Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa y de prórroga del Convenio con el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Langreo, para la integración de la línea Gijón-Laviana en la Felguera y Sama.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-12656|Boletín Oficial: 149|Fecha Disposición: 2025-05-07|Fecha Publicación: 2025-06-21|Órgano Emisor: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Habiendo sido suscrita el 6 de mayo de 2025, la adenda modificativa y de prórroga del Convenio entre el Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Langreo y Adif para la integración de la línea Gijón-Laviana en la Felguera y Sama, procede, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 7 de mayo de 2025.–El Presidente de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Luis Pedro Marco de la Peña.

ANEXO

Adenda modificativa y de prórroga del Convenio entre el Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Langreo y Adif para la integración de la línea Gijón-Laviana en la Felguera y Sama

6 de mayo de 2025.

REUNIDOS

De una parte, don Alejandro Jesús Calvo Rodríguez, Consejero de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias, nombrado por Decreto 27/2025, de 21 de abril, del Presidente del Principado (BOPA núm. 75, de 21 de abril de 2025), y de conformidad con lo previsto en el artículo 11.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración, designado para representar al Principado de Asturias en este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de mayo de 2025.

Don Roberto Marcos García Rodriguez, Alcalde de Langreo, en virtud de Acuerdo del Pleno municipal adoptado en su sesión constitutiva del 17 de junio de 2023, y facultado para este acto por Acuerdo del Pleno de 29 de abril de 2021.

Y, de otra parte, don Luis Pedro Marco de la Peña, Presidente de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), que en lo sucesivo se denominará Adif, en virtud del Real Decreto 936/2024, de 17 de septiembre (publicado en BOE núm. 226, de 18 de septiembre de 2024), actuando en nombre y representación de Adif en el ejercicio de las facultades que tiene conferidas por el artículo 23.2.a) de su estatuto, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Adif (publicado en BOE núm. 315, de 31 de diciembre de 2004).

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente capacidad suficiente para el otorgamiento de la presente adenda modificativa y de prórroga, y en virtud de ello,

EXPONEN

Primero.

Que el 6 de mayo de 2021 se suscribió el Convenio entre el Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Langreo y Adif para la integración de la línea Gijón-Laviana en la Felguera y Sama con el objetivo de establecer el marco regulador de la colaboración entre las partes firmantes que permitiera continuar las actuaciones que se realizaron bajo el Acuerdo de Colaboración de 12 de febrero de 2007, suscrito entre el Ministerio de Fomento, el Gobierno del Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Langreo y FEVE para la integración de la línea Gijón-Laviana en La Felguera y Sama (Principado de Asturias), y culminar con ello la integración del ferrocarril en el municipio de Langreo.

El convenio, que tiene una vigencia de cuatro años, fue inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal con fecha 7 de mayo de 2021.

Segundo.

Durante este tiempo de ejecución del convenio se ha desplazado el horizonte de la puesta en servicio de la línea soterrada del ferrocarril con el consiguiente retraso en la liberación de terrenos ferroviarios, lo que ha ocasionado la suspensión temporal de las obras de urbanización a realizar por el Principado de Asturias. Se ha finalizado la construcción del vial de acceso al polígono industrial «Valnalón», que no dependía de la liberación de terrenos ferroviarios.

En consecuencia, siendo necesario que el conjunto de la actuación objeto del convenio se desarrolle más allá del periodo de vigencia de éste es preciso prorrogar la duración del mismo por dos años más, así como reajustar las anualidades económicas del convenio al ritmo de ejecución y actualizarlas conforme a la realidad económica de las obras, mediante la formalización de la presente adenda. La adenda no supone incremento económico alguno.

Tercero.

Que, como recoge la cláusula séptima del convenio, la modificación de los términos del convenio y/o la prórroga de su vigencia requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda modificativa.

En consecuencia, las partes intervinientes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por la siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga.

Para dar cumplimiento al conjunto de actuaciones recogidas en el convenio, las partes acuerdan, en virtud de lo dispuesto en la cláusula séptima del convenio prorrogar por un plazo de dos años desde el plazo de finalización del periodo inicialmente acordado en el Convenio entre el Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Langreo y Adif para la integración de la línea Gijón-Laviana en la Felguera y Sama.

Segunda. Modificación de la cláusula tercera.

Se modifica y actualiza el cuadro recogido en la cláusula tercera del convenio, que quedará redactado de la siguiente manera:

«Cada parte financiará las obras que le corresponda ejecutar según lo definido en la cláusula segunda del convenio, con arreglo al siguiente escenario presupuestario de carácter estimativo:

Actuación Organismo Total 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027
Ejecución de obras ferroviarias y puesta en servicio. Adif. 40.259,38 0,00 2.822,23 4.719,62 13.405,21 13.600,00 5.712,32 0,00
Proyecto de urbanización. Principado de Asturias. 81,64* 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
Ejecución de obras de urbanización. Principado de Asturias. 5.867,37 8,03 39,58 1.092,21 74,25 1.906,32 2.746,98 0,00
   Totales. 46.208,39 8,03 2.861,81 5.811,83 13.479,46 15.506,32 8.459,30 0,00

Importes en miles de euros IVA no incluido.

* Actuación ya realizada en anualidad anterior.»

Tercera. Eficacia de la presente adenda modificativa y de prórroga.

La presente adenda modificativa y de prórroga se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo la misma plena validez y eficacia desde el momento de su inscripción, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, debiendo asimismo ser publicado, en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la comunidad autónoma; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por el Principado de Asturias, el Consejero de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias, Alejandro Jesús Calvo Rodríguez.–Por el Ayuntamiento de Langreo, el Alcalde, Roberto Marcos García Rodríguez.–Por la E.P.E. Adif, el Presidente, Luis Pedro Marco de la Peña.