De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la segunda adenda modificativa de tres convenios entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Ciudad de Autónoma de Ceuta, para la ejecución del Programa de Estrategias de Resiliencia Turística para Territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Madrid, 5 de junio de 2025.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.
ANEXO
Segunda adenda modificativa de tres convenios suscritos entre la Secretaría de Estado de Turismo y la Ciudad Autónoma de Ceuta para la ejecución de la estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Madrid, 20 de mayo de 2025.
REUNIDOS
De una parte, doña Rosario Sánchez Grau, Secretaría de Estado de Turismo, nombrada por el Real Decreto 406/2024, de 16 de abril, y que actúa de conformidad con lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público; y la Orden ITU/296/2025, de 21 de marzo, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias.
De otra parte, don Nicola Cecchi Bisoni, Consejero de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte de la Ciudad Autónoma de Ceuta nombrado por Decreto de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta de 23 de junio de 2023, modificado por Decreto de la Presidencia de 29 de noviembre de 2023.
Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para suscribir la presente adenda modificativa, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, aprobó el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (RMRR). De conformidad con el artículo 17 del RMRR, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que fue publicado mediante Resolución de 29 de abril de 2021, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital («Boletín Oficial del Estado» núm. 103, de 30 de abril de 2021). Finalmente, el PRTR fue aprobado por Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021.
El PRTR incluye, como Componente 14, el Plan de Modernización y Competitividad del Sector Turístico (en adelante, PMCST), cuya inversión tercera se refiere a «Estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares» (Islas Canarias, Illes Balears, Ceuta y Melilla), con el objeto de responder a los retos específicos a los que se enfrenta el sector turístico en esos territorios.
Segundo.
Para la ejecución de la inversión «Estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares» se han promulgado tres reales decretos de concesión directa de subvenciones a las mencionadas comunidades y ciudades autónomas (Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, («Boletín Oficial del Estado» núm. 305, de 22 de diciembre de 2021); Real Decreto 449/2022, de 14 de junio, («Boletín Oficial del Estado» núm. 142, de 15 de junio de 2022); y Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, (Boletín Oficial del Estado» núm. 292, de 6 de diciembre de 2022), correspondiendo a la Ciudad Autónoma de Ceuta subvenciones por importes de 3, 5 y 2 millones de euros, respectivamente, conforme a cada uno de los Reales Decretos.
A su vez, en ejecución de los Reales Decretos, se han suscrito tres convenios con cada una de la comunidades y ciudades autónomas, que constituyen bases reguladoras complementarias de dichas subvenciones. Específicamente, con la Ciudad Autónoma de Ceuta se han firmado los siguientes:
a) Convenio de 26 de agosto de 2022, para instrumentar la subvención de 3 millones de euros prevista en el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 255 de 24 de octubre de 2022).
b) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 5 millones de euros prevista en el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio («Boletín Oficial del Estado» número 79 de 3 de abril de 2023).
c) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 2 millones de euros prevista en el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 79 de 3 de abril de 2023).
Tercero.
El periodo para la ejecución de las actuaciones se estableció de 1 de febrero de 2020 a 31 de diciembre de 2024 (cláusulas 5.ª de los tres convenios).
Cuarto.
Posteriormente en virtud del Real Decreto 519/2024, de 4 de junio, se modificaron el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio; y el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, de concesión directa de subvenciones. En concreto se modificaron los artículos 5 de los Reales Decretos en el sentido de ampliar el plazo de ejecución de las actuaciones hasta el 30 de junio de 2025.
Asimismo, se modificaron el artículo 14 del Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; y el artículo 15 del Real Decreto 449/2022, de 14 de junio y artículo 15 del Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, que introdujeron la posibilidad de que las entidades beneficiarias puedan solicitar la modificación del contenido del convenio de concesión cuando aparezcan circunstancias que así lo aconsejen, a fin de asegurar el cumplimiento de las finalidades de la subvención.
Quinto.
El 20 de junio de 2024 la Ciudad Autónoma de Ceuta solicitó la modificación de los convenios que fue informada favorablemente por la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de los mismos, conforme a las cláusulas duodécimas de los tres convenios.
La modificación consistió en la supresión de actuaciones por devenir su ejecución inasumible dentro del plazo previsto dada la obligación de recabar autorizaciones y permisos y realizar tramitaciones medioambientales varias que requerían un plazo de tramitación excesivo. Las actuaciones afectadas fueron reemplazadas por otras que aseguraban el cumplimiento de las finalidades de la subvención sin suponer incremento en los importes de los respectivos convenios.
Sexto.
El 14 de enero de 2025, en Bruselas, se adoptó la Decisión de Ejecución del Consejo por la que se modifica la Decisión de Ejecución, de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España. En esta nueva decisión, el plazo para terminar las actuaciones integradas en el CID 224 se amplió hasta el 31 de diciembre de 2025. En aplicación de dicha Decisión de Ejecución del Consejo, se aprobó el Real Decreto 167/2025, de 4 de marzo, por el que se amplió el plazo de ejecución de las actuaciones hasta el 31 de diciembre de 2025.
Séptimo.
Con fecha 9 de abril de 2025 por parte de la Ciudad Autónoma de Ceuta se propuso un reajuste de las actuaciones recogidas en dos de los tres convenios reguladores, modificando, suprimiendo e incluyendo nuevas actuaciones. Analizadas las modificaciones planteadas por la Ciudad Autónoma de Ceuta en la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control, conforme a las cláusulas duodécimas de los mismos, las modificaciones propuestas se consideran justificadas.
Conforme a lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda modificativa (segunda), que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Ampliar el plazo establecido para la ejecución de actuaciones del convenio de 26 de agosto de 2022 por el que se instrumenta la subvención de 3 millones de euros prevista en el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, del convenio de 30 de diciembre de 2022 por el que se instrumenta la subvención de 5 millones de euros prevista en el Real Decreto 449/2022 de 14 de junio y del convenio de 30 de diciembre de 2022 por el que se instrumenta la subvención de 2 millones de euros prevista en el Real Decreto 1011/2022 de 5 de diciembre, de en aplicación de lo previsto en el Real Decreto 167/2025, de 4 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2025.
Segunda.
Se aprueba la modificación del anexo de actuaciones del convenio de 26 de agosto de 2022 por el que se instrumenta la subvención de 3 millones de euros prevista en el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, entre la Secretaría de Estado de Turismo y la Ciudad Autónoma de Ceuta, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (por el que se instrumenta la subvención de 3 millones de euros prevista en el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre).
Se modifica el contenido del anexo del convenio, con la redacción siguiente:
Proyectos |
Importe – Euros |
---|---|
Convenios con Organizaciones empresariales para el desarrollo de campañas. | 198.971,58 |
Control de la imagen positiva de Ceuta. | 101.353,64 |
Plan de formación turístico (Gastos de implementación de la acción formativa y Becas al estudio para aquellos alumnos que completen la acción formativa, etc). | 468.950,00 |
Monumento histórico La Sirena. | 351.988,41 |
Línea de ayudas para la mejora de las infraestructuras de alojamiento turístico y restauración. | 254.000,00 |
Actuaciones de valorización del patrimonio histórico-cultural con relevancia turística (Conservación y restauración de la Locomotora I Ceuta y Ténder para su exposición y visita pública con fines turísticos, Obras de urbanización para la adaptación del acceso al Baluarte de la Bandera, etc.). | 307.262,23 |
Actuaciones de creación o mejora de infraestructuras públicas o de servicios públicos con relevancia turística (Adecuación de la OIT del Baluarte de los Mallorquines para la implantación de un centro receptivo y de divulgación turística y para la preservación de los restos arqueológicos ubicados en su interior, etc.). | 1.317.474,14 |
Total. | 3.000.000,00 |
Tercera.
Se aprueba la modificación del anexo de actuaciones del convenio de 30 de diciembre de 2022, entre la Secretaría de Estado de Turismo y la Ciudad Autónoma de Ceuta, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (por el que se instrumenta la subvención de 5 millones de euros prevista en el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio).
Se modifica el contenido del anexo del convenio, con la redacción siguiente:
Proyectos |
Importe – Euros |
---|---|
Convenios con Organizaciones empresariales para el desarrollo de campañas. | 268.208,76 |
Control de la imagen positiva de Ceuta. | 375.791,24 |
Dotación interior de la OIT Baluarte de los Mallorquines para convertirla en oficina turística inteligente. | 1.129.400,0 |
OIT modulares en diversos puntos de la Ciudad. | 268.749,13 |
Actuaciones de creación o mejora de infraestructuras públicas o de servicios públicos con relevancia turística (Actuaciones de mejora de la eficiencia energética y la digitalización del funcionamiento de las instalaciones del Parque Marítimo del Mediterráneo, Obras de Rehabilitación del Fuerte Piniés, Adquisición de un Autobús Turístico eléctrico para la Ciudad). | 2.709.234,37 |
Señalización turística y patrimonial en la Ciudad. | 248.616,50 |
Total. | 5.000.000,00 |
Cuarta.
Se aprueba la modificación del anexo de actuaciones del convenio de 30 de diciembre de 2022, entre la Secretaría de Estado de Turismo y la Ciudad Autónoma de Ceuta, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (por el que se instrumenta la subvención de 2 millones de euros prevista en el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre).
Proyectos |
Importe – Euros |
---|---|
Plan de promoción turística de la Ciudad. | 2.000.000,00 |
Total. | 2.000.000,00 |
Y en señal de conformidad con el contenido de la presente adenda modificativa, las dos partes firman electrónicamente a un solo efecto, en la fecha del último firmante, según figura al principio del convenio.–Por el Ministerio de Industria y Turismo, la Secretaría de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.–Por la Ciudad Autónoma de Ceuta, el Consejero de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte, Nicola Cecchi Bisoni.