La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 7 de octubre de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del Programa 231A «Plan Nacional sobre Drogas», ejercicio 2022, acuerda:
1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de fiscalización del Programa 231A «Plan Nacional sobre Drogas», ejercicio 2022.
2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización del Programa 231A «Plan Nacional sobre Drogas», ejercicio 2022, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su representatividad.
3. Instar al Gobierno a:
– Establecer mecanismos homogéneos y eficaces de trazabilidad del gasto transferido a comunidades autónomas y entidades locales, incluyendo indicadores de impacto y resultados.
– Reforzar la transparencia y control del Fondo de bienes decomisados, garantizando su destino finalista a programas de prevención, atención sanitaria y reinserción social.
– Actualizar y mejorar la estrategia estatal sobre drogas, asegurando un seguimiento sistemático y una evaluación rigurosa de las políticas financiadas con fondos públicos.
– Adoptar la metodología presupuestaria del Presupuesto en Base Cero con el objetivo de proporcionar mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos, ofrecer mayor información en la toma de decisiones y colaborar en la consecución del objetivo de reducción del déficit público.
– Tomar las medidas que sean necesarias para que los responsables de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas asuman una responsabilidad administrativa de sanción por la dejación en la planificación y definición de metas o resultados a conseguir.
– Que la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Droga, con el objetivo de que se mejore la transparencia y la rendición de cuentas, adopte las acciones necesarias para proceder a la comprobación de la adecuada justificación de las actividades subvencionadas y a la verificación del cumplimiento de la finalidad de las ayudas otorgadas aplicando el contenido del Plan anual de Actuación.
– Tomar las medidas que sean necesarias para que la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas adopte las acciones concretas de gestión y control con el fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
4. Instar al Ministerio de Sanidad a:
– Impulsar las medidas oportunas para dotar de personal suficiente y adecuado a las Unidades encargadas de gestionar el Fondo de Bienes Decomisados y el proceso de concesión y justificación de las ayudas.
5. Instar al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a:
– Continuar el proceso de mejora de la plataforma del Sistema de Gestión de Subvenciones (SIGES), en coordinación con la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, incorporando la totalidad de las fases de las ayudas concedidas, incrementando en la medida de lo posible los medios disponibles que fuesen necesarios para agilizar los procesos de adecuación, mejora y desarrollo de las funcionalidades de dicha plataforma.
6. Instar a la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas a:
– Iniciar las acciones oportunas para definir indicadores que evalúen el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos y el impacto que las acciones realizadas tienen en su consecución, de manera coordinada y en colaboración con los órganos que participan en la elaboración de los mismos.
– Arbitrar los mecanismos necesarios para la consecución de un sistema que permitiera un mejor seguimiento y control de los bienes decomisados, desde el momento en que se integran en el Fondo de bienes decomisados, hasta que se efectúa su enajenación para asegurar su control; evitar tasaciones de bienes inservibles o de escaso valor; y priorizar su enajenación o abandono.
– Implantar un procedimiento informático para el adecuado control de las joyas. Además, la aplicación del Fondo debería incluir los gastos soportados por las tasaciones efectuadas sobre los bienes.
– Impulsar y consolidar la implantación del procedimiento de subasta electrónica con el fin de ser más eficiente, evitando las deficiencias que supone el procedimiento presencial actual e impulsar las reformas normativas oportunas para modificar el Reglamento del Fondo de bienes decomisados en este sentido, de acuerdo con los principios de simplicidad, racionalización y agilidad de los procedimientos.
– Impulsar las acciones necesarias para proceder a la modificación y actualización del actual Reglamento del Fondo de bienes decomisados, anterior a la Ley 17/2003, de 29 de mayo, por la que se regula el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, incluyendo una regulación específica del procedimiento de enajenación directa.
– Impulsar las medidas oportunas para dotar de personal suficiente a la Subdirección General de Gestión y a la Subdirección General de Coordinación de Programas encargadas de gestionar el Fondo de bienes decomisados y el proceso de concesión y justificación de las ayudas, respectivamente.
– Iniciar un proceso de mejora de la aplicación informática del Sistema de Gestión de Subvenciones (SIGES) para incluir todas las ayudas financiadas con cargo al Programa 231A; corregir las deficiencias existentes; e incorporar la totalidad de las fases de cada procedimiento, de manera que se garantice la integridad de los procesos de gestión y de los expedientes incluidos en la aplicación.
– Revisar los expedientes en los que el gasto no está adecuadamente justificado y tramitar, en su caso, los correspondientes procedimientos de reintegro.
– Adoptar medidas concretas de gestión y control con el fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
– Promover las acciones oportunas para proceder a la modificación y actualización del Real Decreto 864/1997, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo procedente de los bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados.
– Mantener la comprobación de la adecuada justificación de las actividades subvencionadas y verificar del cumplimiento de la finalidad de las ayudas otorgadas, aplicando los planes anuales de actuación de comprobación de la realización de las actividades subvencionadas.
Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de octubre de 2025.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.