Resolución de 7 de enero de 2026, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Diputación Provincial de Jaén, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Sierra Morena Territorio Lince.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-1056|Boletín Oficial: 15|Fecha Disposición: 2026-01-07|Fecha Publicación: 2026-01-17|Órgano Emisor: Ministerio de Industria y Turismo

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la adenda de prórroga y modificación al convenio que fue suscrito el 20 de diciembre de 2022 entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Diputación Provincial de Jaén para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Sierra Morena Territorio Lince.

Madrid, 7 de enero de 2026.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.

ANEXO

Adenda de prórroga y modificación al Convenio que fue suscrito el 20 de diciembre de 2022 entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Diputación Provincial de Jaén, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Sierra Morena Territorio Lince

Madrid, a 19 de diciembre de 2025.

REUNIDOS

De una parte, doña Rosario Sánchez Grau, Secretaria de Estado de Turismo, nombrada por Real Decreto 406/2024, de 16 de abril, actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y el apartado 4 de la Orden ITU/296/2025, de 21 de marzo, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias en el ámbito del Departamento.

De otra parte, don Carlos Arturo Bernal Bergua, Consejero de Turismo y Andalucía Exterior de la Junta de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en el Decreto del Presidente 15/2024, de 29 de julio, por el que se designa como Consejero de la Junta de Andalucía, en uso de las competencias que le atribuyen los artículos 9.2 y 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Y de la otra, don Francisco Reyes Martínez, Presidente de la Diputación Provincial de Jaén, en virtud de nombramiento efectuado por Acuerdo Plenario de la Diputación Provincial de Jaén, de fecha 4 de julio de 2023, actuando en virtud de lo dispuesto en los artículos 34.1.b) y 36.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Las partes comparecen en la representación que ostentan de sus respectivas Instituciones, reconociéndose de modo recíproco capacidad para formalizar la presente adenda del convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

1. Que, con fecha 20 de diciembre de 2022 se firmó un convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Diputación Provincial de Jaén y fue inscrito para su entrada en vigor en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO), el 21 de diciembre de 2022 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).

2. Que, de conformidad con la cláusula decimoctava del convenio, la duración prevista del mismo será de tres años y seis meses, sin perjuicio de las posibles prórrogas que pudieran otorgarse, siendo la vigencia inicial del mismo hasta el 21 de junio de 2026.

3. Que, según las cláusulas decimotercera y decimoctava, las partes pueden acordar de mutuo acuerdo y de forma expresa la modificación y prórroga del convenio.

4. Que, habiéndose realizado todas las aportaciones económicas de las partes, es voluntad de éstas proceder a la modificación y prórroga del convenio. Por ello, con fecha 3 de junio de 2025, la Comisión de Seguimiento, en virtud de las cláusulas novena, decimotercera y decimoctava, acordó, por unanimidad, la modificación del convenio. Conforme a ello, se decide prorrogar el convenio por cuatro años, incluyéndose el plazo para la presentación de la justificación de las actuaciones.

5. Que considerando lo estipulado, se decide modificar el anexo de actuaciones del convenio. La modificación del anexo final de actuaciones no conlleva alteración alguna del presupuesto total del Plan de Sostenibilidad Turística.

En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga y modificación del mencionado convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

La presente adenda tiene por objeto, por un lado, la prórroga del convenio por un plazo de cuatro años, afectando éste a las cláusulas décima y decimoctava, que aluden al plazo de ejecución de las actuaciones y de vigencia y prórroga del convenio.

Y finalmente, la modificación del anexo final de actuaciones del PST.

Segunda. Prórroga.

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimotercera, del convenio suscrito el día 20 de diciembre de 2022, las partes acuerdan prorrogar por cuatro años la duración del convenio desde la vigencia inicial. La vigencia del convenio incluirá el plazo para la ejecución de las actuaciones y el periodo de justificación. Es decir, la ejecución finalizará el 21 de diciembre del 2029 y la justificación finalizará el 21 de junio del 2030, incluyéndose así el periodo de ejecución y justificación, por un plazo máximo de seis meses, dentro de la vigencia de cuatro años de prórroga. De acuerdo con lo anterior, la eficacia general del convenio finalizaría el 21 de junio del 2030.

Tercera. Modificaciones.

A estos efectos, se modifica el siguiente apartado del convenio.

Modificaciones que afectan al anexo de actuaciones del Plan de Sostenibilidad Turística en Sierra Morena Territorio Lince incluido en el convenio de 20 de diciembre de 2022:

El anexo del convenio relativo a la ejecución de las actuaciones del Plan de Sostenibilidad Turística en Sierra Morena Territorio Lince queda modificado de la siguiente forma:

«Ejes de actuación Importe

Eje 1.

Transición verde y sostenible.

1. Diseño de actuaciones para la divulgación de servicios ecosistémicos.
2. Estudio potenciales impactos derivados del uso turístico en láminas de agua.
3. Estudio, difusión y seguimiento del cumplimiento de los ODS a nivel territorial.
4. Adecuación de accesos.
5. Estudio de potenciales soluciones para el establecimiento de colaboraciones público-privadas.
6. Estudio y homologación de senderos.
7. Creación de puntos de recarga bicicletas eléctricas y alquiler de bicicletas.
 Subtotal. 483.983,51 euros

Eje 2.

Eficiencia energética.

1. Plan Movilidad sostenible e intermodal de la Sierra Morena Jiennense.
2. Reducción contaminación lumínica en el territorio.
3. Instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en torno al gran sendero de movilidad intermodal.
4. Adecuación del edificio de la Casa Zumacares para su puesta en valor.
 Subtotal. 700.000,00 euros

Eje 3.

Transición digital.

1. Diseño y ejecución de un Plan de Marketing online.
2. Actuaciones mejora enfocadas al avistamiento del lince, avifauna y cielos nocturnos.
3. Digitalización de los centros de visitantes vertebradores del plan.
4. Integración Sistema de Inteligencia de Mercados Turísticos de la SMJ al SIT Jaén.
5. Acciones de acompañamiento en Transformación Digital de Pymes Turísticas.
 Subtotal. 778.000,00 euros

Eje 4.

Competitividad.

1. Articulación de la oferta ecoturística basada en el avistamiento del lince, avifauna y astroturismo.
2. Actuaciones de mejora en el entorno y equipamientos enfocadas al avistamiento de cielos nocturnos.
3. Diseño e instalación de equipamientos básicos turismo acuático.
4. Diseño e implantación de un Plan de Marketing offline.
5. Mejora de la comunicación y sensibilización de residentes y turistas sobre turismo sostenible.
6. Formación y profesionalización del sector turístico.
7. Mejora de la gestión del destino e implantación de certificaciones turísticas.
8. Puesta en valor de la Casa Zumacares como centro vertebrador del PSTD.
9. Gerencia y equipo para la gestión turística sostenible del destino.
 Subtotal. 1.210.233,49 euros
  Total. 3.172.217,00 euros»

Cuarta. Perfección de la adenda.

Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.

Quinta. Subsistencia del resto del convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente adenda se estará a lo establecido en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman la presente adenda a un solo efecto, en sus respectivas sedes y en las fechas indicadas en las firmas electrónicas.–Por el Ministerio de Industria y Turismo, la Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.–Por la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejero de Turismo y Andalucía Exterior de la Junta de Andalucía, Carlos Arturo Bernal Bergua.–Y por la Diputación Provincial de Jaén, el Presidente, Francisco Reyes Martínez.