La Directora General del Instituto de la Juventud, O.A., y el Secretario de Estado de Memoria Democrática han suscrito, con fecha de 1 de abril de 2025, un convenio para la realización de actividades de promoción de la memoria democrática para personas jóvenes.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente resolución.
Madrid, 5 de mayo de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio entre el Instituto de la Juventud O.A. adscrito al Ministerio de Juventud e Infancia y la Administración General del Estado (Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática) para la realización de actividades de promoción de la memoria democrática para personas jóvenes
REUNIDOS
De una parte, doña Margarita del Cisne Guerrero Calderón, Directora General del Instituto de la Juventud O.A., cargo para el que fue nombrada por el Real Decreto 1123/2023, de 12 de diciembre (BOE de 13 de diciembre) en nombre y representación del citado organismo autónomo, y en virtud de las competencias establecidas en el Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de la Juventud.
De otra parte, don Fernando Martínez López, Secretario de Estado de Memoria Democrática, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 95/2020, de 17 de enero, (BOE de 18 de enero), en nombre y representación del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, conforme a lo dispuesto en el artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, que atribuye al Secretario de Estado la celebración de convenios no reservados al Ministro del que dependan, y en virtud de las competencias establecidas en el Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Las partes, que actúan debido a sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el correspondiente convenio en nombre de las instituciones que representen y, a tal efecto,
MANIFIESTAN
I. Que, conforme a lo dispuesto en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, se persigue preservar y mantener la memoria de las víctimas de la Guerra y la dictadura franquista, a través del conocimiento de la verdad, como un derecho de las víctimas, el establecimiento de la justicia y fomento de la reparación y el establecimiento de un deber de memoria de los poderes públicos, para evitar la repetición de cualquier forma de violencia política o totalitarismo. Al mismo tiempo que se ha de promover el conocimiento de la reivindicación y defensa de los valores democráticos y los derechos y libertades fundamentales a lo largo de la historia contemporánea de España, con el fin de fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones en torno a los principios, valores y libertades constitucionales.
II. Que, de acuerdo con el artículo 7 del Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, corresponde a la Secretaría de Estado de Memoria Democrática desempeñar, bajo la autoridad de la persona titular del Ministerio, además de las competencias que le encomienda el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el impulso, dirección y gestión de la política del Gobierno en lo referente a la conservación, defensa, fomento y divulgación de la Memoria Democrática en virtud de los principios de verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición, así como el desarrollo de su normativa de aplicación.
De ellas cabe destacar la promoción de acciones de información, divulgación, formación y capacitación sobre Memoria Democrática y atención a las víctimas y el establecimiento de líneas de colaboración que permitan recabar información o conocimiento de expertos en la materia, así como la colaboración con las administraciones públicas y entidades que lo soliciten en los actos de recuerdo y homenaje a las víctimas de la Guerra de España o de la dictadura.
III. Que, conforme al artículo 7 del Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de la Juventud, corresponde a la Directora General del Instituto de la Juventud O.A. el ejercicio de las competencias de planificación, dirección, control e inspección de las actividades del organismo para el cumplimiento de sus fines y, especialmente: la dirección del personal del organismo, la ejecución de los planes generales de actuación del Instituto, la contratación en nombre del organismo y la disposición de gastos hasta el límite establecido legalmente, así como la ordenación de pagos, la concesión de ayudas, subvenciones y la suscripción de convenios de colaboración, con cargo a los presupuestos del Instituto, destinados al cumplimiento de sus fines; la dirección de la comunicación externa e interna del organismo, la rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas, de acuerdo con la normativa presupuestaria, la aprobación del anteproyecto de presupuestos, la elaboración y propuesta del plan anual de actuación, la elaboración de la memoria de gestión y funcionamiento del organismo.
IV. El 20 de noviembre de 2025 se cumplen 50 años de la muerte del dictador Francisco Franco, fecha simbólica que abrió la esperanza en amplias capas de la ciudadanía de poner fin a la dictadura franquista e iniciar un proceso de transición para la recuperación de la democracia y las libertades en España. Con la celebración de «España en Libertad. 50 años» se pretende celebrar la conquista de las libertades y la democracia que se desarrolló con la Transición y la Constitución de 1978 y los grandes avances y transformaciones políticas y sociales experimentadas a lo largo de esas décadas, que han convertido a nuestro país en uno de los más avanzados del mundo.
V. En el marco de las celebraciones de los 50 años de España en libertad, se considera fundamental ampliar el conocimiento de la historia reciente de España por parte de la juventud, promover su espíritu cívico y su participación activa en la resolución de conflictos actuales, abordando eventos históricos que requieren esfuerzos continuos para alcanzar la justicia y prevenir vulneraciones de derechos humanos. En este contexto nace y se desarrolla desde hace cuatro años el proyecto Ruta al Exilio (REX), el cual pretende que la juventud pueda establecer un debate crítico sobre las distintas formas de abordar el pasado reciente, la persistencia de conflictos históricos en el presente, la diversidad cultural y nacional del país, y las lecciones éticas y morales que pueden extraer de ese pasado común para el futuro.
VI. Que el Instituto de la Juventud O.A., adscrito al Ministerio de Juventud e Infancia, financia desde hace años dicho proyecto pedagógico, por el que jóvenes de 16 y 17 años realizan una expedición, por los principales lugares de memoria del exilio republicano, con la cual se pretende que puedan establecer un debate crítico sobre las distintas formas de abordar nuestro pasado reciente, sobre la persistencia de conflictos históricos en nuestro presente, sobre la diversidad cultural y nacional de nuestro país y sobre las lecciones éticas y morales que pueden extraer de ese pasado común para el futuro. Todo ello incorporando aquellas voces y rincones de nuestra memoria colectiva que han sido tradicionalmente silenciados, en esta tarea común de reconstrucción y reparación histórica.
VII. Que el Instituto de la Juventud O.A., adscrito al Ministerio de Juventud e Infancia, va a celebrar las Jornadas de Memoria y Juventud «Juventud y compromiso con la memoria».
Este evento reunirá a grupos de jóvenes provenientes de toda Europa para explorar y debatir cómo los jóvenes se involucran con el trabajo de la memoria. Las Jornadas tienen como objetivo:
1. Compartir diversas experiencias europeas de participación de los jóvenes en iniciativas de memoria.
2. Crear un espacio para reflexión y el diálogo abierto, fomentando la colaboración continua y el enriquecimiento mutuo entre los jóvenes participantes
VIII. Que, sobre la base de lo anteriormente expuesto y teniendo en cuenta los objetivos, funciones y finalidades inherentes a las partes, se abre un amplio espectro de posibilidades de coparticipación y colaboración que promuevan los valores democráticos y el compromiso con la memoria, por lo cual, se considera oportuno suscribir este convenio que permite un mejor aprovechamiento de los recursos y una cooperación activa en el desarrollo de temas de interés común.
Las partes manifiestan recíprocamente que quedan sometidas al régimen jurídico de los convenios conforme a lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y consideran que cumplen finalidades de naturaleza coincidente y complementaria, y en consecuencia, expresan su acuerdo para firmar este convenio con el propósito de mejorar sus respectivos cometidos con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones para la realización conjunta de las actividades recogidas en el anexo en materia de memoria democrática.
Segunda. Compromisos de las partes.
1. El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática se compromete a:
a) Impulsar las actuaciones necesarias para la realización de estas actividades.
b) Colaborar en la ejecución de dichos proyectos con el Instituto de la Juventud O.A.
c) Asumir los costes de alojamiento y manutención de los jóvenes participantes en las Jornadas de Memoria y Juventud entre los días 8 y 11 de abril de 2025 en Barcelona, así como los de una actuación musical en el marco de la misma por un importe máximo de hasta 50.000 euros.
d) Participar, junto con el Instituto de la Juventud O.A., en las acciones necesarias para la difusión y promoción de las actividades incluidas en este convenio.
e) Tramitación de transferencia de crédito a favor del Instituto de la Juventud O.A. por importe de trescientos diez mil euros (310.000 €) durante el ejercicio económico de 2025 para la realización de las actividades previstas en el anexo.
2. El Instituto de la Juventud O.A., adscrito al Ministerio de Juventud e Infancia, se compromete a:
a) Dirigir la ejecución de los proyectos del anexo en colaboración con el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
b) Prestar asesoramiento al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para definir y ejecutar estas y otras actividades previstas con ocasión de la efeméride.
c) Asumir la gestión y los costes de desplazamiento de los jóvenes participantes para su asistencia a las Jornadas de Memoria y Juventud por un importe máximo de hasta 25.000 euros.
d) Gastos de merchandising, gráfica y otros elementos de difusión por un importe máximo de hasta 10.000 euros.
e) Gastos técnicos asociados a la producción de las Jornadas por un importe máximo de 5.000 euros.
f) Cofinanciación del proyecto Ruta al Exilio mediante una subvención de concesión directa de 60.000 euros del presupuesto del Instituto de la Juventud O.A. para el ejercicio 2025.
g) Participar, junto al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, en las acciones necesarias para la difusión y promoción de las actividades incluidas en este convenio.
3. Cada parte podrá proponer a la otra, a través de la Comisión de Seguimiento, las actividades que crea convenientes y que estén relacionadas con el objeto del presente convenio.
Tercera. Financiación.
El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática se compromete a iniciar, una vez que el convenio sea eficaz, la tramitación de una transferencia de crédito correspondiente a la anualidad 2025 para apoyar la financiación de las actividades del anexo a favor del Instituto de la Juventud O.A., adscrito al Ministerio de Juventud e Infancia.
La aplicación presupuestaria de origen de esta transferencia de crédito por importe de 310.000 euros será la 22.03.925M.227.06 y las aplicaciones presupuestarias de destino serán:
– La aplicación presupuestaria del Instituto de la Juventud O.A. 31.101.232A.483 por importe de 240.000 euros a fin de incrementar la dotación prevista en el presupuesto del organismo para la Ruta al Exilio.
– La aplicación presupuestaria del Instituto de la Juventud O.A. 31.101.232A.227.06 por importe de 70.000 euros para financiar el diseño, producción y montaje de una exposición itinerante y conmemorativa de los 5 años de Ruta al Exilio y para la elaboración, maquetación e impresión de la publicación que sea reflejo de las Jornadas de Memoria y Juventud «Juventud y compromiso con la memoria».
En cuanto a las Jornadas Memoria y Juventud, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática realizará una aportación de hasta 50.000 euros correspondientes al ejercicio 2025 con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.925M.226.06.
Por su parte el Instituto de la Juventud O.A. para la celebración de la Ruta al Exilio se compromete a:
– Cofinanciar el proyecto Ruta al Exilio mediante una subvención de concesión directa de 60.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 31.101.232A.483 del presupuesto del Instituto de la Juventud O.A. para el ejercicio 2025.
Respecto a las Jornadas de Memoria y Juventud se compromete a financiar:
– Gastos de viaje de los asistentes a las Jornadas por un importe máximo de 25.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 31.101.232A.226.06.
– Gastos de merchandising, gráfica y otros elementos de difusión con un máximo de 10.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 31.101.232A.226.06.
– Gastos técnicos asociados a la producción de las Jornadas con un máximo de 5.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 31.101.232A.227.06.
Cuarta. Difusión, uso de logotipos e imagen.
1. Las dos partes se comprometen a dar la máxima publicidad a este convenio.
2. Las partes se reconocen entre sí, como entidades coorganizadoras, al mismo nivel de aparición en los créditos y representación.
3. Las partes consideran aconsejable aprobar conjuntamente todo el material divulgativo y publicitario que se edite, en cualquier soporte, con ocasión del desarrollo del presente convenio de colaboración.
4. Las partes manifiestan su voluntad de incluir los respectivos logotipos de las dos partes y, si fuera preciso, el logotipo de otros colaboradores en todo el material divulgativo y publicitario que se pueda editar en cualquier soporte con ocasión de las actividades que se realicen.
5. Todos los soportes gráficos (logotipos) aportados por las partes no podrán ser alterados ni modificados sin el previo consentimiento, ni podrán ser utilizados para fines distintos a los establecidos en este convenio.
6. El uso de la denominación, marca y logotipo de las partes se ajustará al modelo que cada una proporcione.
Quinta. Confidencialidad y protección de datos.
1. Las actuaciones realizadas por las partes en ejecución de este convenio respetarán en todo caso la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
2. En el caso de que las actuaciones realizadas en el marco de este convenio conlleven tratamientos de datos de carácter personal, cada parte será responsable del tratamiento de los datos personales que realice y, de acuerdo con el principio de minimización de datos, aplicará medidas técnicas y organizativas para garantizar que sean objeto de tratamiento los datos que únicamente sean precisos para cada uno de los fines específicos del tratamiento reduciendo la extensión del tratamiento, limitando a lo necesario el plazo de conservación y su accesibilidad.
3. La colaboración objeto de este convenio no conllevará el acceso por las partes a ninguna base de datos de la que sea responsable la otra parte.
4. La información que las partes obtengan recíprocamente como consecuencia de la negociación y formalización de este convenio será tratada con carácter de confidencialidad y su eventual acceso por terceros requerirá, en todo caso, recabar el consentimiento de ambas partes.
Sexta. Comisión de Seguimiento.
1. Para el adecuado seguimiento, coordinación e interpretación de lo establecido en el presente convenio se crea una Comisión de seguimiento paritaria, integrada por dos representantes designados por cada una de las partes firmantes del presente convenio.
Los dos representantes del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática se designarán de entre el personal que preste sus servicios en la Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática.
Los dos representantes del Instituto de la Juventud O.A. se designarán entre el personal que preste sus servicios en la División de Programas, la adjuntía a la Dirección General o la Secretaría General.
2. La Comisión tendrá por finalidad resolver los problemas de interpretación y ejecución del convenio y coordinar la planificación, metodología y seguimiento de las acciones derivadas del convenio, y se reunirá con la periodicidad que acuerden las partes.
Igualmente acordará las actividades de difusión de la información documental y el calendario de su difusión pública.
3. La Comisión de seguimiento se formalizará mediante una reunión constitutiva, debiendo el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática levantar acta de la misma. Al finalizar las actuaciones conjuntas, objeto del presente convenio, se elaborará por parte del Instituto de la Juventud O.A. un informe final sobre el desarrollo de las actividades y los objetivos alcanzados.
4. La Comisión podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos tanto de forma presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la identidad de sus representantes. A tal efecto, se consideran como medios electrónicos válidos las audioconferencias y las videoconferencias registradas mediante soporte analógico o digital.
5. La Comisión se ajustará en cuanto a su funcionamiento y régimen jurídico a lo establecido por la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima. Eficacia y vigencia.
En cumplimiento con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz, una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, deberá publicarse en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Este convenio extenderá su vigencia hasta la finalización de todas las actividades programadas, y en todo caso, el día 30 de noviembre de 2026, fecha en la que finalizarán los efectos del convenio. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en cualquier momento antes del plazo previsto para su finalización, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales, o bien su extinción.
En el caso de que se produzca una prórroga ésta deberá ser inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la extinción del convenio.
Octava. Modificaciones del convenio.
Cualquier modificación de los términos del presente convenio, solamente tendrá valor si es acordada por las partes mediante un acuerdo de modificación o una adenda de modificación al mismo, en cualquier momento antes del fin de sus efectos siempre y cuando no altere el objeto del presente convenio.
No obstante, la modificación en el ejercicio económico inicialmente previsto, podrán acordarse en el seno de la Comisión de seguimiento a la que se refiere la cláusula sexta, sin necesidad de tramitar adenda siempre y cuando dichas modificaciones no supongan una modificación del importe total a financiar ni un aumento del plazo global.
Novena. Extinción del convenio y consecuencias en caso de incumplimiento.
Según se recoge en el artículo 51 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
– El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado su prórroga.
– El acuerdo unánime de todos los firmantes.
– El incumplimiento de los compromisos asumidos por alguna de las partes firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la comisión de seguimiento y control de la cláusula sexta.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa no conllevará indemnización de los perjuicios causados, salvo acuerdo posterior en este sentido por la Comisión de seguimiento.
– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.
Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de las obligaciones contempladas en el convenio si dicho incumplimiento se debiera a causas de fuerza mayor u otras circunstancias, siempre y cuando no puedan atribuirse las mismas a la voluntad, negligencia o falta de medidas de precaución razonables de la parte afectada.
Décima. Transparencia y acceso a la información pública.
El convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.
Undécima. Naturaleza jurídica y resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido en el capítulo VI del título preliminar, de la antes citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
En todo caso, de acuerdo con lo establecido en el citado el capítulo VI del título preliminar, de la antes citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, las dudas o lagunas que en la interpretación y aplicación de este convenio puedan suscitarse, se resolverán aplicando los principios contenidos en dicha Ley.
Las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, que no hayan sido resueltas por la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta del mismo, deberán solventarse por las partes. En caso de no poder resolverse por la Comisión o por las partes, las discrepancias serán sometidas a los respectivos servicios jurídicos en aplicación de lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, y en el Real Decreto 649/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla dicha norma.
Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben el presente convenio por duplicado en la fecha señalada al principio.–El Secretario de Estado de Memoria Democrática, Fernando Martínez López.–La Directora General del Instituto de la Juventud, O.A., Margarita del Cisne Guerrero Calderón.
ANEXO
Conjunto de actividades de Promoción de la Memoria Democrática entre el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y el Instituto de la Juventud O.A., adscrito al Ministerio de Juventud e Infancia, en relación con la Ruta al Exilio y otras actividades de memoria dirigidas a personas jóvenes.
En relación con el proyecto Ruta al Exilio:
La Ruta al Exilio es un proyecto pedagógico con el cual se pretende, a través de métodos y programas de enseñanza de educación no formal, que personas jóvenes españolas o con residencia legal en España comprendan en profundidad las complejidades inherentes al pasado reciente de España, y con el cual se pretende que puedan establecer un debate crítico sobre las distintas formas de abordar nuestro pasado reciente, sobre la persistencia de conflictos históricos en nuestro presente, sobre la diversidad cultural y nacional de nuestro país y sobre las lecciones éticas y morales que pueden extraer de ese pasado común para el futuro. Todo ello incorporando aquellas voces y rincones de nuestra memoria colectiva que han sido tradicionalmente silenciados, en esta tarea común de reconstrucción y reparación histórica.
Actividades de promoción previstas:
– El desarrollo dentro de la Ruta al Exilio de la actividad ruta transpirenaica tal y como viene desarrollándose en los últimos años con un número de participantes ampliado a 40 personas jóvenes de 16 a 17 años, y asegurando la gratuidad total de la experiencia para los participantes.
– Actos de inauguración y clausura de la Ruta al Exilio.
– Ampliación del proyecto de la Ruta al Exilio generando una nueva actividad, la ruta por la Desbandá, otra expedición itinerante en las provincias de Málaga y Granada que transite los lugares de la resistencia antifranquista en territorio andaluz y sirva como nuevo espacio de encuentro de jóvenes sobre la memoria y la lucha.
Otras jornadas dirigidas a personas jóvenes:
– Apoyo al desarrollo y promoción de las Jornadas de Memoria y Juventud actualmente en preparación por el Instituto de la Juventud O.A.
En relación con la documentación de las actividades de memoria para jóvenes:
– Diseño, producción y montaje de una exposición de 5 años de Ruta al Exilio, integrada por una selección de los mejores trabajos creativos de sus participantes, que se diseñará para poder itinerar fácilmente en centros culturales, educativos, asociaciones, ayuntamientos o cualesquiera otros lugares que puedan mostrar interés por conocer el proyecto y sus implicaciones.
– Elaboración, maquetación e impresión de una publicación que sea reflejo de las Jornadas de Memoria y Juventud.