Resolución de 30 de enero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo por el que se aprueban las tablas salariales para el año 2026 del XXIII Convenio colectivo de contratas ferroviarias.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-3451|Boletín Oficial: 40|Fecha Disposición: 2026-01-30|Fecha Publicación: 2026-02-14|Órgano Emisor: Ministerio de Trabajo y Economía Social

Visto el Acuerdo por el que se aprueban las tablas salariales para el año 2026 del XXIII Convenio colectivo de contratas ferroviarias (código de convenio 99001385011981), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 28 de junio de 2022, acuerdo que ha sido suscrito con fecha 12 de enero de 2026, de una parte, por las asociaciones empresariales ASPEL, AGESFER y UNECOFE, en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo y de las tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de enero de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN ECONÓMICA DEL XXIII CONVENIO COLECTIVO DE CONTRATAS FERROVIARIAS

Reunidas las partes negociadoras en modo telemático, siendo las 14,00 horas del día 12 de enero de 2026, integradas por las representaciones sindicales de UGT y CC.OO. y las asociaciones empresariales ASPEL, AGESFER y UNECOFE reconociéndose mutuamente plena capacidad y legitimación en los términos recogidos en el artículo 87 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.

Acuerdan constituir, de conformidad con lo dispuesto en el vigente convenio colectivo de contratas ferroviarias, la comisión económica, teniendo la misma composición que la comisión paritaria del XXIII convenio colectivo de contratas ferroviarias:

Por la parte empresarial:

ASPEL:

Doña Beatriz Nogués Ortiz de Arce.

Doña Laura Alonso Torres.

Don Íñigo Martín Arregui.

AGESFER y UNECOFE:

Don Andrés Arribas Chaves.

Por la parte social:

UGT:

Doña Montse Camargo Solís.

Don Rafael Villanueva Luengo.

Don Honorio Jiménez Trello.

CC.OO.:

Doña María del Carmen Cano Vergara.

Conforme a lo estipulado en el convenio colectivo de contratas ferroviarias en vigor, se aprueba por unanimidad de las partes, incrementar las tablas salariales y los demás conceptos económicos que han estado vigentes en el año 2025, y establecer las tablas salariales y los demás conceptos económicos para el año 2026 que son las que figuran en el anexo. Las presentes tablas y demás conceptos económicos se abonarán en el mes siguiente de su publicación en el BOE, si bien sus efectos se retrotraerán al 1 de enero de 2026.

Por lo que se procede en el día de la fecha por esta comisión a la firma de las tablas salariales y los demás conceptos económicos de aplicación para el año 2026 en el XXIII convenio colectivo de contratas ferroviarias y su posterior publicación en el BOE.

Asimismo, se acuerda delegar la presentación del acta ante el organismo competente en la persona de don Honorio Jiménez Trello.

En prueba de conformidad, lo firma una persona por organización en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por ASPEL.–Por AGESFER.–Por UNECOFE.–Por UGT.–Por CCOO.

ANEXO

Tablas salariales 2026 sector limpieza

Jornada completa

Nivel Salario base Plus transporte Paga beneficios Plus vestuario Mes nocturno Mes quinquenio Plus sectorial
1 1657,72 136,36 225,49 129,48 289,36 80,46 104,13
2 1498,61 136,36 212,23 129,48 254,70 70,77 104,13
3 1439,59 136,36 207,31 129,48 241,82 66,98 104,13
4 1352,91 136,36 200,09 129,48 222,92 61,84 104,13
5 1265,35 136,36 192,79 129,48 203,82 56,55 104,13
6 1216,99 136,36 188,76 129,48 193,27 53,62 104,13

Paga de Beneficios: Salario Base+ 1.048,18 euros.

Al estar prorrateada en 12 meses, se cobra la cantidad que figura en tablas.

Tablas salariales 2026 removido

Jornada completa

nivel Salario base Plus transporte Paga beneficios Plus vestuario Mes nocturno Mes quinquenio Plus sectorial
1 1619,66 136,36 221,80 129,48 285,97 79,50 104,13
2 1462,40 136,36 209,22 129,48 251,87 70,06 104,13
3 1402,51 136,36 204,22 129,48 238,77 60,02 104,13
4 1318,56 136,36 197,23 129,48 220,47 58,61 104,13
5a 1277,69 136,36 193,82 129,48 207,01 57,06 104,13
5b 1232,07 136,36 190,02 129,48 201,60 55,80 104,13
6 1220,89 136,36 189,09 129,48 199,16 55,07 104,13

Paga de Beneficios Salario Base + 1.048,18 euros (Por modificación del artículo 32).

Al estar prorrateada en 12 meses, se cobra la cantidad que figura en tablas.

Tablas salariales 2026 servicios auxiliares

Jornada completa

Nivel Salario base Plus transporte Paga beneficios Plus vestuario Mes nocturno Mes quinquenio Plus sectorial
3 1402,51 136,36 204,22 129,48 238,77 60,02 104,13
4 1318,56 136,36 197,23 129,48 220,47 58,62 104,13
5 1277,69 136,36 193,82 129,48 207,01 57,04 104,13

Paga de Beneficios: Salario Base + 1.048,18 euros (por modificación del artículo 32).

Al estar prorrateada en 12 meses se cobra la cantidad que figura en tablas.

Tablas salariales 2026 desinfección

Jornada completa

Nivel Salario base Plus transporte Paga beneficios Plus vestuario Mes nocturno Mes quinquenio Plus sectorial
1 1537,24 136,36 201,51 133,47 299,45 80,88 104,13
2 1386,48 136,36 188,94 133,47 263,56 70,83 104,13
3 1324,71 136,36 183,80 133,47 248,89 67,22 104,13
4 1244,40 136,36 177,10 133,47 229,74 62,05 104,13
5 1161,74 136,36 170,21 133,47 210,08 56,71 104,13
6 1151,01 136,36 169,32 133,47 207,52 56,04 104,13

Paga de Beneficios Salario Base + 880,83 euros (por modificación del artículo 32).

Al estar prorrateada en 12 meses, se cobra la cantidad que figura en tablas.

Tablas demás conceptos económicos

  2026 mensual 2026 día
Plus Piloto. 89,38 5,59
  Mensual Día
Plus de conducción. 78,20 3,91

Dietas y kilometraje: 0,31 km.

Gastos de manutención: 27,67 día.

  Valor anual Valor día
Plus de transporte. 1636,37 7,46
Plus de vestuario limpieza. 1553,75 7,06
Plus de vestuario desinfección. 1601,60 7,27

Ayuda hijos discapacitados mensual: 117,45.

Ayuda familiar y escolar por hijo 2026: 69,41.

Plus Toxicidad Importe 2026
 1 125,79
 2 110,71
 3 104,53
 4 96,50
 5 88,33
 6 87,16

Promoción 2026: 112,20.

La antigüedad consolidada queda en las cuantías establecidas en el artículo 31 del convenio.