Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Autoridad Portuaria de Tarragona, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Agrupación para la promoción del Puerto de Tarragona, AIE, para la programación de actuaciones tendentes a la promoción del Puerto.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-10957|Boletín Oficial: 132|Fecha Disposición: 2025-05-06|Fecha Publicación: 2025-06-02|Órgano Emisor: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Con fecha 5 de mayo de 2025 y previa tramitación del oportuno procedimiento, según lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se ha firmado la Adenda de prórroga del Convenio entre la Autoridad Portuaria de Tarragona y la Agrupación para la promoción del Puerto de Tarragona, AIE, para la coordinación de actuaciones tendentes a la promoción del Puerto, cuya copia se anexa a la presente resolución.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la citada ley, la eficacia del convenio se condiciona a su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO) y posteriormente se dispondrá su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», por lo que por medio de la presente se acuerda:

Instar la inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO), así como la publicación en el BOE de la Adenda de prórroga del Convenio entre la Autoridad Portuaria de Tarragona y la Agrupación para la promoción del Puerto de Tarragona, AIE, para la coordinación de actuaciones tendentes a la promoción del Puerto.

Tarragona, 6 de mayo de 2025.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Tarragona, Santiago José Castellà Surribas.

ANEXO

Adenda de prórroga del Convenio entre la Autoridad Portuaria de Tarragona y la Agrupación para la promoción del Puerto de Tarragona, AIE, para la coordinación de actuaciones tendentes a la promoción del Puerto

Tarragona, 5 de mayo de 2025.

REUNIDOS

De una parte, la Autoridad Portuaria de Tarragona (en adelante APT), con NIF Q4367131B, y domicilio en Tarragona, paseo de la Escullera s/n, representada en este acto por el Sr. Santiago José Castellà Surribas, en su calidad de Presidente, en virtud del nombramiento de fecha 29 de octubre de 2024, publicado en el BOE núm. 263, de 31 de octubre de 2024, y actuando en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, y el Acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Tarragona de 2 de abril de 2025.

Y de otra parte, la Agrupación para la promoción del Puerto de Tarragona, AIE (en adelante APPORTT), con NIF V43358761 con sede en paseo de la Escullera s/n, representada en este acto por el Sr. Joan Oriol Rovira, en su calidad de Presidente, cargo que ostenta en virtud de la elección en la Asamblea General de Socios de la entidad celebrada en fecha 22 de marzo de 2023, y con capacidad para la firma de convenios en representación de APPORTT, prevista en el artículo 5E de los estatutos de la agrupación.

Los intervinientes que actúan en razón de sus respectivos cargos se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal suficiente para la formalización de la presente adenda de prórroga y en su mérito

EXPONEN

I. Que la Autoridad Portuaria de Tarragona y la Agrupación para la promoción del Puerto de Tarragona, AIE, suscribieron el 29 de abril de 2021, un convenio para la coordinación de actuaciones tendentes a la promoción del Puerto, cuya entrada en vigor tuvo lugar el día 10 de mayo de 2021, con su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal.

II. Que, de conformidad con lo establecido en la cláusula séptima, el convenio tiene una vigencia de cuatro años, pudiéndose prorrogar por un período igual (cuatro años).

III. Que las partes consideran adecuado prorrogar su período de vigencia con el fin de proseguir la colaboración en la promoción para el crecimiento y desarrollo del Puerto de Tarragona, mejorando la eficacia de la gestión pública que tiene encomendada la Autoridad Portuaria.

Por todo lo expuesto, ambas partes tienen la voluntad de prorrogar el convenio de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de esta adenda es, en tiempo y forma previstos en la letra h) del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, prorrogar el convenio para la coordinación de actuaciones tendentes a la promoción del Puerto, suscrito en fecha 29 de abril de 2021, entre la Autoridad Portuaria de Tarragona y la Agrupación para la promoción del Puerto de Tarragona, AIE, cuya vigencia finaliza el día 9 de mayo de 2025.

Segunda. Duración.

La prórroga prevista tiene una duración de cuatro (4) años, según lo establecido en la cláusula séptima del convenio objeto de prórroga.

Finalizada la prórroga del convenio, este se extinguirá al haber alcanzado el límite máximo de duración de los convenios establecido en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Tercera. Prórroga de la totalidad del convenio.

La colaboración entre las partes se realiza bajo las mismas condiciones estipuladas en el convenio, que se prorrogará en todos sus apartados.

Entre otras obligaciones asumidas por la Autoridad Portuaria, en la cláusula tercera del convenio consta la de realizar una aportación económica a APPORTT de treinta mil euros (30.000 €) anuales, más el IVA correspondiente, para contribuir a los gastos ocasionados por el desarrollo de su programa anual de actuaciones, al que hace referencia el primer apartado de la cláusula segunda del convenio, existiendo crédito suficiente, según el certificado del jefe del Departamento de Administración y Finanzas de la Autoridad Portuaria de Tarragona, de fecha 13 de febrero de 2025, para atender a dicho compromiso.

Cuarta. Vigencia y eficacia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda de prórroga de convenio surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal.

Asimismo, la presente adenda se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente adenda de prórroga del presente convenio.–Por la Autoridad Portuaria de Tarragona, el Presidente, Santiago José Castellà Surribas.–Por la Agrupación para la promoción del Puerto de Tarragona, AIE, el Presidente, Joan Oriol Rovira.