El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en la sesión celebrada el día 25 de febrero de 2026, en relación al punto 8 del Orden del día «Propuesta de aprobación del Pliego de Condiciones Particulares del servicio comercial de suministro de combustibles líquidos convencionales derivados del petróleo mediante vehículos cisterna a buques en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y La Savina», conforme al Reglamento (UE) 2017/352 y en virtud de lo dispuesto en el artículo 139.2 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, ha adoptado por unanimidad el siguiente acuerdo:
«Aprobar el Pliego de Condiciones Particulares del servicio comercial de suministro de combustibles líquidos convencionales derivados del petróleo mediante vehículos cisterna a buques en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y La Savina (versión de febrero de 2026), que se adjunta como anexo, con entrada en vigor el día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado” (BOE).»
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un (1) mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos (2) meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.
El texto íntegro del mencionado Pliego se encuentra disponible en la página web de la Autoridad Portuaria de Baleares:
https://seu.portsdebalears.gob.es/seuapb/fitxa/seccio/1251/1244/otros-anuncios.
Palma, 5 de marzo de 2026.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares, José Javier Sanz Fernández.