Resolución de 6 de abril de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica Adenda de modificación del Convenio entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado de coordinación de actuaciones con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España».

Nº de Disposición: BOE-A-2026-8183|Boletín Oficial: 90|Fecha Disposición: 2026-04-06|Fecha Publicación: 2026-04-13|Órgano Emisor: Ministerio del Interior

Habiéndose suscrito el 30 de marzo de 2026 adenda de modificación del convenio entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado en la coordinación de las actuaciones de ambas partes con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España», procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 6 de abril de 2026.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO

Adenda de modificación del convenio entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado en la coordinación de las actuaciones de ambas partes con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista A España»

En Madrid, a 30 de marzo de 2026.

REUNIDOS

De una parte, el Director General de Tráfico (Presidente del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico), don Pere Navarro Olivella, nombrado por Real Decreto 838/2018, de 29 de junio, actuando en nombre y representación del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, con domicilio en Madrid, C/Josefa Valcárcel 44, CIF Q2816003D en virtud del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior (BOE 52, de 28 de febrero de 2024), y en virtud de las competencias que se atribuyen a la Jefatura Central de Tráfico recogidas en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

De otra parte, don Javier Guillen Bedoya, como Director General de Unipublic, SAU, domiciliada en la calle Ramírez de Arellano, 29 4.ª planta, 28043 de Madrid, con número de Identificación fiscal A 28406775, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. Inscripción 1.ª Hoja n.º 31222, folio 1, tomo 4038, general 3266 Sección 3.ª del libro de Sociedades, quien actúa como apoderado de la mercantil de UNIPUBLIC, SAU, en virtud de escritura otorgada ante notario de Madrid doña Isabel Estape Tous, de fecha 11 de diciembre de 2008, con el número 4719 de su protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid en el Tomo 25843, Folio 160, Sección 8, Hoja M-60738, inscripción 45.ª

Al amparo de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y específicamente en su artículo 48.2 como título habilitante ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y en virtud de ello,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 27 de junio de 2025, la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, suscribieron un convenio para el establecimiento del marco adecuado para la coordinación de las actuaciones de ambas partes con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España», publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 166, de 11 de julio de 2025, en virtud de Resolución de 9 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior.

Segundo.

Que la cláusula Cuarta. Financiación del mencionado convenio, fijó la aportación económica por compensación de servicios extraordinarios que realiza Unipublic, SAU, definida en la cláusula tercera 1 B), en 199.934 euros para los cuatro ejercicios de vigencia del convenio (2025, 2026, 2027 y 2028).

Tercero.

Que en su cláusula Undécima. Modificación, establece la posibilidad de su modificación mediante acuerdo unánime de las partes y la tramitación de una adenda, que deberá ser autorizada de acuerdo a lo recogido en el artículo 50.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, por el Ministerio de Hacienda.

Cuarto.

Que debido a la necesidad de reflejar en el presupuesto correspondiente a la cláusula 2.ª Apartado 1. Medios personales. A) Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, el incremento que, excepcionalmente para el ejercicio 2026, experimenta el importe de la compensación por servicios extraordinarios fuera de la jornada normal de trabajo que les corresponde percibir en este año, a los componentes de la Unidad de Movilidad y Seguridad Vial (UMSV), es necesario la actualización de la cláusula Cuarta Financiación, en el sentido de que la aportación económica por compensación de servicios extraordinarios que realiza Unipublic, SAU, definida en la cláusula tercera apartado 1.º letra B incrementará la partida presupuestaria del Programa 132 B «Seguridad Vial», en el concepto 151 (servicios extraordinarios), exclusivamente para el ejercicio 2026, de 199.934,00 euros a 229.643,00 euros.

La cantidad aprobada inicialmente para los cuatro ejercicios de vigencia del presente convenio, resulta en 2026 insuficiente, ante la circunstancia excepcional del desplazamiento de los medios personales recogidos en la cláusula 2.ª Apartado 1. Medios personales. A) Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, a la salida de la Vuelta en el Principado de Mónaco.

Quinto.

De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de modificación del citado convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

La presente adenda tiene por objeto modificar la cláusula Cuarta Financiación, del convenio entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado en la coordinación de las actuaciones de ambas partes con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España».

Segunda. Modificación del convenio.

Se modifica el contenido de la cláusula Cuarta. Financiación del convenio, firmado el 27 de junio de 2025, entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado para la coordinación de las actuaciones de ambas partes con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España».

La cláusula Cuarta. Financiación, queda redactada en los siguientes términos:

«El presente convenio no genera gasto extraordinario para el Ministerio del Interior ya que, tanto los gastos relativos a retribuciones de la ATGC que se refieren a sus labores ordinarias, como los medios materiales necesarios para el cumplimiento de la misión (regulación, ordenación, gestión y vigilancia del tráfico) se encuentran presupuestados por la JCT como se recoge en el artículo 6 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

La aportación económica por compensación de servicios extraordinarios que realiza Unipublic, SAU, definida en la cláusula tercera 1 B) incrementará la partida de la aplicación presupuestaria del Programa 132-B “Seguridad Vial” en el concepto 151 (16.101.132B.151), conforme se especifica en la cláusula segunda del presente convenio, con la siguiente distribución por ejercicio:

– 229.643,00 euros, para el año 2026-aplicación presupuestaria 16.101.132B.151.

– 199.934,00 euros, para el año 2027-aplicación presupuestaria 16.101.132B.151.

– 199.934,00 euros, para el año 2028-aplicación presupuestaria 16.101.132B.151.»

Tercera. Mantenimiento del clausulado del convenio.

La presente adenda mantiene inalteradas las restantes cláusulas del convenio suscrito entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU.

Cuarta. Eficacia y vigencia de la adenda.

De conformidad con el artículo 48.8 y el apartado dos de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de modificación se perfeccionará con el consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez se inscriba en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinta. Transparencia en el sector público.

Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé a la presente adenda de modificación la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda de modificación electrónicamente, tomándose como fecha de formalización del documento la fecha del último firmante.–El Director General de Tráfico (Presidente del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico), Pere Navarro Olivella.–El Director General de Unipublic, SAU, Javier Guillen Bedoya.