Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 7 de octubre de 2026.–El Secretario General de Coordinación Territorial, Agustín Torres Herrero.
ANEXO
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley 8/2026, de 2 de julio, de la erradicación del amianto
La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado ha adoptado el siguiente acuerdo:
1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas en relación con los artículos 10, 11, 31, 33, 35, 36 y 47 de la Ley 8/2026, de 2 de julio, de la erradicación del amianto.
2. Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que proceda.
3. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–El Consejero de la Presidencia, Albert Dalmau Miranda.