Resolución de 8 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Servicio Gallego de Salud, en materia de asistencia sanitaria a personas privadas de libertad en centros penitenciarios.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-729|Boletín Oficial: 11|Fecha Disposición: 2026-01-08|Fecha Publicación: 2026-01-13|Órgano Emisor: Ministerio del Interior

Habiéndose suscrito el 2 de enero de 2026 Adenda de prórroga al Convenio suscrito el 10 de enero de 2022, entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y el Servicio Gallego de Salud dependiente del Departamento de Sanidad de la Xunta de Galicia en materia de asistencia sanitaria a personas privadas de libertad en centros penitenciarios, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 8 de enero de 2026.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO

Adenda de prórroga al Convenio suscrito el 10 de enero de 2022 entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y el Servicio Gallego de Salud dependiente del Departamento de Sanidad de la Xunta de Galicia en materia de asistencia sanitaria a personas privadas de libertad en centros penitenciarios

En Madrid, a 2 de enero de 2026.

REUNIDOS

De una parte, don Ángel Luis Ortiz González, Secretario General de Instituciones Penitenciarias, nombrado por Real Decreto de nombramiento 504/2018, de 18 de junio, actuando según lo previsto en la Orden INT/50/2010, de 12 de enero, por la que se modifica la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, en el ejercicio de sus competencias para la firma de convenios de colaboración en relación con el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 38-40, 28014 de Madrid.

Y de otra parte don Antonio Gómez Caamaño, Conselleiro de Sanidad y Presidente del Servicio Gallego de Salud, cargo para el cual fue nombrado por Decreto 142/2024, de 14 de abril, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1/1983, del 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, modificada por la Ley 11/1998, de 20 de octubre, de conformidad con los Decretos 144/2024 y 145/2024, de 20 de mayo, por los que se establecen las estructuras orgánicas de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, respectivamente, así como con lo previsto en la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

EXPONEN

Que el día 10 de enero de 2022, se firmó un convenio entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias), y la Consellería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de asistencia sanitaria a las personas privadas de libertad en centros penitenciarios.

Que el citado convenio, en su cláusula novena, establecía una vigencia de cuatro años, posibilitando su prórroga por otros cuatro años adicionales por acuerdo expreso de las partes.

Que teniendo en cuenta los beneficios derivados del desarrollo del convenio durante este periodo, se estima oportuno ampliar su vigencia.

Por todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda al convenio referido de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga por cuatro años del convenio suscrito con fecha 10 de enero de 2022, convenio entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias), y La Consellería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de asistencia sanitaria a las personas privadas de libertad en centros penitenciarios.

Segunda. Obligaciones.

Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones objeto del citado convenio para dar continuidad al mismo, manteniendo vigentes en toda su extensión las cláusulas del convenio anterior, formando la presente adenda parte integrante del mismo.

Tercera. Financiación.

Según lo previsto en el convenio de origen, el presente acuerdo no genera obligaciones económicas para ninguna de las partes.

Cuarta. Eficacia.

La presente adenda de prórroga surtirá efectos el día de la finalización de la vigencia del convenio, previa sustanciación de todos los trámites normativamente previstos, incluida su suscripción e inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinta. Vinculación entre las partes.

El convenio no generará ningún tipo de vínculo contractual ni laboral entre las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias del mismo.

Sexta. Transparencia e imagen institucional.

Este convenio se somete a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

En los elementos o soportes de difusión de las actuaciones incluidas en este convenio y promovidas conjuntamente por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Servicio Gallego de Salud dependiente del Departamento de Sanidad de la Xunta de Galicia aparecerá la imagen gráfica de las dos instituciones.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman electrónicamente la presente adenda, a los efectos oportunos.–El Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz González.–El Consejero de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Galicia, Antonio Gómez Caamaño.