Resolución de 5 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública de la infraestructura de evacuación de la instalación fotovoltaica «FV Llano Palero 2», en Almansa (Albacete) y Ayora (Valencia).

Nº de Disposición: BOE-A-2025-24098|Boletín Oficial: 285|Fecha Disposición: 2025-11-05|Fecha Publicación: 2025-11-27|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Pale Directorship, SL, solicitó, con fecha 13 de noviembre de 2020, autorización administrativa previa de la instalación «FV Llano Palero 2» de 27,83 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, consistente en líneas subterráneas a 30 kV, la subestación «SE6-GR Cerro Gordo» 132/30 kV, la línea aérea de evacuación a 132 kV entre las subestaciones «SE6-GR Cerro Gordo» 132/30 kV y «SE3-GR Palero 1» 132/30 kV, la subestación «SE3-GR Palero 1» 132/30 kV, la línea aérea de evacuación a 132 kV entre las subestaciones «SE3-GR Palero 1» 132/30 kV y «SE7 Preconcentradora» 400/132 kV, y la subestación «SE7 Preconcentradora» 400/132 kV», en los términos municipales de Almansa, provincia de Albacete, y Ayora, provincia de Valencia.

Mediante Resolución de 10 de febrero de 2023 de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Pale Directorship, SL autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica «FV Llano Palero 2» de 27,83 MW de potencia instalada, y para su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Almansa (provincia de Albacete), y Ayora (provincia de Valencia), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 45, de 22 de febrero de 2023 (en adelante, resolución de autorización administrativa previa).

Pale Directorship, SL solicitó, con fecha 9 de mayo de 2023, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica «FV Llano Palero 2», de 31,815 MW de potencia instalada, y para su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Almansa, provincia de Albacete, y de Ayora, en la provincia de Valencia.

Mediante Resolución de 22 de junio de 2024 de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Pale Directorship, SL autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica «FV Llano Palero 2», de 31,815 MW potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Almansa, en la provincia de Albacete, y Ayora, en la provincia de Valencia (en adelante, resolución de autorización administrativa de construcción).

Pale Directorship, SL (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 18 de marzo de 2024, declaración, en concreto, de utilidad pública, de la infraestructura de evacuación de la instalación fotovoltaica «FV Llano Palero 2», consistente en: líneas subterráneas a 30 kV, la subestación «SE6-GR Cerro Gordo» 132/30 kV, la línea aérea de evacuación a 132 kV entre las subestaciones «SE6-GR Cerro Gordo» 132/30 kV y «SE3-GR Palero 1» 132/30 kV, la subestación «SE3-GR Palero 1» 132/30 kV y la línea aérea de evacuación a 132 kV entre las subestaciones «SE3-GR Palero 1» 132/30 kV y «SE1-GR Colectora Ayora», en los términos municipales de Almansa, provincia de Albacete, y Ayora, provincia de Valencia.

El expediente ha sido incoado en la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Albacete y en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.

Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas de la Dirección General del Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; del Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Albacete de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; del Ayuntamiento de Almansa; de la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio de la Generalitat Valenciana y del Servicio de Planificación y Expropiaciones de la Diputación de Valencia. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad.

Se han recibido contestaciones de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. y de Red Eléctrica de España, SAU, en la que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad.

Preguntados Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Carreteras y la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el Servicio de Carreteras de la Diputación de Albacete, la Dirección General de Infraestructuras y Proyectos Urbanos de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio de la Generalitat Valenciana, la Dirección General de Energía y Minas de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo de la Generalitat Valenciana, el Ayuntamiento de Ayora e i-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, SAU; no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende su conformidad en virtud de lo dispuesto en artículo 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 29 de abril de 2024 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Albacete» y en el «Boletín Oficial del Estado», el 30 de abril de 2024 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia», el 20 de abril de 2024 en el diario «La Tribuna de Albacete», el 2 de mayo de 2024 en el diario «Las Provincias» y con la exposición al público en los tablones de edictos de los ayuntamientos de Almansa y Ayora. Se recibieron alegaciones, que fueron contestadas por el promotor.

El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana y la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Albacete han emitido sendos informes en fechas 13 de junio de 2024 y 23 de agosto de 2024, respectivamente, complementados posteriormente.

El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.

En virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación de energía eléctrica.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, que ha respondido al mismo manifestando su conformidad.

Con posterioridad al otorgamiento del trámite de audiencia, fue requerido al promotor la identificación de aquellas parcelas respecto de las cuales se ha alcanzado acuerdo con los titulares de los bienes y derechos afectados. El promotor dio contestación identificando, en la relación de bienes y derechos afectados publicada en los boletines oficiales correspondientes a este procedimiento, aquellas parcelas que carecen de título jurídico válido y aquellas parcelas respecto de las cuales dispone de título jurídico válido, quedando, estas últimas, fuera de la presente resolución.

Esta autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

Único.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la infraestructura de evacuación de la instalación fotovoltaica «FV Llano Palero 2», consistente en: líneas subterráneas a 30 kV, la subestación «SE6-GR Cerro Gordo» 132/30 kV, la línea aérea de evacuación a 132 kV entre las subestaciones «SE6-GR Cerro Gordo» 132/30 kV y «SE3-GR Palero 1» 132/30 kV, la subestación «SE3-GR Palero 1» 132/30 kV y la línea aérea de evacuación a 132 kV entre las subestaciones «SE3-GR Palero 1» 132/30 kV y «SE1-GR Colectora Ayora», en los términos municipales de Almansa, provincia de Albacete, y Ayora, provincia de Valencia, con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados por el promotor, incluidos en el anexo de la presente resolución, a los efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Dicha relación incluida en el anexo actualiza la relación, publicada el 29 de abril de 2024 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Albacete» y en el «Boletín Oficial del Estado», el 30 de abril de 2024 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia», el 20 de abril de 2024 en el diario «La Tribuna de Albacete», el 2 de mayo de 2024 en el diario «Las Provincias» y expuesta al público en los tablones de edictos de los ayuntamientos de Almansa y Ayora, al haber acreditado el promotor el acuerdo para la ocupación de determinadas parcelas que quedan exentas de la presente resolución.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 5 de noviembre de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.

ANEXO

Línea de media tensión 18/30 kV (Llano Palero 2):

Polígono Parcela Referencia catastral Término municipal
512 9029 02009A51209029 Almansa.
515 364 02009A51500364 Almansa.
515 9003 02009A51509003 Almansa.

Línea aérea-subterránea de alta tensión a 132 kV SE6-SE3 (Almansa). Tramo aéreo:

Polígono Parcela Referencia catastral Municipio
515 9007 02009A51509007 Almansa.
515 10322 02009A51510322 Almansa.
515 9003 02009A51509003 Almansa.
515 322 02009A51500322 Almansa.
515 9002 02009A51509002 Almansa.
515 319 02009A51500319 Almansa.
515 5007 02009A51505007 Almansa.
515 5002 02009A51505002 Almansa.
515 9021 02009A51509021 Almansa.
515 5008 02009A51505008 Almansa.
515 5009 02009A51505009 Almansa.
515 5006 02009A51505006 Almansa.
515 5005 02009A51505005 Almansa.

Línea aérea-subterránea de alta tensión a 132 kV SE6-SE3 (Ayora). Tramo aéreo:

Polígono Parcela Referencia catastral Municipio
102 16 46044A10200016 Ayora.
102 9001 46044A10209001 Ayora.
102 6 46044A10200006 Ayora.
101 6 46044A10100006 Ayora.
101 5 46044A10100005 Ayora.
101 9001 46044A10109001 Ayora.
86 9003 46044A08709003 Ayora.
86 9002 46044A08609002 Ayora.
86 19 46044A08600019 Ayora.
85 62 46044A08500062 Ayora.
85 9005 46044A08709005 Ayora.
85 25 46044A08500025 Ayora.
85 9004 46044A08509004 Ayora.
87 12 46044A08700012 Ayora.
87 11 46044A08700011 Ayora.
87 9003 46044A08709003 Ayora.
87 21 46044A08700021 Ayora.
87 19 46044A08600019 Ayora.
87 9005 46044A08709005 Ayora.
87 20 46044A08700020 Ayora.
87 18 46044A08700018 Ayora.
87 9004 46044A08709004 Ayora.
87 14 46044A08700014 Ayora.
40 9015 46044A04009015 Ayora.
40 40 46044A04000040 Ayora.
40 9031 46044A04009031 Ayora.
40 41 46044A04000041 Ayora.
40 42 46044A04000042 Ayora.
40 45 46044A04000045 Ayora.

Línea aérea-subterránea de alta tensión a 132 kV SE6-SE3 (Ayora). Tramo subterráneo:

Polígono Parcela Referencia catastral Municipio
85 62 46044A08500062 Ayora.
82 9001 46044A08509001 Ayora.
86 4 46044A08600004 Ayora.
86 5 46044A08600005 Ayora.
86 19 46044A08600019 Ayora.
86 9005 46044A08609005 Ayora.
86 9008 46044A08609008 Ayora.

Línea aérea de alta tensión a 132 kV, SE6-SE Colectora:

Polígono Parcela Referencia catastral Municipio
19 9013 46044A01909013 Ayora.
38 4 46044A03800004 Ayora.
38 8 46044A03800008 Ayora.
38 12 46044A03800012 Ayora.
38 9008 46044A03809008 Ayora.
38 9009 46044A03809009 Ayora.
38 9010 46044A03809010 Ayora.
38 9014 46044A03809014 Ayora.
40 45 46044A04000045 Ayora.
40 47 46044A04000047 Ayora.
40 51 46044A04000051 Ayora.
40 52 46044A04000052 Ayora.
40 68 46044A04000068 Ayora.
40 9014 46044A04009014 Ayora.
40 9020 46044A04009020 Ayora.
40 9021 46044A04009021 Ayora.