De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la adenda de prórroga y modificación al convenio que fue suscrito el 20 de diciembre de 2022 entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Ayuntamiento de Soportújar, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística «Soportújar, por un turismo de calidad».
Madrid, 7 de enero de 2026.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.
ANEXO
Adenda de prórroga y modificación al Convenio que fue suscrito el 20 de diciembre de 2022 entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Ayuntamiento de Soportújar, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística «Soportújar, por un turismo de calidad»
Madrid, a 26 de diciembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, doña Rosario Sánchez Grau, Secretaria de Estado de Turismo, nombrada por Real Decreto 406/2024, de 16 de abril, actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y el apartado 4 de la Orden ITU/296/2025, de 21 de marzo, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias en el ámbito del departamento;
De otra parte, don Carlos Arturo Bernal Bergua, Consejero de Turismo y Andalucía Exterior de la Junta de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en el Decreto del Presidente 15/2024, de 29 de julio, por el que se designa como Consejero de la Junta de Andalucía, en uso de las competencias que le atribuyen los artículos 9.2 y 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Y de la otra, don Manuel Romero Funes, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Soportújar, elegido en sesión constitutiva de 17 de junio de 2023 por acuerdo de Pleno, actuando de conformidad con lo previsto de lo dispuesto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local.
Las partes comparecen en la representación que ostentan de sus respectivas instituciones, reconociéndose de modo recíproco capacidad para formalizar la presente adenda del convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que, con fecha 20 de diciembre de 2022 se firmó un convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Ayuntamiento de Soportújar y fue inscrito para su entrada en vigor en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) el 21 de diciembre de 2022 y publicado en «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
2. Que, de conformidad con la cláusula decimoctava del convenio, la duración prevista del mismo será de tres años y seis meses, sin perjuicio de las posibles prórrogas que pudieran otorgarse, siendo la vigencia inicial del mismo hasta el 21 de junio de 2026.
3. Que, según las cláusulas decimotercera y decimoctava, las partes pueden acordar de mutuo acuerdo y de forma expresa la modificación y prórroga del convenio.
4. Que, habiéndose realizado todas las aportaciones económicas de las partes, es voluntad de éstas proceder a la modificación y prórroga del convenio. Por ello, con fecha 29 de abril de 2025, la Comisión de seguimiento, en virtud de las cláusulas novena, decimotercera y decimoctava, acordó, por unanimidad, la modificación del convenio. Conforme a ello, se decide prorrogar el convenio por dos años, incluyéndose el plazo para la presentación de la justificación de las actuaciones.
5. Que considerando lo estipulado, se decide modificar el anexo de actuaciones del convenio. La modificación del anexo final de actuaciones no conlleva alteración alguna del presupuesto total del Plan de Sostenibilidad Turística.
En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga y modificación del mencionado convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La presente adenda tiene por objeto, por un lado, la prórroga del convenio por un plazo de dos años, afectando éste a las cláusulas décima y decimoctava, que aluden al plazo de ejecución de las actuaciones y de vigencia y prórroga del convenio.
Y finalmente, la modificación del anexo final de actuaciones del PST.
Segunda. Prórroga.
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimotercera, del convenio suscrito el día 20 de diciembre de 2022, las partes acuerdan prorrogar por dos años la duración del convenio desde la vigencia inicial. La vigencia del convenio incluirá el plazo para la ejecución de las actuaciones y el periodo de justificación. Es decir, la ejecución finalizará el 21 de diciembre del 2027 y la justificación finalizará el 21 de junio del 2028, incluyéndose así el periodo de ejecución y justificación, por un plazo máximo de seis meses, dentro de la vigencia de dos años de prórroga. De acuerdo con lo anterior, la eficacia general del convenio finalizaría el 21 de junio del 2028.
Tercera. Modificaciones.
A estos efectos, se modifica el siguiente apartado del convenio.
Modificaciones que afectan al anexo de actuaciones del Plan de Sostenibilidad Turística «Soportújar, por un turismo de calidad» incluido en el convenio de 20 de diciembre de 2022.
El anexo del convenio relativo a la ejecución de las actuaciones del Plan de Sostenibilidad Turística «Soportújar, por un turismo de calidad» queda modificado de la siguiente forma:
«Ejes de actuación Importe Eje 1.
Transición Verde y Sostenible.
1.1 Puesta en valor y señalización de itinerarios en el medio natural. 1.2 Limpieza y restauración paisajística y ambiental del Barranco del Río Seco. 1.3 Construcción de un paso peatonal en el margen izquierdo de la carretera que da acceso al municipio. Subtotal. 90.000,00 euros Eje 2.
Eficiencia Energética.
2.1 Creación de una bolsa de aparcamientos públicos disuasorios y digitalizados. 2.2 Mejora y acondicionamiento de los accesos peatonales al municipio. Subtotal. 344.408,35 euros Eje 3.
Transición Digital.
3.1 Programa de comunicación turística online. Subtotal. 7.067,00 euros Eje 4.
Competitividad.
4.1 Construcción de circunvalación de acceso al pueblo, habilitando una segunda entrada al mismo. 4.2 Adaptación de Espacios Públicos para necesidades turísticas. 4.3 Ampliación del mirador «Embrujo de la Alpujarra» e instalación de segundo mirador con forma de árbol. 4.4 Embellecimiento del casco urbano y recuperación patrimonio etnográfico. 4.5 Señalización turística accesible. 4.6 Creación de contenidos turísticos, visualizados a través de un kiosco interactivo. 4.7 Tematización de la ruta de los «tinaos» o soportales como elemento de arquitectura vernácula. 4.8 Apoyo a la ejecución, control y seguimiento del PSTD. Subtotal. 1.300.591,65 euros Total. 1.742.067,00 euros»
Cuarta. Perfección de la adenda.
Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Quinta. Subsistencia del resto del convenio.
En todo lo no estipulado expresamente en la presente adenda se estará a lo establecido en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman la presente adenda a un solo efecto, en sus respectivas sedes y en las fechas indicadas en las firmas electrónicas.–Por el Ministerio de Industria y Turismo, la Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.–Por la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejero de Turismo y Andalucía Exterior de la Junta de Andalucía, Carlos Arturo Bernal Bergua.–Por el Ayuntamiento de Soportújar, el Alcalde-Presidente, Manuel Romero Funes.