda. Eficacia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda se perfeccionará con la firma de las partes y producirá efectos a partir del día 1 de mayo de 2025, previa inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercera. Personas beneficiarias y forma de pago.

Actualizar el número de beneficiarios de la prestación y la forma de pago, modificando la cláusula quinta del convenio, donde dice:

«Que el importe correspondiente a abonar a la Fundación España Salud por el Ministerio de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social será, durante el año de vigencia de este convenio de mil doscientos euros y treinta y seis céntimos (1.200,36 €) anuales por persona, siendo 4.092 el número estimado de personas beneficiarias.

El pago que origine este convenio será realizado semestralmente en un único pago. Las mensualidades de enero a junio serán satisfechas en la primera quincena del mes de mayo y las de julio a diciembre en la primera quincena del mes de octubre.»

Debe decir:

«Que el importe correspondiente a abonar a la Fundación España Salud por el Ministerio de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social será, durante el año de vigencia de este convenio de mil doscientos euros y treinta y seis céntimos (1.200,36 €) anuales por persona, siendo 3.690 el número estimado de personas beneficiarias.

El pago que origine este convenio será realizado semestralmente en un único pago.»

Cuarta. Presupuesto.

Adaptar el coste del convenio y su distribución por ejercicios al nuevo número de beneficiarios, modificando la cláusula sexta del convenio, donde dice:

«El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asume como cuantía máxima de compromiso económico en la aplicación del año de duración de este convenio la cifra de 4.911.873,12 euros.

La distribución de esta cuantía durante los ejercicios presupuestarios será la siguiente:

  2024 2025 Total
Meses 8 4 12
Importe 3.274.582,08 € 1.637.291,04 € 4.911.873,12 €»

Debe decir:

«El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asume como cuantía máxima de compromiso económico en la aplicación del año de duración de este convenio la cifra de 4.429.328,40 euros.

La distribución de esta cuantía durante los ejercicios presupuestarios será la siguiente:

  2024 2025 (del 1 de enero al 30 de abril) Total
Meses 8 4 12
Importe 3.274.582,08 € 1.637.291,04 € 4.911.873,12 €
  2025 2026 Total
Meses 8 4 12
Importe 2.952.885,60 € 1.476.442,80 € 4.429.328,40 €»

Quinta.

Dejar inalteradas el resto de las cláusulas del convenio.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente adenda de prórroga por duplicado ejemplar, a fecha de última firma electrónica.–Por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Pilar Cancela Rodríguez, Secretaria de Estado de Migraciones.–Por la Fundación España Salud, Álvaro Gómez Rodríguez, Director del Comité de Dirección.