Resolución de 31 de octubre de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Obligaciones del Estado en el mes de noviembre de 2025 y se convocan las correspondientes subastas.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-22233|Boletín Oficial: 264|Fecha Disposición: 2025-10-31|Fecha Publicación: 2025-11-03|Órgano Emisor: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa

La Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2025 y enero de 2026, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2025 y el mes de enero de 2026 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.

En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2024. Dicho calendario se publicó por Resolución de 16 de enero de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2025 y el mes de enero de 2026.

Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de las Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 6 de noviembre y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de las referencias de Obligaciones del Estado a siete años al 3,00 por 100, vencimiento 31 de enero de 2033, Obligaciones del Estado a diez años indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 1,15 por 100, vencimiento el 30 de noviembre de 2036, Obligaciones del Estado a quince años al 3,50 por 100, vencimiento 31 de enero de 2041 y Obligaciones del Estado al 1,85 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2035, con una vida residual en torno a nueve años y nueve meses.

En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ECM/3/2025,

Esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer en el mes de noviembre de 2025 las emisiones, denominadas en euros, de Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, en la Resolución de 16 de enero de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente resolución.

2. Características de las Obligaciones del Estado que se emiten.

2.1 El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 26 de septiembre de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Obligaciones del Estado a siete años al 3,00 por 100, vencimiento 31 de enero de 2033, en las Órdenes ECE/194/2019 y ECE/203/2019 de 26 y 27 de febrero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 1,85 por 100, vencimiento 30 de julio de 2035, en las Órdenes ECM/1019/2024 y ECM/1029/2024 de 24 y 25 de septiembre, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 1,15 por 100, con vencimiento el 30 de noviembre de 2036 y en las Órdenes ECM/180/2025 y ECM/183/2025 de 25 y 26 de febrero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a quince años al 3,50 por 100, vencimiento 31 de enero de 2041.

2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo el 30 de noviembre de 2025 en las Obligaciones a diez años al 1,15 por 100, indexadas a la inflación y el 30 de julio de 2026 en las Obligaciones al 1,85 por 100. En las Obligaciones a siete años al 3,00 por 100 el primer cupón a pagar será el 31 de enero de 2026 por un importe de 0,953425 por 100, según se establece en la Resolución de 26 de septiembre de 2025. En las Obligaciones a quince años al 3,50 por 100 el primer cupón a pagar será el 31 de enero de 2026, por un importe de 3,193151 por 100, según se establece en la Orden ECM/183/2025.

2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en las Obligaciones a siete años al 3,00 por 100, en las Obligaciones a diez años al 1,15 por 100, indexadas a la inflación y en las Obligaciones a quince años al 3,50 por 100, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.

3. Las subastas tendrán lugar el próximo 6 de noviembre de 2025, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 16 de enero de 2025, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón y, además, en el caso de las Obligaciones a diez años al 1,15 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, es el 0,29 por 100 en las Obligaciones a siete años al 3,00 por 100, el 0,53 por 100 en las Obligaciones al 1,85 por 100, el 1,09 por 100 en las Obligaciones a diez años al 1,15 por 100 indexadas a la inflación y el 2,42 por 100 en las Obligaciones a quince años al 3,50 por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g) de la Orden ECM/1019/2024, es 1,03767.

4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.

5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 11 de noviembre de 2025, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, SA, Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de las Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero.

Madrid, 31 de octubre de 2025.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.

ANEXO

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 7 años al 3,00 %, vto. 31 de enero de 2033

(Subasta del día 6 de noviembre)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

99,75 3,040
99,80 3,032
99,85 3,024
99,90 3,016
99,95 3,008
100,00 3,001
100,05 2,993
100,10 2,985
100,15 2,977
100,20 2,969
100,25 2,962
100,30 2,954
100,35 2,946
100,40 2,938
100,45 2,930
100,50 2,923
100,55 2,915
100,60 2,907
100,65 2,899
100,70 2,892
100,75 2,884
100,80 2,876
100,85 2,869
100,90 2,861
100,95 2,853
101,00 2,845
101,05 2,838
101,10 2,830
101,15 2,822
101,20 2,815
101,25 2,807
101,30 2,799
101,35 2,791
101,40 2,784
101,45 2,776
101,50 2,768
101,55 2,761
101,60 2,753
101,65 2,745
101,70 2,738
101,75 2,730
101,80 2,723
101,85 2,715
101,90 2,707
101,95 2,700
102,00 2,692
102,05 2,684
102,10 2,677
102,15 2,669
102,20 2,662
102,25 2,654
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 1,85 %, vto. 30 de julio de 2035

(Subasta del día 6 de noviembre)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

88,25 3,281
88,30 3,274
88,35 3,268
88,40 3,261
88,45 3,255
88,50 3,248
88,55 3,242
88,60 3,235
88,65 3,229
88,70 3,222
88,75 3,216
88,80 3,209
88,85 3,203
88,90 3,196
88,95 3,190
89,00 3,183
89,05 3,177
89,10 3,170
89,15 3,164
89,20 3,157
89,25 3,151
89,30 3,144
89,35 3,138
89,40 3,131
89,45 3,125
89,50 3,118
89,55 3,112
89,60 3,105
89,65 3,099
89,70 3,093
89,75 3,086
89,80 3,080
89,85 3,073
89,90 3,067
89,95 3,060
90,00 3,054
90,05 3,048
90,10 3,041
90,15 3,035
90,20 3,028
90,25 3,022
90,30 3,016
90,35 3,009
90,40 3,003
90,45 2,997
90,50 2,990
90,55 2,984
90,60 2,977
90,65 2,971
90,70 2,965
90,75 2,958
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 10 años €i al 1,15 %, vto. 30 de noviembre de 2036

(Subasta del día 6 de noviembre)

Precio

Ex-cupón

Ex-inflación

Rendimiento bruto*

Porcentaje

96,25 1,521
96,30 1,516
96,35 1,511
96,40 1,506
96,45 1,501
96,50 1,496
96,55 1,491
96,60 1,485
96,65 1,480
96,70 1,475
96,75 1,470
96,80 1,465
96,85 1,460
96,90 1,455
96,95 1,450
97,00 1,445
97,05 1,440
97,10 1,435
97,15 1,430
97,20 1,425
97,25 1,420
97,30 1,415
97,35 1,410
97,40 1,405
97,45 1,400
97,50 1,395
97,55 1,390
97,60 1,385
97,65 1,380
97,70 1,375
97,75 1,370
97,80 1,365
97,85 1,360
97,90 1,356
97,95 1,351
98,00 1,346
98,05 1,341
98,10 1,336
98,15 1,331
98,20 1,326
98,25 1,321
98,30 1,316
98,35 1,311
98,40 1,306
98,45 1,301
98,50 1,296
98,55 1,291
98,60 1,286
98,65 1,281
98,70 1,277
98,75 1,272
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 15 años al 3,50 %, vto. 31 de enero de 2041

(Subasta del día 6 de noviembre)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

97,50 3,717
97,55 3,713
97,60 3,708
97,65 3,704
97,70 3,699
97,75 3,695
97,80 3,690
97,85 3,686
97,90 3,682
97,95 3,677
98,00 3,673
98,05 3,668
98,10 3,664
98,15 3,660
98,20 3,655
98,25 3,651
98,30 3,646
98,35 3,642
98,40 3,638
98,45 3,633
98,50 3,629
98,55 3,625
98,60 3,620
98,65 3,616
98,70 3,611
98,75 3,607
98,80 3,603
98,85 3,598
98,90 3,594
98,95 3,590
99,00 3,585
99,05 3,581
99,10 3,577
99,15 3,572
99,20 3,568
99,25 3,564
99,30 3,559
99,35 3,555
99,40 3,551
99,45 3,546
99,50 3,542
99,55 3,538
99,60 3,533
99,65 3,529
99,70 3,525
99,75 3,520
99,80 3,516
99,85 3,512
99,90 3,508
99,95 3,503
100,00 3,499
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.