De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de prórroga y modificación al Convenio que fue suscrito el 21 de diciembre de 2022 entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Desarrollo Autonómico de la Comunidad Autónoma de La Rioja y la Mancomunidad para el desarrollo territorial de la Cuenca Alta del Rio Najerilla para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística del Alto Najerilla.
Madrid, 7 de enero de 2026.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.
ANEXO
Adenda de prórroga y modificación al Convenio que fue suscrito el 21 de diciembre de 2022 entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Desarrollo Autonómico de la Comunidad Autónoma de La Rioja y la Mancomunidad para el desarrollo territorial de la Cuenca Alta del Río Najerilla para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística del Alto Najerilla
Madrid, a 19 de diciembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, doña Rosario Sánchez Grau, Secretaria de Estado de Turismo, nombrada por Real Decreto 406/2024, de 16 de abril, actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y el apartado 4 de la Orden ITU/296/2025, de 21 de marzo, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias en el ámbito del Departamento.
De otra parte, don José Luis Pérez Pastor, Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud del Gobierno de La Rioja, nombrado por Decreto 10/2023, de 1 de julio, del Presidente del Gobierno de La Rioja, autorizado para la firma de este convenio por el artículo 42.1.k) de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de Gobierno e incompatibilidades de sus miembros y en virtud de las facultades que le confieren en el Decreto 54/2023 de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja; facultado para la firma de esta adenda por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 28 de julio de 2023, por el que se delega en los Consejeros la competencia para aprobar convenios (BOR núm. 159, de 4 de agosto de 2023).
Y de la otra, don José Luis Vicario Benito del Valle, Presidente de la Mancomunidad para el desarrollo territorial de la Cuenca Alta del Rio Najerilla, nombrado en la sesión de la Asamblea General de la Mancomunidad de 17 de Diciembre de 2024 en base a los estatutos que rigen esta Mancomunidad; actuando en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local; facultado para la suscripción de la presente adenda por Acuerdo del Pleno de la Mancomunidad de fecha 12 de mayo de 2025.
Las partes comparecen en la representación que ostentan de sus respectivas Instituciones, reconociéndose de modo recíproco capacidad para formalizar la presente adenda del convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que, con fecha 21 de diciembre de 2022 se firmó un convenio entre la Secretaría de Estado, la Consejería de Desarrollo Autonómico de la Comunidad Autónoma de La Rioja y la Mancomunidad para el Desarrollo Territorial de la Cuenca Alta del Río Najerilla y fue inscrito para su entrada en vigor en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) 21 de diciembre y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
2. Que, de conformidad con la cláusula decimoctava del convenio, la duración prevista del mismo será de tres años y seis meses, sin perjuicio de las posibles prórrogas que pudieran otorgarse, siendo la vigencia inicial del mismo hasta el 21 de junio de 2026.
3. Que, según las cláusulas decimotercera y decimoctava, las partes pueden acordar de mutuo acuerdo y de forma expresa la modificación y prórroga del convenio.
4. Que, habiéndose realizado todas las aportaciones económicas de las partes, es voluntad de éstas proceder a la modificación y prórroga del convenio. Por ello, con fecha 12 de mayo de 2025, la Comisión de seguimiento, en virtud de las cláusulas novena, decimotercera y decimoctava, acordó, por unanimidad, la modificación del convenio. Conforme a ello, se decide prorrogar el convenio por tres años, incluyéndose el plazo para la presentación de la justificación de las actuaciones.
5. Que considerando lo estipulado, se decide modificar el anexo de actuaciones del convenio. La modificación del anexo final de actuaciones no conlleva alteración alguna del presupuesto total del Plan de Sostenibilidad Turística.
En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga y modificación del mencionado convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La presente adenda tiene por objeto, por un lado, la prórroga del convenio por un plazo de tres años, afectando éste a las cláusulas décima y decimoctava, que aluden al plazo de ejecución de las actuaciones y de vigencia y prórroga del convenio.
Y finalmente, la modificación del anexo final de actuaciones del PST.
Segunda. Prórroga.
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimotercera, del convenio suscrito el día 21 de diciembre de 2022, las partes acuerdan prorrogar por tres años la duración del convenio desde la vigencia inicial. La vigencia del convenio incluirá el plazo para la ejecución de las actuaciones y el periodo de justificación. Es decir, la ejecución finalizará el 21 de diciembre del 2028 y la justificación finalizará el 21 de junio del 2029, incluyéndose así el periodo de ejecución y justificación, por un plazo máximo de seis meses, dentro de la vigencia de tres años de prórroga. De acuerdo con lo anterior, la eficacia general del convenio finalizaría el 21 de junio del 2029.
Tercera. Modificaciones.
A estos efectos, se modifica el siguiente apartado del convenio.
Modificaciones que afectan al anexo de actuaciones del Plan de Sostenibilidad Turística del Alto Najerilla incluido en el convenio de 21 de diciembre de 2022:
El anexo del convenio relativo a la ejecución de las actuaciones del Plan de Sostenibilidad Turística del Alto Najerilla queda modificado de la siguiente forma:
«Ejes de actuación Importe Eje 1.
Transición Verde y Sostenible.
1.1 Red de senderos y tematización de los mismos. 1.2 Acondicionamiento del nacimiento del río Najerilla. 1.3 Acondicionamiento y mejora de la ribera de Villavelayo. 1.4 Creación de centro BTT. Subtotal. 450.000,00 euros Eje 2.
Eficiencia Energética.
2.1 Mejoras del teatro de Canales. 2.2 Movilidad sostenible. Creación de aparcamientos para vehículos y zona de autocaravanas. Subtotal. 419.019,86 euros Eje 3.
Transición Digital.
3.1 Marketing digital. 3.2 Interpretación del patrimonio etnográfico. Interpretación de la arquitectura tradicional y las formas de vida tradicionales. Subtotal. 70.535,50 euros Eje 4.
Competitividad.
4.1 Creación de marca. 4.2 Integración en el Sistema Integral de Calidad Turística en Destinos (SICTED). 4.3 Centro de Interpretación y actividades en Anguiano. 4.4 Promoción del destino. 4.5 Centro de interpretación «Mansilla la Memoria de un pueblo». 4.6 Creación de oferta alojativa. Creación de Centro BTT en Mansilla. 4.7 Señalización turística. 4.8 Gestión del PSTD. Subtotal. 1.060.444,64 euros Total. 2.000.000,00 euros»
Cuarta. Perfección de la adenda.
Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Quinta. Subsistencia del resto del convenio.
En todo lo no estipulado expresamente en la presente adenda se estará a lo establecido en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman la presente adenda a un solo efecto, en sus respectivas sedes y en las fechas indicadas en las firmas electrónicas.–Por el Ministerio de Industria y Turismo, la Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.–Por la Consejería de Desarrollo Autonómico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud del Gobierno de La Rioja, José Luis Pérez Pastor.–Por la Mancomunidad para el desarrollo territorial de la Cuenca Alta del Rio Najerilla, el Presidente, José Luis Vicario Benito del Valle.