Resolución de 7 de enero de 2026, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Comunitat Valenciana y la Mancomunidad Intermunicipal Vall del Pop, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la Mancomunidad Intermunicipal Vall del Pop.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-1066|Boletín Oficial: 15|Fecha Disposición: 2026-01-07|Fecha Publicación: 2026-01-17|Órgano Emisor: Ministerio de Industria y Turismo

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de prórroga y modificación al Convenio que fue suscrito el 19 de diciembre de 2022 entre la Secretaría de Estado de Turismo, Turisme Comunitat Valenciana y la Mancomunidad Intermunicipal Vall del Pop, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la Mancomunidad Intermunicipal Vall del Pop.

Madrid, 7 de enero de 2026.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.

ANEXO

Adenda de prórroga y modificación al Convenio que fue suscrito el 19 de diciembre de 2022 entre la Secretaría de Estado de Turismo, Turisme Comunitat Valenciana y la Mancomunidad Intermunicipal Vall del Pop, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la Mancomunidad Intermunicipal Vall del Pop

Madrid, 26 de diciembre de 2025.

REUNIDOS

De una parte, doña Rosario Sánchez Grau, Secretaria de Estado de Turismo, nombrada por Real Decreto 406/2024, de 16 de abril, actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el apartado 4 de la Orden ITU/296/2025, de 21 de marzo, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias en el ámbito del Departamento.

De otra parte, doña María Ángela Cano García, Consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo y Presidenta de Turisme Comunitat Valenciana, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 33/2024, de 21 de noviembre, del Presidente de la Generalitat, por el cual se nombra a las personas titulares de las vicepresidencias y de determinadas Consellerias (DOGV núm. 9990 bis de 22 de noviembre de 2014), y en el artículo 4.4 del Decreto 226/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, que interviene en este acto en nombre y representación de la citada entidad de derecho público, entidad adscrita a la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, con personalidad jurídica propia, que se regula por lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 15/2018, de 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana, y por lo dispuesto en el Decreto 7/2020, de 17 de enero, del Consell, de regulación de los órganos para la coordinación de la acción turística y del organismo público para la gestión de la política turística (DOGV 29 de enero de 2020).

Su legitimación y representación para este acto deriva de lo establecido en el artículo 13.4 de la Ley 15/2018, de 7 de junio, y en el apartado 2, letra d), del artículo 31 del Decreto 7/2020, de 17 de enero, del Consell, en cuya virtud el presidente de Turisme Comunitat Valenciana ejercerá la representación permanente de esta entidad en la firma de convenios. La firma de esta adenda está autorizada por medio del acuerdo del Consell de fecha 28 de octubre de 2025.

Y de la otra, don Joan Ripoll Mora, Presidente de la Mancomunidad Intermunicipal Vall del Pop, elegido en sesión extraordinaria de 19 de septiembre de 2025, actuando de conformidad con lo previsto en artículo 12.1.i) de los estatutos de la Mancomunidad (DOGV núm. 8949 de fecha 11 de noviembre 2020; facultado para la suscripción de la presente adenda por Acuerdo del Pleno de la Mancomunidad Intermunicipal Vall del Pop de fecha 16 de diciembre de 2025.

Las partes comparecen en la representación que ostentan de sus respectivas Instituciones, reconociéndose de modo recíproco capacidad para formalizar la presente adenda del convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

1. Que, con fecha 19 de diciembre de 2022 se firmó un convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo, Turisme Comunitat Valenciana y la Mancomunidad Intermunicipal Vall del Pop y fue inscrito para su entrada en vigor en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) el 19 de diciembre de 2022 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).

2. Que, de conformidad con la cláusula decimoctava del convenio, la duración prevista del mismo será de tres años y seis meses, sin perjuicio de las posibles prórrogas que pudieran otorgarse, siendo la vigencia inicial del mismo hasta el 19 de junio de 2026.

3. Que, según las cláusulas decimotercera y decimoctava, las partes pueden acordar de mutuo acuerdo y de forma expresa la modificación y prórroga del convenio.

4. Que, habiéndose realizado todas las aportaciones económicas de las partes, es voluntad de éstas proceder a la modificación y prórroga del convenio. Por ello, con fecha 3 de junio de 2025, la Comisión de Seguimiento, en virtud de las cláusulas novena, decimotercera y decimoctava, acordó, por unanimidad, la modificación del convenio. Conforme a ello, se decide prorrogar el convenio por dos años, incluyéndose el plazo para la presentación de la justificación de las actuaciones.

5. Que considerando lo estipulado, se decide modificar el anexo de actuaciones del convenio. La modificación del anexo final de actuaciones no conlleva alteración alguna del presupuesto total del Plan de Sostenibilidad Turística.

En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga y modificación del mencionado convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

La presente adenda tiene por objeto, por un lado, la prórroga del convenio por un plazo de dos años, afectando éste a las cláusulas décima y decimoctava, que aluden al plazo de ejecución de las actuaciones y de vigencia y prórroga del convenio.

Y finalmente, la modificación del anexo final de actuaciones del PST.

Segunda. Prórroga.

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimotercera, del convenio suscrito el día 19 de diciembre de 2022, las partes acuerdan prorrogar por dos años la duración del convenio desde la vigencia inicial. La vigencia del convenio incluirá el plazo para la ejecución de las actuaciones y el periodo de justificación. Es decir, la ejecución finalizará el 19 de diciembre del 2027 y la justificación finalizará el 19 de junio del 2028, incluyéndose así el periodo de ejecución y justificación, por un plazo máximo de seis meses, dentro de la vigencia de dos años de prórroga. De acuerdo con lo anterior, la eficacia general del convenio finalizaría el 19 de junio del 2028.

Tercera. Modificaciones.

A estos efectos, se modifica el siguiente apartado del convenio.

Modificaciones que afectan al anexo de actuaciones del Plan de Sostenibilidad Turística en la Mancomunidad Intermunicipal Vall del Pop incluido en el convenio de 19 de diciembre de 2022:

El anexo del convenio relativo a la ejecución de las actuaciones del Plan de Sostenibilidad Turística en la Mancomunidad Intermunicipal Vall del Pop queda modificado de la siguiente forma:

«Ejes de actuación Importe

Eje 1.

Transición Verde y Sostenible.

1.1 Infraestructura ciclista y paneles de seguridad.

1.2 Rehabilitación del Camí de Les Voltes.

 Subtotal. 311.000,00 euros

Eje 2.

Eficiencia Energética.

2.1 Luminaria sostenible en Riurau de Alcalalí y parque Senija.

2.2 Vertebración turístico-peatonal de la calle Ametllers.

 Subtotal. 126.394,00 euros

Eje 3.

Transición Digital.

3.1 Sensorización de senderos homologados y geolocalización de infraestructuras de turismo activo.

3.2 Monitorización del ciclismo de carretera.

3.3 Desarrollo de la App Vall del Pop Activa.

3.4 Implantación de gamificación.

3.5 Digitalización de Museos abiertos.

3.6 Gestión de residuos en áreas de afluencia turística.

 Subtotal. 198.000,00 euros

Eje 4.

Competitividad.

4.1 Zona de esparcimiento del punto de afluencia turística.

4.2 Rehabilitación del Riurau de Alcalalí y su entorno como un equipamiento y espacio público de dinamización social y turística.

4.3 Adecuación del Calvario entorno de la ermita de Murla (San Sebastián).

4.4 Panelería interpretativa de los recursos culturales.

4.5 Adecuación del área recreativa «Les Murteres».

4.6 Diagnóstico de accesibilidad para la creación de itinerarios turísticos en los espacios museísticos abiertos de la Vall del Pop.

4.7 Mapa turístico inteligente e inclusivo aplicado a los espacios museísticos abiertos de la Vall del Pop.

4.8 Campaña de concienciación sobre los valores del código ético de turismo.

4.9 Campaña de comunicación y difusión del PSTD.

4.10 Estudio de repercusiones del plan.

4.11 Gerencia.

 Subtotal. 877.197,00 euros
  Total. 1.512.591,00 euros»

Cuarta. Perfección de la adenda.

Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.

Quinta. Subsistencia del resto del convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente adenda se estará a lo establecido en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman la presente adenda a un solo efecto, en sus respectivas sedes y en las fechas indicadas en las firmas electrónicas.–Por el Ministerio de Industria y Turismo, la Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.–Por Turisme Comunitat Valenciana, la Consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo y Presidenta de Turisme Comunitat Valenciana, María Ángela Cano García.–Por la Mancomunidad Intermunicipal Vall del Pop, el Presidente, Joan Ripoll Mora.