Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio marco con la Asociación Cultural Urbs Regia, para la realización de actividades de salvaguarda y conocimiento del patrimonio histórico para desarrollar el itinerario cultural «Orígenes de Europa».

Nº de Disposición: BOE-A-2025-9706|Boletín Oficial: 118|Fecha Disposición: 2025-05-07|Fecha Publicación: 2025-05-16|Órgano Emisor: Ministerio de Cultura

Con fecha de 30 de abril de 2025 se ha firmado la Adenda de prórroga del convenio marco entre el Ministerio de Cultura y la Asociación Cultural Urbs Regia para la realización de actividades de salvaguarda y conocimiento del patrimonio histórico para desarrollar el itinerario cultural «Orígenes de Europa», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 7 de mayo de 2025.–La Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, María Ángeles Albert de León.

ANEXO

Adenda de prórroga del convenio marco entre el Ministerio de Cultura y la Asociación Cultural Urbs Regia para la realización de actividades de salvaguarda y conocimiento del patrimonio histórico para desarrollar el itinerario cultural «Orígenes de Europa»

30 de abril de 2025.

De una parte, doña María Ángeles Albert de León, Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, nombrada en virtud del Real Decreto 1150/2024, de 11 de noviembre, en el ejercicio de sus competencias, conforme se establece en el Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y por la Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de créditos para gastos y de delegación de competencias.

De otra, doña Pilar Tormo Martín de Vidales, como presidenta de la Asociación Cultural Urbs Regia (en adelante Urbs Regia), cargo para el que fue nombrada por la Junta Directiva celebrada el 20 de septiembre de 2019, en cumplimiento de la elección de nueva JD celebrada en la Asamblea General Extraordinaria de asociados de fecha 14 de junio de 2019, en nombre y representación de la misma.

Las partes, en nombre y representación de sus respectivas instituciones, se reconocen mutua y recíprocamente capacidad suficiente y necesaria para este acto y proceden a suscribir la presente adenda y, de conformidad,

EXPONEN

I. Que con fecha 27 de julio de 2021 las partes suscribieron un convenio marco para la realización de actividades de salvaguarda y conocimiento del patrimonio histórico para desarrollar el itinerario cultural «Orígenes de Europa».

II. Que en dicho convenio se acuerda que las acciones que se desarrollen sobre la base de éste se concretarán en la comisión de seguimiento prevista en el mismo y se irán detallando en sucesivos convenios específicos que deberán ser suscritos por las Partes.

III. Que la cláusula Séptima del citado convenio establece para el mismo una vigencia de cuatro años, pudiéndose acordar por las partes su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

IV. Que la cláusula Séptima del citado convenio establece también que el convenio desplegará su eficacia desde la fecha de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), siendo esta el 5 de agosto de 2021.

V. Considerando que el convenio quedó perfeccionado con la prestación del consentimiento de las partes, de conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, los cuatro años de vigencia vencen el día 5 de agosto de 2025. Y dado que se mantiene la necesidad de continuar con el objeto de este, las partes interesadas consideran oportuno prorrogar el convenio de referencia, conforme a la citada cláusula Séptima, por otros cuatro años más y en los mismos términos.

En consecuencia, antes de que se produzca el vencimiento del convenio, las partes

ACUERDAN

Cláusula única.

Proceder a la prórroga del citado convenio por un periodo de cuatro años más, es decir, hasta el día 5 de agosto de 2029, en aplicación de lo establecido en la cláusula Séptima del convenio y de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez firmada la presente adenda por ambas partes, deberá ser inscrita en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), momento en el que adquirirá eficacia. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Las restantes cláusulas del convenio mantienen su validez durante la vigencia de la presente adenda de prórroga al convenio.

Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda al convenio, entendiéndose como fecha de firma la del último de los firmantes.–Por el Ministerio de Cultura, la Directora General de Patrimonio Cultural, María Ángeles Albert de León.–Por la Asociación Cultural Urbs Regia, la Presidenta, Pilar Tormo Martín.