La Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria y el Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O. A., han suscrito, con fecha de 30 de junio de 2026, un convenio para colaborar en la realización del encuentro «La gastronomía española: un activo estratégico del país».
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo.
Madrid, 5 de agosto de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., para colaborar en la realización del encuentro «La gastronomía española: un activo estratégico del país»
REUNIDOS
De una parte, doña Ana Rodríguez Castaño, Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, en virtud del Real Decreto 748/2024, de 23 de julio, por el que se dispone su nombramiento (BOE núm. 178, de 24 de julio de 2024) en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y actuando por delegación de competencias de su titular de acuerdo con el apartado segundo del capítulo II de la Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias (BOE núm. 2, de 2 de enero de 2024).
De una parte, don Ángel Pelayo González-Torre, actuando en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., (UIMP), en su condición de Rector de la misma, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 35/2026, de 13 de enero, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 12.4 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
I. El MAPA es el Departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, de industria agroalimentaria y de alimentación, según lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
El artículo 7.1.l) del Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación establece que entre las funciones de la Dirección General de Alimentación, estará la de proponer y desarrollar instrumentos encaminados a promocionar y orientar el consumo de productos agroalimentarios y pesqueros.
II. La UIMP es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios dependiente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 472/2024, de 7 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de dicho Ministerio.
La UIMP, según su Estatuto, se define como centro universitario de alta cultura, investigación y especialización en el que convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias y que tiene como misión promover y difundir la cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio e información científica y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5 del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.
III. La UIMP y el MAPA, en el marco de sus respectivos fines institucionales, coinciden en su interés en promover conjuntamente la celebración del encuentro «La gastronomía española: un activo estratégico del país».
El MAPA, dado su interés en reforzar la proyección internacional del sector agroalimentario español, tiene interés en la celebración de este encuentro, al considerar que propiciará una reflexión útil sobre esta materia —de especial relevancia y alineada con sus fines institucionales—, que se incardina en el Plan Internacional de la Gastronomía Española, orientado a consolidar el liderazgo mundial de la cocina española como pilar económico, cultural y social. Asimismo, el MAPA considera muy conveniente realizar el encuentro en colaboración con la UIMP, por su experiencia y prestigio internacional en la celebración de este tipo de actividades formativas y de transmisión de conocimiento.
Por su parte, la UIMP considera de máximo interés académico y social la celebración de este encuentro que supone una oferta formativa de calidad y necesaria sobre la gastronomía española como activo estratégico para la internacionalización del sector agroalimentario, y que abordará, entre otros temas, el papel de la formación de excelencia como motor de competitividad internacional y la creación de un ecosistema de talento joven que redefina el sector. Dada la especial naturaleza y estructura organizativa de la UIMP, así como la afinidad de la temática del encuentro con el ámbito competencial del MAPA, la UIMP considera muy conveniente promover el encuentro conjuntamente con el MAPA.
IV. Como resultado de este interés conjunto, la UIMP ha incorporado a su programación académica ordinaria para el año 2026 el encuentro «La gastronomía española: un activo estratégico del país», que ha sido aprobado por sus órganos de gobierno, celebrándose el mismo en Santander, los días 6, 7 y 8 de julio de 2026, en colaboración con el MAPA, colaborando ambas entidades en el diseño del programa, en la ejecución del encuentro y en su financiación.
V. En definitiva, la colaboración entre el MAPA y la UIMP se fundamenta en la concurrencia de una finalidad pública común y en la complementariedad de sus respectivos fines institucionales, articulándose a través de un modelo de cogestión en la planificación, organización y ejecución del curso. Por un lado, el MAPA, en el ejercicio de sus competencias en materia de promoción y orientación del consumo de productos agroalimentarios y pesqueros, persigue reforzar la proyección nacional e internacional de la gastronomía española como elemento estratégico del sistema alimentario. Por otro, la UIMP, como institución académica de reconocido prestigio y proyección internacional, tiene entre sus fines la difusión del conocimiento, la promoción de la cultura y la organización de actividades formativas de alto nivel, destacando especialmente por su capacidad para atraer ponentes y alumnado internacional y por su experiencia consolidada en la celebración de encuentros académicos de referencia. En consecuencia, las dos instituciones públicas colaboran activamente para organizar un encuentro conjunto.
VI. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, recogida en el artículo 47.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siéndole de aplicación el capítulo VI de su título preliminar.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre las partes a fin de organizar conjuntamente el encuentro «La gastronomía española: un activo estratégico del país», que celebrará la UIMP en el marco de su programación académica ordinaria y que tendrá lugar los días 6, 7 y 8 de julio de 2026 en Santander.
Segunda. Compromisos asumidos por el MAPA.
I. Aspectos académicos.
El MAPA, en coherencia con los objetivos y líneas de actuación del Plan Internacional de la Gastronomía Española, presentado en febrero de 2026, asume las tareas de dirección y de secretaría académica del encuentro, garantizando la adecuada alineación de sus contenidos con dicho instrumento estratégico. Será la dirección académica quien lleve a cabo el diseño del programa, la identificación y definición de sus contenidos y la propuesta de los ponentes participantes, de conformidad con lo acordado entre las partes y que se recoge en el anexo I a este convenio, sin perjuicio de la necesaria aprobación final del programa por parte de la UIMP, en atención a sus competencias académicas.
El equipo directivo y técnico del MAPA participará activamente en el programa, contribuyendo con su conocimiento especializado e incorporando la perspectiva institucional y sectorial propia del Ministerio, asegurando que el encuentro contribuya a la difusión y apoyo de las prioridades estratégicas del MAPA en materia de promoción internacional de la gastronomía española y fortalecimiento del sector agroalimentario.
II. Gestión del encuentro.
El MAPA no asume ningún compromiso de gestión en cuanto a la ejecución del encuentro, si bien podrá, si lo estima conveniente y sin constituir un compromiso jurídicamente exigible, apoyar a la UIMP en la campaña de promoción, a través de su propia web o medios habituales, respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria de la UIMP. Asimismo, el MAPA podrá apoyar, a través de su propio gabinete de comunicación, la labor realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria coordinación y apoyo mutuo.
III. Compromiso económico.
El MAPA, según se detalla en el presupuesto que aprueban las partes y que se recoge en el anexo II, asume un compromiso económico máximo de dieciocho mil trescientos veintiún euros (18.321,00 €), en concepto de colaboración para contribuir a los gastos de organización y celebración del encuentro.
Este compromiso económico irá con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 del vigente presupuesto de gastos del ejercicio 2026 del MAPA, en la cual existe crédito adecuado y suficiente, o la que pueda sustituirla en la Ley de Presupuestos Generales del Estado correspondiente y se abonará mediante transferencia a la cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid.
Se establecen como requisitos para el pago que se haya celebrado el encuentro de conformidad con lo previsto y acordado en el convenio y que se haya emitido por parte de la UIMP, antes del 10 de noviembre de 2026, el correspondiente requerimiento de pago, que deberá ir acompañado de la liquidación final del presupuesto, en la que se revisarán las unidades realmente ejecutadas de cada partida de acuerdo con los importes unitarios aprobados en el presupuesto que se incluye como anexo II. El importe final no podrá superar en ningún caso el máximo indicado de 18.321,00 euros. Los responsables del seguimiento, vigilancia y control del convenio certificarán conjuntamente el cumplimiento de los requisitos indicados para el pago. Este pago se deberá realizar en el plazo máximo de 30 días desde la emisión de la certificación indicada y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2026.
En el caso de que se acordara la no celebración del encuentro por causa de fuerza mayor, por la falta del número mínimo de alumnado requerido según la normativa de la UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, el MAPA únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación del encuentro y no pudieran recuperarse, hasta el importe máximo indicado, según liquidación que presentará la UIMP, que deberá contar con la aprobación de los responsables de seguimiento del convenio.
Tercera. Compromisos asumidos por la UIMP.
I. Aspectos académicos.
Corresponde a la UIMP el nombramiento de las personas que se encargarán de la dirección y de la secretaría académica del encuentro, a propuesta del MAPA, así como el nombramiento del resto del profesorado.
Corresponde a la UIMP la aprobación del programa definitivo y de las normas conforme a las que debe desarrollarse el encuentro, en especial toda la normativa relativa a criterios de admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado, vigilando en todo momento que se cumpla el más escrupuloso respeto a la independencia de la propia institución y de las personas que participan en el programa.
La UIMP avalará académicamente este encuentro, emitiendo los correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se responsabilizará del control de asistencia del alumnado.
II. Gestión del encuentro.
La UIMP asumirá, conforme a su propia normativa, los siguientes compromisos de gestión en cuanto a la ejecución del encuentro:
− En relación con las personas que se encarguen de la dirección y secretaría académica y del resto del profesorado, gestionará el pago de los honorarios, así como sus viajes, alojamientos y manutención en sus residencias y comedores universitarios.
− Gestionará todos los servicios e infraestructuras generales vinculadas al funcionamiento del conjunto de su programación académica en Santander, en la que está incluido este encuentro. En concreto, se realizarán las actuaciones que se detallan en el presupuesto que se recoge como anexo II.
La UIMP mantendrá indemne al MAPA de cualquier reclamación que se pueda recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia UIMP realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado, empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
III. Compromiso económico.
i. Para la realización de las actuaciones señaladas en el apartado II de esta cláusula, y según detalle que se recoge en el presupuesto de gastos del anexo II, la UIMP asume un compromiso económico máximo de gestión de treinta y cinco mil trescientos siete euros (35.307,00 €). De este importe:
– la cantidad de 16.986,00 euros, corresponde a los gastos de alojamiento y manutención del profesorado en sus residencias y comedores universitarios, y a los costes generales de funcionamiento de servicios e infraestructuras para el conjunto de la programación de los cursos de verano de la UIMP en Santander que se repercuten a este encuentro (cuadernos, carpetas y otros materiales, programa, difusión y gastos de infraestructura de mantenimiento y limpieza de locales, vigilancia y personal). Por tanto, no es preciso aprobar un gasto específico adicional por estos conceptos vinculado a este convenio.
– el resto del compromiso económico, 18.321,00 euros, corresponde a los honorarios y viajes del profesorado y se abonará con cargo a los conceptos de su presupuesto de gastos vigente que se indican a continuación, en los cuales existe crédito adecuado y suficiente, para lo cual se autoriza el correspondiente gasto:
● 28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por importe de 4.750,00 euros.
● 28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 13.571,00 euros.
ii. Teniendo en cuenta el presupuesto aprobado y la aportación que realiza el MAPA a la UIMP, la aportación económica que hará la UIMP para el encuentro será de un máximo de dieciséis mil novecientos ochenta y seis euros (16.986,00 €), estando dicho importe ya incluido en el compromiso económico máximo de gestión indicado en el punto i. de este apartado.
Cuarta. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
I. Se designan dos responsables, uno por cada una de las partes firmantes, que serán los encargados del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes y resolverán en primer término las posibles controversias o problemas de interpretación y cumplimiento del convenio.
Los responsables del seguimiento podrán acordar conjuntamente detalles de ejecución del contenido del convenio siempre que no se modifique su contenido, el cual solo se podrá modificar mediante adenda de modificación tramitada en los términos normativamente previstos.
II. Por parte de la UIMP el responsable del seguimiento será la persona titular del Vicerrectorado de Programación (o, en caso de cambio de organigrama, del Vicerrectorado que tenga la competencia sobre la programación de cursos avanzados), o persona en quien delegue.
Por parte del MAPA el responsable del seguimiento será la persona responsable de la Unidad de Apoyo de la Dirección General de Alimentación, o persona en quien delegue.
Los responsables de ambas entidades estarán en estrecho contacto de forma coordinada, comunicándose o reuniéndose siempre que lo consideren conveniente para la buena marcha del convenio y siempre que alguna de las partes lo pida.
III. Los responsables de seguimiento certificarán conjuntamente que se cumplen los requisitos para que se proceda al pago por parte del MAPA de su aportación a la UIMP y aprobarán la liquidación económica que presente la UIMP en caso de cancelación del encuentro.
Quinta. Eficacia y duración del convenio.
El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será publicado, en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, según dispone el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Su duración se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026.
Sexta. Modificación del convenio.
La modificación del presente convenio requerirá del acuerdo unánime de los firmantes, mediante la oportuna adenda de modificación, previa sustanciación de los trámites previstos normativamente.
Séptima. Extinción e incumplimiento del convenio.
El presente convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.
En los casos de incumplimiento, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo de 10 días hábiles con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos.
Este requerimiento será comunicado a los responsables del seguimiento, vigilancia y control del convenio. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio, con eficacia desde la inscripción de dicha resolución en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Atendiendo a la naturaleza pública de ambas partes, no se considera necesario establecer indemnización alguna en caso de incumplimiento.
Octava. Publicidad, titularidad y uso de los resultados.
I. En todos los medios y soportes que se utilicen para la promoción y difusión del encuentro se destacará la colaboración del MAPA con la UIMP, respetando en todo caso los logotipos y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así como de los materiales audiovisuales, gráficos que las apoyen, serán en todo caso de los conferenciantes que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores podrán transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los derechos patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se formaliza por escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el tiempo y el ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de la legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. En el caso de que en el futuro alguna de las partes tuviese interés en realizar publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del encuentro deberá previamente comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del encuentro, fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una de ellas estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra parte, salvo que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente convenio. La parte editora enviará a la otra un mínimo de 3 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
Novena. Protección de datos de carácter personal.
Ambas partes en el ejercicio de las funciones previstas en el presente convenio adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. En cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos, las partes se comprometen a utilizar los datos personales recopilados exclusivamente para el cumplimiento de las actuaciones previstas en este convenio. Se garantizará que todas las personas autorizadas para el tratamiento de estos datos hayan contraído un compromiso de confidencialidad y que dichos datos no se comunicarán a terceros, salvo que sea estrictamente necesario para el cumplimiento del objeto del presente convenio. En este caso los terceros deberán contraer el correspondiente compromiso de confidencialidad.
Décima. Régimen de resolución de conflictos.
Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio, que no hayan podido ser resueltos por los responsables del seguimiento, vigilancia y control del convenio quedarán sometidos al conocimiento y resolución de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.
En prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, otorgan el presente documento.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D. (Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre), la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, Ana Rodríguez Castaño.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., Ángel Pelayo González-Torre.
ANEXO I
Descripción y objetivos
El curso analiza la gastronomía española como política de Estado y activo estratégico para la internacionalización del sector agroalimentario dentro del Plan Internacional de la Gastronomía Española, que busca consolidar el liderazgo mundial de la cocina española, reconociéndola como un pilar económico, cultural y social clave.
Durante dos días y medio, expertos explorarán la formación de talento, la revolución culinaria, el posicionamiento global y casos de éxito en restauración internacional buscando herramientas para impulsar el sector agroalimentario y posicionar a España como hub mundial de talento y formación gastronómica. El programa abordará la internacionalización y el papel de la restauración como embajadora del país. Se hablará del papel de la formación de excelencia como motor de competitividad internacional. Se debatirá sobre la creación de un ecosistema de talento joven que redefina el sector. Se explorarán estrategias de internacionalización para productos nacionales. Se identificarán tendencias emergentes en el nuevo mapa de la gastronomía mundial y se evaluará el impacto de los restaurantes españoles como plataformas de promoción exterior.
Contenido básico del encuentro:
– El Plan de gastronomía española.
– Historia y evolución de la gastronomía española.
– España, hub de formación gastronómica.
– El talento joven que redefine la gastronomía.
– La pujanza de la despensa y las bebidas españolas en el mundo.
– Cocineros y cadenas españolas que triunfan en España y saltan al mundo.
El encuentro irá dirigido a asociaciones y organizaciones del sector agroalimentario, productores, industria agroalimentaria, hostelería y restauración, centros de formación gastronómicos –escuelas de hostelería y universidades–, academias de gastronomía, periodistas, administraciones públicas y sociedad en general.
ANEXO II
Presupuesto
| Presupuesto gastos gestionados por la UIMP | Cálculo de las aportaciones (€) | Gestión del gasto (€) | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Concepto | Unidades | Descripción | Coste Unitario (€) | Total (€) | MAPA | UIMP | COSTES Medios propios o contratos generales |
Gasto nacido del presente convenio | |
| I. Honorarios. | 1 | Dirección. | 450,00 | 450,00 | |||||
| 1 | Secretaría. | 300,00 | 300,00 | ||||||
| 2 | Ponencia. | 350,00 | 700,00 | ||||||
| 22 | Mesa redonda/Comunicación. | 150,00 | 3.300,00 | ||||||
| Total I: | 4.750,00 | X | X | ||||||
| II. Viajes. | 1 | Europa. | 824,00 | 824,00 | |||||
| 21 | España. | turista | 607,00 | 12.747,00 | |||||
| Total II: | 13.571,00 | X | X | ||||||
| III. Alojamiento y manutención completa. | 0 | 118,00 | 0,00 | ||||||
| aloj.(85 €)+ manut (33 €). | días. | 1 | 118,00 | 0,00 | |||||
| 22 | días. | 2 | 118,00 | 5.192,00 | |||||
| 2 | días. | 4 | 118,00 | 944,00 | |||||
| Total III: | 6.136,00 | X | X | ||||||
| IV. Costes indirectos repercutidos. | 1 | Cuadernos, carpetas y otros materiales y equipos. | 1.850,00 | 1.850,00 | |||||
| 1 | Programa. | 200,00 | 200,00 | ||||||
| 1 | Difusión general. | 1.800,00 | 1.800,00 | ||||||
| 2,5 | Gastos de Infraestructura/día (mantenimiento y limpieza locales, vigilancia). | 2.210,00 | 5.525,00 | ||||||
| 2,5 | Gastos de Infraestructura/día (personal apoyo Santander). | 590,00 | 1.475,00 | ||||||
| Total IV: | 10.850,00 | X | X | ||||||
| TOTAL GASTO UIMP. | 35.307,00 | 18.321,00 | 16.986,00 | 16.986,00 | 18.321,00 | ||||
| APORTACIÓN del MAPA a la UIMP (€). | 18.321,00 | ||||||||
| APORTACIÓN de la UIMP (€). | 16.986,00 | ||||||||